Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL
Núm. 339664
Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la que se aprueba la inscripción de la sobrasada de Menorca en el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears
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Hechos
1. El 22 de abril de 2025 el Consell Executiu del Consell Insular de Menorca presentó una solicitud para la inscripción de la sobrasada de Menorca en el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears.
2. El día 15 de mayo de 2025, la Comisión de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears acordó una propuesta vinculante para la inclusión de la sobrasada de Menorca en el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears.
3. La ficha de la sobrasada de Menorca contiene la información necesaria que establece el artículo 7 del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 135 de la Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears, crea el Catálogo los alimentos tradicionales de las Islas Baleares y define alimento tradicional.
2. El título II del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears, define el Catalogo y establece su contenido.
3. El título III del Decreto 40/2015, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears, crea la Comisión de los Alimentos Tradicionales de las Illes Balears y establece las condiciones y el procedimiento de inscripción de los alimentos tradicionales en el Catálogo. Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir la sobrasada de Menorca en el Catálogo de alimentos tradicionales de las Illes Balears con el número 31, en la categoría de productos cárnicos y como zona de elaboración la isla de Menorca.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Publicar la ficha de la sobrasada de Menorca en el apartado Alimentos tradicionales de la página web www.illesbalearsqualitat.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Maó, 15 de mayo de 2025
El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural Joan Simonet Pons