Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 328566
Rectificación de error material en la convocatoria y bases del concurso-oposición para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo por turno libre de técnico/a de deportes, de nivel 2, del Ayuntamiento de Santanyí
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Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de mayo de 2025 se aprueba la rectificación de error material a la convocatoria y bases del concurso-oposición de una plaza de personal laboral fijo por turno libre de técnico/a de deportes, de nivel 2, correspondiente a la oferta de ocupación pública para el año 2025 del Ayuntamiento de Santanyí, en los términos siguientes:
Rectificación de error material en la convocatoria y bases del concurso-oposición para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo por turno libre de técnico/a de deportes, de nivel 2, correspondiente a la oferta de ocupación pública para el año 2025 del Ayuntamiento de Santanyí
En fecha 3 de abril de 2025 la Junta de Gobierno Local aprobó la convocatoria y bases del concurso-oposición para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo por turno libre de técnico/a de deportes, de nivel 2, correspondiente a la oferta de ocupación pública para el año 2025 del Ayuntamiento de Santanyí, el anuncio de las cuales se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 43 de 8 de abril de 2025.
Visto que de oficio se ha detectado un error material en la base tercera, apartado c), referente a las titulaciones exigidas para tomar parte en la convocatoria.
Visto que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé que “Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
DISPONGO
Primero. Rectificar el error material advertido en la base tercera, apartado c), de la convocatoria del concurso-oposición para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo por turno libre de técnico/a de deportes, de nivel 2, correspondiente a la oferta de ocupación pública para el año 2025 del Ayuntamiento de Santanyí, en los términos siguientes:
Donde dice:
«TERCERA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas interesadas tienen que cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes:
(…)
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un grado, licenciatura o diplomatura en la especialidad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente.
Los/las aspirantes extranjeros/extranjeras tienen que estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo que establece la normativa vigente en esta materia, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de invocar un título equivalente al exigido, corresponde a la persona aspirante su acreditación mediante normal legal o certificación expedida por el Ministerio estatal con competencias en materia de educación. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, estas tienen que estar acompañadas de la orden ministerial de reconocimiento del título expedido, de conformidad con la normativa reguladora de la homologación y consolidación de los títulos y estudios extranjeros.»
Tiene que decir:
«TERCERA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para ser admitidas en este proceso selectivo, las personas interesadas tienen que cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los requisitos siguientes:
(…)
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un grado o licenciatura en la especialidad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente.
Los/las aspirantes extranjeros/extranjeras tienen que estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España de conformidad con lo que establece la normativa vigente en esta materia, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de invocar un título equivalente al exigido, corresponde a la persona aspirante su acreditación mediante normal legal o certificación expedida por el Ministerio estatal con competencias en materia de educación. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, estas tienen que estar acompañadas de la orden ministerial de reconocimiento del título expedido, de conformidad con la normativa reguladora de la homologación y consolidación de los títulos y estudios extranjeros.»
Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, seguidamente, a la página web del Ayuntamiento de Santanyí.
Santanyí, a la fecha de la firma electrónica (12 de mayo de 2025)
La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat