Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 366542
Notificación de Resolución de revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, (A2024 2ª anualidad) de fecha 19 de mayo de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas al Fomento de la solarización y biosolarización como alternativa a la lucha química, para el año 2023
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 19 de mayo de 2025, firmó la siguiente resolución:
"INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL DE CONCESIÓN
Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)
Medida 65017-03- Lucha alternativa a la lucha química_ Solarización y biosolarización
Convocatoria 2023_Anualidad 2024 (segunda)
Documento : Resolución Código SIA: 3013858 Emisor: Código DIR3: A04026954
Fecha: 15/05/2025 Código BDNS: 691936
Antecedentes
1.Con fecha 6 de abril de 2023, se publicó el BOIB núm. 43 la Orden de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.
2.Con fecha 4 de mayo de 2023, se publicó el BOIB núm. 57 la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba, para el año 2023, la convocatoria de ayudas destinadas al Fomento de la solarización y biosolarización como alternativa a la lucha química.
3.Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC(PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones al Desarrollo Rural.
4.Con fecha 30 de abril de 2024, se publicó en el BOIB nº 57 la resolución de concesión de la línea de Fomento de la solarización y/o biosolarización como alternativa a la lucha química, para los años 2023 hasta 2027.
5.Con fecha 28 de octubre de 2024, se hizo un requerimiento conjunto a los interesados para presentar la documentación necesaria para así tramitar y resolver la solicitud de pago de la anualidad 2024 de los expedientes para la línea de solarización y/o biosolarización de la convocatoria 2023-2027. De los cuales todos presentaron la documentación requerida.
6.Una vez revisada la documentación con fecha 11 de abril de 2025 se publicó en la página web del FOGAIBA la propuesta provisional de revocación informando a los interesados los motivos de la reducción y concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
7.Una vez finalizado el período establecido para interponer alegaciones se ha comprobado que los interesados señalados en el anexo I adjunto no han presentado alegaciones. Por todo ello, corresponde revocar a los beneficiarios por los importes y motivos especificados en el Anexo I.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de la Presidenta del fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 25 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 al Fomento de la solarización y biosolarización como alternativa en la lucha química.
2.Punto noveno de la Resolución de la convocatoria, apartado 1.a) referente a tratar el 100% de la superficie comprometida durante los cinco años.
3.Punto noveno de la Resolución de la convocatoria, apartado 1.c) referente a llevar a cabo la solarización en la superficie acogida al compromiso.
4.La orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.
5.Artículo 31 del RD 147/2023, de 28 de febrero.
6.Artículo 13 del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en la PEPAC, y se modifican diferentes reales decretos por los que se regulan diferentes aspectos relacionados con la aplicación en España de la PAC para el período 2023-2027, referente a la omisión de parcelas.
7.Artículo 43.1. del Real decreto 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones procede la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que se encuentra condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.
8.Artículo 43.2. del Real decreto 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones a consecuencia de la revocación de la subvención queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.
9.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Informe y Resolución de Revocación parcial de concesión
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Revocar parcialmente la resolución de concesión de 30 de abril de 2024 publicada en el BOIB núm. 57, para la anualidad 2024 (segunda anualidad) a los beneficiarios por los importes que figuran en el anexo I.
2.Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La jefe de Sección II de Ayudas al Desarrollo Rural María José Lorente García
Conforme con el informe, se propone La Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gema Canos Franch
Conforme con la propuesta, dicto Resolución El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”
ANEXO I Revocación 2023_ Anualidad 2024 (2ª segunda)_Solarización
|
EXP INTERNO |
EXP SGA 2024 |
CIF/NIF |
Nombre / Razón Social |
IMPORTE ANUAL CONCESIÓN |
IMPORTE CAMPAÑA COFINANCIACIÓN |
IMPORTE A PAGAR 2024 |
IMPORTE A REVOCAR 2024 |
IMPORTE REVOCACIÓN COFINANCIACIÓN |
MOTIVO |
||||
|
IMPORTE CAMPAÑA FEADER 54% (2024) |
IMPORTE CAMPAÑA AGE 10,80% (2024) |
IMPORTE CAMPAÑA CAIB 35,20% (2024) |
IMPORTE CAMPAÑA FEADER 54% (2024) |
IMPORTE CAMPAÑA AGE 10,80% (2024) |
IMPORTE CAMPAÑA CAIB 35,20% (2024) |
||||||||
|
1 |
4004767 |
***3759** |
VICENS GELABERT ISABEL MARIA |
728,00 € |
393,12 € |
78,62 € |
256,26 € |
0,00 € |
728,00 € |
393,12 € |
78,62 € |
256,26 € |
Semáforo rojo por monitorización. (8/340_7) |
|
2 |
4004891 |
B57816308 |
TOMATIGA DE RAMALLET DE MALLORCA, S.L. |
2.432,00 € |
1.313,28 € |
262,66 € |
856,06 € |
2.407,68 € |
24,32 € |
13,13 € |
2,63 € |
8,56 € |
Omisión de parcela (1% penalización_1/428_1;1/26_4) |
|
3 |
4004892 |
B04198974 |
CAN VICENS, S.L. |
14.400,00 € |
7.776,00 € |
1.555,20 € |
5.068,80 € |
12.440,00 € |
1.960,00 € |
1.058,40 € |
211,68 € |
689,92 € |
Solicita menos superficie de la comprometida |
Palma, en fecha de la firma electrónica (27 de mayo de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni