Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL
Núm. 358059
Resolución de urgencia del presidente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental por el que se aprueba la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a las ofertas de empleo público ordinario para los años 2022 y 2024 para cubrir plazas de personal laboral de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental
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Antecedentes
1.- Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de 26 de mayo de 2022, se aprobó la oferta de empleo público ordinario para el año 2022 correspondiente al personal laboral de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, que fue publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 69, de 28 de mayo de 2022.
En el anexo 2 de este Acuerdo figuran las plazas que constituyen la oferta ordinaria y que deben cubrirse por el turno libre y por el turno de promoción interna, con indicación de las categorías y especialidades, del grupo, y de la isla de destino.
El punto quinto del Acuerdo dispone que las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público ordinario deben publicarse en el plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación de este Acuerdo.
2.- Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de 28 de noviembre de 2024, se aprobó la oferta de empleo público ordinario para el año 2024 correspondiente al personal laboral de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, que fue publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 158, de 5 de diciembre de 2024.
En el anexo 1 de este Acuerdo figuran las plazas que constituyen la oferta ordinaria y que deben cubrirse por el turno libre, con indicación de las categorías y especialidades, del grupo, y de la isla de destino.
El punto tercero del Acuerdo dispone que las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público ordinario deben publicarse en el plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación de este Acuerdo.
3.-El capítulo III del V Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, («Provisión de vacantes, selección y contratación»), de aplicación a la Agencia en virtud del acuerdo de adhesión parcial publicado en el BOIB nº 151, de 17 de abril de 2021, , regula la promoción interna y la convocatoria libre de personal laboral fijo en los artículos 25, 26 y 27. El artículo 27 establece la normativa por la que deben regirse las convocatorias de promoción interna y turno libre. De acuerdo con este artículo, el personal laboral fijo al servicio de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, debe acceder a su puesto de trabajo de acuerdo con la oferta pública de empleo, mediante convocatoria pública y preferentemente a través del sistema de concurso-oposición, sin perjuicio de utilizar cuando corresponda los sistemas de oposición o de concurso.
En todo lo que no establece el artículo 27 del Convenio colectivo debe aplicarse, supletoriamente, el Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4.- El contenido de estas bases se ha negociado con el comité de empresa de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental en fecha 13 de mayo de 2025.
5. En fecha 15 de mayo de 2025, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable sobre los aspectos presupuestarios y de sostenibilidad financiera de la convocatoria OPO 2022 ABAQUA.
6. En fecha 23 de mayo de 2025, la Dirección General de Función Pública ha emitido informe favorable sobre la legalidad de las bases específicas que deben regir la convocatoria de la oferta de empleo público, en turno libre y en turno promoción interna, por el sistema de selección de concurso oposición, de la oferta pública de ocupación del año 2022 y el año 2024 de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA).
Consideraciones jurídicas
1. El artículo 19.2 de la Ley 12/2023 de 29 de diciembre de 2023, de presupuestos generales de la CAIB para el año 2024.
2. V Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en virtud del acuerdo de adhesión parcial publicado en el BOIB nº 151, de 17 de abril de 2021.
3. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
4. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Según el artículo 14 letra j, del Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental, corresponde al consejo de administración aprobar la plantilla del personal de la entidad, así como los criterios de selección, admisión y retribución sin perjuicio de la legislación vigente que resulte de aplicación.
No obstante, de conformidad con estas previsiones y en el sentido de poder publicar la convocatoria antes del día 28 de mayo de 2025, fecha en que se cumplen los tres años desde la publicación de la oferta pública ordinaria para el año 2022, y visto que la fecha prevista para la convocatoria del próximo Consejo de Administración de ABAQUA está fijada por día 29 de mayo de 2025, en uso de las facultades que tiene otorgadas por el artículo 12.1 letra f del Decreto 100/2015 que le permite ejercer, por razones de urgencia, cualquiera de las facultades que corresponden al Consejo de Administración y dar cuenta a este Consejo a efectos de su ratificación,
Resuelve
1.- Aprobar la convocatoria de los procesos selectivos para cubrir las plazas de personal laboral fijo indicadas en el Anejo 1, por el turno libre y por el turno de promoción interna, mediante el sistema de selección de concurso oposición, incluidas en las ofertas públicas de empleo de los años 2022 y 2024.
2.- Aprobar las bases específicas que deben regir esta convocatoria, que se adjuntan en esta Resolución como anejo 2.
3.- Aprobar los ejercicios y temarios que deben regir este proceso que figuran como anejo 3 de esta Resolución.
4.- Aprobar el baremo de méritos que debe regir este proceso que figura como anejo 4 de esta Resolución.
5.- Hacer público que el modelo de solicitud está incluido en el trámite telemático que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la página web www.abaqua.cat.
6.- Hacer pública la información sobre protección de datos personales, que figura como Anejo 5 de esta Resolución.
7.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
8-. Facultar al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental para aprobar todos los trámites necesarios hasta la adjudicación de los puestos de trabajo.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de mayo de 2025)
El presidente de la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental Juan Manuel Lafuente Mir
ANEJO 1
I. Plazas convocadas turno libre y turno de promoción interna, requisitos de titulación y de conocimientos de lengua catalana
1. Oferta de empleo público ordinario de los años 2022 y 2024
1.1Turno libre ordinario. Concurso oposición
|
OFERTA PÚBLICA DE OCUPACIÓN |
2022 |
2024 |
|
||||||
|
Categoría profesional/especialidad |
grupo |
isla |
Número de plazas |
total plazas 2022 |
grupo |
isla |
Número de plazas |
total plazas 2024 |
total |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio -Ingeniería técnica Informática |
B |
Mallorca |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio -Ingeniería técnica de Obras Públicas |
B |
Ibiza |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado superior-Ingeniería de caminos, canales y puertos |
|
|
|
|
A |
Mallorca |
2 |
2 |
|
|
total |
|
|
|
2 |
|
|
|
2 |
4 |
1.2. Promoción interna
|
|
2022 |
2024 |
|
||||||
|
Categoría profesional/especialidad |
Grupo |
Isla |
Número de plazas |
Total plazas 2022 |
Grupo |
Isla |
Número de plazas |
Total plazas 2024 |
Total |
|
Administrativo |
C |
Mallorca |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
B |
Ibiza |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
Técnico/técnica titulado/titulada grado superior-Ingeniería de caminos canales i puertos o Ingeniería Industrial |
A |
Mallorca |
1 |
1 |
|
|
|
|
|
|
Total |
|
|
|
3 |
|
|
|
0 |
3 |
2. Requisitos de titulación
2.1. Turno libre ordinario
Grupo A
Técnico/técnica titulado/titulada de grado superior- Ingeniería de Caminos Canales y Puertos
- Título de ingeniería de caminos canales y puertos (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias
Grupo B
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio-Ingeniería técnica Informática
- Título de grado en el ámbito de la ingeniería informática, 1er ciclo de ingeniería informática, ingeniería técnica en informática de sistemas o ingeniería técnica en informática de gestión.
En todo caso, se considerarán incluidos en el ámbito de la ingeniería informática los siguientes grados:
- Grado en ingeniería informática
- Grado en ingeniería informática en ingeniería de computadores
- Grado en ingeniería informática - ingeniería de computadores
- Grado en ingeniería informática en computación
- Grado en ingeniería informática en sistemas de información
- Grado en ingeniería informática de gestión y sistemas de información
- Grado en ingeniería informática en tecnologías de la información
- Grado en ingeniería informática de servicios y aplicaciones
- Grado en ingeniería informática de servicios- Grado en ingeniería informática del software- Grado en ingeniería informática - ingeniería del software
- Grado en ingeniería informática - tecnologías informáticas
- Grado en ingeniería informática y tecnologías virtuales
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio -Ingeniería técnica de Obras Públicas
- Título de ingeniería técnica de obras públicas (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
2.2. Turno de promoción interna
Grupo C
Administrativo/Administrativa
- Título de bachillerato, título de ciclo formativo de grado superior, o equivalente.
Grupo B
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio -Ingeniería técnica de Obras Públicas o Ingeniería técnica Industrial o Ingeniería técnica Naval
- Título de ingeniería técnica de obras públicas (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
- Título de ingeniería técnica industrial (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
- Título de ingeniería técnica naval (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
Grupo A
Técnico/técnica titulado/titulada superior-Ingeniería de caminos canales y puertos o Ingeniería Industrial
- Título de ingeniería de caminos canales y puertos (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
- Título de ingeniería industrial (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
3. Requisitos de conocimientos de lengua catalana
3.1. Turno libre ordinario
|
Categoría profesional/especialidad |
Grupo |
Isla |
Conocimientos de lengua catalana que se exige |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio Ingeniería técnica Informática |
B |
Mallorca |
Certificado de nivel C1 |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio Ingeniería técnica de Obras Públicas |
B |
Ibiza |
Certificado de nivel B2 |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado superior- Ingeniería de Caminos Canales y Puertos |
A |
Mallorca |
Certificado de nivel B2 |
3.2. Promoción interna
|
Categoría profesional/especialidad |
Grupo |
Isla |
Conocimientos de lengua catalana que se exige |
|
Administrativo/Administrativa |
C |
Mallorca |
Certificado de nivel C1 |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado medio -Ingeniería técnica de Obras Públicas o Ingeniería técnica Industrial o Ingeniería técnica Naval |
B |
Ibiza |
Certificado de nivel B2 |
|
Técnico/técnica titulado/titulada de grado superior- Ingeniería de Caminos Canales y Puertos o Ingeniería Industrial |
A |
Mallorca |
Certificado de nivel B2 |
ANEJO 2 Bases específicas de la convocatoria
1. Normativa reguladora
Esta convocatoria se regula por esta normativa:
a) Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad (BOE núm. 312, de 29 de diciembre).
b) Decreto ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.
c) Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, modificado por el Decreto ley 7/2022 (BOIB núm. 67, de 24 de mayo), de 11 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares (BOIB núm. 90, de 1)
d) Estatuto de los trabajadores (RDL 1/1995 y posteriores actualizaciones, especialmente los art. 8, 12 y 15).
e) Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, de 30 de octubre, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP).
f) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
g) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
h) Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
i) V Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 174, de 19 de diciembre de 2013), en virtud del Acuerdo de adhesión publicado en el BOIB núm. 51 de 17 de abril de 2021.
j) Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
k) Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
l) Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 27/1994, de 11 de marzo.
m) Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de conocimientos de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
n) Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014, por la que se regulan la homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y la exención de la evaluación de la lengua y la exención de la evaluación de la lengua obtenerlos (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014).
o) Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
p) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
2. Plazas y procedimiento selectivo
2.1. El objeto de la convocatoria es la provisión, mediante concurso-oposición, de las plazas indicadas en el anejo 1 correspondientes al personal laboral de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental incluidas en las ofertas públicas de empleo de los años 2022 y 2024, correspondientes al turno libre y al turno de promoción interna.
3. Turno de reserva para personas con discapacidad
En este procedimiento selectivo no se establece turno de reserva.
4. Requisitos y condiciones generales de las personas interesadas
4.1. Requisitos y condiciones generales
Las personas aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante el proceso selectivo, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público según el artículo 57 del TREBEP.
b) Tener dieciséis años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación que se indica en el anejo 1 por el grupo y categoría convocada.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deben acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
d) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes.
e) No haber sido separadas, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de personas nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
f) Disponer de los conocimientos de la lengua catalana que se indican en el anejo 1.
Los certificados deben acreditarse mediante el certificado oficial correspondiente de entre los siguientes:
- Certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares (Dirección General de Política Lingüística).
- Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.
- Certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares, de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.
- Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
Si la persona interesada alega el requisito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, el requisito se entiende cumplido a pesar de que la homologación se obtenga con posterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes, siempre que el requisito se haya alegado y los conocimientos se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación deberá aportarse con carácter previo a la formalización del contrato.
g) Firmar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación, que figura en el trámite telemático de inscripción en este proceso selectivo que estará disponible en la web www.abaqua.cat
Se entiende que la declaración responsable está firmada cuando se presente y finalice el proceso de inscripción.
4.2. Requisitos y condiciones específicas para el turno de promoción interna
Las personas aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, además de los requisitos y condiciones establecidos en el punto 4.1, deben cumplir el siguiente requisito y condición específica:
a) Ser personal laboral fijo de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental de una categoría profesional igual o inmediatamente inferior a la de la vacante ofertada, llevar dos años efectivos de servicios en esta categoría profesional y tener la titulación requerida para la vacante a la que se pretenda acceder.
4.3. Las personas aspirantes deben cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral fijo.
5. Relaciones con los ciudadanos
5.1. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, los actos administrativos que integran este procedimiento y se tengan que notificar a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento que se den en vía administrativa o en vía judicial y los trámites de audiencia), en vez de notificarse, deben publicarse en la web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental www.abaqua.cat
Todo ello sin perjuicio de que se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los actos que las bases de esta convocatoria determinen expresamente que deban publicarse.
5.2. En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de publicación previstos en esta convocatoria.
6. Relaciones a través de medios electrónicos
Las personas interesadas deben presentar la documentación referida en la base 4 de la convocatoria con la formalización del correspondiente trámite telemático disponible en la web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental https://abaqua.cat/es/seccio/registro-de-entrada/.
Las personas con dificultades de acceso o de manejo de los medios electrónicos podrán presentar la documentación en el Registro de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental situado en la calle Gremi Corredors núm. 10 2ª planta, 07009 Palma o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
7. Identificación de los aspirantes en las publicaciones de los actos administrativos
De acuerdo con lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, cuando sea necesaria la publicación de actas en la sede electrónica, la web o en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, los aspirantes se han identificado con nombre, apellidos y las cifras numéricas cuarta, quinta o quinta, seis tercera, cuarta, quinta y sexta en el caso de pasaportes.
8. Solicitud y declaración de responsable
8.1. Presentación por medios electrónicos
Las personas aspirantes deben presentar una solicitud para cada una de las categorías e islas convocadas en la que quieran participar.
La presentación y la formalización de la solicitud de participación se realizará mediante el trámite telemático disponible en la web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental www.abaqua.cat.
Las personas con dificultades de acceso o de manejo de los medios electrónicos podrán presentar la solicitud en el Registro de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental situado en la calle Gremi Corredors núm. 10 2ª planta, 07009 Palma o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Para la presentación electrónica podrán presentar los documentos mediante el Registro Electrónico Común (REC) o de forma presencial en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local.
8.2. Procedimiento
El procedimiento para la presentación de solicitudes y los documentos que deben adjuntarse se encuentra publicado en la página web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental www.abaqua.cat.
La presentación de la solicitud para participar en el proceso selectivo supone el conocimiento y aceptación inequívoco del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes tendrá en cuenta las previsiones de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
Las personas aspirantes deben indicar en la solicitud el turno a las plazas del que optan.
Las personas aspirantes deben indicar la isla a la que optan (Mallorca, Menorca o Ibiza).
8.3 Requerimientos y comprobación de los requisitos
La Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, de oficio o a propuesta de la persona que presida el tribunal, puede requerir en cualquier momento que las personas aspirantes aporten la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos declarados, así como la veracidad de cualquiera de los documentos que deban aportar en este proceso selectivo, y la persona interesada debe aportarlos. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore en la declaración responsable o la no presentación ante la administración convocante de la documentación relativa a los requisitos de participación que, en su caso, se ha requerido para acreditar el cumplimiento de lo declarado determina la exclusión del procedimiento selectivo, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en las que se haya podido incurrir.
En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tiene conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios requisitos de los que se exigen en esta convocatoria, deberá proponer su exclusión al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, previa audiencia del interesado, haciendo constar las causas que justifiquen la propuesta. El director gerente deberá resolver lo que proceda en derecho.
8.4. Plazo
El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
9. Admissió i exclusió d'aspirants
9.1. El director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental deberá dictar una resolución mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión. Esta relación debe publicarse en la forma prevista en la base 5.1.
9.2. Con el fin de evitar errores y, si se producen, de permitir que se subsanen dentro del plazo establecido y en la forma adecuada, las personas aspirantes deben comprobar que no figuran en la relación de personas excluidas, y que, además, constan en la lista de personas admitidas.
9.3. Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en la página web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental www.abaqua.cat, para subsanar el defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo. En la publicación de esta resolución se les debe advertir que la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental considerará que desisten de la solicitud si no cumplen el requerimiento.
9.4. Terminado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las solicitudes, el director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental dictará resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución debe hacerse pública en los mismos lugares que se han indicado para la publicación de la resolución provisional.
9.5. La resolución definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas de las pruebas selectivas también debe indicar el lugar y la fecha de realización del primer ejercicio.
10. Proceso selectivo: concurso oposición
10.1. El concurso oposición consiste en la realización sucesiva de una fase de oposición y de una fase de concurso, por este orden.
10.2. La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios previstos en el anejo 3 de esta convocatoria para determinar la capacidad y aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
10.3. La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen las personas aspirantes. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
10.4. La puntuación global del concurso oposición del turno libre debe resultar de las puntuaciones en las fases de oposición y de concurso, siendo de un 80 % para la fase de oposición y de un 20 % para la fase de concurso, con una puntuación final de entre 0 y 80 puntos para la fase de oposición de entre 0 y 20 puntos para la fase de concurso.
10.5. La puntuación global del concurso oposición del turno de promoción interna resultará de las puntuaciones en las fases de oposición y de concurso, siendo de un 60 % para la fase de oposición y de un 40 % para la fase de concurso, con una puntuación final de entre 0 y 60 puntos para la fase de oposición y de entre 0 y 40 para la fase de concurso.
No podrá valorarse la fase de concurso de méritos si no se ha obtenido la puntuación mínima para superar los ejercicios de la fase de oposición.
11. Fase de oposición: ejercicios y calificación
11.1 Contenido y confección de los ejercicios
Los ejercicios correspondientes a la fase de oposición del turno libre son los que se indican en el anejo 3.
Los tribunales pueden confeccionar los ejercicios o acordar, con la colaboración de la EBAP, la entidad o los expertos que deben elaborar los ejercicios integrantes del proceso selectivo, ejercicios, los cuales serán revisados y validados por parte de los tribunales.
Cuando el tribunal acuerde elaborar alguno de los ejercicios, podrá proponer al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental la designación de los especialistas necesarios para su colaboración.
El desarrollo de los ejercicios de este proceso selectivo debe ajustarse a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares o en el Diario Oficial de la Unión Europea, en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes, aunque la normativa mencionada esté en período de vacatio legis en la fecha de realización de las pruebas selectivas.
11.2. Garantía de confidencialidad de los ejercicios
Los tribunales tendrán que garantizar la confidencialidad del contenido de las pruebas hasta el momento que se lleven a cabo.
11.3. Calendarios de las pruebas
Los ejercicios deben desarrollarse de acuerdo con el siguiente calendario:
- Primer ejercicio: del 1 de septiembre de 2025 al 1 de octubre de 2025.
- Segundo ejercicio: del 1 de noviembre de 2025 al 1 de diciembre de 2025.
El director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, previa propuesta del tribunal, aprobará la resolución en la que se especifiquen la fecha, hora y lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las pruebas.
Esta resolución debe publicarse en la web www.abaqua.cat, con una antelación mínima de diez días hábiles a la fecha de realización del ejercicio.
Con la publicación de las personas aspirantes aprobadas de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización del ejercicio siguiente en la web www.abaqua.cat al menos diez días antes de la fecha señalada para la realización del ejercicio.
El tribunal calificador debe ajustarse al calendario que se establece en cada convocatoria, salvo causas graves debidamente justificadas.
11.4. Procedimiento de llamada
Las personas aspirantes deben convocarse para cada ejercicio en llamamiento único, aunque tenga que dividirse en varios turnos. Los aspirantes deben asistir al turno al que hayan sido convocados. Quedan excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo en los supuestos de fuerza mayor debidamente acreditados por el aspirante. En estos casos el tribunal deberá adoptar un acuerdo motivado al efecto.
11.5. Embarazo o riesgo de parto, y fuerza mayor
Si alguna de las personas aspirantes no puede hacer el ejercicio en la fecha fijada a causa de un embarazo de riesgo o de parto u otra causa de fuerza mayor, debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación del ejercicio que haya quedado aplazado, el cual no se podrán demorar de forma que se menosprecie el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, circunstancias que debe valorar el tribunal; en cualquier caso, el ejercicio deberá llevarse a cabo antes de la publicación de la lista definitiva de valoración de los méritos de los aspirantes.
11.6. Sorteo público de los ejercicios
En las pruebas de los ejercicios que consistan en contestar un cuestionario tipo test, éste debe determinarse por sorteo público ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar el ejercicio, entre tres alternativas diferentes.
En las pruebas de los ejercicios que consistan en contestar temas o cuestiones -teóricas o prácticas- de los temarios publicados, el ejercicio o tema a desarrollar debe determinarse por sorteo público, hecho ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar las pruebas.
Cuando estos ejercicios deban desarrollarse en diferentes turnos horarios, el acto del sorteo será único para todos los turnos entre un mínimo de cinco alternativas. En el acto del sorteo se deben extraer tantos ejercicios como turnos se realicen, que se asignarán de forma correlativa al orden de desarrollo de cada turno.
11.7. Orden de actuación
El orden de actuación de los opositores es alfabético, y empezará por la letra que resulte del sorteo que se lleve a cabo con la participación del Comité de Empresa, cuando el número de personas aspirantes así lo aconseje.
11.8. Calificación de los ejercicios
La calificación de los ejercicios es a cargo del Tribunal Calificador, de acuerdo con los criterios que se establecen en el anejo 3.
11.9. Garantía de transparencia y objetividad: anonimato de las personas aspirantes.
El tribunal debe respetar los principios de imparcialidad, profesionalidad, independencia, igualdad, objetividad y transparencia durante todo el proceso selectivo, por lo que debe adoptar las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición se corrijan sin conocer la identidad de las personas aspirantes.
El tribunal debe excluir a las personas en cuyas hojas de examen figuren nombres, trazos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.
Asimismo, el tribunal debe adoptar las medidas necesarias para evitar que las personas aspirantes utilicen cualquier medio, incluidos los electrónicos, en la realización de las pruebas, que puedan desvirtuar la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como para garantizar la transparencia de las pruebas selectivas
11.10. Acreditación de la identidad de las personas aspirantes
En cualquier momento el tribunal podrá requerir a las personas que participen en las pruebas que acrediten su identidad.
11.11. Incidencias
La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de los ejercicios, así como la adopción de las decisiones que se estimen pertinentes, corresponden al tribunal.
11.12. Lengua de los ejercicios
El tribunal debe encargarse de que los ejercicios se elaboren y se entreguen de acuerdo con las previsiones del Decreto 49/2018, de 21 de diciembre, sobre el uso de las Lenguas oficiales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
11.13. Publicación de notas de los ejercicios y revisión
Una vez terminados los ejercicios de la fase de oposición, cada tribunal publicará la lista provisional de personas que la han superado, de la forma prevista en la base 5 y con indicación de la puntuación obtenida, desglosada por turnos de acceso y, en su caso, referida a cada una de las Islas en las que se convoquen plazas.
