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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 344637
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU

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Texto

A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el Anexo de esta Propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe favorable de los siguientes aspectos:

  • Las personas o entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de subvenciones.
  • Las personas o entidades han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.
  • Las personas o entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto estatal como autonómica.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado octavo de la citada Resolución, han informado favorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, las que se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

5. Dada la modificación del Real decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, el 26 de diciembre de 2023 se publicó en el BOIB nº174, la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.

Esta modificación afecta a diversas disposiciones de la convocatoria. En concreto, se modifica lo siguiente: el punto 1 del apartado cuarto relativo a los requisitos generales de las actuaciones subvencionables; el punto 3 del apartado cuarto relativo a los requisitos para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; el punto 2 del apartado sexto relativo a la cuantía de las ayudas del programa de incentivos 2 sobre la implantación de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico; el punto 2 del apartado séptimo relativo a la documentación que debe presentarse en la solicitud de la subvención; el punto 1 del apartado octavo relativo al plazo para la presentación de las solicitudes; el punto 3.2 del apartado undécimo relativo a la documentación a presentar para la justificación, y el apartado decimoctavo relativo a la documentación normalizada.

6. El 25 de marzo de 2025 se emitió la propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) (BOIB núm. 38 de 27 de marzo de 2025).

7. En fecha 1 de abril de 2025 la gestoría Francisco Javier Zapater Palomero, que presentó la documentación al trámite de LUIS GONZALEZ ERENCIA (expediente MOVESIII-8284/2021) presenta un documento de alegaciones a la propuesta de resolución solicitando que «dado que no se va a dar de baja ningun vehículo, solicitamos la subvencion MOVES III sin achatarramiento» Con el escrito de alegaciones, se vuelve a presentar la misma solicitud donde la subvención que se solicita es de 4.500 €.

8. En fecha 2 de abril de 2025 se emitió informe técnico en el que se informa favorablemente a las alegaciones presentadas por la gestoría Francisco Javier Zapater Palomero, en nombre de LUIS GONZALEZ ERENCIA (expediente MOVESIII-8284/2021). Este informe concluye: «Una vez valoradas las alegaciones presentadas y dado que se propuso la resolución por una cuantía de 7000€ a favor de la solicitante de la subvención para la adquisición de un vehículo eléctrico, y según la documentación presentada dentro del plazo establecido en la convocatoria de la subvención, se informa FAVORABLEMENTE de las alegaciones a la propuesta la adquisición de un vehículo eléctrico TESLA Y sin achatarramiento.»

9. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se establecen determinados aspectos de la Ley de Hacienda y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).

4. El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. (BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021).

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021.

6. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU –BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022.

8. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº174, de 26 de diciembre de 2023).

9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº100, de 30 de julio de 2024).

Propuesta de resolución definitiva

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Aprobar la concesión de una subvención por actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVESIII) por un importe total de 155.589,01 euros y 37 beneficiarios. En el anexo de esta propuesta figuran los datos de cada beneficiario sobre la concesión de la subvención.

2. Autorizar y disponer el gasto de 155.589,01 euros a los 37 beneficiarios que figuran en el anexo y por los importes que se detallan por cada uno de ellos, con cargo a la partida presupuestaria indicada en el anexo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Los fondos para la concesión de la ayuda proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Fondo NextGenerationUE.

3. Disponer que las inversiones objeto de la solicitud deben ejecutarse, pagar y justificarse desde el día de la presentación de la solicitud hasta el plazo de doce meses desde la fecha desde la publicación en el BOIB de la resolución de concesión en el caso de los beneficiarios indicados en las letras d), e) yg) del apartado 2.1 de la resolución de la convocatoria, y desde el 10 de abril de 2021 hasta al plazo de doce meses desde la fecha de la publicación en el BOIB de la resolución de concesión en el caso de los beneficiarios indicados en las letras a), b), c) yf) del apartado 2.1 de la mencionada resolución.

4. Establecer que las pequeñas y medianas empresas que hayan presentado la solicitud de la subvención antes del 1 de enero de 2024 que quieran acoger al régimen de minimis la solicitud de ayuda del programa de incentivos 2 deben presentar el documento normalizado 9 en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

5. Establecer que el pago y la justificación deben hacerse de acuerdo con lo que dispone el apartado undécimo de la convocatoria de subvenciones.

6. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

7. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

8. De acuerdo con el artículo 9.3.d de la Orden HFP/1030/2021, el beneficiario tiene la obligación de reconocer su origen y garantizar la visibilidad de la financiación de la Unión.

9. Sobre la compatibilidad de ayudas con el mercado interior (ayudas de Estado)  se aplica lo siguiente:

a) Las ayudas a beneficiarios que sean personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan productos y servicios en el mercado, están sometidas a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas minimis.

b) Las ayudas a beneficiarios que sean personas jurídicas que realicen alguna actividad económica y/o mercantil, por la que ofrezcan productos y servicios en el mercado, están sometidas al Reglamento 651/2014 de la Comisión, de 177 de junio de 2014 (DOUE 187/ 1, de 26 de junio de 2014), por la que se declaran determinadas categorías, de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos del Tratado, en la sección 7 sobre ayudas para la protección del medio ambiente.

c) Las ayudas al resto de beneficiarios que no realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan productos y servicios en el mercado, no están sometidas al Reglamento 651/2014 ni al Reglamento (UE) nº 1407/2013 y por tanto quedan fuera de las ayudas de Estado.

10. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente 

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de mayo de 2025)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30/01/2025)

 

 

ANEXO Relación de beneficiarios a los que se concederá la subvención para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III)

Núm.

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe inversión (€)

Importe subvención (€)

CONCE

1

 

MOVESIII-6889/2021

18/06/2024

AMER CALDENTEY, ANTONIA

***4549**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VHE CUPRA Formentor 1.4 e-HYBRID 150 KW (204 CV) DSG 6 vel (1)

31.756,20

2.500,00

0000010740/2025

2

 

MOVESIII-7866/2021

01/11/2024

Fernandez Castaño, Jose Manuel

***9691**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.720,00

1.204,00

0000010741/2025

3

 

MOVESIII-8268/2021

11/12/2024

CLADERA LLADO, ANTONIO

***1042**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.770,33

1.239,23

0000010109/2025

4

 

MOVESIII-8272/2021

11/12/2024

OLIVEROS ESTEVEZ, CARLOS JESUS

***9262**

2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL Y (1)

34.561,98

4.500,00

0000010110/2025

5

 

MOVESIII-8274/2021

11/12/2024

RAYO CANAVES, MARIA DE LOS ANGELES

***8710**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE BYD SEAL U Design con achatarramiento (1)

37.140,49

7.000,00

0000010111/2025

6

 

MOVESIII-8275/2021

11/12/2024

RIOSALIDO VILLAR, MARA

***1919**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 22kW (4)

2.915,62

2.040,93

0000010112/2025

7

 

MOVESIII-8278/2021

11/12/2024

GOBERNA LEHMANN, LUCIA

***7550**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.778,76

1.245,13

0000010113/2025

8

 

MOVESIII-8279/2021

11/12/2024

REINA ALVAREZ, ESTEFANIA

***6358**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL 3 con achatarramiento (1)

29.727,28

7.000,00

0000010114/2025

9

 

MOVESIII-8280/2021

11/12/2024

Marin Albarran, Ander

***3149**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.626,45

1.138,51

0000010115/2025

10

 

MOVESIII-8281/2021

11/12/2024

MARTINEZ BARCA, JESUS

***8355**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.458,22

1.020,75

0000010116/2025

11

 

MOVESIII-8282/2021

11/12/2024

MELO KOLESKI, HELOIZA SCHARLOTH

***2480**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL Y (1)

41.702,48

4.500,00

0000010117/2025

12

 

MOVESIII-8284/2021

11/12/2024

GONZALEZ ERENCIA, LUIS

***3051**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL Y (1)

34.561,98

4.500,00

0000010118/2025

13

 

MOVESIII-8287/2021

11/12/2024

PASTORINO, ELIANA MAGALI

****3298*

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE L3e SILENCE S01 (1)

2.561,99

1.100,00

0000010119/2025

14

 

MOVESIII-8291/2021

12/12/2024

VIVO CAVALLER, ALFONSO GABRIEL

***0039**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE ABARTH 500E con achatarramiento (1)

29.107,32

7.000,00

0000010120/2025

15

 

MOVESIII-8292/2021

12/12/2024

MALLO CAMPS, CAROLINA

***3651**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE TOYOTA BZ 4X (1)

35.433,89

4.500,00

0000010121/2025

16

 

MOVESIII-8293/2021

12/12/2024

BORRAS HIDALGO, MARIA ESPERANZA

***7549**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE FIAT 500 (1)

26.611,57

4.500,00

0000010122/2025

17

 

MOVESIII-8295/2021

12/12/2024

MAS SERRA, JAUME

***2871**

2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL 3 (1)

31.380,17

4.500,00

0000010124/2025

18

 

MOVESIII-8296/2021

12/12/2024

INSTAL.LACIONS ELECTRIQUES TOMEU I COSME, SL

***6014**

2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001

VHE PEUGEOT 3008 con achatarramiento (1)

40.465,24

2.300,00

0000010125/2025

19

 

MOVESIII-8297/2021

12/12/2024

PIRIS SINTES, JOSE PATRICIO

***7391**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE OPEL COMBO -E -life elegance electric 100kW (1)

26.891,88

4.500,00

0000010126/2025

20

 

MOVESIII-8300/2021

12/12/2024

CHACARTEGUI CARBO, ANTONIO

***2741**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE VOLVO C40 (1)

37.639,30

4.500,00

0000010127/2025

21

 

MOVESIII-8304/2021

13/12/2024

GARCIA SANCHEZ, ANGEL

***7055**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE PEUGEOT 3008 (1)

38.927,84

4.500,00

0000010129/2025

22

 

MOVESIII-8312/2021

13/12/2024

Venegas Cladera, Jaime

***1272**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.700,73

1.190,51

0000010134/2025

23

 

MOVESIII-8313/2021

13/12/2024

Covas Calafell, Gabriel

***5073**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

PRVE 7.4kW (4)

1.586,78

1.110,75

0000010135/2025

24

 

MOVESIII-8314/2021

13/12/2024

AGUILO PORCEL, FRANCISCO JOSE

***2456**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE RENAULT 5 E-TECH con achatarramiento (1)

30.223,91

7.000,00

0000010136/2025

25

 

MOVESIII-8315/2021

13/12/2024

ALEMANY SIMÓ, HERMINIA

***4160**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE RENAULT MEGANE ETECH con achatarramiento (1)

28.099,17

7.000,00

0000010137/2025

26

 

MOVESIII-8317/2021

13/12/2024

Vazquez Llorente, Xabier

***6131**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE BYD Dolphin Comfort Skiing White con achatarramiento (1)

22.603,31

7.000,00

0000010138/2025

27

 

MOVESIII-8318/2021

13/12/2024

TAPIA MORENO, MARIA ASCENSION

***7984**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE MINI ACEMAN (1)

36.191,73

4.500,00

0000010139/2025

28

 

MOVESIII-8322/2021

13/12/2024

JOAN AGUILO VENY SLU

***6086**

2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001

VE FORD EXPLORER (1)

38.462,81

2.900,00

0000010140/2025

29

 

MOVESIII-8323/2021

13/12/2024

VICENS GRIMALT, BARBARA

***1838**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE VOLVO EX30 (1)

29.616,46

4.500,00

0000010141/2025

30

 

MOVESIII-8325/2021

13/12/2024

BLANES ROSSELLO, LUIS

***0930**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE L3e SUPER SOCO TC WANDERER (1)

3.296,69

1.100,00

0000010142/2025

31

 

MOVESIII-8326/2021

13/12/2024

AMBROS TOLEDO, MATEO FRANCISCO

***1068**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE TESLA MODEL Y con achatarramiento (1)

33.446,29

7.000,00

0000010143/2025

32

 

MOVESIII-8327/2021

13/12/2024

SALOM CALDES, ANTONI

***8499**

2025/G/731A01/77000/00/19701/MR001

VE VOLVO EX30 con achatarramiento (1)

29.042,73

7.000,00

0000010145/2025

33

 

MOVESIII-8328/2021

13/12/2024

BENNASAR GOMILA, MATEU

***0309**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE OPEL COMBO con achatarramiento (1)

29.828,57

7.000,00

0000010146/2025

34

 

MOVESIII-8329/2021

13/12/2024

Vera Dols, Antonio

***2307**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE BYD ATTO 3 (1)

30.694,22

4.500,00

0000010147/2025

35

 

MOVESIII-8334/2021

13/12/2024

CARRION GARCIA, JUANA MARIA

***6986**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE OPEL MOKKA con achatarramiento (1)

28.712,41

7.000,00

0000010148/2025

36

 

MOVESIII-8335/2021

13/12/2024

PROHENS BAUZA, RAFAEL

***9418**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE NUEVO CITROEN E-C3 MAX con achatarramiento (1)

22.404,97

7.000,00

0000010149/2025

37

 

MOVESIII-8338/2021

13/12/2024

Carbayo Massot, Francisco de Borja

***7885**

2025/G/731A01/78000/00/19701/MR001

VE Toyota BZ4X 4x2 Advance (1)

28.197,21

4.500,00

0000010742/2025

IMPORTE TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

155.589,81

 

(1) La ayuda es un valor fijo que está limitado en función del tipo de beneficiario de acuerdo con lo que establece el Real decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

(2) La concesión de la ayuda está sometida a los requisitos del Reglamento (UE) núm. 2023/1315 de 23 de junio, de la Comisión, por el que se modifican el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 23 de junio de 2023, aplicándose la exención correspondiente a la categoría de ayudas para la protección del medio ambiente (sección 7), artículos 36 bis y 36 ter.

(3) La concesión de la ayuda está sometida a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) nº. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (ayudas de minimis).

(4) La concesión de la ayuda queda fuera de las ayudas de Estado y, por tanto, quedan exentas de aplicación de este Reglamento 651/2014 y de los Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (ayudas de minimis).