Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 372003
Extracto - Bases para la convocatoria de las subvenciones por concurrencia competitiva para los Centros Educativos de Andratx inscritos al Programa de Reutilización de Libros de la Conselleria, curso 24-25

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 09 de mayo de 2025, las Bases para la Convocatoria de las Subvenciones por Concurrencia Competitiva para los Centros Educativos inscritos en el Programa de Reutilización de Libros de la Conselleria, para el curso 24/25, se hace público el extracto la presente convocatoria:

«EXTRACTO CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA CENTROS EDUCATIVOS INSCRITOS EN EL PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN DE LIBROS DE LA CONSELLERIA PARA EL CURSO 2024/2025

Código de la Convocatoria: 835839

En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Los solicitantes deben ser:

  • Centros del Municipio de Andratx y que acrediten mediante certificado de la secretaría que se encuentran inscritos en el programa de reutilización de libros.
  • Los centros deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores por cualquier otro concepto no tributario. A tal fin, una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, el tesorero del Ayuntamiento expedirá de oficio una certificación acreditativa de si los peticionarios están al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores por cualquier otro concepto no tributario. Los peticionarios que no estuvieran al corriente de sus obligaciones tributarias, tendrán 10 días hábiles para reparar la deficiencia detectada.
  • Presentar un informe por parte de la secretaría del centro del número de alumnos inscritos en el programa de reutilización, así como el curso matriculado durante el año 2024/2025.

El simple hecho de presentar la solicitud de estas ayudas, supone aceptar estas bases y en caso de falsedad u omisión total o parcial de la documentación presentada se incurrirá en responsabilidad.

Segundo. Objeto.

El objeto de esta subvención es fomentar la reutilización de libros como medida de impulso a la protección del medio ambiente.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx publicada en el BOIB n.º 47 de día 20/04/2017.

http://www.caib.es/eboibfront/ca/2017/10643

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total de la partida presupuestaria prevista en los presupuestos del Ayuntamiento de Andratx para el año 2025 de la partida: 326.48003 asciende a 25.000.- €, para centros inscritos en el programa de reutilización de libros para el curso 2024/2025. En cualquier caso, de no existir crédito presupuestario suficiente se prorrateará el porcentaje necesario en todas las ayudas (art. 22.1 "in fine" de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

  • Ayuda para matriculados en 1º de Educación Primaria: 100,00 €
  • Ayuda para matriculados en 2º de Educación Primaria: 100,00 €
  • Ayuda para matriculados en 3º de Educación Primaria: 100,00 €
  • Ayuda para matriculados en 4º de Educación Primaria: 100,00 €
  • Ayuda para matriculados en 5º de Educación Primaria: 100,00€
  • Ayuda para matriculados en 6º de Educación Primaria: 100,00€
  • Ayuda para matriculados en ESO y FP Básica: 145,00 €

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar de acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de las siguientes maneras:

  • TELEMÁTICAMENTE: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/) por su trámite específico establecido. Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico o cl@ve pin (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Islas Baleares y opcional para las personas físicas).

El plazo será de 25 días hábiles desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).»

Lo cual se hace público por su conocimiento general.

 

(Firmado electrónicamente: 28 de mayo de 2025

La alcaldesa-presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)