Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 371671
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación Europea, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, así como de energías térmicas.

3. Las personas o entidades que figuran en el anexo aportaron la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. La ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004)

6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).

7. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

8. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Islas Baleares y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

9. El Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

10. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.

Palma, fecha de la firma digital (29 de mayo de 2025)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

ANEXO I Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención

Expediente

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

CONCE

Motivo de revocación

PF_PITEIB-157/2024

CHRISTOPH LOHREY

****8009*

731A01/78000/00/ 19701 / MR052

Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 5.58 kWp en cubierta e instalación almacenamiento complementaria generación de 5.52 kWh

5.556,00

0000019169/2024

La persona solicitante ha registrado el Certificado de Instalación de generación de Energía Eléctrica (CIE) en fecha 09/02/2022, incumpliendo el sexto punto del anexo 1 del BOIB n.º 174, de 26 de diciembre de 2023. El punto 1.b) especifica que las actuaciones se tienen que llevar a cabo desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento.

PF_PITEIB-327/2024

MARGARITA MARI TORRES

***5073**

731A01/78000/00/ 19701 / MR052

Programa 2. Instalación renovable térmica 1.46 kWt.

2.336,00

0000014436/2024

Se ha llevado a cabo una instalación de tecnología solar térmica, incumpliendo el quinto punto del anexo 1 del BOIB n.º 174, de 26 de diciembre de 2023. El punto especifica que son actuaciones subvencionables la inversión en nuevas instalaciones de producción de energía térmica con fuentes renovables de las tecnologías hidrotérmica o aerotermica (exceptuando las tecnologías aire-aire), destinadas a la climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas.

PF_PITEIB-780/2024

JUAN PABLO CABAGNA

****8807*

731A01/78000/00/ 19701 / MR052

Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 7.20 kWp en cubierta

4.320,00

0000021493/2024

La persona solicitante ha registrado el Certificado de Instalación de generación de Energía Eléctrica (CIE) en fecha 21/05/2022, incumpliendo el sexto punto del anexo 1 del BOIB n.º 174, de 26 de diciembre de 2023. El punto 1.b) especifica que las actuaciones se tienen que llevar a cabo desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento.