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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 388416
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que tienen que regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2024 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 17 de septiembre de 2024, por Resolución de la Presidencia del IMAS, se aprobó la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2024).

2. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

3. En fecha 25 de mayo de 2025, el Director Gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales (A1), de la Administración especial, de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2024 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

4. En fecha 26 de mayo de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales (A1), de la Administración especial, de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2024 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

5. En fecha 28 de mayo de 2025, la Responsable y Jefa del Servicio de Gestión Económica del IMAS ha emitido informe económico que establece que la propuesta de resolución cumple con los principios de estabilidad presupuestaria y que las plazas objeto de la convocatoria están dotadas en el presupuesto del ejercicio 2025.

6. En fecha 29 de mayo de 2025, desde el Servicio Jurídico del Departamento de Recursos Humanos del IMAS se emitió informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución se ajusta a la normativa vigente.

7. En fecha 2 de junio de 2025, la Intervención general del Consell de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de empleo se tendrá que desarrollar dentro del plazo improrrogable de tres años.

El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm. 125, de 24 de septiembre de 2024).

En la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB núm 125, de 24 de septiembre de 2024), se aprobó, entre otros, 1 plaza de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1. Esta plaza de la oferta del ejercicio 2024, es de la tasa específica y corresponde al turno libre.

Por lo tanto, en total hay 1 plaza de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1, que es procedente convocar.

2. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso a la ocupación pública de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con el que prevén este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.

En el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los cuales debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se debe ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

Según se dispone en el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, de carácter básico según su Disposición Final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.

En el artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se establecen los principios informadores del acceso a la función pública y en el artículo 49 de la misma norma se establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y las bases vinculan la Administración, los órganos de selección y las personas que participan.

Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Estas Bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo esto, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se tendrán que recoger en las bases específicas de cada convocatoria.

3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen del mismo, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013), modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.

La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.

Por otra parte, la referida Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen del mismo prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todas las personas

o para parte de los trámites y actuaciones. De igual manera, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.

4. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección.

Por todo ello, se dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública del IMAS, correspondiente al ejercicio 2024, que se adjuntan como Anexo I y Anexo II.

2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de ocupación pública del IMAS, correspondiente al ejercicio 2024, por el sistema de concurso oposición, de la especialidad siguiente:

- Clasificación: Escala Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1.

- Número de plazas: 1 plaza, del turno libre.

3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4. Establecer que esta convocatoria se rige por las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, deben cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las bases generales.

A estos efectos, debe accederse al Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).

7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria y la orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

 

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (4 de junio de 2025

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre

La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo (BOIB núm 86, de 1 de julio de 2021))

 

 

ANEXO I Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2024

1. Normas generales

1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 1 plaza de Técnico-a Superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, de la Oferta de ocupación pública del IMAS para el ejercicio 2024, y que corresponden al turno libre.

1.1.2. Las características de la plaza convocada son las siguientes:

Grupo, subgrupo: A1

Escala: Administración especial

Subescala: Técnica

Clase: Técnico-a superior

Especialidad: Prevención de Riesgos Laborales

Sistema de selección: Concurso oposición

Vinculación: Funcionario-funcionaria

1.2. Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso oposición para el turno libre.

Para el turno libre, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del proceso selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinan en el apartado de la letra a), de base 10.2.2. del Anexo I de las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas de ocupación pública correspondientes al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según el baremo de méritos para el turno libre, Anexo A de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

 

2. Requisitos de las persones aspirantes

2.1. Además de los previstos en las bases generales:

- Estar en posesión del título de grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura.

- Estar en posesión del título de técnico/a superior en prevención de riesgos laborales con las especialidades de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada.

- Carnet de conducir de clase B.

- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ninguno otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la citada Ordenanza.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirando del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución debe publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, deberá hacerse público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal calificador

El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.

El Tribunal calificador debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.

El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento debe publicarse en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.

En el caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una de correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y la orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En el caso de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidas al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En el caso de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anterior, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Fórmula para calcular la puntuación final

La puntuación final del concurso oposición para el turno libre debe calcularse con la fórmula siguiente:

                                              Nota del aspirante en la oposición                       Méritos del aspirante en el concurso  

70 x ------------------------------------------------ + 30 x ---------------------------------------------------

                                               Nota máxima de la oposición                               Puntuación máxima en el concurso

8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido al Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

 

ANNEX II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase Técnico-a superior, especialidad Prevención de Riesgos Laborales, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2024

Temario parte general

Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales, estructura y contenido básico. Los derechos y deberes fundamentales. Sistema de garantías y suspensión. La reforma constitucional.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de distribución de competencias.

Tema 3. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales. La reforma del Estatuto de autonomía. El Parlamento de las Illes Balears: composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa: la elaboración de las leyes.

Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. Tipología de entidades locales. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites. La organización territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 6. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.

Tema 7. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Organización y competencias. Régimen de funcionamiento de los órganos del Consell de Mallorca y de la IMAS. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tema 8. La potestad reglamentaria y de organización de los consejos insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca: contenido básico.

Tema 9. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles. Los consorcios: régimen de creación y funcionamiento.

Tema 10. La Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de los ciudadanos en las relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.

Tema 11. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Las disposiciones generales del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 12 Tipología del personal al servicio de las entidades locales. La selección y provisión del personal al servicio de las entidades locales.

Tema 13. Los derechos y deberes de los empleados públicos al servicio de las entidades locales. El sistema retributivo. El régimen de incompatibilidades.

Tema 14. Normativa propia del Consell de Mallorca en materia de servicios sociales. La Ley 4/2009, de 11 de mayo, de servicios sociales de las Illes Balears. Estructuración del sistema de servicios sociales.

Tema 15. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 16. La Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 17. La Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 18. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: estructura y contenido básico. Publicidad activa.

Temario parte específica

1. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política comunitaria. Instituciones comunitarias, organismos e instituciones con competencia en materia de PRL.

2. Unión Europea (II): Directivas comunitarias. Directiva Marco 89/391/CEE. Directivas específicas y complementarias a la Directiva Marco.

3. La Organización Internacional del Trabajo (OIT). Origen y evolución. Objetivos, estructura y organización. Convenios de la OIT relacionados con salud y seguridad.

4. Marco normativo de la prevención de riesgos laborales en España: antecedentes y normativa actual.

5. Política en materia de prevención de riesgos laborales para proteger la seguridad y salud en el trabajo. Organismos e instituciones nacionales con competencia en materia de prevención de riesgos laborales: Inspección de Trabajo y Seguridad Social; INSST; CNSST; Fundación para la prevención de riesgos laborales.

6. Promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears. Estrategia de Salud Laboral de las Illes Balears: 2023-2027.

7. La formación en prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones. Análisis de necesidades formativas. Planes y programas en formación. Metodología y técnicas en formación. Nuevas tecnologías aplicadas a la formación.

8. La aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración Pública y excepciones. Adaptación de la legislación de prevención en la Administración General del Estado.

9. Modalidades de organización preventiva: tipo, funciones, medios técnicos y humanos. Auditorías.

10. Integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales.

11. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Tipo de evaluaciones.

12. Protección de la maternidad y de los menores: derechos y obligaciones. Normativa de aplicación. Directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el trabajo.

13. Aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales a colectivos específicos: trabajadores autónomos.

14. Consulta y participación del personal: deber de consulta del empresario, deber de participación y representación del personal. Delegados/delegadas prevención: designación, competencias y facultades, garantías de sigilo profesional. Comité de Seguridad y Salud: competencias y facultades. Registro de Delegados de Prevención en las Illes Balears.

15. Las responsabilidades en materia preventiva: tipo, relaciones entre responsabilidades.

16. Las responsabilidades administrativas: Actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Infracciones y sanciones.

17. Coordinación de actividades empresariales: disposiciones generales, concurrencia de trabajadores/as, medios de coordinación, derechos de los representantes del personal.

18. Concepto de condiciones de trabajo y lugar de trabajo. Daño derivado del trabajo. Principios de la actividad preventiva.

19. Accidente de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores: conceptos y definiciones. Obligaciones del empresario. Tratamiento estadístico de los accidentes de trabajo: organismos de referencia. Sistema DELTA. Tratamiento estadístico de las enfermedades profesionales: organismos de referencia. Sistema CEPROSS.

20. Investigación de los accidentes de trabajo: objetivos, metodologías de investigación. Modelo de informe de investigación. Gestión de la investigación de los accidentes de trabajo dentro de la empresa. Informe Anual de Accidentes de Trabajo en España.

21. Equipos de protección individual: disposiciones mínimas de seguridad y salud.

22. Condiciones de seguridad en los puestos de trabajo (I): disposiciones generales, obligaciones del empresario.

23. Condiciones de seguridad en los puestos de trabajo (II): condiciones generales de seguridad en los puestos de trabajo; orden, limpieza y mantenimiento; condiciones ambientales en los puestos de trabajo; iluminación en los puestos de trabajo; servicios higiénicos y locales de descanso; material y locales de primeros auxilios. Guía técnica.

24. Señalización de seguridad y salud en el trabajo: disposiciones mínimas. Guía técnica.

25. Incendios (I): química del fuego y conceptos básicos. Clasificación del fuego en función de la naturaleza de los combustibles. Normativa de protección contraincendios.

26. Incendios (II): Prevención de incendios. Medios de lucha contraincendios. Medios de protección contraincendios. Reglamento de instalaciones de protección contraincendios: disposiciones generales. Mantenimiento mínimo de las instalaciones contraincendios.

27. Normativa básica autoprotección: Planes de autoprotección: concepto y objetivo, elaboración, registro, contenido mínimo del plan.

28. Planes de emergencias: definición y concepto. Clasificación de las emergencias. Equipos de emergencia: designación y funciones. Gestión de las emergencias en un centro residencial de gente mayor.

29. Planes de autoprotección según el Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan aspectos de la Ley de Ordenación de Emergencia en las Illes Balears.

30. Máquinas y equipos de trabajo: Normas por la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Análisis y evaluación de los principales riesgos asociados a las máquinas y equipos de trabajo. Requisitos de seguridad y salud. Declaración de conformidad y marcado CE.

31. Utilización de los equipos de trabajo: objeto. Obligaciones del empresario. Análisis y evaluación de los principales riesgos asociados a la utilización de los equipos de trabajo. Condiciones seguras de utilización. Adecuación y puesta en conformidad de los equipos de trabajo. Guía técnica.

32. Trabajos temporales en altura y trabajos a la intemperie: tipo, principales riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable.

33. Equipos a presión: reglamento y sus disposiciones técnicas complementarias.

34. Obras de construcción (I): disposiciones generales, disposiciones específicas de seguridad y salud durante la fase de proyecto y ejecución.

35. Obras de construcción (II): derechos del personal, otras disposiciones

36. Riesgo eléctrico: disposiciones mínimas. Trabajos en proximidad.

37. Espacios confinados: concepto, riesgos asociados, autorizaciones de trabajo y procedimientos de trabajo.

38. Riesgos relacionados con agentes químicos en el trabajo: disposiciones generales. Obligaciones del empresario. Guía técnica.

39. Agentes químicos: metodología de actuación. Identificación de contaminantes en los lugares de trabajo. Equipos de medida de contaminados. Análisis y evaluación de la exposición a los agentes químicos y medidas preventivas.

40. Riesgos relacionados con agentes biológicos en el trabajo: Disposiciones generales. Obligaciones del empresario. Clasificación de los agentes biológicos. Guía técnica.

41. Agentes biológicos (I): características y principales efectos para la salud del personal. Técnicas de evaluación cualitativas y cuantitativas. Medidas ambientales de los agentes biológicos. Guía técnica.

42. Agentes biológicos (II): Equipos de protección individual contra agentes biológicos, criterios de selección, tipo de equipos de protección individual. Guía técnica.

43. Agentes biológicos (III): Gestión de los residuos sanitarios, clasificación, enfermedades transmisibles. Guía técnica.

Gestión de los residuos sanitarios en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

44. Exposición a agentes cancerígenos y mutágenos en el trabajo: disposiciones generales, obligaciones del empresario. Sustancias, mezclas y procedimientos cancerígenos. Vigilancia de la salud del personal expuesto a agentes cancerígenos y mutágenos en el trabajo.

45. Revuelo. Fundamentos de acústica. Efectos de la exposición al ruido. Evaluación del riesgo de exposición al ruido y medidas de prevención colectivas e individuales.

46. Vibraciones. Fundamentos y efectos de la exposición a las vibraciones. Evaluación del riesgo de exposición a vibraciones y medidas de prevención colectivas e individuales

47. Radiaciones ionizantes: conceptos básicos y efectos sobre el organismo. Aparatos de detección y medida de las radiaciones ionizantes. Medidas de protección contra radiaciones ionizantes.

Protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes: disposiciones generales.

48. Radiaciones no ionizantes: clasificación y efectos sobres el organismo. Equipos de protección individual frente a la exposición a radiaciones ópticas artificiales. Equipos de protección individual frente a la exposición a campos electromagnéticos. Guías técnicas.

49. Ambiente térmico. Mecanismos de termorregulación y de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Métodos de valoración. Control de la exposición

50. Trabajos con amianto. Planes de trabajo. Registro de empresas con riesgo por amianto. Evaluación de la exposición al amianto. Procedimientos de trabajo y medidas preventivas. Identificación de materiales con amianto.

51. Pantallas de visualización de datos (I): objeto, definiciones, obligaciones generales del empresario, vigilancia de la salud, obligaciones en materia de información y formación, consulta y participación del personal.

52. Pantallas de visualización de datos (II): Evaluación de riesgos y medidas preventivas derivadas del uso de equipos con pantallas de visualización de datos. Riesgos ergonómicos asociados a las nuevas tecnologías y al teletrabajo. Guía técnica.

53. Ergonomía: concepto y objetivos. Métodos, criterios y procedimientos aplicables para realizar una evaluación de riesgos ergonómicos.

54. Concepto y diseño del puesto de trabajo. Antropometría y geometría del lugar de trabajo. El espacio y las posturas de trabajo. Diseño ergonómico del lugar de trabajo con pantallas de visualización.

55. Carga física en el trabajo: fisiología de la actividad muscular. Capacidad de trabajo físico. Fatiga física y recuperación. Valoración de la carga física en el trabajo. Trastornos músculo esqueléticos: conceptos generales. Cuadro de enfermedades profesionales: normativa de aplicación. Enfermedades derivadas de posturas forzadas y movimientos repetitivos.

56. Manipulación manual de cargas (I): disposiciones mínimas de seguridad y salud.

57. Manipulación manual de cargas (II): metodologías de evaluación de cargas. Método NIOSH. Guía técnica.

58. Manipulación manual de cargas (III): gestión de riesgos asociados a la movilización manual de personas dependientes en centros sociosanitarios. El método MAPO: evaluación y medidas preventivas.

59. Posturas de trabajo: concepto, factores de riesgo y medidas preventivas. Metodologías específicas de evaluación de las posturas de trabajo. Métodos OWAS y REBA. Enfermedades profesionales derivadas de las posturas de trabajo.

60. Movimientos repetitivos: concepto, factores de riesgo y medidas preventivas. Metodologías específicas de evaluación de movimientos repetitivos de la extremidad superior. Métodos OCRA y RULA. Enfermedades profesionales derivadas de los movimientos repetitivos en el trabajo.

61. Psicosociología: conceptos básicos. Efectos de la exposición a factores de riesgo psicosocial sobres las personas y sobres las organizaciones. Clasificación de los factores de riesgo psicosocial. Nuevos factores de riesgo psicosocial asociados a nuevas formas de organización y uso de las tecnologías de la información y comunicación.

62. Evaluación de factores de riesgos psicosocial: metodología y técnicas de evaluación. Método FPSICO del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Principales riesgos psicosociales en los centros de atención directa y protección del menor.

63. Proceso de intervención psicosocial: concepto, diseño de las medidas de intervención, principios de la intervención psicosocial. Evaluación y seguimiento de las medidas de intervención.

64. Acoso laboral en el trabajo: concepto, tipo de acoso. Gestión del acoso en la empresa. Protocolos generales de prevención y actuación.

65. Carga mental de trabajo: concepto, características, efectos sobre las personas. Evaluación de la carga mental y medidas de prevención.

66. Estrés laboral: estresores, efectos sobre las personas. Evaluación del estrés laboral y medidas de prevención. Síndrome de agotamiento profesional (burnout).

67.Violencia ocupacional externa en el trabajo: concepto, tipo y manifestaciones. Protocolos generales de prevención y actuación.

68. Vigilancia de la salud (I): conceptos básicos, objetivos y funciones, principios generales. Vigilancia de la salud individual y colectiva. Protocolos específicos. Obligatoriedad y periodicidad de los RML. Informes de aptitud laboral.

69. Vigilancia de la salud (II): Obligaciones del empresario. Informes de aptitud con restricciones laborales. Adaptación del lugar de trabajo dentro de la empresa.

70. Empresas saludables: concepto. Promoción de la salud en el trabajo. Declaración de Luxemburgo. Red Española de Empresas Saludables.

71. Movilidad segura en la empresa: concepto, factores de riesgo, elaboración del plan en la empresa, medidas preventivas. Accidentes derivados de la movilidad: tipo y gestión.

72. Organización de los primeros auxilios en los centros de trabajo: Obligaciones del empresario. Daños objeto de atención de primeros auxilios. Locales y materiales necesarios para realizar primeros auxilios. Personas encargadas en realizar primeros auxilios en la empresa. Prestación de primeros auxilios en trabajos y actividades especiales.