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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 378523
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la constitución de bolsas mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de mecánico -a supervisor -a

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Texto

Hechos

1. En fecha 18 de diciembre de 2024, se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca para aprobar la convocatoria por el procedimiento extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino por concurso de méritos para cubrir vacantes de la categoría de técnico medio especialidad mecánico supervisor para el Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 168 de fecha 24 de diciembre de 2024).

2. Mediante la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 15 de abril de 2025, se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión, y la lista provisional de puntuaciones correspondiente a la convocatoria de bolsas de la categoría de mecánico supervisor. Se dio un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución, para que las personas interesadas puedan presentar las subsanaciones, alegaciones y los documentos que consideren adecuados. Este plazo finalizó el día 6 de mayo de 2025.

3. De acuerdo con la base 3.9.3, de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2023, que aprueba el Acuerdo de las bases generales que regirán el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB nº. 167, de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024), las personas omitidas o excluidas que no han subsanado el defecto, se considerarán excluidas definitivamente del procedimiento.

4. De acuerdo con lo establecido en la base 3.2.4 de las bases generales, el órgano de selección, reunido en fecha 14 de mayo de 2025, ha comprobado la documentación presentada por las personas aspirantes y ha resuelto las alegaciones, en los términos que se establece el anexo 3 de esta Resolución. Al mismo tiempo ha aprobado las puntuaciones definitivas por orden de prelación, que determina la constitución de las bolsas en los términos que se establecen en los anexos 4 y 5 de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de nombramiento de personal funcionario interino. 

2. El artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, relativo a la enmienda y mejora de las solicitudes.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, mediante el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 78, de 30 de mayo de 2009 y modificaciones posteriores). 

4. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el Acuerdo de las bases generales que rigen el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB nº. 167, de fecha 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024). La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la convocatoria de bolsas mediante concurso de méritos, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de Mecánico supervisor para el Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 168 de fecha 24 de diciembre de 2024).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de la bolsa de la categoría Mecánico Supervisor, para los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino, mediante concurso de méritos, de acuerdo con la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm.167 de 9 de diciembre de 2023; BOIB nº. 17, de 3 de febrero de 2024; BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024). (Anexos 1 y 2).

2.  Informar de los acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, referentes a las alegaciones y los documentos presentados por las personas aspirantes, así como la lista de puntuaciones definitivas, en los términos que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.

3. Aprobar la constitución de las bolsas, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino, de Mecánico supervisor, con las puntuaciones definitivas por orden de prelación (anexos 4 y 5). 

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB, en el tablero de edictos de la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca. 

5. Publicar las bolsas en el portal de selección del Consell Insular de Mallorca

https://seleccio.conselldemallorca.cat/portalseleccio/?lang=es

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, al día de la firma electrónica (30 de mayo de 2025)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans

 

ANEXO 1 Lista definitiva de personas admitidas 

Procedimiento extraordinario

DNI

Apellidos y nombre

***2936**

AMENGUAL DOLS JOSE ANTONIO

***5962**

BIBILONI SERRA GABRIEL

***3177**

CASTELL FONT TONI

***0365**

EXTRANY SASTRE JUAN JOSE

***5754**

LLULL PUJOL, JUAN ANTONIO

***1646**

MORRO MARTI JOSE

***5051**

RODRIGUEZ VIVAS DANIEL

***2766**

RUBERT GARI PEDRO

***8347**

SAEZ PERELLO JOSE CARLOS

Procedimiento específico

DNI

Apellidos y nombre

***2936**

AMENGUAL DOLS JOSE ANTONIO

***3177**

CASTELL FONT TONI

***0365**

ESTRANY SASTRE JUAN JOSE

***5754**

LLULL PUJOL, JUAN ANTONIO

***1646**

MORRO MARTI JOSE

***2766**

RUBERT GARI PEDRO

 

ANEXO 2  Lista definitiva de personas excluidas

Procedimiento extraordinario    

DNI

Apellidos y nombre

Motivo de exclusión

***1339**

ARBOL DE GRACIA JUAN CARLOS

Solicitud, declaración responsable y autobaremo no presentados en tiempo y forma.

