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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 395777
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PA2024-0003. Aprobación inicial de la modificación del PGOU de Palma referida a la catalogación del monolito de Sa Feixina
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El Pleno del Ayuntamiento del 29 de mayo de 2025, aprobó inicialmente el proyecto de la modificación del PGOU de Palma referida a la catalogación del monolito de Sa Feixina, que tiene por objeto la inclusión de la Ficha 25/16 sobre el “Monumento de Sa Feixina” en el Catálogo de Protección de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Artístico, Arquitectónico y Etnológico de Palma (Anexo Normas V ENSANCHE Y SUELO RÚSTICO. TOM II. Zona 25 Santa Catalina) del PGOU de Palma. Dado que no se prevé otro uso para el elemento a proteger, se le asignará un grado de protección integral A1, que se regula en el artículo 271 de las NNUU del PGOU 98 (texto refundido de marzo de 2006), según el proyecto redactado por los Servicios técnicos de Planeamiento.
Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete dicho Proyecto de modificación del Plan a información pública durante TREINTA DÍAS. Visto el art.2.2 del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares para la isla de Mallorca, el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.
Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:
https://seuelectronica.palma.cat/ca/tauler-electronic-d-edictes-i-anuncis
https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/Planejament/EpF_e6ydQolJixSzuA0Fq10B3ZLxxSPhsaSazTSw0jXBRg?e=VAVCDx
y presentar las alegaciones que estimen pertinentes dentro del mencionado plazo. Estas alegaciones deberán presentarse, si se trata de una persona jurídica, obligatoriamente a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de lo que se trata y el número de expediente; y si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.
(Firmado electrónicamente: 5 de junio de 2025)
El secretario general del Pleno Nicolau Conti Fuster