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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 371961
Nombramiento como personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, de la especialidad de Arquitecto/a, del subgrupo A1, de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema concurso-oposición

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Texto

Se hace público el Decreto de Alcaldía núm. 2025-0383, de 29 de mayo de 2025, por el que se aprueba el nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo como personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, de la especialidad de Arquitecto/a, del subgrupo A1 del Ayuntamiento de Algaida a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo. A continuación, se transcribe el texto íntegro:

“DECRETO DE ALCALDÍA

Antecedentes

1. En fecha 28 de junio de 2022 el Pleno del Ayuntamiento de Algaida acordó encargar al Consell de Mallorca la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal del Ayuntamiento de Algaida que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y el resto de la normativa concordante.

2. En fecha 28 de julio de 2022 el Pleno del Consejo de Mallorca acordó aprobar el encargo de gestión del Ayuntamiento de Algaida a favor del Consejo de Mallorca, relativo a la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal de ayuntamientos y otras entidades locales de Mallorca que establece la Ley 20/2021 temporalidad en el empleo público y demás normativa concordante, que deriva de la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional para la estabilización de la ocupación temporal, aprobada por este Ayuntamiento mediante Decreto de Alcaldía núm. 2022-0114, de fecha 24 de mayo de 2022, y publicada en el BOIB núm. 69, de 28 de mayo de 2022.

3. En el BOIB nº. 119, de 10 de septiembre de 2022, se publicó el Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Algaida, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal.

4. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022) se aprobó la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial del subgrupo A1, del Ayuntamiento de Algaida, entre otros.

En esta Resolución se convocó una plaza de arquitecto/a de la escala de la administración especial del Ayuntamiento de Algaida.

Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 (BOIB núm. 13, de 28 de enero de 2023), se rectificaron los errores y se modificó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022.

5. El 27 de marzo de 2025, se publicó, en el tablón electrónico de anuncios y en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, el Acuerdo del tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, por el que se aprobaba la lista definitiva de valoración de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición, con aplicación de los criterios de desempates y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de méritos. Asimismo, se aprueba la lista de puestos correspondientes a las plazas convocadas, otorgando un plazo de cuatro días hábiles para comunicar la orden de preferencia de los puestos ofrecidos.

6. De conformidad con la base 14 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, el tribunal debe elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso oposición, con asignación de puestos de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.

7. El 22 de abril de 2025 el Tribunal calificador competente del procedimiento selectivo acordó elevar al consejero de Hacienda y Función Pública el Acuerdo con la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal funcionario del subgrupo A1, de la escala de administración especial, asignación de puestos de trabajo, de acuerdo con el trámite de manifestación de orden de preferencias efectuado, para su nombramiento como funcionarios de carrera, que contiene a tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas. En caso de que no se hubiera efectuado el trámite por parte de la persona aspirante, el puesto de trabajo ha sido asignado de oficio.

8. El 22 de abril de 2025, por resolución del consejero de Hacienda y Función Pública, se aprobó la lista definitiva de las personas que han superado el proceso selectivo por el sistema concurso-oposición para el ingreso como personal funcionario del subgrupo A1, de arquitecto/a del Ayuntamiento de Algaida, entre otros, con asignación de puestos de trabajo para el nombramiento como funcionario de carrera (BOIB núm. 55, de 1 de mayo de 2025).

9. De acuerdo con la base 14 de las bases específicas del procedimiento, este Ayuntamiento debe dictar la resolución de nombramiento de personal funcionario de carrera, de la escala, subescala, clase y categoría- o especialidad- que corresponda. El plazo para la toma de posesión de la plaza se inicia al día siguiente de la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

5. La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

6. El artículo 3 del Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

7. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca, de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022) por la cual se aprueban la convocatoria y bases específicas del proceso selectivo de estabilización por el sistema concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupo AP derivada de la oferta de empleo público extraordinaria de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa Maria del Camí, Sa Pobla, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; modificado por la Resolución de modificación y corrección de errores, de 24 de enero de 2023 (BOIB núm. 13, de 28 de enero de 2023).

Visto lo anterior, de acuerdo con lo previsto en la base 14 de la convocatoria del proceso de estabilización (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022) y la Resolución dictada por el consejero de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca en fecha 26 de abril de 2025 (BOIB núm. 55, de 1 de mayo de 2025), en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

Primero. Nombrar personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, del subgrupo A1, de la especialidad Arquitecto/a del Ayuntamiento de Algaida, a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para la convocatoria de esta plaza:

Apellidos y nombre

DNI

GALMES TRUEBA, LLUIS MIGUEL

***2244**

Segundo. Adjudicar el puesto de trabajo correspondiente a Arquitecto/a de la escala de la administración especial a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición:

Apellidos y nombre

Núm. Ref./Puesto

Nombre del puesto

Unidad

Subgrupo

Tipo de adscripción

GALMES TRUEBA, LLUIS MIGUEL

15.01

Arquitecto/a

 

Área de Vivienda y Urbanismo

A1

Definitiva

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. Las personas nombradas dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para efectuar la toma de posesión.

Interposición de recursos

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.”

 

Algaida, a fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2025)

La alcaldesa Margarita Fullana Arrom