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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 332166
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Presidencia relativa a los campamentos de verano para niños y jóvenes para el año 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Con fecha 25 de febrero de 2025, la directora insular de Juventud y Participación emite memoria de necesidad sobre la organización de campamentos de verano en 2025 para menores de entre 9 y 16 años.

2. En fecha 12 de mayo de 2025, la técnica de juventud emite informe relativo al cumplimiento de los requisitos establecidos y a la definición de los criterios para garantizar una convocatoria transparente, abierta y accesible, con el objetivo de alcanzar la máxima difusión posible y favorecer la participación del conjunto de la ciudadanía en esta actividad.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 10/2022, de 23 de diciembre, de ocio educativo para niños y jóvenes de las Islas Baleares, tiene por objeto desarrollar en el ámbito de las Islas Baleares el derecho de niños y jóvenes a disfrutar de un ocio educativo de calidad, seguro y en condiciones de equidad, sin discriminaciones por razones de sexo o de género, económicas, territoriales. Con esta finalidad, la ley regula la formación, los servicios, las actividades y las instalaciones destinados a niños y jóvenes de las Islas Baleares.

Concretamente, a los efectos de esta ley, se entiende por ocio educativo el conjunto de actividades, servicios y experiencias de educación no formal que se realizan en el tiempo libre, con una intencionalidad pedagógica fuera de los ámbitos escolar y familiar, con el objetivo de acompañar a niños y jóvenes en la adquisición de competencias y habilidades propias como la competencia social y de hacerlos protagonistas.

2. El Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se despliegan diversos aspectos de la normativa de juventud y de ocio (BOIB núm. 84, de 7 de julio de 2018), en el Título III de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil, se recoge en el artículo 37.1 que en las actividades en el tiempo libre infantil o juvenil pueden participar personas de entre 3 y 17 años. Asimismo, en el artículo 37.4, apartado a), se contempla la acampada como actividad que se realiza en zonas acondicionadas para campamento o en cualquier otro terreno o instalación.

3. El Decreto 26/2018, de 3 de agosto, de traspaso al Consejo insular de Mallorca de las funciones y servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que ejerce la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de juventud y ocio, dispone en el apartado B) las funciones y servicios que asume el Consell insular de Mallorca en "la programación y la ejecución de actividades de tiempo libre para niños y jóvenes".

4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023, por el que se establecen las competencias de los Departamentos del Consell Insular de Mallorca donde se adjudican al Departamento de Presidencia la atribución y dirección de las políticas de juventud (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023).

Por todo lo anterior

RESUELVO

Primero- Iniciar y aprobar el expediente del campamento de verano para niños y jóvenes para el año 2025.

Segundo- Publicar esta resolución en el BOIB incluyendo el anexo que determina los requisitos de la convocatoria del campamento de verano 2025.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno.

Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

ANEXO CONVOCATORIA DE LOS CAMPAMENTOS DE VERANO PARA NIÑOS Y JÓVENES PARA EL AÑO 2025

1. Contenido

El Consell de Mallorca a través de la Dirección Insular de Juventud y Participación del Departamento de Presidencia organiza los campamentos de verano 2025, actividades de ocio educativo para niños y jóvenes de Mallorca con el propósito de promover actividades públicas y teniendo en cuenta que:

  • El 30% del coste del servicio será sufragado por la Dirección Insular de Juventud y Participación en la entidad adjudicataria del contrato de servicio.
  • El 70% restante del coste del servicio será sufragado por los niños y jóvenes que resulten beneficiarias del sorteo que se llevará a cabo para la selección de los mismos.

Con el fin de que la ciudadanía tenga acceso a los campamentos de verano 2025, la presente convocatoria pública fija las bases y las condiciones necesarias de planificación, estructura y participación en estas actividades de ocio educativo infantil y juvenil; concretamente, la actividad será la de acampada prevista en el apartado 37.4.a) del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se despliegan varios aspectos de la normativa de juventud y de ocio (BOIB núm. 84, de 7 de julio de 2018).

2. Características del lugar del campamento

Los campamentos de verano de 2025 se llevarán a cabo en las instalaciones del campamento de la Victoria situado en el municipio de Alcúdia, las cuales disponen de tiendas de campaña con capacidad para cinco personas, comedor y baños cubiertos, espacio de acampada, zonificado y con porches, duchas interiores y exteriores, servicios higiénicos, zona deportiva, mesas exteriores para talleres y veladas, e instalación eléctrica en todas las zonas.

3. Estructura

a) Número de turnos de campamentos

  • 10 turnos

b) Número de plazas

60 plazas por cada uno de los turnos de campamentos organizados, de las cuales:

  • 55 plazas son por vía ordinaria.

