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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 356664
Expediente 4273/2024. Aprobación inicial Protocolo de comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con lo que disponen los artículos 43.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se somete a información pública el Acuerdo de aprobación inicial del Protocolo de comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola, que literalmente dice:

Expediente n.º: 4273/2024

Procedimiento: Aprobación Protocolo comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola

PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DEL PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN INTERNA DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA.

Considerándose del máximo interés la aprobación del Protocolo de comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola, completando lo dispuesto en las Leyes y Reglamentos vigentes.

Visto el documento de Protocolo de comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola, que obra en el expediente.

Visto el anuncio de exposición publica colgado en el portal web del Ayuntamiento de Bunyola, a los efectos de cumplir con la consulta pública preceptiva, y que no se han presentado sugerencias ni aportaciones.

Visto el Informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con la aprobación de dicho Reglamento, emitido en fecha 10 de febrero de 2025.

Por todo el anterior, por parte de esta Concejalía se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente el Protocolo de comunicación interna del Ayuntamiento de Bunyola, que obra en el expediente.

SEGUNDO. Someter este texto a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta (30) días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.

TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno y el acuerdo de aprobación definitiva tácita del Reglamento, con el texto íntegro de este, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bunyola.sedelectronica.es].

 

(Firmado electrónicamente: 22 de mayo de 2025

La alcaldesa Maria Antònia Serralta Cunill)