***1375**

COLL PORTILLO JUANA

No declara cumplir con el requisito del carnet de conducir B.

***0754**

LEON PARRA GREGORIO

Falta la solicitud, declaración responsable y autobaremo.

Procedimiento específico

DNI

Apellidos y nombre

Motivo de exclusión

***1339**

ARBOL DE GRACIA JUAN CARLOS

Solicitud, declaración responsable y autobaremo no presentados en tiempo y forma.

***0754**

LEON PARRA GREGORIO

Falta la solicitud, declaración responsable y autobaremo.                                                                     

ANEXO 3 RESOLUCIÓN DE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS A LA LISTA PROVISIONAL DE PUNTUACIONES

Acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, en lo referente a las alegaciones presentadas por las personas aspirantes y la lista definitiva de puntuaciones 

El Tribunal, en la sesión celebrada el día 14 de mayo de 2025, revisó los expedientes de los aspirantes y estudió las alegaciones presentadas durante el periodo de alegaciones que finalizó día 6 de mayo de 2025, haciendo las consultas pertinentes a los servicios correspondientes, tal como se detalla a continuación, y con indicación de la propuesta de resolución que en cada caso se acuerda: 

***1339** ARBOL DE GRACIA, JUAN CARLOS 

Alega estar en posesión de los cursos y acciones formativas que se indican en el autobaremo que presenta junto con la alegación. 

El Tribunal informa el siguiente: 

De acuerdo con la base 3.5.2 de las bases generales: “La no presentación de la solicitud en tiempo y forma o la presentación fuera del trámite telemático, supondrá la exclusión del aspirante del procedimiento y se tendrá por no presentado” 

De acuerdo con el punto 6 de la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la convocatoria de Mecánico Supervisor: la solicitud se tiene que cumplimentar electrónicamente en el modelo oficial y a través del trámite telemático habilitado al efecto. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma o la presentación fuera del trámite telemático, supondrá la exclusión del aspirante del procedimiento y se tendrá por no presentado. 

El aspirante no presentó ninguna solicitud a través del trámite telemático habilitado al efecto en la Sede electrónica del Consell de Mallorca. 

El Tribunal ACUERDA DESESTIMAR la alegación 

***5962** BIBILONI SERRA GABRIEL 

Alega que no se ha valorado el título de catalán C1 a pesar de haberlo presentado de manera correcta y que no se ha valorado el Bachiller + COU, (tratándose del mismo nivel que el exigido como requisito FP2).

 El Tribunal informa el siguiente: 

De acuerdo con el anexo I del RD 986/1991el Título de Bachiller (BUP) y el curso de orientación universitaria (COU), equivalen al Título de Bachiller, por lo tanto, se trata de un título inferior al exigido en la convocatoria que es un Técnico Superior en automoción (FP2). 

De acuerdo con la base 3.6.3 de las bases generales, con respecto a los méritos: “En ningún caso se tiene que valorar aquello que haya sido alegado o acreditado documentalmente fuera del trámite telemático o fuera del plazo habilitado a tal efecto”. 

El tribunal, acordó en la sesión 2 de 25 de marzo de 2025, que no se valoran los méritos que, de acuerdo con las bases, no estén alegados y autobaremados dentro del documento único, así como acreditados mediante la documentación correspondiente. 

Cada requisito y/o mérito se tiene que alegar de manera individual en la solicitud telemática. El Sr. Bibiloni en la declaración responsable manifiesta que cumple el requisito de nivel de conocimientos de lengua catalana que se requiere en la convocatoria y alega el catalán C1, pero no lo alega en el apartado de méritos para que se tenga en cuenta, por lo cual sólo se puede tener en cuenta como cumplimiento del requisito. 

El Tribunal ACUERDA DESESTIMAR la alegación.

***5754** LLULL PUJOL JUAN ANTONIO 

Alega que por problemas de salud no pudo presentar toda la documentación requerida a tiempo y solicita tener la posibilidad de que se pueda tener en cuenta toda la documentación presentada en las alegaciones. 

El Tribunal informa de lo siguiente: 

De acuerdo con la base 3.6.1 de las bases generales, “la documentación acreditativa de los requisitos se tendrá que presentar cuando sea requerida por la Administración”. 

Se ha comprobado que el requisito del carnet de conducir B, se alegó en la solicitud. 

De acuerdo con la base 3.6.3 de las bases generales, con respecto a los méritos: “En ningún caso se tiene que valorar aquello que haya sido alegado o acreditado documentalmente fuera del trámite telemático o fuera del plazo habilitado a tal efecto” 

El tribunal, acordó en la sesión 2 de 25 de marzo de 2025, que no se valoran los méritos que, de acuerdo con las bases, no estén a alegados y autobaremados dentro del documento único, así como acreditados mediante la documentación correspondiente. El tribunal no puede valorar sus méritos dado que están acreditados fuera del plazo de presentación de solicitudes. 

El Tribunal ACUERDA ESTIMAR PARCIALMENTE la alegación: 

  • admitir el cumplimiento del requisito del carnet de conducir, y por lo tanto queda admitido. 
  • no admitir los méritos no acreditados junto con la solicitud y por lo tanto no se modifica la puntuación. 

Modifica la lista provisional: Sí 

***5051** RODRIGUEZ VIVAS, DANIEL 

Alega que está en posesión del catalán C2, y con la certeza de que se hacía la consulta de oficio no lo ha acreditado. 

El Tribunal informa el siguiente: 

De acuerdo con la base 3.6.3 de las bases generales: “En ningún caso se tiene que valorar aquello que haya sido alegado o acreditado documentalmente fuera del trámite telemático o fuera del plazo habilitado a tal efecto”. 

El tribunal, acordó a la sesión 2 de 25 de marzo de 2025, que no se valoran los méritos que de acuerdo con las bases, no estén a alegados y autobaremados dentro del documento único, así como acreditados mediante la documentación correspondiente. 

El tribunal no puede valorar sus méritos dado que están alegados fuera del plazo de presentación de solicitudes. 

El Tribunal ACUERDA DESESTIMAR la alegación. 

Las alegaciones estimadas, en ningún caso modifican la valoración de los méritos ni la puntuación provisional.

 

ANEXO 4 Constitución de la bolsa de la categoría de Mecánico -a Supervisor -a, del procedimiento extraordinario de selección de personal laboral temporal

DNI

Apellidos y nombre

Puntuación definitiva

***2936**

AMENGUAL DOLS, JOSE ANTONIO

10,400

***5962**

BIBILONI SERRA, GABRIEL

26,100

***3177**

CASTELL FONT, TONI

43,150

***0365**

ESTRANY SASTRE, JUAN JOSE

44,150

***5754**

LLULL PUJOL, JUAN ANTONIO

11,350

***1646**

MORRO MARTI, JOSE

23,200

***5051**

RODRIGUEZ VIVAS, DANIEL

25,750

***2766**

RUBERT GARI, PEDRO

26,800

***8347**

SAEZ PERELLO, JOSE CARLOS

0,000

 

 

ANEXO 5 Constitución de la bolsa de la categoría de Mecánico –a Supervisor -a, del procedimiento específico de selección de personal laboral temporal

DNI

Apellidos y nombre

Puntuación definitiva

***2936**

AMENGUAL DOLS, JOSE ANTONIO

10,400

***3177**

CASTELL FONT, TONI

43,150

***0365**

ESTRANY SASTRE, JUAN JOSE

44,150

***5754**

LLULL PUJOL, JUAN ANTONIO

11,350

***1646**

MORRO MARTI, JOSE

23,200

***2766**

RUBERT GARI, PEDRO

26,800