Para efectuar una reclamación o solicitar la revisión del ejercicio, las personas interesadas disponen de un plazo de tres días hábiles desde que se publique la lista provisional. El tribunal dispone de un plazo de siete días para resolver sus reclamaciones y publicar, en la forma prevista en la base 5.1, la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio.
11.14. Adaptaciones de tiempo y medios
Para las personas con discapacidad que lo soliciten, el tribunal calificador debe establecer las adaptaciones posibles de tiempo y de medios que considere pertinentes para llevar a cabo las pruebas selectivas.
Los aspirantes deben efectuar la petición de las adaptaciones en la solicitud de participación, y el tribunal debe realizar las adaptaciones contenidas en el certificado expedido por el equipo multi profesional correspondiente de la Dirección General de Atención a la Dependencia o del organismo equivalente.
12. Relación de personas aprobadas en la fase de oposición y orden de prelación en el concurso oposición
12.1. Relaciones de aspirantes que han superado la fase de oposición.
12.1.1. Relación provisional de personas aspirantes que han superado la fase de oposición y revisión de exámenes
Finalizados todos los ejercicios de la fase de oposición, cada tribunal hará pública la lista provisional de personas que la hayan superado y la indicación de la puntuación obtenida, por orden de mayor a menor puntuación y referida a cada uno de los turnos e islas.
La relación de personas que han superado la fase de oposición se determina únicamente por la superación de todos los ejercicios eliminatorios.
La puntuación final de la fase de oposición de cada aspirante será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios eliminatorios y no eliminatorios, si la convocatoria establece este tipo de ejercicios.
Para efectuar la reclamación oportuna las personas interesadas disponen de un plazo de tres días hábiles, a contar desde que se publique la relación. Terminado este plazo, el tribunal dispone de siete días para resolver las reclamaciones.
12.1.2. Lista definitiva de aprobados en la fase de oposición
Una vez resueltas las reclamaciones, el tribunal debe aprobar la lista definitiva de personas aprobadas en la fase de oposición, referida a cada una de las islas.
12.2. Fase de concurso: valoración y acreditación de méritos
Dentro del plazo de diez días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aprobados de la fase de oposición, las personas aspirantes que formen parte deberán acreditar ante el tribunal calificador los méritos que se indiquen en cada convocatoria para la fase de concurso, de acuerdo con el anejo 4 (Baremo de méritos).
Los méritos deben acreditarse y valorarse con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.
En ningún caso se valorarán méritos que no hayan sido alegados ni, en su caso, acreditados documentalmente en el plazo habilitado a tal efecto.
No obstante, respecto de aquellos méritos que, se hayan alegado y acreditado en plazo, pero presenten algún defecto formal o resultaran incompletos, el tribunal calificador debe requerir a las personas aspirantes para que en un plazo improrrogable de diez días subsanen estos extremos.
12.3. Listas de personas aspirantes seleccionadas del concurso oposición
Una vez el tribunal haya finalizado la valoración de los méritos aportados de acuerdo con lo que establece el apartado anterior, deben hacerse públicas en la forma prevista en la web www.abaqua.cat la lista provisional de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.
Las personas interesadas disponen de un plazo de tres días hábiles para efectuar las reclamaciones. El tribunal dispone de un plazo de siete días para resolver sus reclamaciones y publicar, en la misma web, la lista definitiva de puntuaciones de la fase de concurso y la lista provisional de personas aspirantes seleccionadas del concurso oposición para cada una de las islas por separado.
Esta última relación debe incluir a las personas que hayan obtenido mayor puntuación después de haber sumado las puntuaciones de la fase de oposición y las puntuaciones de la fase de concurso de acuerdo con lo que dispone la base 10.4, y debe contener, como máximo, tantas personas aspirantes como plazas se convoquen para cada isla.
Las personas interesadas pueden presentar reclamaciones en la lista provisional de personas aspirantes seleccionadas del concurso oposición en el plazo de tres días hábiles, a contar a partir del día en que se hagan públicas. El tribunal resolverá las reclamaciones en un plazo de siete días.
Resueltas las reclamaciones, el tribunal debe aprobar la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, referida a cada una de las islas. La relación debe contener, como máximo, tantas personas aprobadas como plazas se convocan para cada una de las islas en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con el artículo 61.8 del EBEP. Esta relación debe elevarse al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, para que dicte la resolución correspondiente.
Esto se entiende sin perjuicio de que, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas antes del nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante puede requerir a los tribunales una relación complementaria de las personas aspirantes que siguen a las propuestas, por orden de puntuación, para un posible nombramiento como personal laboral fijo en sustitución de las que renuncian.
12.4. Orden de prelación y resolución de empates
El orden final de prelación de las personas aspirantes que resulten seleccionadas en el procedimiento de concurso oposición, en lo referente a cada una de las islas, viene determinado por la suma de la puntuación de la fase de oposición y de la puntuación obtenida en la fase de concurso, de acuerdo con lo que establece la base 10.4.
En caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta, sucesivamente, los siguientes criterios:
a) Tener la nota más alta en el primer ejercicio.
b) Ser mujer, en caso de infrarrepresentación del sexo femenino en el cuerpo, escala o especialidad de que se trate, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 11/2016, de 20 de septiembre, para la mujer, según el cual se debe seleccionar a la mujer, salvo que haya motivos
no las discriminatorias concurrentes en los candidatos de ambos sexos, como por ejemplo la pertenencia a otros colectivos con especiales dificultades para el acceso al empleo.
c) Acreditar más tiempo de servicios prestados como personal funcionario interino o de carrera o como personal laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
d) Ser mayor de 45 años.
e) Tener más cargas familiares.
ƒ) Ser una mujer víctima de violencia de género.
g) No haber sido objeto de remoción de un puesto de trabajo del mismo cuerpo, de igual escala o especialidad.
Si persiste finalmente el empate, se realizará un sorteo.
13. Publicación de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y plazas que se ofrecen
El director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, a la vista de las relaciones definitivas de personas aspirantes seleccionadas entregadas por los tribunales correspondientes, debe dictar la resolución que ordene su publicación en el BOIB, a los efectos que corresponda, y especialmente a efectos de presentación de documentos.
En la misma resolución debe ofrecerse a todas las personas seleccionadas la lista de puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas para que soliciten destino.
14. Presentación de documentos de las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas
14.1. Documentación que se exige
En el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a que se publique en el BOIB la resolución mencionada en la base 13, las personas aspirantes seleccionadas deben presentar, en el registro general de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionariado del que hubieran sido separados o inhabilitados, según el modelo.
En el caso de ser nacionales de otro estado, deben acreditar no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
c) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría profesional a la que se opta, cuando se trate de personal laboral de nuevo ingreso.
d) Escrito en el que se elijan, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo ofrecidos. La solicitud deberá incluir la totalidad de los puestos.
e) Copia auténtica del certificado acreditativo del nivel de conocimientos de lengua catalana exigido en la categoría a la que han optado.
14.2. Incumplimiento de los requisitos
Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por parte de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental mediante resolución motivada, o si al examinarla se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no puede ser nombrada personal laboral fijo y quedan anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
15. Nombramientos del personal laboral fijo, adjudicaciones y formalización del contrato
15.1. Procedimiento
Una vez concluidos los procesos selectivos correspondientes, y una vez revisada y conforme la documentación mencionada en la base anterior, las personas que los hayan superado serán nombradas, por resolución del director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, personal laboral fijo de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
15.2. Adjudicación de puestos de trabajo
En la misma resolución se adjudicarán los puestos de trabajo y se ordenará la formalización de los contratos laborales, o su novación, en su caso. Estos destinos tienen carácter definitivo.
La adjudicación de los puestos se efectuará según el orden final de prelación de las personas aprobadas para cada una de las islas, de acuerdo con la petición de destino y según los puestos vacantes que se ofrezcan.
Las personas seleccionadas que accedan mediante el sistema de promoción interna tendrán preferencia, en relación con las personas que no procedan de este turno, para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.
15.3. Formalización del contrato
La formalización del contrato debe efectuarse en el plazo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente de que se publique en el BOIB la resolución mencionada. Sin embargo, si la persona aspirante así lo solicita y, además, lo justifica debidamente, el director gerente de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental puede conceder una prórroga del plazo para tomar posesión.
Antes de la formalización del contrato, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la toma de posesión, a fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
16. Órgano de selección
16.1. Composición del órgano de selección
16.1.1. El tribunal es el órgano de selección encargado de llevar a cabo este proceso selectivo.
Los tribunales deben ajustarse, en cuanto a su constitución y composición, a lo que establece el artículo 27.3 del V Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Deben estar constituidos por tres personas titulares, como mínimo, y debe haber el mismo número de personas suplentes. Tanto las personas titulares como las suplentes deben poseer una titulación académica de igual o superior nivel que el exigido a las personas aspirantes, y la mitad más uno debe poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida a las personas aspirantes, si ésta es específica.
16.1.2. La determinación de la composición de los tribunales debe llevarse a cabo de acuerdo con las siguientes normas:
- La persona que ocupe la presidencia debe designarse libremente por el director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, entre personas de prestigio profesional reconocido dentro de la entidad.
- Las personas designadas como vocales deben ser nombradas por sorteo entre el personal laboral en situación de servicio activo en la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental que pertenezcan al grupo, nivel o categoría profesional de que se trate. El sorteo se realizará con la participación del Comité de empresa.
- La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal entre las personas designadas como vocales.
En la designación de los tribunales se procurará garantizar, en todo caso, el cumplimiento del principio de especialidad y de idoneidad para enjuiciar los conocimientos y aptitudes requeridas a los aspirantes.
16.1.3. La composición de los órganos de selección debe ajustarse, salvo razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres, con capacitación, competencia y preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que ningún sexo supere el 60% del conjunto de personas a las que se refiere ni sea inferior al 40%.
16.1.4. No pueden formar parte de los órganos de selección los cargos de naturaleza política y el personal eventual de la administración, ni las personas que hayan realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores al de la publicación de la convocatoria correspondiente, ni los representantes el personal laboral que tenga asignado un crédito horario para realizar funciones sindicales o ejerzan funciones de representación de personal empleado público, sin perjuicio de las funciones de vigilancia y velar por el buen desarrollo del procedimiento selectivo
16.1.5. El Comité de empresa podrá designar a una persona, con voz y sin voto, que actuará como observadora del procedimiento selectivo.
16.2. Nombramiento de los miembros de los tribunales
Los tribunales deben ser nombrados por el director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental en cada convocatoria y tienen la consideración de órganos dependientes de su autoridad, a los que corresponde el despliegue y la calificación de las pruebas selectivas y la valoración de los méritos profesionales de las personas aspirantes.
De conformidad con el apartado 1 del artículo 13 del Decreto 27/1994, el nombramiento de los miembros de los tribunales debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, una vez finalizado el período de presentación de instancias.
16.3. Funcionamiento del tribunal
El Tribunal actúa con autonomía funcional y los acuerdos que adopten vincularán al órgano del que dependen, sin perjuicio de las facultades de revisión que se establecen legalmente.
Las funciones básicas del tribunal de este proceso selectivo son las siguientes:
a) Confeccionar los modelos de prueba a sortear, o validar los que haya confeccionado el personal asesor a petición del propio Tribunal.
b) Valorar los méritos alegados por las personas aspirantes y acreditados en la forma establecida en las bases de la convocatoria.
c) Revisar las preguntas de las pruebas y la valoración de los méritos de acuerdo con las alegaciones que presenten las personas interesadas. El tribunal hará constar en acta los hechos y resultados de los actos de revisión que haya llevado a cabo.
d) Requerir a las personas aspirantes para que aclaren o subsanen los defectos de forma en la acreditación de los méritos, siempre que se hayan alegado dentro de plazo (defectos de indicación de horas o de contenido de una acción formativa, u otros defectos similares).
e) Elaborar y aprobar las listas provisionales y definitivas de notas del ejercicio y las de méritos comprobados de los aspirantes, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida.
f) Elevar la lista definitiva de personas que han superado el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación que han obtenido al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental, para que dicte una resolución por la que aprueba las personas que han superado el procedimiento de concurso oposición.
g) El resto de las funciones determinadas en estas bases y en la normativa de aplicación.
Al funcionamiento del tribunal le será de aplicación el régimen jurídico previsto en la Ley 39/2015; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y las bases de esta convocatoria.
Los miembros del tribunal podrán hacer constar en acta el voto contrario al acuerdo adoptado, la abstención o el sentido del voto favorable. La abstención únicamente puede ser ejercida y posteriormente recogida en el acta correspondiente cuando esté debidamente justificada.
Las personas interesadas pueden impugnar los actos que se deriven de las actuaciones de los órganos de selección de acuerdo con los casos y con las formas que prevé la Ley 39/2015.
Si en cualquier momento el tribunal tiene conocimiento de que un aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos que imposibiliten el acceso a la categoría correspondiente en los términos establecidos en esta convocatoria, una vez hecha la audiencia previa a la persona interesada, debe proponer su exclusión al director gerente de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental. En la propuesta debe comunicar las inexactitudes o falsedades que haya formulado el aspirante en la solicitud.
El tribunal puede solicitar al órgano gestor del proceso que nombre al personal colaborador o al personal asesor especialista que considere necesario para revisar las preguntas y valorar los méritos. A tal efecto, serán de aplicación las mismas prohibiciones de participación y las causas de abstención y recusación que tienen los miembros de los órganos de selección.
Corresponde al tribunal, en el desarrollo del proceso selectivo, aplicar, interpretar e integrar estas bases específicas, con pleno respeto al principio de igualdad. También está habilitado para considerar y apreciar las cuestiones de orden y las incidencias que surjan en el desarrollo de los ejercicios u otras cuestiones tales como horarios, calendario, procedimiento de llamada o desarrollo de los ejercicios. Asimismo, el tribunal podrá adoptar las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Durante el desarrollo del proceso, el tribunal debe resolver todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases de la convocatoria y, también, cómo deba actuar en los casos no previstos.
El tribunal debe adoptar las medidas que establezca la Dirección General de Atención a la Dependencia que permitan a los aspirantes con discapacidad poder participar en las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
Durante el desarrollo del ejercicio, si las circunstancias lo requieren por el número de aspirantes o la extensión o tipo de pruebas, los miembros titulares y suplentes del tribunal pueden actuar de forma conjunta.
A efectos de comunicaciones y del resto de incidencias, el tribunal tiene su sede en la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (calle del Gremio de Corredores, 10, 2º, polígono de Son Rossinyol, 07009 Palma).
16.4. Órgano de apoyo y tribunales específicos
De acuerdo con el artículo 14 bis del Decreto 27/1994, si un número elevado de aspirantes o la logística del proceso selectivo lo hacen recomendable, se podrá nombrar a un órgano de apoyo del tribunal seleccionador. Los miembros de este órgano quedan adscritos al tribunal y deben ejercer las funciones de conformidad con sus instrucciones.
16.5. Abstención y recusación
Las personas que son miembros de los tribunales, los asesores especialistas y el personal colaborador deben abstenerse de intervenir en el proceso y deben notificarlo a la autoridad que les nombró cuando concurran las circunstancias que prevé el artículo 23 de la Ley 40/2015.
Las personas aspirantes pueden recusar a los miembros de los tribunales, asesores especialistas y personal colaborador cuando, bajo su juicio, concurra alguna de las circunstancias señaladas; en este caso debe seguirse el procedimiento que establece el artículo 24 de la Ley 40/2015.
ANEJO 3 Ejercicios y temarios fase de oposición personal laboral
1. EJERCICIOS FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición consiste en la superación de dos ejercicios en el caso del turno libre, y de un ejercicio en el turno de promoción interna, de carácter obligatorio y eliminatorio.
1.1. TURNO LIBRE
1.1.1 Puntuación
La fase de oposición del turno libre tendrá una valoración máxima de 80 puntos. Cada ejercicio se valorará con un máximo de 40 puntos y para superarlos las personas aspirantes tendrán que obtener una puntuación mínima de 20 puntos para cada ejercicio.
1.1.2. Ejercicios Grupos A y B
a) El primer ejercicio será teórico y consistirá en contestar a un cuestionario de 80 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será la correcta, que versará sobre el programa de temas de materias comunes de la categoría profesional a la que se opta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,5 puntos. Las preguntas en blanco y las que contengan más de una alternativa no se valorarán. Las respuestas incorrectas restarán 0,17 puntos. El tiempo para realizar este ejercicio será de dos horas.
El ejercicio se valorará con un máximo de 40 puntos y, para superarlo, debe obtenerse una puntuación mínima de 20 puntos.
El cuestionario será designado por sorteo público ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar el ejercicio, entre tres alternativas distintas.
El tribunal deberá tomar las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes.
b) El segundo ejercicio será de carácter teórico-práctico y consistirá en contestar por escrito un supuesto práctico propuesto por el tribunal calificador que versará sobre el temario de materias específicas de la categoría a la que se opta. El ejercicio se valorará con un máximo de 40 puntos y, para superarlo, debe obtenerse una puntuación mínima de 20 puntos.
La prueba será designada por sorteo público ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar el ejercicio, entre tres alternativas distintas.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la adecuación técnica de las respuestas, el conocimiento del contenido del temario específico, la actualización y la innovación del contenido.
El tribunal deberá tomar las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes.
El tiempo para llevar a cabo esta prueba será de tres horas.
1.2 TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA
1.2.1. Puntuación
La fase de oposición del turno de promoción interna tendrá una valoración máxima de 60 puntos. El ejercicio se valorará con un máximo de 60 puntos, y para superarlo las personas aspirantes tendrán que obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
1.2.2. Ejercicio Grupos A y B
El primer y único ejercicio consistirá en llevar a cabo una prueba teórico-práctica propuesta por el tribunal calificador que versará sobre el programa de temas de la categoría profesional a la que se opta. El ejercicio se valorará con un máximo de 60 puntos y, para superarlo, debe obtenerse una puntuación mínima de 30 puntos.
La prueba será designada por sorteo público ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar el ejercicio, entre tres alternativas distintas.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la adecuación técnica de las respuestas, el conocimiento del contenido del temario, la actualización y la innovación del contenido.
El tribunal tendrá que tomar las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes.
El tiempo para llevar a cabo esta prueba será de tres horas.
1.2.3. Ejercicio Grupo C
El primer y único ejercicio será teórico y consistirá en contestar a un cuestionario de 60 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de la que sólo una será la correcta, que versará sobre el programa de temas comunes de la categoría profesional a la que se opta.
Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 1 punto. Las preguntas en blanco y las que contengan más de una alternativa no se valorarán. Las respuestas incorrectas restarán 0,30 puntos. El tiempo para realizar este ejercicio será de 90 minutos. El ejercicio se valorará con un máximo de 60 puntos y, para superarlo, debe obtenerse una puntuación mínima de 30 puntos.
El cuestionario será designado por sorteo público ante las personas aspirantes, inmediatamente antes de iniciar el ejercicio, entre tres alternativas distintas.
El tribunal deberá tomar las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes.
2. TEMARIOS FASE OPOSICIÓN
El programa de temas que se exige para acceder a las distintas categorías profesionales a la que se opta por el turno libre y por el turno de promoción interna son los que se indican a continuación:
a) TURNO LIBRE
2.1. Técnico/Técnica titulado/titulada de grado superior. Ingeniería de Caminos Canales y Puertos.
Temario materias comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y los valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del rey. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial. La organización judicial española. Otros órganos constitucionales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 3. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. La Administración general del Estado: regulación y composición.
Tema 4. El Estado de las autonomías: las comunidades autónomas. Funciones y competencias del Estado y de las comunidades autónomas. Distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.
Tema 5. La Unión Europea: los tratados. Las instituciones: el Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia. Las fuentes del derecho comunitario. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.
Tema 6. Fuentes de financiación pública. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). El Fondo de Cohesión (FC). El Fondo de Turismo sostenible.
Tema 7. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 8. Instituciones básicas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El Parlamento de las Islas Baleares: composición, atribuciones y funcionamiento. El Síndic de Greuges. La Sindicatura de Cuentas. El Consejo Consultivo.
Tema 9. El presidente o la presidenta de las Islas Baleares. El Gobierno de las Islas Baleares. La estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: las consejerías, las direcciones generales y las secretarías generales.
Tema 10. La Administración institucional. La Administración corporativa. Especial referencia a los colegios profesionales. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 11. Las fuentes del derecho administrativo (I). Concepto de derecho administrativo. Jerarquía de fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. Los estatutos de autonomía y las leyes de las comunidades autónomas.
Tema 12. Las fuentes del derecho administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria: fundamento, titulares y límites. Procedimiento de elaboración de reglamentos.
Tema 13. Régimen jurídico del sector público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las administraciones públicas: especial referencia a los órganos colegiados.
Tema 14. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia. Las relaciones interadministrativas. Los convenios.
Tema 15. El acto administrativo: características generales. Requisitos, validez y eficacia, inderogabilidad singular, clases. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: recursos.
Tema 16. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.
Tema 17. La potestad sancionadora de las administraciones públicas: principios y procedimiento. La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas: principios y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 18. Los contratos del sector público (I). Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El encargo de gestión sometida a la legislación de contratación.
Tema 19. Los contratos del sector público (II). El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos.
Tema 20. Las subvenciones públicas: concepto y naturaleza. Legislación básica nacional y autonómica aplicable.
Tema 21. La actividad administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. Modalidades de gestión indirecta. La concesión.
Tema 22. Régimen jurídico del personal al servicio de las administraciones públicas: régimen estatutario y laboral. El Estatuto básico del empleado público. Competencias de las comunidades autónomas. La Ley de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: estructura y contenido.
Tema 23. El régimen jurídico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Clases de personal. Accesos. Procedimientos para la provisión de puestos de trabajo. Carrera y promoción profesional. Derechos y deberes. Situaciones Administrativas.
Tema 24. Ética pública. Régimen de incompatibilidades. El código ético de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Régimen disciplinario.
Tema 25. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: contenido y estructura. Criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Las modificaciones presupuestarias. El procedimiento general de ejecución del gasto público: fases, órganos competentes y documentos contables. El control interno y externo de la gestión económica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 26. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Tema 27. La transparencia administrativa: legislación básica i autonómica.
Tema 28. La administración electrónica: principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de los ciudadanos. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.
Tema 29. Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no-discriminación i violencia de género.
Tema 30. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 31. La protección de datos de carácter personal. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos. Tipología de archivos. Creación e inscripciones de archivos públicos. Infracciones y sanciones. Los planes de auditoría y control.
Temario materias específicas.
Tema 1. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (I): Dominio público hidráulico: Aguas públicas y privadas. Utilización del dominio público hidráulico: servicios, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas.
Tema 2. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (II). Protección del dominio público hidráulico: zonas de servidumbre y de policía, amojonamiento y delimitación. Reutilización. Estudios de inundabilidad.
