Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 382257
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se constituye la bolsa preferente en la isla de Menorca de personal laboral temporal del Grupo D, Nivel 5, de la categoría auxiliar técnico educativo
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Hechos
1. Mediante la Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre) de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
2. En cumplimiento del artículo 24.1 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad el empleo público de las Illes Balears, dispone que en las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso oposición, deben prever que las personas que no superen el proceso selectivo deben incluirse en bolsas de personal funcionario interino o de personal temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se deben integrar los candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente y no habiéndolo superado, sí hayan obtenido la puntuación mínima de 5 puntos, en la fase de oposición.
Dicho precepto legal se desarrollará en la base 20 de la convocatoria que establece que, una vez finalizado el proceso selectivo, los tribunales requerirán a las personas que hayan obtenido un mínimo de 5 puntos en la fase de oposición. El tribunal debe revisar y baremar los méritos declarados según el procedimiento establecido en la base 13 y, una vez comprobados, conformará una lista por orden de puntuación de acuerdo con la puntuación global establecida en la base 11.
Tanto el artículo 21 del Decreto ley 6/2022 como la base 14.2 del anexo 2 de la convocatoria establecen el orden de criterios a aplicar en los casos en que se produzcan empates en las valoraciones definitivas de méritos.
3. En fecha 14 de mayo de 2024 se publicaron las listas provisionales con las puntuaciones que habían obtenido las personas aspirantes del grupo D del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral.
4. En fecha 31 de agosto de 2024 se publicó en el BOIB n.º. 114, la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se designan los aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de los grupos D y E, categorías laborales auxiliar técnico educativo, peón especialista, socorrista, peón y personal de limpieza, de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se les adjudicó un puesto de trabajo.
5. Mediante la Resolución de 30 de septiembre de 2024 (BOIB nº. 130, de 3 de octubre) de la consejera de Presidencia, Función Pública y Administraciones Públicas se constituyó una bolsa preferente parcial de personal laboral temporal de la categoría de auxiliar técnico educativo, para las islas de Mallorca y Menorca, de la Administración de la CAIB, correspondiente al proceso de estabilización por concurso oposición convocado por Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 122, de 17 de septiembre)
6. En cumplimiento de lo que dispone la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso de estabilización se han revisado y baremado las personas aspirantes que quedaban pendientes. La finalidad para baremarlas, aunque ya se habían adjudicado las plazas ofertadas en estabilización, es a efectos de conformar una bolsa preferente de personal laboral de la categoría mencionada en la isla de Menorca.
Con esta finalidad, el 26 de noviembre de 2024 el Tribunal calificador hizo pública en el portal del opositor de la CAIB el Acuerdo para requerir a una serie de aspirantes la subsanación de documentación.
7. El 7 de febrero de 2025 se publicó en el portal del opositor de la CAIB la lista provisional de méritos revisados de la categoría de auxiliar técnico educativo, a efectos de constituir el bolsín. Contra esta lista provisional no se ha presentado ninguna alegación.
8. En sesión celebrada el 26 de marzo de 2025, el Tribunal calificador ha elaborado, por orden de mayor a menor puntuación, la lista de las personas aspirantes que deben conformar la bolsa preferente y que se propondrá a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas para su aprobación.
Fundamentos de derecho
1. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. La base 15.2 y 20 del anexo 2 y el anexo 5 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 2 enero, por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, por el Decreto 5/2024, de 29 de mayo y por el Decreto 2/2025, de 7 de febrero).
Por todo esto, dicto lo siguiente
Resolución
1. Aprobar la constitución de la bolsa preferente para la isla de Menorca de personal laboral temporal del Grupo D, Nivel 5, de la categoría de auxiliar técnico educativo, de acuerdo con lo que dispone la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears aprobada por Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 122, de 17 de septiembre).
La composición de la bolsa de trabajo con el orden de prelación final se adjunta como anexo de esta Resolución.
2. Dado que los aspirantes para ser admitidos en el proceso selectivo presentaron una solicitud de forma electrónica que incorporaba una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación que se exigen en la convocatoria, se informa que la comprobación de los requisitos se realizará antes del nombramiento a requerimiento de la Dirección General de Función Pública.
La no presentación ante la Administración competente de la documentación que, en su caso, se requiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, determina la imposibilidad de tomar posesión del puesto y la exclusión de la bolsa.
3. Declarar como desistidos de su derecho al trámite correspondiente a las personas que no han presentado la documentación requerida para la valoración de méritos, de acuerdo con la base 13 de la convocatoria.
4. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, en el portal del opositor y en la sede electrónica de la CAIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer demanda ante la jurisdicción social de Palma en el plazo de dos meses desde la publicación, de acuerdo con los artículos 10.4 a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
(Firmado electrónicamente: 2 de junio de 2025)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens
ANEXO Bolsa preferente del Grupo D, Nivel 5, auxiliar técnico educativo para la isla de Menorca de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
|
DNI |
APELLIDOS Y NOMBRE |
TOTAL |
POSICIÓN |
|---|---|---|---|
|
***0039* |
SERRA MELIA, ANA MARIA |
66,433 |
1 |
|
***0500* |
SBERT MORAGUES, EVA PILAR |
65,235 |
2 |
|
***0742* |
BOSCH PONS, SANDRA |
64,055 |
3 |
|
***0024* |
DEVIGO RIERA, VERONICA |
55,866 |
4 |
|
***9654* |
ORTEGA VIVES, CATALINA |
54,178 |
5 |
|
***5504* |
CASTRILLO PÉREZ, SHEILA |
52,900 |
6 |
|
***9969* |
MERCADAL BELLOT, TOMAS PEDRO |
52,008 |
7 |
|
***0200* |
PONS REURER, MARIA MERCEDES |
51,020 |
8 |
|
***0613* |
TRIAY SANS, CATALINA |
49,144 |
9 |
|
***4314* |
PONSETI ENRICH, AUXILIADORA |
48,900 |
10 |
|
***9529* |
ESCANDELL PRETO, JOANA |
44,057 |
11 |
|
***4310* |
LLORENS ARGUIMBAU, MAGDALENA MARTA |
39,900 |
12 |
|
***3497* |
FERNANDEZ PICO, MARIA JOSE |
35,455 |
13 |
|
***3912* |
BENEJAM COLL, ANTONIA |
25,800 |
14 |