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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 399516
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 26 de mayo de 2025, relativo a la convocatoria y bases para las ayudas a entidades culturales 2025 (Exp. 1508-2025-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 837979

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/837979):

Primero. Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria de ayudas las asociaciones culturales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de asociaciones de las Illes Balears, las entidades religiosas, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia (sólo cuando organicen actividades de carácter cultural), las fundaciones, legalmente constituidas e inscritas en el Registro único de fundaciones de las Illes Balears (sólo cuando organicen actividades de carácter cultural) y las asociaciones de vecinos (sólo cuando organicen actividades de carácter cultural), cuyo ámbito de actuación sea la isla de Menorca.

También pueden participar las asociaciones, entidades religiosas y fundaciones cuyo ámbito de actuación sea las Illes Balears, siempre que la actividad cultural objeto de subvención se ejecute en Menorca.

En todo caso, quedan excluidas de esta convocatoria, como beneficiarias:

a) Entidades deportivas.

b) Entidades educativas, centros educativos y asociaciones de familias de alumnos.

c) Entidades juveniles o que promuevan actividades para la juventud.

d) Asociaciones de personas mayores o grupos vinculados a éstas.

e) Grupos folclóricos.

f) Entidades que obtengan otra ayuda con cargo al presupuesto anual del programa33400, de creación y promoción cultural del Consejo Insular de Menorca.

También quedan excluidas las solicitudes directas de secciones que formen parte de entidades religiosas, fundaciones o asociaciones culturales más amplias.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas es promover y apoyar la realización de proyectos culturales desarrollados en el ámbito de Menorca por parte de las entidades culturales de la isla.

Se consideran proyectos o actividades culturales los relacionados con:

a) La cinematografía, las artes audiovisuales y las artes multimedia.

b) La música y las artes escénicas (teatro, danza, etc.).

c) Las artes visuales: artes plásticas o bellas artes, fotografía y diseño.

d) El libro y la lectura.

e) Cualquier otro proyecto o actividad, que a juicio de la comisión evaluadora, tenga el carácter de cultural.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario del día 26.05.2025.

 

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 320.000 € (trescientos veinte mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas será de 30 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB.

Sexto. Otros datos.

El porcentaje de la subvención sobre el gasto final de la actividad o proyecto será, como máximo, del 60%.

Asimismo, ninguna subvención total concedida a una entidad podrá superar el 20% del presupuesto total de la convocatoria. Así, el importe de la subvención en ningún caso podrá superar los 64.000 euros.

 

Maó, 6 de junio de 2025

Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) ​​​​​​​(BOIB núm. 106 de 29-7-2023)