Tema 3. El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares
Tema 4. La Directiva 92024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Tema 5. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo.
Tema 6. Las zonas sensibles. Decreto 49/2003, de 9 de mayo, por el que se declaran las zonas sensibles a las Islas Baleares.
Tema 7. Vertidos de aguas depuradas. Desbordamientos de sistemas unitarios. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertido.
Tema 8. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias por la ejecución, la gestión y la explotación de las obras hidráulicas públicas; prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general; declaración de utilidad pública y declaración de interés general. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
Tema 9. Proyectos de obras. Documentos del proyecto: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión. Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Tema 10. Tramitación de proyectos para la obtención de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones preceptivas.
Tema 11. Construcción. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados. Incidencias en las obras.
Tema 12. La dirección de obras según la Ley de Contratos del Sector Público.
Tema 13. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. Recepción de obra, certificación final y la liquidación. Ejecución del contrato de obras de acuerdo con la LCSP. Régimen de relaciones con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de obras. Revisión de precios. Proyectos complementarios y proyectos modificados.
Tema 14. Dirección de los contratos de obras y servicios; Dirección, inspección, control y vigilancia de la ejecución de obras y de la gestión del funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y desalación, y de saneamiento y depuración de aguas residuales.
Tema 15. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. Alternativas de uso (el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición). Utilización de residuos en obra pública. Residuos de producción derivados del funcionamiento de las distintas instalaciones.
Tema 16. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Tramitación de proyectos y afección a la explotación de plantas depuradoras y desaladoras.
Tema 17. Seguridad y salud en las fases de proyecto, ejecución de las obras y explotación de las instalaciones.
Tema 18. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Obras civiles y aprovechamientos de carácter hidroeléctrico.
Tema 19. Energías alternativas. Aplicación de las energías alternativas (fotovoltaica y eólica). Ahorro de energía en las instalaciones.
Tema 20. Legislación en materia de agua potable para consumo humano aplicada a la gestión y construcción de infraestructuras hidráulicas. Real decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Islas Baleares. Condiciones de potabilidad del agua.
Tema 21. Técnicas de tratamiento del agua para consumo humano según calidad de origen.
Tema 22. Desalinización mediante ósmosis inversa. Características, instalaciones y proceso de producción. Pretratamientos y post tratamientos necesarios.
Tema 23. Dimensionamiento de redes de agua potable en alta. Estimación de caudales. Características y elementos básicos. Estimación de la demanda de abastecimiento
Tema 24. Trazado y cálculo de conducciones en carga, impulsadas y por gravedad.
Tema 25. Elementos de las redes hidráulicas: tipos, funcionalidad, materiales y ubicación en la red.
Tema 26. Cálculo de elementos estructurales en las redes hidráulicas. Anclajes de tuberías.
Tema 27. Depósitos de agua potable. Tipología, diseño y dimensionado.
Tema 28. Redes de agua potable en baja. Puntos de entrega.
Tema 29. Estaciones de bombeo (I). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Agua Potable.
Tema 30. Estaciones de bombeo (II). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Aguas residuales.
Tema 31. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones. Legislación y tramitación. Pruebas de bombeo.
Tema 32. Infiltración de agua en acuíferos. Características y condicionantes. Ventajas e inconvenientes.
Tema 33. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas desalinizadoras, Conducciones, Depósitos, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 34. Caracterización de las aguas residuales y objetivos de calidad de las aguas residuales depuradas.
Tema 35. Tratamiento fisicoquímico del agua residual. Tipos.
Tema 36. Fangos activos. Nitrificación, desnitrificación y defosforación.
Tema 37. Contaminantes emergentes. Detección y sistemas de eliminación.
Tema 38. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (I). Línea de agua: pretratamiento, tratamiento primario, secundario, terciario y cuaternario.
Tema 39. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (II). Línea de fangos: digestión, deshidratación y secado.
Tema 40. Control de emisiones y olores: sistemas fisicoquímicos y biológicos. Captación de aire.
Tema 41. Reutilización de las aguas depuradas: Tipo y tratamientos de reutilización asociados.
Tema 42. Red de saneamiento: sistema colector. Cálculo de caudales y carga contaminante.
Tema 43. Sistemas de tratamiento naturales. Consideraciones fundamentales y tipos.
Tema 44. Sistemas de restitución de efluentes en el medio receptor: alternativas de destino final y diseño.
Tema 45. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas depuradoras, Conducciones, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 46. Tecnologías innovadoras en la depuración de las aguas residuales.
Tema 47. Minería de la salmuera.
Tema 48. La huella de carbono de las infraestructuras de tratamiento y distribución de agua. (Potabilización y depuración).
Tema 49. La metodología BIM o Building Information Modeling. Características, usos y figuras técnicas.
2.2. Técnico/Técnica titulado/titulada de grado medio. Ingeniería Técnica Informática.
Temario materias comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del rey. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial. La organización judicial española. Otros órganos constitucionales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 3. La Unión Europea: los tratados. Las instituciones: el Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia. Los fondos del derecho comunitario. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.
Tema 4. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 5. La Administración institucional. La Administración corporativa. Especial referencia a los colegios profesionales. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 6. Las fuentes del derecho administrativo. Concepto de derecho administrativo. Jerarquía de fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. Los estatutos de autonomía y las leyes de las comunidades autónomas.
Tema 7. Régimen jurídico del sector público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las administraciones públicas: especial referencia a los órganos colegiados.
Tema 8. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia. Las relaciones interadministrativas. Los convenios.
Tema 9. El acto administrativo: características generales. Requisitos, validez y eficacia, inderogabilidad singular, clases. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: recursos.
Tema 10. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.
Tema 11. Los contratos del sector público (I). Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El encargo de gestión sometida a la legislación de contratación.
Tema 12. Los contratos del sector público (II). El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos.
Tema 13. El régimen jurídico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Clases de personal. Acceso. Procedimientos para la provisión de puestos de trabajo. Carrera y promoción profesional. Derechos y deberes. Situaciones Administrativas.
Tema 14. Ética pública. Régimen de incompatibilidades. El código ético de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Régimen disciplinario.
Tema 15. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: contenido y estructura. Criterios de clasificación de los créditos presupuestarios.
Tema 16. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Tema 17. La transparencia administrativa: legislación básica y autonómica.
Tema 18. La administración electrónica: principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder a ellos. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.
Tema 19. Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no discriminación y violencia de género.
Tema 20. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 21. La protección de datos de carácter personal. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos. Tipología de archivos. Creación e inscripciones de archivos públicos. Infracciones y sanciones. Los planes de auditoría y control.
Temario materias específicas
Tema 1. Modelo genérico de un ordenador. Máquina de Newman. La estructura básica de la CPU.
Tema 2. Sistemas de almacenamiento avanzados: RAID y SAN. Virtualización del almacenamiento.
Tema 3. Cloud Computing. IaaS, PaaS, SaaS. Nubes privadas, públicas e híbridas.
Tema 4. Sistema operativo Linux. Arquitectura y componentes del sistema operativo Linux. Pedidos básicos de terminal y gestión del sistema de archivos. Gestión de usuarios, permisos y procesos. Administración de paquetes y servicios (apt, yum, systemd).
Tema 5. Sistema operativo Windows Server. Características y roles principales de Windows Server. Gestión de usuarios y permisos con Active Directory. Administración de servicios de red: DNS, DHCP, servidor de archivos. Herramientas de administración y monitorización: Server Manager, PowerShell, Remote Desktop.
Tema 6. Centros de asistencia a usuarios. Modelos de gestión, help desk. Funciones y servicios.
Tema 7. Arquitectura de las redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y características. Su implantación en las organizaciones. Servicios.
Tema 8. Las herramientas ofimáticas. Papel en los actuales entornos informáticos. Integración con sistemas de información estructurada.
Tema 9. La monitorización de sistemas informáticos. Tipo de monitores, sondas, procesos de referenciación (benchmarking), tipos de cargas.
Tema 10. La evaluación del rendimiento de sistemas informáticos. Indicador, mejora de prestaciones, mecanismos de sintonización.
Tema 11. Orientación a objetos. Fundamentos teóricos. Análisis, diseño y programación orientada a objetos. El lenguaje de modelado unificado (UML).
Tema 12. Construcción e implantación de sistemas en la metodología Métrica v3.
Tema 13. Procesos de pruebas y garantía de la calidad en el desarrollo de software. Niveles, técnicas, herramientas y criterios de aceptación.
Tema 14. Mantenimiento de sistemas de información. Planificación y gestión. Gestión de la configuración y versiones del software. Gestión de entornos de operación.
Tema 15. Métricas del software. La calidad del software.
Tema 16. Arquitectura de desarrollo de aplicaciones web. Desarrollo web front-end. Desarrollo web en el servidor, conexión a bases de datos e interconexión con sistemas y servicios.
Tema 17. Lenguaje de programación Python. Programación Python.
Tema 18. Framework Django.
Tema 19. Los sistemas de gestión de bases de datos SGBD. Bases de datos relacionales.
Tema 20. El SGBD PostgreSQL. Optimización de consultas SQL.
Tema 21. Sistemas de información geográfica.PostGIS.
Tema 22. Gestión y archivo electrónico de documentos. Sistemas de gestión documental (DMS). Sistemas de gestión de contenidos (CMS). Sistemas de recuperación y de indización de la información.
Tema 23. Herramientas de análisis de información. OLTP y OLAP, sistemas EIS y DDS.
Tema 24. Almacenes de datos, minería de datos y datos masivos
Tema 25. Criterios genéricos de seguridad en los sistemas de información. Fases de seguridad activa en la conexión a un sistema.
Tema 26. Identificación y firma electrónica. Legislación europea y nacional. Certificados digitales. Infraestructura de clave pública (PKI). Claves privadas, públicas y concertadas. Formatos de firma electrónica.
Tema 27. La seguridad y la protección en redes de comunicaciones. Tipos de ataques y herramientas de prevención (cortafuegos, servidor proxy, IDS, IPS, filtrado de contenidos).
Tema 28. Principales amenazas para la seguridad de los sistemas de información. Intrusiones, virus, phishing, correo no deseado y otros.
Tema 29. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 30. El Esquema nacional de seguridad. Adecuación al esquema nacional de seguridad.
Tema 31. Redes de comunicaciones: redes privadas y públicas; LAN y WAN; de banda ancha, inalámbrica. Topologías, ancho de banda, nivel de servicio.
Tema 32. Redes de área local (I). Arquitectura. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Sistemas de cableado y dispositivos de interconexión.
Tema 33. Redes de área local (II): Protocolos de gestión SNMP, CMIS/CMIP, RMON. Configuración y gestión de redes virtuales (VLAN).
Tema 34. Redes IP: arquitectura de redes, encaminamiento y calidad de servicio. Transición y convivencia IPv4 – IPv6. Funcionalidades específicas de IPv6.
Tema 35. Redes LoRaWAN. Características y arquitectura de LoRa y LoRaWAN. Componentes de una red LoRaWAN: nodos, gateways, red y aplicación. Funcionamiento del protocolo LoRaWAN: clases A, B y C. Aplicaciones prácticas de LoRaWAN en entornos industriales, rurales y urbanos.
Tema 36. Protocolos de directorio basados en LDAP y X.500. DNS. Otros servicios.
Tema 37. Redes de comunicación global. La red Internet y los servicios básicos. Las redes públicas de transmisión de datos. La red SARA.
Tema 38. Software de código abierto. Software libre. Conceptos básicos.
Tema 39. Criptografía. Criptosistemas de clave privada y criptosistemas de clave pública. Protocolos de gestión y distribución de claves. Protocolos de autenticación. Funciones Hash.
2.3. Técnico/Técnica titulado/titulada de grado medio. Ingeniería Técnica de obras públicas.
Temario Materias comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del rey. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial. La organización judicial española. Otros órganos constitucionales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 3. La Unión Europea: los tratados. Las instituciones: el Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia. Los fondos del derecho comunitario. Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios.
Tema 4. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: antecedentes históricos y culturales. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 5. La Administración institucional. La Administración corporativa. Especial referencia a los colegios profesionales. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 6. Las fuentes del derecho administrativo. Concepto de derecho administrativo. Jerarquía de fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. Los estatutos de autonomía y las leyes de las comunidades autónomas.
Tema 7. Régimen jurídico del sector público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las administraciones públicas especial referencia a los órganos colegiados.
Tema 8. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia. Las relaciones interadministrativas. Los convenios.
Tema 9. El acto administrativo: características generales. Requisitos, validez y eficacia, inderogabilidad singular, clases. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: recursos.
Tema 10. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.
Tema 11. Los contratos del sector público (I). Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El encargo de gestión sometida a la legislación de contratación.
Tema 12. Los contratos del sector público (II). El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos.
Tema 13. El régimen jurídico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Clases de personal. Acceso. Procedimientos para la provisión de puestos de trabajo. Carrera y promoción profesional. Derechos y deberes. Situaciones Administrativas.
Tema 14. Ética pública. Régimen de incompatibilidades. El código ético de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Régimen disciplinario.
Tema 15. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: contenido y estructura. Criterios de clasificación de los créditos presupuestarios.
Tema 16. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Tema 17. La transparencia administrativa: legislación básica y autonómica.
Tema 18. La administración electrónica: principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder a ellos. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.
Tema 19. Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no discriminación y violencia de género.
Tema 20. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 21. La protección de datos de carácter personal. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos. Tipología de archivos. Creación e inscripciones de archivos públicos. Infracciones y sanciones. Los planes de auditoría y control.
Temario Materias específicas
Tema 1. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (I). Dominio público hidráulico: Aguas públicas y privadas. Utilización del dominio público hidráulico: servicios, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas.
Tema 2. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (II). Delimitación protección del dominio público hidráulico: zonas de servidumbre y de policía, amojonamiento y delimitación. Reutilización. Estudios de inundabilidad.
Tema 3. El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares
Tema 4. La Directiva 92024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Tema 5. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo.
Tema 6. Las zonas sensibles. Decreto 49/2003, de 9 de mayo, por el que se declaran las zonas sensibles a las Islas Baleares.
Tema 7. Vertidos de aguas depuradas. Desbordamientos de sistemas unitarios. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertidos.
Tema 8. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias por la ejecución, la gestión y la explotación de las obras hidráulicas públicas; prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general; declaración de utilidad pública y declaración de interés general. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
Tema 9. Proyectos de obras. Documentos del proyecto: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión. Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Tema 10. Tramitación de proyectos para la obtención de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones preceptivas.
Tema 11. Construcción. Dirección de obras. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados. Incidencias en las obras.
Tema 12. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. Recepción de obra, la certificación final y la liquidación. Ejecución del contrato de obras de acuerdo a la LCSP. Régimen de relaciones con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de obras. Revisión de precios. Proyectos complementarios y proyectos modificados.
Tema 13. Dirección de los contratos de obras y servicios; Dirección, inspección, control y vigilancia de la ejecución de obras y de la gestión del funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y desalación, y saneamiento y depuración de aguas residuales.
Tema 14. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. Alternativas de uso (el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición). Utilización de residuos en obra pública. Residuos de producción derivados del funcionamiento de las distintas instalaciones.
Tema 15. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Tramitación de proyectos y afección a la explotación de plantas depuradoras y desaladoras.
Tema 16. Seguridad y salud en las fases de proyecto, ejecución de las obras y explotación de las instalaciones
Tema 17. Legislación en materia de agua potable para consumo humano aplicada a la gestión y construcción de infraestructuras hidráulicas. Real decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Islas Baleares. Condiciones de potabilidad del agua.
Tema 18. Desalinización mediante ósmosis inversa. Características, instalaciones y proceso de producción. Pretratamientos y post tratamientos necesarios.
Tema 19. Dimensionamiento de redes de agua potable en alta. Estimación de caudales. Características y elementos básicos. Estimación de la demanda de abastecimiento
Tema 20. Trazado y cálculo de conducciones en carga, impulsadas y por gravedad.
Tema 21. Depósitos de agua potable. Tipología, diseño y dimensionado.
Tema 22. Estaciones de bombeo (I). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Agua Potable.
Tema 23. Estaciones de bombeo (II). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Aguas residuales.
Tema 24. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones. Legislación y tramitación. Pruebas de bombeo.
Tema 25. Infiltración de agua en acuíferos. Características y condicionantes. Ventajas e inconvenientes.
Tema 26. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas desalinizadoras, Conducciones, Depósitos, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 27. Caracterización de las aguas residuales y objetivos de calidad de las aguas residuales depuradas.
Tema 28. Fangos activos. Nitrificación, desnitrificación y defosforación.
Tema 29. Contaminantes emergentes. Detección y sistemas de eliminación.
Tema 30. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (I). Línea de agua: pretratamiento, tratamiento primario, secundario, terciario y cuaternario.
Tema 31. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (II). Línea de fangos: digestión, deshidratación y secado.
Tema 32. Control de emisiones y olores: sistemas fisicoquímicos y biológicos. Captación de aire.
Tema 33. Reutilización de las aguas depuradas: Tipo y tratamientos de reutilización asociados.
Tema 34. Red de saneamiento: sistema colector. Cálculo de caudales y carga contaminante.
Tema 35. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas depuradoras, Conducciones, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 36. Sistemas de tratamiento naturales. Consideraciones fundamentales y tipos.
Tema 37. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Obras civiles y aprovechamientos de carácter hidroeléctrico.
Tema 38. Energías alternativas. Aplicación de las energías alternativas (fotovoltaica y eólica). Ahorro de energía en las instalaciones.
Tema 39. La metodología BIM o Building Information Modeling. Características, usos y figuras técnicas.
b) TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA
2.4. Técnico/Técnica titulado/titulada de grado superior. Ingeniería de Caminos Canales y Puertos o Ingeniería Industrial.
Temario
Tema 1. La administración institucional. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 2. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental
Tema 3. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.
Tema 4. Los contratos del sector público (I). Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El encargo de gestión sometida a la legislación de contratación.
Tema 5. Los contratos del sector público (II). El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos.
Tema 6. Ética pública. Régimen de incompatibilidades. El código ético de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Régimen disciplinario.
Tema 7. La transparencia administrativa: legislación básica i autonómica.
Tema 8. La protección de datos de carácter personal. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos. Tipología de archivos. Creación e inscripciones de archivos públicos. Infracciones y sanciones. Los planes de auditoría y control.
Tema 9. Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no-discriminación i violencia de género.
Tema 10. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 11. La administración electrónica: principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder a ellos. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.
Tema 12. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (I). Dominio público hidráulico: Aguas públicas y privadas. Utilización del dominio público hidráulico: servicios, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas.
Tema 13. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (II). Delimitación protección del dominio público hidráulico: zonas de servidumbre y de policía, amojonamiento y delimitación. Reutilización. Estudios de inundabilidad.
Tema 14. El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares
Tema 15. La Directiva 92024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Tema 16. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo.
Tema 17. Las zonas sensibles. Decreto 49/2003, de 9 de mayo, por el que se declaran las zonas sensibles a las Islas Baleares.
Tema 18. Vertidos de aguas depuradas. Desbordamientos de sistemas unitarios. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertidos.
Tema 19. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias por la ejecución, la gestión y la explotación de las obras hidráulicas públicas; prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general; declaración de utilidad pública y declaración de interés general. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
Tema 20. Proyectos de obras. Documentos del proyecto: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión. Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Tema 21. Tramitación de proyectos para la obtención de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones preceptivas.
Tema 22. Construcción. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados. Incidencias en las obras.
Tema 23. La dirección de obras según la Ley de Contratos del Sector Público.
Tema 24. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. Recepción de obra, la certificación final y la liquidación. Ejecución del contrato de obras de acuerdo con la LCSP. Régimen de relaciones con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de obras. Revisión de precios. Proyectos complementarios y proyectos modificados.
Tema 25. Dirección de los contratos de obras y servicios; Dirección, inspección, control y vigilancia de la ejecución de obras y de la gestión del funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y desalación, y saneamiento y depuración de aguas residuales.
Tema 26. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. Alternativas de uso (el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición). Utilización de residuos en obra pública. Residuos de producción derivados del funcionamiento de las distintas instalaciones.
Tema 27. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Tramitación de proyectos y afección a la explotación de plantas depuradoras y desaladoras.
Tema 28. Seguridad y salud en las fases de proyecto, ejecución de las obras y explotación de las instalaciones.
Tema 29. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Obras civiles y aprovechamientos de carácter hidroeléctrico.
Tema 30. Energías alternativas. Aplicación de las energías alternativas (fotovoltaica y eólica). Ahorro de energía en las instalaciones.
Tema 31. Legislación en materia de agua potable para consumo humano aplicada a la gestión y construcción de infraestructuras hidráulicas. Real decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Islas Baleares. Condiciones de potabilidad del agua.
Tema 32. Técnicas de tratamiento del agua para consumo humano según la calidad de origen.
Tema 33. Desalinización mediante ósmosis inversa. Características, instalaciones y proceso de producción. Pretratamientos y post tratamientos necesarios.
Tema 34. Dimensionamiento de redes de agua potable en alta. Estimación de caudales. Características y elementos básicos. Estimación de la demanda de abastecimiento
Tema 35. Trazado y cálculo de conducciones en carga, impulsadas y por gravedad.
Tema 36. Elementos de las redes hidráulicas: tipos, funcionalidad, materiales y ubicación en la red.
Tema 37. Cálculo de elementos estructurales en las redes hidráulicas. Anclaje de tuberías.
Tema 38. Depósitos de agua potable. Tipología, diseño y dimensionado.
Tema 39. Redes de agua potable en baja. Puntos de entrega
Tema 40. Estaciones de bombeo (I). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección con respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Agua Potable.
Tema 41. Estaciones de bombeo (II). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección con respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Aguas residuales.
Tema 42. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones. Legislación y tramitación. Pruebas de bombeo.
Tema 43. Infiltración de agua en acuíferos. Características y condicionantes. Ventajas e inconvenientes.
Tema 44. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas desalinizadoras, Conducciones, Depósitos, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 45. Caracterización de las aguas residuales y objetivos de calidad de las aguas residuales depuradas.
Tema 46. Tratamiento fisicoquímico del agua residual. Tipos.
Tema 47. Fangos activos. Nitrificación, desnitrificación y defosforación.
Tema 48. Contaminantes emergentes. Detección y sistemas de eliminación.
Tema 49. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (I). Línea de agua: pretratamiento, tratamiento primario, secundario y terciario y cuaternario.
Tema 50. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (II). Línea de fangos: digestión, deshidratación y secado.
Tema 51. Control de emisiones y olores: sistemas físico-químicos y biológicos. Captación de aire.
Tema 52. Reutilización de las aguas depuradas: Tipo y tratamientos de reutilización asociados.
Tema 53. Red de saneamiento: sistema colector. Cálculo de caudales y carga contaminante.
Tema 54. Sistemas de tratamiento naturales. Consideraciones fundamentales y tipos.
Tema 55. Sistemas de restitución de efluentes en el medio receptor: alternativas de destino final y diseño.
Tema 56. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas depuradoras, Conducciones, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 57. Tecnologías innovadoras en la depuración de las aguas residuales.
Tema 58. Eficiencia energética: políticas y actuaciones en las Islas Baleares.
Tema 59. Régimen especial energético de las Islas Baleares y demás sistemas extra peninsulares, legislación, problemática, procedimientos, consecuencias y costes que se producen. El Plan director sectorial energético de las Islas Baleares. Consejo Asesor de la Energía de las Islas Baleares: composición, funciones, dependencia jerárquica.
Tema 60. La metodología BIM o Building Information Modeling. Características, usos y figuras técnicas.
2.5. Técnico/Técnica titulado/titulada de grado medio. Ingeniería Técnica de obras públicas o Ingeniería técnica industrial o Ingeniería Técnica Naval.
Temario
Tema 1. La administración institucional. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 2. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Tema 3. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Ejecución.
Tema 4. Los contratos del sector público (I). Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El encargo de gestión sometida a la legislación de contratación.
Tema 5. Los contratos del sector público (II). El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos.
Tema 6. Ética pública. Régimen de incompatibilidades. El código ético de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Régimen disciplinario.
Tema 7. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 8. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (I). Dominio público hidráulico: Aguas públicas y privadas. Utilización del dominio público hidráulico: servicios, usos comunes y privativos, concesiones y autorizaciones, registro de aguas.
Tema 9. El Texto refundido de la Ley de aguas y el Reglamento del dominio público hidráulico (II). Delimitación protección del dominio público hidráulico: zonas de servidumbre y de policía, amojonamiento y delimitación. Reutilización. Estudios de inundabilidad.
Tema 10. El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares
Tema 11. La Directiva 92024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Tema 12. El Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo.
Tema 13. Las zonas sensibles. Decreto 49/2003, de 9 de mayo, por el que se declaran las zonas sensibles a las Islas Baleares.
Tema 14. Vertidos de aguas depuradas. Desbordamientos de sistemas unitarios. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertidos.
Tema 15. Las obras hidráulicas. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas: competencias por la ejecución, la gestión y la explotación de las obras hidráulicas públicas; prerrogativas de las obras hidráulicas de interés general; declaración de utilidad pública y declaración de interés general. Contrato de concesión de obras hidráulicas.
Tema 16. Proyectos de obras. Documentos del proyecto: memoria y anejos, pliego de prescripciones técnicas particulares, mediciones y presupuestos. Dirección del proyecto. Supervisión. Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Tema 17. Tramitación de proyectos para la obtención de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones preceptivas.
Tema 18. Construcción. Dirección de obras. Plan de obra. Organización de las obras. Aseguramiento de la calidad. Plan de seguridad y salud. Plan de vigilancia medioambiental. Servicios afectados. Incidencias en las obras.
Tema 19. Certificaciones de obras y relaciones valoradas. Recepción de obra, la certificación final y la liquidación. Ejecución del contrato de obras de acuerdo a la LCSP. Régimen de relaciones con el contratista. Modificación del contrato. Suspensión de obras. Revisión de precios. Proyectos complementarios y proyectos modificados.
Tema 20. Dirección de los contratos de obras y servicios; Dirección, inspección, control y vigilancia de la ejecución de obras y de la gestión del funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y desalación, y saneamiento y depuración de aguas residuales.
Tema 21. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. Alternativas de uso (el Real decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición). Utilización de residuos en obra pública. Residuos de producción derivados del funcionamiento de las distintas instalaciones.
Tema 22. La evaluación ambiental de proyectos y la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Tramitación de proyectos y afección a la explotación de plantas depuradoras y desaladoras.
Tema 23. Seguridad y salud en las fases de proyecto, ejecución de las obras y explotación de las instalaciones.
Tema 24. Legislación en materia de agua potable para consumo humano aplicada a la gestión y construcción de infraestructuras hidráulicas. Real decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. Decreto 53/2012 de 6 de julio, sobre vigilancia sanitaria de las aguas de consumo humano de las Islas Baleares. Condiciones de potabilidad del agua.
Tema 25. Desalinización mediante ósmosis inversa. Características, instalaciones y proceso de producción. Pretratamientos y post tratamientos necesarios.
Tema 26. Dimensionamiento de redes de agua potable en alta. Estimación de caudales. Características y elementos básicos. Estimación de la demanda de abastecimiento
Tema 27. Trazado y cálculo de conducciones en carga, impulsadas y por gravedad.
Tema 28. Depósitos de agua potable. Tipología, diseño y dimensionado.
Tema 29. Estaciones de bombeo (I). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Agua Potable.
Tema 30. Estaciones de bombeo (II). Conceptos básicos. Tipo de bombas: características, selección. Protección respecto a los regímenes transitorios. Elementos constructivos. Aguas residuales.
Tema 31. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas: tipos. Perímetros de protección de captaciones. Legislación y tramitación. Pruebas de bombeo.
Tema 32. Infiltración de agua en acuíferos. Características y condicionantes. Ventajas e inconvenientes.
Tema 33. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas desalinizadoras, Conducciones, Depósitos, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 34. Caracterización de las aguas residuales y objetivos de calidad de las aguas residuales depuradas.
Tema 35. Fangos activos. Nitrificación, desnitrificación y defosforación.
Tema 36. Contaminantes emergentes. Detección y sistemas de eliminación.
Tema 37. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (I). Línea de agua: pretratamiento, tratamiento primario, secundario, terciario y cuaternario.
Tema 38. Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) (II). Línea de fangos: digestión, deshidratación y secado.
Tema 39. Control de emisiones y olores: sistemas fisicoquímicos y biológicos. Captación de aire.
Tema 40. Reutilización de las aguas depuradas: Tipos y tratamientos de reutilización asociados.
Tema 41. Red de saneamiento: sistema colector. Cálculo de caudales y carga contaminante.
Tema 42. Conservación y explotación de las obras hidráulicas: Plantas depuradoras, Conducciones, Estaciones de bombeo, emisarios terrestres y submarinos.
Tema 43. La metodología BIM o Building Information Modeling. Características, usos y figuras técnicas.
Tema 44. Energía. Aprovechamientos hidráulicos convencionales. Obras civiles y aprovechamientos de carácter hidroeléctrico.
Tema 45. Energías alternativas. Aplicación de las energías alternativas (fotovoltaica y eólica). Ahorro de energía en las instalaciones.
2.6. Administrativo/administrativa.
Temario
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. El poder judicial. La regulación constitucional del poder judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.
Tema 3. La Administración General del Estado. Órganos centrales y órganos territoriales.
Tema 4. El Estado de las autonomías. Las comunidades autónomas; procedimiento para su constitución. Funciones y competencias del Estado y de las comunidades autónomas. Normas estatales de deslinde de competencias.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares. Contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La reforma del Estatuto de Autonomía.
Tema 6. El Parlamento de las Islas Baleares. Composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa. La elaboración de leyes.
Tema 7. El Gobierno de las Islas Baleares. Composición, competencias y funcionamiento. La estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Las consejerías, las direcciones generales y las secretarías generales.
Tema 8. Los consejos insulares. Naturaleza jurídica, composición y funciones. Estructura organizativa.
Tema 9. La Administración y su sumisión a la ley y al derecho. Las fuentes del derecho administrativo. Jerarquía de las fuentes. La ley. Concepto. La reserva de ley. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. Decretos ley y decretos legislativos.
Tema 10. La Administración institucional. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 11. Decreto 100/2015, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental.
Tema 12. La Ley de régimen jurídico del sector público. Disposiciones generales.
Tema 13. La Ley de procedimiento administrativo común. La actividad de las administraciones públicas.
Tema 14. Relaciones interadministrativas. Principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de Cooperación. Técnicas orgánicas de cooperación. Relaciones electrónicas entre administraciones públicas.
Tema 15. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas. Los interesados en el procedimiento. Legitimación y capacidad de obrar. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos.
Tema 16. El acto administrativo. Concepto y clases. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 17. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos Administrativos.
Tema 18. La contratación administrativa(I). Clases de contratos públicos. Elementos de los contratos.
Tema 19. La contratación administrativa (II). Objeto y causa de los contratos públicos. La forma de la contratación administrativa y los sistemas de selección de los contratistas. La formalización de los contratos. Procedimientos.
Tema 20. La contratación administrativa (III). La adjudicación de los contratos. Formalización y ejecución de los contratos.
Tema 21. La protección de datos de carácter personal. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal. Derechos de la ciudadanía en materia de protección de datos. Tipología de archivos. Creación e inscripciones de archivos públicos. Infracciones y sanciones.
Tema 22. La ética y los valores en la Administración pública. El buen gobierno. transparencia y acceso a la información. La gestión por procesos.
Tema 23. La Administración electrónica: principios. Los servicios públicos electrónicos y el derecho de la ciudadanía a acceder a ellos. Los servicios de colaboración interadministrativa. La interoperabilidad.
Tema 24. La función pública en el ordenamiento español. Regulación constitucional de la función pública y referencia al Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Función pública del Estado, de las comunidades autónomas y de los entes locales.
Tema 25. La Ley de prevención de riesgos laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
ANEJO 4. Baremo de méritos fase de concurso del personal laboral
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos acreditados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
1. Baremo de méritos de la fase de concurso del Turno libre
La máxima puntuación que puede conseguirse en esta fase es de 20 puntos.
Los méritos que deben valorarse en la fase de concurso del turno libre de las personas aspirantes que han superado la fase de oposición de la categoría profesional son los siguientes:
1.1. Titulaciones académicas
1. Formación académica general
Se valorarán las titulaciones que sean de nivel académico igual o superior al que se exige para ingresar en la categoría profesional a la que se accede, de la siguiente forma:
a) Grado o licenciatura, diplomatura, o título equivalente: 2 puntos.
b) Doctorado: 2,5 puntos
La titulación académica debe ser distinta a la que se acredita como requisito de acceso, y del mismo nivel o de un nivel superior. A estos efectos debe valorarse cualquier titulación que sea superior a la que se exige como requisito de acceso, ya sea una titulación de un nivel inmediatamente superior como una titulación superior en dos o tres niveles.
2. Formación académica específica.
Si las titulaciones de formación profesional o universitaria tienen relación directa con las funciones de la categoría profesional a la que se opta, se sumarán, en su caso, a las puntuaciones anteriores, la siguiente puntuación:
a) Si el nivel de titulación es igual al nivel exigido para el acceso: 1 punto.
b) Si el nivel de titulación es superior al nivel exigido para el acceso: 2 puntos.
En cualquier caso, la valoración como mérito de un título implica que no se valore el de nivel inferior necesario para la obtención del mismo.
La puntuación máxima total para este apartado será de 4 puntos.
1.2. Formación y perfeccionamiento:
Se valoran los cursos de formación y perfeccionamiento superados en escuelas de administración pública y en centros oficiales.
Para valorar los cursos de formación y perfeccionamiento es necesario atender los siguientes criterios:
1. Se incluyen los cursos impartidos en el marco de los acuerdos de formación continuada con la administración, independientemente de quien sea el promotor.
2. Se incluyen todos los cursos cuyo promotor sea una Administración pública.
3. Los cursos se valorarán siempre que estén relacionados directamente con las funciones de la categoría profesional a la que se opta, salvo en los cursos del área de seguridad y salud laboral, del área de igualdad entre hombres y mujeres y prevención de la violencia de género, y del área de informática, que se valorarán en todo caso.
Se entiende directamente relacionados los cursos del área jurídico-administrativa dirigidos a los grupos y niveles de la categoría profesional a la que se opta.
