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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 378181
Extracto - Bases de la Convocatoria de Subvenciones por concurrencia competitiva para los Centros Educativos de Andratx, 2025
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Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de mayo de 2025, las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones por Concurrencia Competitiva para los Centros Educativos de Andratx 2025, se hace público el extracto de la presente convocatoria:
«EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS DE ANDRATX 2025
Código de la Convocatoria: 835832
En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Pueden ser beneficiarios de la presente convocatoria los centros educativos de Andratx y que proyecten realizar actividades, proyectos o programas objeto de la convocatoria de subvenciones.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2025 es la siguiente:
1.- Colaborar en los gastos producidos por las diferentes actividades no propias del centro educativo.
2.- Fomentar la participación ciudadana en el municipio de Andratx optimizando los recursos existentes en horarios que no son empleados como educativos.
3.- Fomentar el tejido asociativo en el municipio de Andratx ofreciendo espacios alternativos por la realización de sus actividades.
4.- Fomentar nuevos proyectos innovadores para nuestros niños y jóvenes que rebasen la realidad estrictamente curricular y fortalezcan la creatividad, la formación y la innovación del centro y los alumnos.
5.- Fomentar proyectos para transformación social.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx publicada en el BOIB n.º 47 de día 20/04/2017.
http://www.caib.es/eboibfront/ca/2017/10643
Cuarto. Cuantía.
El importe de la presente convocatoria de subvenciones es financiada por la aplicación presupuestaria 326.48004 del Presupuesto para el año 2025, con un importe máximo de 26.000,00 €.
Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, el importe para cada proyecto irá en función de la puntuación obtenida.
A cada punto le corresponden 100,00 € de subvención. Se otorgarán con los siguientes criterios:
a) Las entidades podrán subcontratar la actividad objeto de esta subvención.
b) La actividad subvencionada, que el beneficiario subcontrate con terceros, no podrá exceder el 90% del total de la subvención. Las entidades podrán concertar con personas o entidades vinculadas con el beneficiario siempre que el importe subvencionable no exceda del coste concertado con la entidad o persona vinculada.
c) Si a la hora de determinar las ayudas correspondientes a las solicitudes, el crédito presupuestario no fuera suficiente para conceder todas, se reducirían proporcionalmente las cuantías resultantes hasta que no se supere el importe global de la concesión presupuestaria.
d) En el caso que el importe del proyecto presentado supere el importe máximo de las bases, que asciende a 26.000€. Se garantiza un mínimo de 5.000€ por proyecto y el resto del importe se repartirá de manera proporcional con la parte excedente.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a haber publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.»
Lo cual se hace público por su conocimiento general.
Andratx, documento firmado electrónicamente (30 de mayo de 2025
La alcaldesa-presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)