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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 349800
Propuesta de resolución provisional del director general de director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se revocan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) NEXTG45

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable , con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable.

3. Las personas o entidades que figuran en el anexo aportaron la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

6. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el cual se aprueba la concesión directa en las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).

8. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones publicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

9. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.

 

Palma 12 de mayo de 2025

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para revocarlos la subvención (NEXTG45)

Expediente

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

CONCE

Motivo de revocación

NEXTG45-196/2021

Alfonso Masoliver Millet

***7215**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación fotovoltaica de 5,265 kWp

3.159,00

0000004736

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones en fecha 02/12/2024 (firma del Certificado de Instalación), una vez acabado el periodo que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria.

NEXTG45-496/2021

ISABEL DORADO TORRECILLA

***9481**

2022/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación FV 4.55 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenamiento 5 kWh

5.180,00

0000004310

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones en fecha 29/05/2024 (registro de la Instalación) una vez terminado el período que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria

NEXTG45-870/2021

JAIME GUAL CARBONELL

***9289**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación FV 4.5 kWp conectada a red

2.700,00

0000014935

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones (firma del Certificado de Instalación) una vez terminado el período que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria

NEXTG45-1431/2021

MARIA ROSA POU GARCIAS

***2020**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación fotovoltaica de 4,32 kWp

2.592,00

0000000287

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones en fecha 19/09/2024 (firma del Certificado de Instalación) una vez terminado el período que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria

NEXTG45-1442/2021

FRANCISCO JAVIER MASCARO LLABRES

***3947**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación FV 3.6 kWp conectada a red

2.160,00

0000000290

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones en fecha 26/08/2024 (firma del Certificado de Instalación) una vez terminado el período que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria

NEXTG45-1815/2021

PEDRO BELLAFONT FONTIRROIG

***5640**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación de autoconsumo fotovoltaica de 3,8kWp e inversor monofásico de 5kW instalado en cubierta y conectado a la red

2.280,00

0000000423

Se ha comprobado que el solicitante realizó actuaciones en fecha 06/11/2024 (registro de la Instalación) una vez terminado el período que marca el punto 4.a) de las bases de la convocatoria

NEXTG45-2914/2021

MIQUEL MIR FIOL

***1455**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Incorporación de baterías de 7,65 kWh en una instalación existente de 3,96 kWp

3.748,50

0000004929

Se ha comprobado que el solicitante hizo una modificación de la solicitud inicial de un expediente que ya tiene una resolución favorable (NEXTG45-2881/2021, publicada resolución en el BOIB núm.111 de 10/08/2023) Esta modificación supone una Instalación con un ratio de 2,09kWh/kWp, incumpliendo las condiciones de la convocatoria

NEXTG45-4443/2021

ANTONIO EUSEBIO RUIZ GAMEZ

***2534**

2023/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación de autoconsumo fotovoltaica de 4,5kWp e inversor monofásico de 4kW instalada en cubierta y conectada a la red

2.700,00

0000016399

Se ha presentado un certificado de defunción donde la fecha de defunción del titular de la subvención es anterior a la resolución de la ayuda concedida. El expediente no se puede subrogar puesto que no existe la figura de beneficiario de una subvención hasta que no se ha dictado la resolución de concesión, de acuerdo con los artículos 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 4.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

NEXTG45-5662/2021

CONCEPCION MORAGUES SERRA DE GAYETA

***5730**

2024/G/731A01/78000/0019701/MR021

Instalación fotovoltaica de autoconsumo de 5.5kWp e inversor de 6kW conectada a la red y con reto demográfico

3.600,00

0000003047

Se ha presentado un certificado de defunción donde la fecha de defunción del titular de la subvención es anterior a la resolución de la ayuda concedida. El expediente no se puede subrogar puesto que no existe la figura de beneficiario de una subvención hasta que no se ha dictado la resolución de concesión, de acuerdo con los artículos 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 4.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.