Se entiende como plaza ordinaria aquella en la que la persona interesada participa por la vía ordinaria y que implica el pago total por día/participante del campamento.

  • 5 plazas son bonificadas, destinadas a familias usuarias de Servicios Sociales, para niños y jóvenes en situación de especial vulnerabilidad.

Se entiende como plaza bonificada aquélla en la que la persona interesada participa a través de una solicitud presentada por un servicio social de la Administración pública, que, además, supone una bonificación del 50 % del pago total por día/participante del campamento.

Si estas plazas no se ocupan, pasan a ser ocupadas por participantes de plazas ordinarias.

De las 60 plazas ordinarias y bonificadas, como máximo 2 plazas se reservan a niños y jóvenes con dependencia. Estos participantes tendrán que aportar una copia del certificado oficial con el grado de dependencia reconocido en el proceso de preinscripción.

En el supuesto de que haya más de dos preinscripciones en un mismo turno que acrediten el grado de dependencia se realizará un sorteo de las preinscripciones.

Si las plazas de dependencia no se llenan, pasan a ser ocupadas por participantes siguiendo el orden de la lista sea ordinaria o bonificada de cada turno una vez realizado el sorteo.

En cada turno se pueden añadir 4 plazas más, destinadas a cubrirse por motivos extraordinarios, siempre a criterio del Consell Insular de Mallorca.

Se consideran motivos extraordinarios: hermanos de edades incluidas en el mismo turno, que han quedado fuera de la convocatoria o situaciones de riesgo declaradas por las familias, demostradas documentalmente y valoradas por esta Administración, o incidencias con la inscripción.

c) Personas destinatarias

1. Niños y jóvenes nacidos entre 2009 y 2016, ambos incluidos, empadronados en cualquier municipio de Mallorca.

2. Los niños y jóvenes con dependencia moderada (grado I), dependencia severa (grado II) o gran dependencia (grado III) pueden participar en esta convocatoria ocupando la reserva de plaza, con un máximo de 2 plazas por turno. Esta situación debe acreditarse con un informe del órgano competente.

3. Los niños y jóvenes que están en situación de especial vulnerabilidad, cuando los propios Servicios Sociales de la Administración pública de Mallorca, con el visto bueno de la familia (si es posible), hacen reserva de plaza, tienen derecho a plazas bonificadas, con un máximo de 5 por turno, siempre que desde el servicio se presente un informe de Servicios Sociales o resolución administrativa acreditativa de la situación de especial vulnerabilidad.

4. Si no se cubre el número de plazas bonificadas se pueden admitir a niños y jóvenes que se han presentado por vía ordinaria, sin haber obtenido la plaza, y por estricto orden de lista de espera de cada turno una vez realizado el sorteo.

d) Duración y fechas

Duración de 7 días por campamento, del 29 de junio al 2 de agosto de 2025.

e) Precio y gastos financiados

El Consell de Mallorca financiará el 30% del coste del servicio y los participantes el 70% restante.

La tarifa total de los gastos globales por participante es de 23,30 € por plaza y día (IVA incluido), de los cuales:

  • La Dirección Insular de Juventud financiará el importe de 6,99€ (IVA incluido) sobre el total del coste del servicio.
  • El restante del coste del servicio será sufragado por los jóvenes que resulten beneficiarios del sorteo que se llevará a cabo para la selección de los mismos.

Por tanto, el importe a pagar por los participantes será de 16,31 euros por día para las personas usuarias vía ordinaria, con un precio total de 114,17 euros por campamento, y de 8,16 euros por día/participante para las personas usuarias bonificadas, con un precio total de 57,12 euros por campamento.

El precio incluye tanto la estancia y las comidas como cualquier actividad que se desarrolle durante el campamento. Está incluido el traslado de los participantes desde el punto de encuentro (Polideportivo Municipal de Alcúdia) o, en su defecto, lo que designe la institución municipal hasta el campamento de la Victoria y viceversa. No está incluido el traslado del domicilio de los participantes al punto de encuentro de Alcúdia, que deben realizarse con los propios medios.

 

f) Calendario de la actividad

 

Turnos

Concepto

Año nacimiento de los participantes

Fechas

1

Campamento de verano

60 plazas

2014 - 2015 - 2016

Del 29 de junio al 5 de julio

2

Campamento de verano

60 plazas

2011 - 2012 - 2013

3

Campamento de verano

60 plazas

2014 - 2015 - 2016

Del 6 de julio al 12 de julio

 4

Campamento de verano

60 plazas

 

2011 -2012 - 2013

5

Campamento de verano

60 plazas

2011-2012-2013

Del 13 de julio al 19 de julio

6

Campamento de verano

60 plazas

2009 - 2010

7

Campamento de verano

60 plazas

2011-2012-2013

Del 20 de julio al 26 de julio

8

Campamento de verano

60 plazas

2009 - 2010

9

Campamento de verano

60 plazas

2014 - 2015 - 2016

Del 27 de julio al 2 de agosto

10

Campamento de verano

60 plazas

2009 - 2010

4. Trámites

PRIMERO. Solicitud de preinscripción

La solicitud de preinscripción en los campamentos debe hacerse a través de la sede electrónica del Consell de Mallorca ( https://seu.conselldemallorca.net ), y mediante una de las siguientes opciones:

a) Vía ordinaria para aquellos participantes que opten a plazas regulares. En este caso, la solicitud debe presentarla el padre, la madre o tutor/a legal.

b) Vía bonificada para aquellos participantes que opten a plazas de servicios sociales. En este caso, la solicitud debe presentarla el órgano competente de servicios sociales de la Administración pública (Ayuntamiento y/o IMAS), con los consentimientos de las familias, si procede.

En cualquier caso, los participantes, a la hora de realizar la solicitud de preinscripción, sólo podrán apuntarse a un turno de su franja de edad, y únicamente a una de las dos opciones (vía ordinaria o vía bonificada).

En caso de que un mismo participante presente más de una solicitud de preinscripción, únicamente se tendrá en cuenta la última solicitud presentada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos para la opción elegida. Asimismo, en caso de que las solicitudes de preinscripción se formalicen por ambas vías, ordinaria y bonificada, prevalecerá la presentada por la vía bonificada de los Servicios Sociales (siempre que cumplan con los requisitos establecidos y se haya formalizado de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del apartado 3) de esta convocatoria.

Son motivo de exclusión:

  • Cuando los datos aportados en la solicitud son falsos.
  • Cuando la solicitud para la vía bonificada, no tiene el consentimiento del padre/madre o tutor/a legal, en caso necesario.

La formalización de la solicitud de preinscripción no garantiza tener plaza para el campamento, sólo dará opción a formar parte de la lista provisional de admitidos para participar en el sorteo y optar a una vacante.

SEGUNDO. Proceso de preinscripción

El formulario de la solicitud de preinscripción se cumplimentará y registrará electrónicamente a través de la sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

El plazo de preinscripción es de 10 (diez) días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB de la presente convocatoria.

TERCERO. Listado de preinscripciones admitidas

Finalizado el plazo de preinscripción, se publicarán los listados de los participantes admitidos y excluidos de cada turno, en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca. (https://joventut.conselldemallorca.cat/)

A cada participante admitido se le asignará un número acorde con el orden del registro de entrada de las solicitudes, que servirá de referencia para el sorteo.

Teniendo en cuenta lo que establece la normativa sobre protección de datos, la publicación de todos los listados de la presente convocatoria se harán con la identificación del menor a través del DNI/NIE/ pasaporte del participante, o si el menor no tiene, del padre/madre/tutor-a legal.

CUARTO. Sorteo de adjudicación de plazas

Publicado el listado de los preinscritos se realizará un sorteo, que será público y tendrá lugar en una instalación del Consell de Mallorca. El lugar, día y hora del sorteo se publicará con los listados de preinscritos. Asimismo, en caso de que sea necesario, se realizará un sorteo específico para la cobertura de las 5 plazas bonificadas y también si es necesario, un sorteo específico para la cobertura de las 2 plazas por turno reservadas a niños y/o jóvenes con dependencia acreditada.

El procedimiento consistirá en extraer un número aleatorio de entre todos los números asignados a los participantes en la lista definitiva de admitidos, distinto por cada turno y opción según el número de participantes, que establecerá el orden de adjudicación (a partir del número extraído siguiendo los números consecutivos hasta completar todas las plazas disponibles).

El resultado del sorteo (el número extraído por cada turno y opción) se publicará en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca. ( https://joventut.conselldemallorca.cat/ )

QUINTO. Listado de adjudicación de plazas

Una vez realizado el sorteo, se elaborará el listado de adjudicación de plazas de cada turno y opción y se publicará en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca y en la sede electrónica. Junto con los listados se indicará el nombre de la empresa concesionaria encargada de gestionar los campamentos y la documentación correspondiente que deberá ser entregada a esta empresa.

Los participantes que no hayan sido seleccionados, pasarán a una lista de espera por cada turno siguiendo el orden establecido en el sorteo y podrán optar a una plaza que no se haya ocupado o quede desierta por distintos motivos.

En ningún caso, los participantes que hayan obtenido una plaza podrán solicitar un cambio de turno o solicitar una permuta.

SEXTO. Proceso de inscripciones

A partir del día siguiente de la publicación de la de adjudicación de plazas, la empresa organizadora se pondrá en contacto con las familias o servicio, mediante el teléfono y el correo electrónico aportado en el proceso de preinscripción, a efectos de cumplimentar el formulario de inscripción, la presentación de la documentación, y concreción del sistema de pago.

Las familias dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales, para la complementación del formulario y para la presentación de la documentación ante la empresa organizadora de los campamentos, que es la responsable de gestionar el proceso de inscripción.

Concretamente, la documentación que debe aportarse a la empresa organizadora es la siguiente:

a. Copia del DNI/NIE/pasaporte del padre, madre o tutor, por la opción ordinaria.

b. Copia del DNI/NIE/pasaporte del niño o joven si lo tiene, si no copia de libro de familia o documento análogo.

c. Copia de la tarjeta sanitaria o equivalente.

d. Copia libro de vacunas o declaración responsable de no vacunado.

e. Certificado de residencia (sirve el certificado de viaje) o empadronamiento.

f. Justificante de pago.

g. Copia de informe de servicios sociales o resolución administrativa acreditativa de la situación de especial vulnerabilidad, si procede. (Sólo por solicitudes de plaza bonificada).

h. Copia del certificado con el grado de dependencia reconocido y/o informes médicos, si procede.

La falta de documentos, el error o falsedad en la presentación de éstos puede dar lugar a la expulsión del listado de participantes y puede ser penalizado por no poder participar en la siguiente convocatoria de campamentos que convoque la Dirección Insular de Juventud y Participación del Consell de Mallorca.

Si dentro del plazo facilitado por la entidad organizadora de los campamentos, no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago del campamento, el participante quedará excluido, sin que tenga derecho a la devolución de la posible cuantía entregada.

SÉPTIMO. Lista de espera

Los participantes que no hayan obtenido plaza, quedarán en una lista de espera del turno solicitado siguiendo el orden establecido en el sorteo que servirá para cubrir las plazas que queden vacantes por cualquier motivo. Esta lista de espera se publicará en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca. (https://joventut.conselldemallorca.cat/)

En caso de que un turno quede incompleto y no se hayan cubierto todas las plazas, ni por sorteo ni por lista de espera, se cubrirá con participantes de la lista de espera del siguiente turno, siempre que sea de la misma franja de edad.

Para ambos casos, el participante que haya obtenido plaza será avisado mediante el teléfono y/o correo electrónico indicado en la preinscripción por la empresa adjudicataria. De no responder éstos, se perderá el derecho a reserva de plaza y se avisará a la persona siguiente que está en lista de espera.

Si el interesado acepta la plaza, dispondrá de 48 horas para entregar toda la documentación requerida. Si dentro de este plazo no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago del campamento, el participante quedará excluido.

Puede ocurrir que, por falta de tiempo, se tenga que presentar toda la documentación en menos de 48 horas. En este caso, los participantes serán avisados en el momento en que se le comunique la reserva de plaza.

OCTAVO. Posibles renuncias y devolución de la cuantía entregada

Cuando por causas no imputables al participante y no se deba a causas de fuerza mayor o caso fortuito, la actividad de ocio no se desarrolle, se procederá a la devolución del importe abonado.

En el supuesto de que sea el interesado el que solicite la devolución por no desear la actividad, siempre que lo comunique fehacientemente, al menos con una semana de antelación del inicio de la actividad, se procederá al retorno del importe abonado. Si la causa es por una cuestión médica debidamente justificada, se podrá solicitar la devolución en cualquier momento antes del inicio de la actividad.

NOVENO. Seguridad y protección de datos

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE; y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Al no haberse dispuesto normativamente unas medidas de prevención cerradas en cuanto a lo que implica la protección de datos, es necesario determinar qué medidas mínimas se aplicarán, siempre teniendo en cuenta que los datos a tratar son, principalmente, de menores, datos sociales y médicos y los datos del equipo dirigente que va a desarrollar la actividad que, entre otros, incluye certificado actualizado de delitos sexuales.

En cuanto al tratamiento de los datos de los menores de edad fundamentado en el consentimiento, deberá constar el consentimiento del titular de la patria potestad o tutela.

Aunque en todo momento el responsable de estos datos es el Consell de Mallorca, durante el tiempo que dure el campamento estos datos estarán en poder de la empresa que lo desarrolle, la cual, como encargada de los datos, sólo podrá hacer uso de los mismos para esta actividad concreta, devolviéndolos al Consell de Mallorca una vez finalizado el campamento, para destruirlos cuando acabe la finalidad para los que se solicitaron.

DÉCIMO. En caso de discrepancias

En caso de discrepancias en la publicación en el BOIB de ésta, entre la versión catalana y la versión castellana, prevalecerá siempre la versión en catalán.

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de mayo de 2025

El consejero ejecutivo de Presidencia Antonio Francisco Fuster Zanoguera)