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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 333708
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, por la que se corrige el error observado en el anexo del Requerimiento de documentación complementaria del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático de 14 de enero de 2025, en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)

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Texto

Hechos

1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023 ).

2. En fecha 14 de enero de 2025 se emitió el Requerimiento de documentación complementaria del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF) (BOIB núm. 8 de 16 de enero de 2025)

3. Con posterioridad, se ha detectado un error en el citado anexo del Requerimiento

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir el error advertido en el anexo del Requerimiento de documentación complementaria del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático de 14 de enero de 2025, en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF) (BOIB núm. 8 de 16 de enero de 2025) en los siguientes términos:

Donde dice:

ANEXO

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías y/o aclaración

Observaciones

PF_PITEIB-3773/2024

MARIA AMPARO PEREZ MOMPO

***6651**

-Documento 4: memoria resumen de la actuación: La memoria técnica no incluye el ratio entre el consumo anual consumidor/producción anual FV.

 

Debe decir:

ANEXO

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías y/o aclaración

Observaciones

PF_PITEIB-3773/2024

RAFAEL EXPOSITO DEL MORAL

***6651**

- Documento 4: memoria resumen de la actuación: La memoria técnica no incluye el ratio entre el consumo anual consumidor/producción anual FV.

 

2. Publicar esta corrección de errores en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 7 de mayo de 2025

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa,  Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30/01/2025)