1. La valoración será la siguiente:
Cursos con certificado de aprovechamiento: 0,2 puntos por cada 10 horas.
Cursos con certificado de asistencia: 0,1 puntos por cada 10 horas.
Cursos impartidos: 0,4 puntos por cada 10 horas.
Las fracciones inferiores a 10 horas se valorarán proporcionalmente.
1. Si se ha asistido más de una vez a un mismo curso o éste se ha impartido más de una vez, se valorará una sola vez.
2. El total máximo de puntos que se podrá obtener globalmente por este concepto será de 4 puntos.
1. 3. Experiencia profesional
1. Por el ejercicio de la misma categoría profesional a la que se opta desempeñando funciones técnicas iguales o similares a las de los puestos de trabajo ofrecidos y en el ámbito del ciclo integral del agua: 0,125 puntos por mes.
2. Por el ejercicio de la categoría profesional a la que se opta en ámbitos no incluidos en el punto anterior: 0,0625 puntos por mes.
La puntuación máxima alcanzable en este apartado será de 6 puntos.
1.4. Antigüedad
Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en la Administración pública: 0,045 puntos.
La puntuación máxima alcanzable en este apartado será de 4 puntos.
1.5. Conocimiento oral y escrito de catalán
Sólo se valorará el certificado de nivel más alto que se acredita, además del certificado de lenguaje administrativo, cuya puntuación debe acumularse a la del otro certificado que se acredite. En todos los casos sólo se valoran los certificados de nivel superior al exigido como requisito de acceso y con un máximo de 2 puntos.
La puntuación que se ha de otorgar es la siguiente:
Para el nivel C1: 1 punto.
Para el nivel C2: 1,5 puntos.
Para el lenguaje administrativo: 0,5 puntos.
Para acreditar este mérito la persona interesada debe aportar el original o una copia auténtica de estos certificados.
Si la persona interesada alega el mérito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, de conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014), el mérito a la finalización del período de presentación de solicitudes, siempre que el mérito se haya alegado y los conocimientos que se homologuen se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación deberá aportarse en el plazo de acreditación de méritos alegados.
También se entiende acreditado el requisito o mérito según proceda, si las personas aspirantes constan en la lista provisional de aprobados de las últimas pruebas de lengua catalana, y alegan que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva, aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.
2. Baremo de méritos de la fase de concurso de promoción interna
La máxima puntuación que se puede conseguir en esta fase es de 40 puntos.
Los méritos que deben valorarse en la fase de concurso del turno de promoción interna de las personas aspirantes que han superado la fase de oposición son los siguientes:
2.1. Titulaciones académicas
1. Formación académica general. Se valorarán las titulaciones que sean de nivel académico igual o superior al que se exige para ingresar en la categoría profesional a la que se accede, de la siguiente forma:
a) Bachillerato, técnico superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado, o título equivalente o formación laboral equivalente: 1,75 puntos.
b) Grado o licenciatura, diplomatura, o título equivalente: 3 puntos.
La titulación académica debe ser distinta a la que se acredita como requisito de acceso, y del mismo nivel o de un nivel superior. A estos efectos debe valorarse cualquier titulación que sea superior a la que se exige como requisito de acceso, ya sea una titulación de un nivel inmediatamente superior como una titulación superior en dos o tres niveles.
2. Formación académica específica.
Si las titulaciones de formación profesional o universitaria tienen relación directa con las funciones de la categoría profesional a la que se opta, se adicionarán, en su caso, a las puntuaciones anteriores, de acuerdo con la siguiente valoración:
a) Si el nivel de titulación es igual al nivel exigido para el acceso: 2 puntos.
b) Si el nivel de titulación es superior al nivel exigido para el acceso: 4 puntos.
En cualquier caso, la valoración como mérito de un título implica que no se valore el de nivel inferior necesario para la obtención de este.
La puntuación máxima total para este apartado será de 8 puntos.
2.2. Formación y perfeccionamiento:
Se valoran los cursos de formación y perfeccionamiento superados en escuelas de administración pública y centros oficiales.
Para valorar los cursos de formación y perfeccionamiento es necesario atender los siguientes criterios:
1. Se incluyen los cursos impartidos en el marco de los acuerdos de formación continuada con la administración, independientemente de quien sea el promotor.
2. Se incluyen todos los cursos cuyo promotor sea una Administración pública.
3. Los cursos se valorarán siempre que estén relacionados directamente con las funciones de la categoría profesional a la que se opta, salvo en los cursos del área de seguridad y salud laboral, del área de igualdad entre hombres y mujeres y prevención de la violencia de género, y del área de informática, que se valorarán en todo caso.
Se entiende que están directamente relacionados los cursos del área jurídico-administrativa dirigidos a los grupos de la categoría profesional a la que se opta.
La valoración será la siguiente:
- Cuando los certificados de los cursos acrediten aprovechamiento, se valorarán a razón de 0,4 puntos por cada 10 horas.
- Cuando los certificados de los cursos acrediten asistencia, se valorarán a razón de 0,2 puntos por cada 10 horas.
- Los cursos impartidos se valorarán a razón de 0,7 puntos por cada 10 horas.
La fracción se valorará proporcionalmente.
4. Si se ha asistido más de una vez a un mismo curso o éste se ha impartido más de una vez, se valorará una sola vez.
5. El total máximo de puntos que podrá obtenerse globalmente por este concepto es de 8 puntos.
2.3. Experiencia profesional
Por el ejercicio en el ámbito de cualquier Administración pública en la categoría profesional a la que se opta: 0,25 puntos por mes.
Por el ejercicio de la misma categoría profesional a la que se opta en ámbitos no incluidos en el punto anterior: 0,01 puntos por mes.
La puntuación máxima alcanzable en este apartado será de 12 puntos.
2.4. Antigüedad
Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en la administración pública y reconocidos por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: 0,0606 puntos.
La puntuación máxima alcanzable en este apartado será de 8 puntos.
2.5. Conocimiento oral y escrito de catalán
Sólo se valorará el certificado de nivel más alto que se acredita, además del certificado de lenguaje administrativo, cuya puntuación debe acumularse a la del otro certificado que se acredite. En todos los casos, sólo se valoran los certificados de nivel superior al exigido como requisito de acceso y con un máximo de 4 puntos.
La puntuación que se ha de otorgar es la siguiente:
Para el nivel C1: 2,6 puntos.
Para el nivel C2: 3,2 puntos.
Para el lenguaje administrativo: 0,8 puntos.
Para acreditar este mérito la persona interesada debe aportar el original o una copia de estos certificados.
Si la persona interesada alega el mérito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, de conformidad con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014), el mérito a la finalización del período de presentación de solicitudes, siempre que el mérito se haya alegado y los conocimientos que se homologuen se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación deberá aportarse en el plazo de acreditación de méritos alegados.
También se entiende acreditado el requisito o mérito según proceda, si las personas aspirantes constan en la lista provisional de aprobados de las últimas pruebas de lengua catalana, y alegan que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva, aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.
|
PUNTUACIÓN MÉRITOS |
TURNO LIBRE |
PROMOCIÓN INTERNA |
|
Titulaciones académicas |
4 |
8 |
|
Formación y perfeccionamiento |
4 |
8 |
|
Experiencia profesional |
6 |
12 |
|
Antigüedad |
4 |
8 |
|
Conocimiento oral y escrito de catalán |
2 |
4 |
ANEJO 5 Información sobre protección de datos personales
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos (RGPD), y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de datos personales necesarios en el presente procedimiento.
Responsable del tratamiento:
Identidad: Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental
Dirección postal: c. del Gremi de Corredors,10, polígono de Son Rossinyol, 07009 Palma
Dirección de correo electrónico: rgpd@lagencia.cat
Finalidad del tratamiento: Los datos serán tratados con el fin de llevar a cabo el proceso selectivo, y la posterior adjudicación de plazas a las personas seleccionadas.
Legitimación: El tratamiento de los datos personales es necesario para cumplir con una obligación legal y para conseguir el interés público, como es la selección del personal al servicio de las administraciones públicas de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y transparencia.
La legislación aplicable es la siguiente:
- El Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Las letras c) y e) del artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Categorías de datos personales objeto de tratamiento:
|
Datos de carácter identificativo |
Nombre, DNI, domicilio, fecha de nacimiento, teléfono y dirección de correo electrónico |
|
Datos académicos y profesionales |
Méritos, formación y eexperiencia profesional |
|
Datos relativos a la salud |
Porcentaje y tipos de discapacidad |
|
Datos relativos a antecedentes penales |
Antecedentes penales inscritos en el Registro Central de Penados, incluidos, en su caso, los inscritos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales |
Consentimiento para el tratamiento de datos: La presentación de la solicitud para el proceso selectivo supone el conocimiento y aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal que realizará el órgano competente y únicamente para los fines establecidos.
Destinatarios de los datos personales: Se cederán los datos a los siguientes organismos o personas, a efectos de cumplir lo que prevé la legislación vigente en materia de selección de personal:
- Tribunal calificador del proceso: para el desarrollo y la valoración de la prueba y de los méritos alegados y acreditados del proceso selectivo previsto en la convocatoria.
- Área de Personal y Servicio de Prevención
- Consejería competente en materia de función pública: para la inscripción del nombramiento en el Registro del Sector Público Instrumental de la CAIB.
- Boletín Oficial de las Islas Baleares: en aplicación de las obligaciones que prevé la normativa para seleccionar empleados públicos con las previsiones que establece la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Otros participantes en el procedimiento selectivo: en virtud del principio de transparencia que rige los procedimientos selectivos de acceso a la función pública, los aspirantes podrán solicitar la consulta de los méritos alegados por otros participantes para comprobar el correcto funcionamiento del proceso selectivo. En ningún caso, podrán obtener los datos de contacto de otros aspirantes, como por ejemplo la dirección postal, el número de teléfono o la dirección de correo electrónico.
- Administración de justicia: en caso de que algún juzgado o tribunal requiera el expediente del procedimiento, la Administración remitirá los datos personales que consten en la Administración de justicia.
No se cederán los datos personales a otros organismos o terceros, salvo que exista obligación legal o interés legítimo, de acuerdo con el RGPD.
Criterios de conservación de los datos personales: Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los previstos en la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley orgánica 3/2018.
Existencia de decisiones automatizadas: No se producirán decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de los aspirantes.
Transferencias de datos a terceros países: Los datos no se transferirán a terceros países.
Ejercicio de derechos y reclamaciones: Las personas afectadas por el tratamiento de datos personales tienen derecho a solicitar a la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental la confirmación de que sus datos son objeto de tratamiento, el acceso a sus datos personales, la información, su rectificación o supresión, la limitación o la oposición al tratamiento y la no inclusión en tratamiento y no inclusión en tratamiento en su caso, en los términos que establece el RGPD). También tendrán derecho a la portabilidad de los datos en los términos que el ejercicio de este derecho pueda afectar al proceso selectivo.
El ejercicio de estos derechos se puede solicitar ante el responsable del tratamiento antes mencionado (Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental) mediante correo electrónico a la dirección rgpd@lagencia.cat.
Con posterioridad a la respuesta del responsable o al hecho de que no exista respuesta en el plazo de un mes, puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) (https://www.aepd.es/).
Consecuencias de no facilitar los datos personales: No presentar los datos necesarios implicará que el interesado no pueda formar parte del procedimiento selectivo.
Datos de contacto del delegado de Protección de Datos: El delegado de Protección de Datos de la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental es: OnSom S.L., con domicilio en la calle Om, 24, 07300 Inca. Dirección electrónica de contacto: dpd@lopdmallorca.com