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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 367956
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14.05.2025, de aprobación inicial por segunda vez de la documentación relativa al Plan Especial del Puerto de Eivissa y el Estudio Ambiental Estratégico

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Texto

De conformidad a lo previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se hace público que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 14/05/2025, ha adoptado, entre otros, el siguiente ACUERDO:

Con fecha 19 de diciembre de 2023, la Junta de Gobierno Local aprobó inicialmente la documentación relativa al Plan Especial del Puerto de Eivissa, sometiéndose los documentos que lo integran junto con el Estudio Ambiental Estratégico a un período de información pública de 45 días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 175 de fecha 28 de diciembre de 2023, en el Periódico de Ibiza y Formentera el día 23 de diciembre de 2023 y en el Diario de Ibiza el día 26 de diciembre de 2023, y se procedió a efectuar las consultas indicadas en el Documento d'Alcance del Estudio Ambiental Estratégico y a sol·licitar los informes sectoriales correspondientes.

Con fecha 19 de febrero de 2024, la Junta de Gobierno Local acordó ampliar en 15 días hábiles, el plazo de información pública del Plan Especial del Puerto de Eivissa, El edicto de ampliación del plazo de información pública, se publicó en el Boib núm. 29 de 27 de febrero de 2024 y en el Diario de Ibiza 24/02/2024.

Concluido el período de información pública, se remitieron a la Autoridad Portuaria de las Illes Balears, los informes recibidos y las alegaciones presentadas durante el período de información pública a efectos de estudio de su estudio, y en su caso introducción en el documento, del contenido de las mismas que se considera que deben ser estimadas.

Con fecha 18 de noviembre de 2024, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de las Illes Balears adoptó los siguientes acuerdos:

1.- Aceptar, para su remisión al Ayuntamiento de Eivissa, el informe de valoración y propuesta de respuesta (Anexo 6) a las alegaciones recibidas (Anexo 3) en trámite de información pública del Plan Especial del puerto de Eivissa aprobado inicialmente el 19 de diciembre de 2023 y en los informes sobre dicho Plan del Consejo Insular de Eivissa (Anexo 4) y del Ministerio de Cultura (Anexo 5).

2.- Aprobar, para su remisión al Ayuntamiento de Eivissa, las modificaciones introducidas en la documentación del Plan Especial del Puerto de Eivissa -formulado en fecha 28 de septiembre de 2022 y modificado en su revisión noviembre de 2023- recogidas en el documento revisado y actualizado (Anexo 7) del Plan Especial del puerto de Eivissa (revisión diciembre 2).

3.- Facultar al Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares para la introducción de nuevas modificaciones no substanciales en la documentación del Plan Especial del Puerto de Ibiza que se puedan requerir durante su tramitación.”

Amb data 02/01/2025, Reg. Entrada núm. 2024-E-RC-21169, la Autoridad Portuaria de las Illes Balears remite al Ayuntamiento de Eivissa la documentación aprobada por el Consejo de Administración en fecha 18 de noviembre de 2024.

Vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos municipales con fecha 5 de mayo de 2025, y por la Secretaría General con fecha 12 de mayo de 2025, mediante la presente y de conformidad a lo previsto en los artículos 54 y 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears, se propone a la Junta de Gobierno Local, la adopción de los siguientes ACUERDOS:

PRIMERO.- Estimar o desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública, en el sentido que consta en el informe de valoración y propuesta de respuesta a las alegaciones recibidas aprobado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de fecha 18/11/2024 ( Anexo 6 ​​de la documentación con Reg. Entrada 1-9-2. de las alegaciones presentadas por APEAM y Lío Ibiza, relativas a la consolidación de la edificabilidad y ocupación del área 5, y la alegación presentada por Lío Ibiza relativas a la posibilidad de implantación de usos de cafés-cantantes, cafés-teatros, cafés-conciertos, tablaos flamencos, discotecas, salas de baile y salas de fiesta, las cuales se desestiman de conformidad a lo previsto en el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 05/05/2025.

SEGUNDO.- Aprobar inicialmente por segunda vez, la documentación relativa al Plan Especial del Puerto de Eivissa y el Estudio Ambiental Estratégico presentado el 02/01/2025 ( Reg. Entrada núm. 2024-E-RC-21169 ), con las siguientes prescripciones:

1. Se deberá reducir la superficie del ámbito del Plan Especial, a fin de que coincida con la superficie de la DEUP.

2. Se tendrán que modificar los artículos 41 y 42 de las normas urbanísticas, de conformidad con lo previsto en el informe de los SSTT municipales de fecha 05/05/2025.

3. Deberán reducirse los parámetros de edificabilidad y ocupación del Área 5, Ribera Norte-Marina Ibiza, a los parámetros que constaban en el Plan Especial aprobado inicialmente en fecha 19 de diciembre de 2023.

4. Se tendrán que adaptar los usos del Área 5, Ribera Norte-Marina Ibiza, a los usos establecidos en el Plan Especial aprobado inicialmente en fecha 19 de diciembre de 2023.

5. El uso residencial deberá figurar como uso prohibido en todas las áreas del Plan Especial, y en particular en los artículos 48 a 55 de las normas urbanísticas.

6. Se deberá incluir en el Plan de etapas del Plan Especial, la demolición de las construcciones existentes que se indica en el informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar que obra en el expediente.

7. Deberán introducirse en el documento las consideraciones técnicas indicadas en el informe de la Dirección General de Recursos Hídricos de fecha 01/07/2024.

TERCERO.- Someter a una nueva información pública el Plan Especial del Puerto de Eivissa, junto con la documentación correspondiente a su tramitación ambiental, durante un plazo de 45 días hábiles, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en un diario de los de mayor difusión en las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa.

Durante este período el expediente quedará a disposición de cualquier persona que quiera examinarlo para presentar las alegaciones que se consideren convenientes.

CUARTO.- Solicitar los informes sectoriales cuya solicitud deba realizarse después de la aprobación inicial, y realizar las consultas indicadas en el documento de alcance del estudio ambiental estratégico.

QUINTO.- Recibidos los informes, y finalizada la información pública que por parte de los Servicios Técnicos municipales se informe al respecto y se proceda a la realización de los trámites que correspondan para la continuación del procedimiento.

SEXTO.- Comunicar los anteriores acuerdos a la Autoridad Portuaria de Baleares.»

 

Eivissa, documento firmado electrónicamente (28 de mayo de 2025)

El secretario accidental (Juan Orihuela Romero)