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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 322842
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Pere, de Palma, con la implantación del CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y el CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34) de la familia profesional de Hostelería y turismo (HOT)

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 14 de septiembre de 2023 (BOIB núm. 131, de 23 de septiembre), se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Pere, con la implantación de una unidad del título de Técnico en Guía del medio natural y de tiempo libre. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil de segundo ciclo: 9 unidades y 225 plazas escolares.

- Educación primaria: 18 unidades y 450 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 12 unidades y 360 plazas escolares.

- PDC Programa de diversificación curricular (3º y 4º de ESO): 2 unidades y 30 plazas escolares.

- Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares (modalidades: ciencias y humanidades y ciencias sociales).

- Educación especial: 1 unidad UEECO (básica especial EEB).

- Formación profesional:

Ciclo Formativo de grado medio CFGM:

 

- Técnico en Guía del medio natural y de tiempo libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 20 plazas escolares.

Ciclo formativo de grado superior CFGS:

- Técnico superior en Acondicionamiento físico (ADF32): 1 unidad (2 grupos) y 20 plazas escolares.

Adscripción administrativa: los estudios de formación profesional y bachillerato quedan adscritos al IES Son Rullan (código: 07006925).

2. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de junio de 2022 (BOIB núm. 87, de 5 de julio) se implantó la modalidad de bachillerato general en todos los centros que tenían autorizadas las modalidades de humanidades y ciencias sociales y ciencias y tecnología, entre ellos, el centro privado concertado con enseñanza 07003717.

3. En fecha 7 de febrero de 2025 (GOIBE82035/2025 y GOIBE82033/2025), el representante del centro presentó una solicitud de autorización de impartición del ciclo formativo de grado medio de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y del ciclo formativo de grado superior de Técnico superior en Dirección turismo (HOT). Junto a la solicitud, presentaron un convenio de colaboración firmado con la empresa MLL Best Hotels Management SLU para llevar a cabo la parte práctica de estos ciclos formativos.

4. En fecha 21 de febrero de 2025, el equipo técnico del Servicio de Oferta Formativa y de Infraestructuras Educativas visitó las instalaciones del CC Sant Pere y del Hotel MLL Palma Bay Club Resorts y constató que los espacios eran adecuados para llevar a cabo los ciclos formativos solicitados.

5. En fecha 12 de marzo de 2025, el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, emitió un informe favorable en el que se especificaba que el centro Sant Pere disponía de los espacios formativos adecuados. No obstante, el informe quedaba condicionado a que el CC Sant Pere se comprometiera a facilitar una copia de las facturas referentes a la adquisición de los equipamientos propuestos en la factura proforma, una vez que la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas autorice los estudios de CFGM Técnico en cocina y gastronomía y CFGS de Técnico Superior en Dirección de cocina y previo al inicio de las mismas.

6. En fecha 8 de abril de 2025, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió informe favorable en el que se especificaba que la documentación presentada acreditaba que los espacios del centro cumplían los requisitos mínimos establecidos por la normativa vigente para la configuración solicitada. En este sentido, se informó favorablemente para la ampliación de una unidad (2 cursos) y 30 plazas escolares en cada curso del CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y una unidad (dos cursos) y 30 plazas escolares en cada curso del CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34).

7. En fecha 16 de abril de 2025 (GOIBE275015/2025), el representante del centro registró el compromiso de presentar las titulaciones del profesorado que impartirá el CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía y el CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina antes de que se inicien las actividades lectivas.

8. El 29 de abril de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Pere, de Palma, con la implantación del CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y el CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina (HOT) de la familia profesional de Hotelería y turismo (HOT).

9. El 8 de mayo de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Pere, de Palma, con la implantación del CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y el CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34) de la familia profesional de Hotelería y turismo (HOT).

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo, de competencia modalidades y especialidades.

2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2 de creación de centros que la creación, supresión y transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente.

6. Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, (BOE núm. 174, de 22 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.

8. El Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo (BOE núm. 129 de 28 de mayo), por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.

9. El Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre (BOE núm. 281, de 23 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico en Cocina y Gastronomía y se fijan sus enseñanzas mínimas

10. El Re y al Decreto 687/2010, de 20 de mayo (BOE núm. 143, de 12 de junio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Dirección de cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas

11. Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina (BOE núm. 272, de 10 de noviembre).

12. La Orden ESD/3408/2008, de 3 de noviembre (BOE núm. 287, de 28 de noviembre), por lo que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y gastronomía

13. La Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 18 de febrero de 2014 de modificación de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparte de acuerdo con la Ley orgánica de Baleares, en la modalidad de enseñanza presencial.

14. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 (BOIB núm.108 de 25 de julio), por la que se regula la organización y funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

15. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Islas Baleares.

16. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 94, de 10 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 8 de mayo de 2025, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2025-2026, la modificación de la configuración del centro concertado con enseñanzas de régimen general CC Sant Pere, de Palma, con la implantación del CFGM de Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21) y el CFGS de Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34) de la familia profesional de

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07003717

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: San Pedro

Titular: Fundación Diocesana Ramón Llull (NIF R0700747I)

Domicilio: c/ Baltasar Valentí, núm.

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07008

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil de segundo ciclo: 9 unidades y 225 plazas escolares.

- Educación primaria: 18 unidades y 450 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 12 unidades y 360 plazas escolares.

- PDC Programa de diversificación curricular (3º y 4º de ESO): 2 unidades y 30 plazas escolares.

- Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares (modalidades: ciencias, humanidades y ciencias sociales y general).

- Educación especial: 1 unidad UEECO (básica especial EEB).

- Ciclos Formativos de Formación Profesional:

Familia Profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

- CFGM en Técnico en Guía del medio natural y de tiempo libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 20 plazas escolares.

- CFGS en Técnico superior en Acondicionamiento físico (ADF32): 1 unidad (2 grupos) y 20 plazas escolares.

Familia Profesional de Hostelería y Turismo (HOT):

- CFGM en Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares

- CFGS en Técnico superior en en Dirección de cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 puestos escolares.

Adscripción administrativa: los estudios de formación profesional y bachillerato quedan adscritos al IES Son Rullan (código: 07006925).

3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

4. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

5. Informar a la titularidad del CC Sant Pere, de Palma, que esta autorización no supone, necesariamente, el aumento de las unidades concertadas.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (9 de mayo de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany