Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 376313
Asignación de puestos de trabajo para su contratación como personal laboral fijo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional de méritos de personal laboral fijo del subgrupo C2 de la categoría trabajador/a familiar del Ayuntamiento de Manacor
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Por Decreto de Alcaldía n.º 2025-2804, de 30 de mayo de 2025, se ha resuelto lo siguiente:
«RESOLUCIÓN
1. Adjudicar los puestos de trabajo siguientes, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, categoría trabajador/a familiar del Ayuntamiento de Manacor, con asignación de puestos de trabajo por turnos de acceso:
- Maria Carmen Alcázar Rodríguez. Trabajadora familiar (n.º de relación a la plantilla 1.2.19.1).
- Margarita Luisa Llull Timoner. Trabajadora familiar (n.º de relación a la plantilla 1.2.19.8).
2. Contratar estas personas como personal laboral fijo con la categoría de trabajadoras familiares por haber superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la convocatoria de estas plazas, de acuerdo con el anexo 1 de la resolución antes mencionada.
3. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. La firma del contrato del lugar adjudicado se tiene que efectuar en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BOIB.
Antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, las personas interesadas tienen que hacer constar que no ocupan ningún puesto de trabajo ni que hacen ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si llevan a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo tienen que declarar en el plazo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente a la firma del contrato, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer directamente demanda laboral ante el Juzgado Social de Palma de Mallorca, en el plazo de 20 días hábiles, o el especial que sea aplicable, contados a partir del día siguiente al día en que se haya producido el acto o la notificación de la resolución impugnada, o desde que se tenga que entender agotada la vía administrativa en los otros casos, según lo que dispone el artículo 69.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la redacción dada por la Disposición Final 3.ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas».»
Manacor, 30 de mayo de 2025
La delegada de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet