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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 372034
Notificación de Resolución de Revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, 2ª anualidad de fecha 19 de mayo de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas al Fomento de la Lucha Biológica, para el año 2023

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 19 de mayo de 2025, firmó la siguiente resolución,

"INFORME/ PROPUESTA RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL DE CONCESIÓN

Pla estratègic de la PAC 2023-2027 PEPAC

Mesura 65017_02- Fomento de la Lucha Biológica como alternativa a la lucha química

Convocatoria 2023_ Anualidad 2024 (2ª)

Documento: Resolución

Código SIA: 3004334

Emisor: Código DIR3: A04026954

Fecha: 15/05/2025

Código BDNS: 688202

Antecedentes

1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Con fecha 29 de abril de 2023, se publicó el BOIB núm. 55 la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al Fomento de las de lucha biológica como alternativa a la lucha química.

3. Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones al Desarrollo Rural.

4. Con fecha 27 de abril de 2024, se publicó en el BOIB núm. 56 la resolución de concesión de la línea de Fomento de lucha biológica como alternativa a la lucha química para el año 2023-2027.

5. Con fecha 28 de octubre de 2024, se hizo un requerimiento conjunto a los interesados para presentar la documentación necesaria para poder tramitar y resolver la solicitud de pago de la anualidad 2024 de los expedientes por la línea de Lucha biológica de la convocatoria 2023-2027.

6. De los interesados señalados en el anexo adjunto, ANTONI GELABERT MESTRE no ha presentado la documentación pertinente. Los demás interesados ISABEL MARIA VICENS GELABERT; HORTALIZAS PASCUAL, S.A.T; TOMÁTIGA DE RAMALLET DE MALLORCA, CAN VICENS, .SL.; y BONA SEMBRA S.COOP han presentado dentro del plazo establecido la documentación requerida prevista en la convocatoria.

7. Una vez revisada la documentación presentada en el requerimiento, con fecha de 11 de abril de 2025 se publicó en la página web del FOGAIBA la propuesta provisional de revocación informando a los interesados que no cumplen con alguno de los compromisos y obligaciones de la convocatoria, con las incidencias y motivos correspondientes detallados en el anexo I. Concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

8. El beneficiario HORTALIZAS PASCUAL, S.A.T H9160 ha presentado alegaciones, que una vez estudiadas no modifican la naturaleza de la revocación. Los demás interesados no han presentado alegaciones a la propuesta provisional de revocación. Por todo ello, corresponde revocar según los motivos y los importes detallados en el Anexo I.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de la Presidenta del fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 al Fomento de la lucha biológica como alternativa a la lucha química.

2. Punto noveno de la Resolución de la convocatoria, apartado 1.b) llevar un registro de actuaciones y presentarlo.

3. Punto noveno de la Resolución de la convocatoria, apartado .d) presentar las facturas de compra de los agentes empleados en las parcelas.

4. La orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

5. Artículo 13 del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el PEPAC, y se modifiquen diferentes reales decretos por los que se regulan diferentes aspectos relacionados con la aplicación en España de la PAC para el período 2023-2027, referente a la omisión de parcelas.

6. Artículo 43.1. del Real Decreto 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones procede la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente la obligación o compromisos contraídos de los que se encuentra la concesión de la misma.

7. Artículo 43.2. del Real Decreto 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones a consecuencia de la revocación de la subvención queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

8. Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Informe y propuesta de resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar parcialmente la resolución de concesión de 27 de abril de 2024 publicada en el BOIB núm. 56, por la anualidad 2024 (segunda anualidad) a los beneficiarios por los importes que figuran en el anexo I.

2. Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefe de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural

María José Lorente García

 

Conforme con el informe, se propone

La jefe del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural

Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO REVOCACIÓN 2023_Anualidad 2024 (2ª)_ LUCHA BIOLÓGICA


NÚM. EXP INTERNO LLB


NÚM. EXP SGA


CIF/NIF

NOMBRE/RAZÓN SOCIAL
 

IMPORTE ANUAL 2024

IMPORTE CONCESIÓN COFINANCIACIÓN

IMPORTE A PAGAR (2024)
 

IMPORTE A REVOCAR (2024)
 

IMPORTE REVOCACIÓ COFINANCIACION


MOTIVO DE REVOCACIÓN

IMPORTE CAMPAÑA FEADER 54% (2024)

IMPORTE CAMPAÑA AGE 10,80% (2024)

IMPORTE CAMPAÑA CAIB 35,20% (2024)

IMPORTE CAMPAÑA FEADER 54% (2024)

IMPORTE CAMPAÑA AGE 10,80% (2024)

IMPORTE CAMPAÑA CAIB 35,20% (2024)

1

4002078

V07570211

HORTALIZAS PASCUAL SAT

816,00 €

440,64 €

88,13 €

287,23 €

0,00 €

816,00 €

440,64 €

88,13 €

287,23 €

Cultivo sin suelo (Art 3, punto 10 del RD 1048/2022, de 27 de diciembre afecta al recinto: 4/360_1

2

4004511

***3696**

GELABERT  MESTRE

ANTONIO

5.982,00 €

3.230,28 €

646,06 €

2.105,66 €

0,00 €

5.982,00 €

3.230,28 €

646,06 €

2.105,66 €

No presenta la documentación pertinente para comprobar los compromisos

4

4004891

B57816308

TOMATIGA DE RAMALLET DE MALLORCA, S.L.

10.116,00 €

5.462,64

1.092,53

3.560,83

7.227,79 €

2.888,21 €

1.559,63

311,93 €

1.016,65 €

Control monitorización semáforos rojo (1/25_9;1/26_5;1/26_9)

Omisión de parcela (1%penalización a los recintos: 1/428_1;1/26_4)

5

4004892

B04198974

CAN VICENS, S.L.

10.800,00 €

5.832,00 €

1.166,40 €

3.801,60 €

9.330,00 €

1.470,00 €

793,80 €

158,76 €

517,44 €

Solicita menos superficie

6

4004928

F72759673

BONA SEMBRA SOCIEDAD COOPERATIVA

11.934,00 €

6.444,36 €

1.288,87 €

4.200,77 €

6.435,00 €

5.499,00 €

2.969,46 €

593,89 €

1.935,65 €

Doble financiación: Artículo 20 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de Diciembre,

Control monitorización semáforos rojo (34/36_36;34/36_43;34/36_39;34/36_54;34/36_35)

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni