Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 345680
Corrección del error material advertido en la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía sobre la autorización administrativa previa, el reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de autoconsumo con baterías IF Escorxador de Manacor II, ubicada en el polígono 27, parcelas 494 y 495 (Escorxador) y parcela 1046 (EDAR) de Manacor
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El 17 de mayo de 2025, se publicó en el BOIB núm. 62 la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía sobre la autorización administrativa previa, el reconocimiento de la utilidad pública a efectos de la declaración de interés general y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de autoconsumo con baterías IF Escorxador de Manacor II, ubicada en el polígono 27, parcelas 494 y 495 (Escorxador) y parcela 1046 (EDAR) de Manacor.
Una vez advertido un error material en la publicación mencionada, se ha comprobado que no afecta el contenido del expediente.
Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición; la rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por ello, se hace la rectificación siguiente:
Donde dice:
— Potencia total instalada (FV + baterías): 716,6 kW
Debe decir:
— Potencia total instalada (FV + baterías): 740,6 kW
Palma, en la fecha de la firma electrónica a 19 de mayo de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30/01/25)