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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 393849
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la actualización de la redistribución de las ratios y el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo (CEI) Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, término municipal de Sant Josep de sa Talaia, que pasa a ser de la entidad Rosmarinus Ibiza, sociedad limitada

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Educación y Cultura, de 5 de noviembre de 2008, (BOIB núm. 161, de 15 de noviembre), se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, con 5 unidades de educación infantil de primer ciclo y 72 plazas escolares distribuidas de la manera siguiente:

  • De 0 a 1 año: 1 unidad y 8 plazas escolares
  • De 1 a 2 años: 2 unidades y 26 plazas escolares
  • De 2 a 3 años: 2 unidades y 38 plazas escolares

2. De acuerdo con la Resolución de la consejera de Educación y Cultura, de 17 de diciembre de 2008, (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2009), se corrigió el error de transcripción advertido en la redacción del punto número 1 de la Resolución de la consejera de Educación y Cultura, de 5 de noviembre de 2008, por la cual se autorizaba la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, con indicación del domicilio correcto del centro: c/ Begonies, 28.

3. El 26 de mayo de 2025, (GOIBE358966/2025), y el 27 de mayo de 2025, (GOIBE362534/2025), la señora María Rosario Dorador López, titular del centro CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, con código de centro 07013701, presentó una solicitud de cambio de titularidad del centro, que pasaría de María Rosario Dorador López (DNI ***5261**) a Rosmarinus Ibiza, SL (NIF B21696463), con efectos de 1 de julio de 2025.

Con la solicitud se adjuntó la siguiente documentación:

  • Acuerdo de cesión y subrogación de la titularidad del CEI Mafalda entre la señora María Rosario Dorador López y la entidad Rosmarinus Ibiza, SL, con efectos de 1 de julio de 2025.
  • Copia del contrato de alquiler del inmueble en el que se encuentra ubicado el CEI Mafalda suscrito por la entidad Rosmarinus Ibiza, SL, como arrendatario, por un período de quince años.
  • Escritura de constitución de la entidad Rosmarinus Ibiza, SL y de sus estatutos, en los que se nombra a la señora María Rosario Dorador López como administradora única de la sociedad.
  • Acreditación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del CIF de Rosmarinus Ibiza, SL.
  • Manifestación de la señora María Rosario Dorador López solicitando la modificación de la gestión administrativa y contable del concierto educativo del centro CEI Mafalda, con código 07013701, suscrito con la Consejería de Educación y Universidades, para que los expedientes y los gastos que se derivan se asignen a la sociedad Rosmarinus Ibiza, SL, con CIF B21696463, con efectos de 1 de julio de 2025.
  • Declaración de la señora María Rosario Dorador López, representante de la entidad Rosmarinus Ibiza, SL, en la que acepta la subrogación en los derechos y obligaciones derivadas del concierto educativo vigente suscrito entre el CEI Mafalda y la Consejería de Educación y Universidades, con efectos de 1 de julio de 2025.

4. De acuerdo con la normativa vigente de aplicación sobre los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil, Decreto 23/2020, de 31 de julio, en el que se determina que el número máximo de niños por unidad debe ser el siguiente: de 0 a 1 año: 7 plazas escolares, de 1 a 2 años: 12 plazas escolares y de 2 a 3 años: 18 plazas escolares, se procede a la actualización de la redistribución de las ratios autorizadas.  

5. En fecha 3 de junio de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable referente a la actualización de la redistribución de las ratios autorizadas y al cambio de la titularidad del CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, que pasará a ser de la sociedad Rosmarinus Ibiza, SL, con CIF B21696463.

6. En fecha 4 de junio de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas, propuso la autorización de la actualización de la redistribución de las ratios autorizadas y del cambio de la titularidad del CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, que pasará a ser de la sociedad Rosmarinus Ibiza, SL, con CIF B21696463.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

7. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 70, de 3 de junio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 4 de junio de 2025, dicto la siguiente

Resolución

1.Autorizar, con efectos de 1 de julio de 2025, el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Mafalda, de Sant Jordi de ses Salines, del término municipal de Sant Josep de sa Talaia, que hasta ahora era de la señora María Rosario Dorador López y que pasa a ser de la sociedad Rosmarinus Ibiza, SL, con el CIF B21696463.

2. Autorizar la actualización de la redistribución de las ratios autorizadas en la etapa de primer ciclo de educación infantil determinadas en la normativa vigente de aplicación en esta materia, Decreto 23/2020, de 31 de julio. 

3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación y la actualización de la redistribución de las ratios autorizadas, el centro queda configurando de la siguiente forma:

Código de centro: 07013701

Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo

Denominación específica: Mafalda

Titular: Rosmarinus Ibiza, SL (CIF B21696463)

Domicilio: calle Begonies, 28

Localidad: Sant Jordi de ses Salines

Municipio: Sant Josep de sa Talaia

CP: 07817

 

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 5 unidades distribuidas de la siguiente forma:

De 0 a 1 año: 1 unidad y 7 plazas escolares

De 1 a 2 años: 2 unidades y 24 plazas escolares

De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 plazas escolares

4. Que la gestión administrativa y contable del concierto educativo y de los expedientes adicionales derivados del concierto se asigne a la sociedad Rosmarinus Ibiza, SL, con CIF B21696463, y con efectos de 1 de julio de 2025.

5. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

6. Informar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (5 de junio de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany