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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 395739
Extracto de la Resolución de la consejera de Salud de 3 de junio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones y de aportaciones económicas para llevar a cabo actividades en materia de salud pública para el ejercicio 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS núm. 837431

Conforme con lo establecido en los artículos 17.3.b) y el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de las subvenciones arriba referidas, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones.

Primero Objeto

1. El objeto de la presente convocatoria es el establecimiento de subvenciones destinadas a financiar los gastos generados por el desarrollo de los programas, proyectos y actividades incluidos en las líneas 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 9 que se describen a continuación:

a) Línea 1: Ayudas para la realización de programas y proyectos de promoción de la salud en el ámbito comunitario y en colectivos en riesgo de exclusión social.

b) Línea 2: Ayudas para la realización de programas y proyectos de promoción y educación para la salud en los centros educativos que participan en el Programa de Centros Educativos Promotores de la Salud (CEPS) de las Illes Balears.

c) Línea 3: Ayudas a asociaciones municipales o autonómicas para la promoción de la donación de sangre mediante cita previa en todos los municipios de las Illes Balears.

d) Línea 4: Ayudas para la prevención de la infección del VIH y otras infecciones de transmisión sexual en la población general y en colectivos específicos de afectados.

e) Línea 5: Ayudas para asociaciones de pacientes.

f) Línea 7: Ayudas para llevar a cabo programas y proyectos que promuevan la seguridad de los alimentos en los entornos familiar, comunitario, empresarial, educativo o institucional.

g) Línea 9: Ayudas para la promoción de la salud y prevención de enfermedades en mujeres en situación de prostitución con riesgo de exclusión social.

2. El periodo para llevar a cabo las actividades es el siguiente:

a) Para las líneas 1, 3, 4, 5, 7 y 9, es el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

b) Para la línea 2, es el comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.

Segundo Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones en materia de salud pública las siguientes personas:

a) Para los proyectos de las líneas 1, 3, 4, 7 y 9, cualquier persona jurídica, de carácter privado, sin ánimo de lucro, con domicilio social en las Illes Balears, que, además de realizar en el territorio de las Illes Balears los programas y actividades previstos en dichas líneas, cumpla con los requisitos establecidos en la Orden de bases y los específicos de la presente convocatoria.

b) Para los proyectos de promoción de la salud y educación para la salud en el ámbito educativo incluidos en la línea 2, solo podrán ser beneficiarios los centros educativos de las Illes Balears, de titularidad pública o privada, que participen o hayan participado el año anterior en el Programa de Centros Educativos Promotores de la Salud de las Illes Balears y que tengan un proyecto de salud en vigor.

c) Para los proyectos de la línea 5, las asociaciones de pacientes, entendiéndose por tales las personas jurídicas, de carácter privado, sin ánimo de lucro, con domicilio social en las Illes Balears, cuya finalidad es la atención y el apoyo a personas con problemas de salud y a sus familias, mejorando así la calidad de vida de dichas personas.

Tercero Cuantía

El importe máximo que se destinará a esta convocatoria es de 240.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 18201 413B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:

- 144.000 € con cargo al ejercicio presupuestario 2025, correspondiente al 60 % del importe total de la subvención.

- 96.000 € con cargo al ejercicio presupuestario 2026, correspondiente al 40 % del importe total de la subvención.

Estas cantidades se distribuyen por líneas de acuerdo con la siguiente imputación temporal y desglose: 

Línea

Partida presupuestaria

Cantidad total asignada por línea

Cantidad imputable al presupuesto del año 2024

Cantidad imputable al presupuesto del año 2025

1

Promoción de la salud en el ámbito comunitario y colectivos en riesgo de exclusión social

18201 413B01 48000 00

35.000,00 €

 21.000,00 €

 14.000,00 €

2

Promoción de la salud en los centros educativos

18201 413B01 48000 00

30.000,00 €

 18.000,00 €

 12.000,00 €

3

Promoción de la donación de sangre y la captación de donantes en todos los municipios de las Balears

18201 413B01 48000 00

10.000,00 €

 6.000,00 €

 4.000,00 €

4

Prevención y control de la infección por el VIH y otras infecciones de transmisión sexual

18201 413B01 48000 00

50.000,00 €

 30.000,00 €

 20.000,00 €

5

Ayudas para asociaciones de pacientes

18201 413B01 48000 00

45.000,00 €

 27.000,00 €

 18.000,00 €

7

Promoción de la seguridad de los alimentos en los entornos familiar, comunitario, empresarial, educativo o institucional

18201 413B01 48000 00

10.000,00 €

 6.000,00 €

 4.000,00 €

9

Promoción de la salud y prevención de enfermedades en mujeres en situación de prostitución con riesgo de exclusión social

18201 413B01 48000 00

60.000,00 €

 36.000,00 €

 24.000,00 €

Total

 

 

240.000,00 €

 144.000,00 €

 96.000,00 €

Cuarto Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto Bases generales

Las bases generales de esta convocatoria de subvenciones son las dispuestas en la Orden de la consejera de Salud de 5 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y premios para la realización de actividades relacionadas con la salud y el consumo (BOIB núm. 56, de 10 de mayo de 2017).

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de junio de 2025)

La consejera de Salud Manuela García Romero