Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 387913
Aprobación del acuerdo regulador del precio público por el suministro de recarga eléctrica en puntos de recarga municipales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de 29 de mayo de 2025, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. Aprobar el Acuerdo regulador del precio público por suministro de recarga eléctrica en puntos de recarga municipales, con el siguiente tenor literal:

Acuerdo regulador del Precio Público por el suministro de recarga eléctrica en puntos de recarga municipales del Ayuntamiento de Campos.

Artículo 1º Fundamentación

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Campos establece el precio público por el suministro de recarga eléctrica para vehículos eléctricos.

Artículo 2º.- Objeto.

Constituye el objeto del siguiente Acuerdo regulador establecer el precio público por el suministro de recarga eléctrica del Ayuntamiento de Campos a los usuarios interesados ​​en recargar su vehículo eléctrico en los puntos de recarga municipales habilitados.

Artículo 3º.- Obligados al pago

Están obligados al pago del presente precio público los usuarios que soliciten y realicen la recarga.

No se emitirá carta de pago o recibo, siendo justificante suficiente para el usuario el cargo en cuenta y para el Ayuntamiento la liquidación mensual de pagos por uso a través de la MELIB.

Artículo 4º.- Cuantía.

Las tarifas establecidas para cada estación de descarga serán:

1. Conexión para suministros de potencia: 0,25 €/kWh

2. Por cada hora o fracción de hora a partir de las 4 horas de carga: 3 €

Artículo 5º.- Normas de gestión del cobro.

Los interesados ​​en recargar su vehículo eléctrico en los puntos de recarga municipal tendrán que acceder al suministro a través de las plataformas habilitadas, identificándose y utilizando la pasarela de pago habilitada por la MELIB.

La pasarela de pago será el único medio autorizado para realizar el pago de la carga.

El Ayuntamiento de Campos no será en ningún caso responsable de las incidencias o discrepancias que puedan existir entre los medios utilizados para la gestión de las cargas y el propio usuario.

Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, de conformidad con el artículo 46.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo y la normativa de recaudación que sea de aplicación.

Artículo 6º.- Exenciones y bonificaciones.

Quedan exentos del pago de ese precio público los vehículos de titularidad municipal.

 

Artículo 7º.- Modificación.

La modificación del Acuerdo regulador del Precio Público corresponderá al Pleno de la Corporación, en virtud del artículo 47.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, todo ello sin perjuicio de la revisión dentro del primer mes de cada ejercicio atendiendo a la misma.

Artículo 8º.- Legislación aplicable.

En todo lo no previsto en este acuerdo regulador se estará a lo dispuesto en Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; el Real decreto ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición final

El precio público regirá a partir del día 1 de junio de 2025, una vez publicada su aprobación en el BOIB y se mantendrá en vigor mientras el Ayuntamiento de Campos no acuerde su modificación o derogación.”

2. Publicar el acuerdo regulador del precio público en el Boletín Oficial de las Illes Balears, así como en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos.

3. Comunicar este acuerdo a la MELIB.

 

Campos, en la fecha de la firma electrónica (4 de junio de 2025)

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa