Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 399789
Convocatoria de bolsa de personal funcionario interino de la categoría peón especializado
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Mediante Decreto de la Alcaldía núm. 2894/2025 de fecha 4 de junio de 2025, en uso de las competencias otorgadas por el artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se aprueba la convocatoria del procedimiento selectivo para constituir una bolsa de trabajo para proveer con personal funcionario interino, por necesidades urgentes, puestos de trabajo de la categoría Peón especializado del Ayuntamiento de Marratxí, en los siguientes términos:
1. “Aprobar la convocatoria de las pruebas selectivas para constituir una bolsa de personal funcionario interino de la categoría Peón especializado (Subgrupo AP de la Escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios) para cubrir las vacantes y nombramientos temporales por acumulación de tareas, programas temporales o substituciones (incapacidades temporales, licencias, reducciones de jornada, …) que puedan irse produciendo dentro de esta categoría profesional.
2. El proceso selectivo de la convocatoria antes descrita se regirá por las Bases generales del procedimiento selectivo del personal funcionario interino y laboral no fijo, aprobadas mediante Decreto de la Alcaldía núm. 2020/2023 de data 29 de abril de 2023 y publicadas en el BOIB núm. 55 de 29 de abril de 2023.
Para tomar parte en la convocatoria se exigirá en el plazo de presentación de instancias, además de estar en posesión de los requisitos exigidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: certificado de escolaridad o equivalente.
También, en virtud de lo establecido en la Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento en vigor, que entre otros aspectos establece los niveles mínimos de conocimiento de la lengua catalana exigibles para este puesto de trabajo, deberá estar en posesión del título que acredite el nivel A2 de conocimientos de la lengua catalana (o cualquier otro título homologado equivalente).
Asimismo, en virtud de los dispuesto en la vigente Ordenanza reguladora de la tasa para optar a pruebas de selección de personal, el aspirante deberá acreditar durante el plazo de presentación de solicitudes el pago de las correspondientes tasas para tomar parte en la convocatoria.
El aspirante seleccionado deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en el plazo máximo de siete días naturales, a contar de la resolución del concurso oposición.
3. De conformidad con lo dispuesto en la base decimosegunda de las citadas bases generales, se establecen las siguientes fases del proceso selectivo:
a) Fase de oposición:
1. Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas (tipo test) relativas al programa de temas. El número de preguntes será de 15 (más 1 pregunta de reserva) y el tiempo de duración del ejercicio será como máximo de 15 minutos. Este ejercicio se calificará con un máximo de 75,00 puntos, entendiéndose que superan la prueba aquellos aspirantes que obtengan un mínimo de 37,50 puntos.
Criterios de corrección:
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Q: Resultados de la prueba
A: Número de respuestas correctas
E: Número de respuestas erróneas
P: Número de preguntas del ejercicio
b) Fase de concurso de carácter no eliminatorio de acuerdo con las previsiones contenidas en las bases generales de la convocatoria (BOIB núm. 55 de 29 de abril de 2023).
PROGRAMA DE TEMAS:
Tema 1. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 2. Organización municipal. Competencias.
Tema 3. Albañilería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Aglomeraciones. Áridos, ladrillos: definición y tipos. Aglomerados.
Tema 4. Jardinería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Partes básicas de las plantas. Procesos básicos de las plantas. Conocimientos básicos de tipos de injertos, acodos y esquejes.
El Tribunal calificador de este concurso oposición estará formado por:
• Presidente (un funcionario/personal laboral designado por el señor Alcalde): Titular: Enrique Guerrero Dupley
• Secretaria: Titular: María del Pilar Martínez Sánchez
• Vocal en representación de la comunidad autónoma de las Illes Balears, titular y suplente, designado por ésta.
• Vocales (2) en representación de los funcionarios de carrera: Titulares: Pedro Bibiloni Rigo y Miquel Frontera Sbert. Suplente: José Luís Sirera Cantallops
• Personas que podrán asistir en calidad de supervisores del buen funcionamiento del proceso selectivo:
a) En representación de la Junta de personal: el funcionario o personal laboral del Ayuntamiento en quién ésta delegue.”
De conformidad con las Bases generales del procedimiento selectivo del personal funcionario interino (BOIB núm. 55 de 29 de abril de 2023) la presente convocatoria tendrá las siguientes características:
1. Sistema de selección (base decimosegunda): Concurso oposición.
2. Plazo de presentación de solicitudes (base novena apartado segundo): Quince (15) días naturales a contar del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Lugar de presentación de solicitudes (base novena apartado primero): En el registro general del Ayuntamiento de Marratxí o en cualquier otra de las formas previstas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Documentación necesaria para presentar la solicitud de participación (base novena apartado tercero):
a) Solicitud de participación según modelo normalizado (anexo I).
b) Documento nacional de identidad en vigor o, en el caso de no ser español, del documento acreditativo de la identidad (NIE, tarjeta residencia, ...).
c) Documentación acreditativa del título académico exigido (anverso y reverso).
d) Documentación acreditativa del nivel de conocimientos de la lengua catalana o título homologado equivalente.
e) Justificante de haber abonado las tasas para optar a pruebas de selección de personal. (Ordenanza reguladora de la tasa para optar a pruebas de selección de personal publicada en el BOIB núm. 152 de 3 de diciembre de 2016). La falta de justificación del pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante y el pago de la misma no substituye, en ningún caso, el trámite de presentar la solicitud en el plazo y en la forma prevista.
Marratxí, 5 de junio de 2025
La concejala delegada de Interior y Recursos Humanos Odette Torres Fernández