Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE DEIÀ
Núm. 361973
Resolución de Alcaldía de Delegación y Avocaciones de competencias de tenientes de alcalde
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EXPEDIENTE 478/2025. DELEGACIONES Y AVOCACIONES DE COMPETENCIAS TENIENTES DE ALCALDE
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO
Yo, Juan Bernardo Ripoll Deyà, alcalde del Ayuntamiento de Deià,
EN VIRTUD de las atribuciones que me confieren:
Y TENIENDO EN CUENTA las facultades aprobadas por el Pleno Municipal en sesión extraordinaria de urgencia del 15 de abril de 2025,
Vista la propuesta de resolución PR/2025/185 de 22 / de abril / 2025.
RESUELVO
Primero.- NOMBRAR entre las regidoras y los regidores (como determina el artículo 23.3 de la Ley 7/1985 cuando no existe Junta de Gobierno Local):
A las tenientes de Alcalde les corresponderá sustituir a esta alcaldía en la totalidad de sus funciones en casos de ausencia, vacante, enfermedad o impedimento que le imposibilite el ejercicio de sus atribuciones.
Segundo.- ESTABLECER que cuando el Alcalde deba ausentarse del término municipal:
1. Designará, mediante Decreto, la duración de su ausencia, nombrando al Teniente o Tenienta de Alcalde que deba asumir sus funciones.
2. Si no se confiriese esta designación de forma expresa, el Alcalde será sustituido por:
3. En cualquier caso, deberán rendir cuentas ante el resto de la Corporación, sin que durante el mismo día pueda actuar como Alcaldesa o Alcalde accidental más de uno de ellos.
Tercero.- PUBLICAR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- COMUNICAR esta Resolución a las Tenientas de Alcalde afectadas, haciéndoles constar que:
Quinto.- RENDIR CUENTAS al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la sesión plenaria que se convoque.
RECURSOS/ALEGACIONES
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer:
Y para que conste, extiendo este certificado firmado electrónicamente en la fecha que aparece en la firma electrónica con el visto bueno del alcalde.
(Firmado electrónicamente: 23 de mayo de 2025
El alcalde Joan Bernardo Ripoll Deyà)