Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 343282
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Aula Balear, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33) de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
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Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 2 de mayo de 2024 (BOIB núm. 59, de 4 de mayo), se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Aula Balear, con el aumento de una unidad del ciclo formativo de Técnico superior en Educación infantil (SSC31). Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07006767
Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: Aula Balear
Titular: Aula Balear S. Coop. (CIF: F07083595)
Domicilio: c/ Can Valero. Nº. 19
Localidad: Sa Vileta
Municipio: Palma
CP: 07011
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil: 6 unidades y 150 plazas escolares
- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares
- Programa de diversificación curricular (PDC) (3º y 4º de ESO): 2 unidades y 30 plazas escolares
- Bachillerato: 4 unidades y 140 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).
- Ciclos Formativos de Formación Profesional:
Familia Profesional de Administración y gestión (ADG)
- Técnico en gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
- Técnico superior en Administración y finanzas (ADG32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares, en turno vespertino.
Familia Profesional de Informática y comunicaciones (IFC)
- Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
Familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
- Técnico superior en Educación infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) modalidad presencial y 40 plazas escolares, en turno vespertino.
Adscripción administrativa: el bachillerato en las modalidades de ciencias, humanidades y ciencias sociales y general y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al IES Arxiduc Lluís Salvador, de Palma (código: 07007930).
2. En fecha 9 de enero de 2025 (GOIBE12171/2025), el representante del centro presentó una solicitud de autorización de impartición del ciclo formativo de grado superior de Integración social (SSC33).
3. En fecha 27 de enero de 2025, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable en el que se especificaba que la documentación presentada acreditaba que los espacios del centro cumplían los requisitos mínimos establecidos por la normativa vigente para la configuración solicitada. En este sentido, se informó favorablemente para la implantación de una unidad (2 cursos) y 40 plazas escolares del CFGS de Técnico superior en Integración social en horario vespertino.
4. En fecha 27 de enero de 2025, el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, emitió un informe favorable en el que se especificaba que el centro Aula Balear disponía de los espacios formativos y los equipamientos que establece la Orden ECD/106/2013, de 23 de enero, por el que se establece el título de currículo de Social de Integración Social. Este informe se refería a los espacios, aulas, horarios y ubicación que actualmente se ofrecen para la impartición de los ciclos. Sin embargo, el informe quedaba condicionado a que el centro Aula Balear se comprometiera a facilitar una copia de las facturas referentes a la adquisición de los equipamientos propuestos en las facturas proforma una vez que la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas autorizara los estudios del CFGS Técnico superior en Integración social (SSC33) y previo al inicio de las actividades lectivas.
5. En fecha 9 de mayo de 2025 (GOIBE320459/2025), el representante del centro registró el compromiso de presentar las titulaciones del profesorado que impartirá el CFGS de Técnico Superior en Integración social antes del inicio de las actividades lectivas.
6. El 13 de mayo de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Aula Balear, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33).
7. El 15 de mayo de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Aula Balear, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33).
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo, de competencia modalidades y especialidades.
2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2 de creación de centros que la creación, supresión y transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente.
6. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general.
7. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, (BOE núm. 174, de 22 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.
8. El Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo (BOE núm. 129 de 28 de mayo), por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
9. El Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración social y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 195, de 15 de agosto).
10. El Real Decreto 289/2023, de 18 de abril, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Integración social y Técnico Superior en Mediación comunicativa de la familia profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 103, de 1 de mayo).
11. La Orden ECD/106/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Integración social (BOE núm. 28, de 1 de febrero).
12. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Islas Baleares.
13. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB ext. núm. 94, de 10 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 15 de mayo de 2025, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2025-2026, la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Aula Balear, de Palma, con la implantación del CFGS de Integración social (SSC33) de la familia profesional de Servicios Socioculturales y en la Comunidad (SSC)
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07006767
Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: Aula Balear
Titular: Aula Balear S. Coop. (CIF: F07083595)
Domicilio: c/ Can Valero. Nº. 19
Localidad: Sa Vileta
Municipio: Palma
CP: 07011
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil: 6 unidades y 150 plazas escolares
- Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares
- Programa de diversificación curricular (PDC) (3º y 4º de ESO): 2 unidades y 30 plazas escolares
- Bachillerato: 4 unidades y 140 puestos escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).
- Ciclos Formativos de Formación Profesional:
Familia Profesional de Administración y gestión (ADG)
- Técnico en gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
- Técnico superior en Administración y finanzas (ADG32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares, en turno vespertino.
Familia Profesional de Informática y comunicaciones (IFC)
- Técnico en Sistemas microinformáticos y redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
Familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC)
- Técnico superior en Educación infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) modalidad presencial y 40 plazas escolares, en turno vespertino.
- Técnico superior en Integración social (SSC33): 1 unidad (2 grupos) modalidad presencial y 40 plazas escolares, en turno vespertino.
Adscripción administrativa: el bachillerato en las modalidades de ciencias, humanidades y ciencias sociales y general y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al IES Arxiduc Lluís Salvador, de Palma (código: 07007930).
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (19 de maig de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany