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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 321518
Notificación de Resolución de denegación a los interesados de la ayuda, de fecha 6 de mayo de 2025, en el amparo de la convocatoria de las subvenciones de las ayudas destinadas al “Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas” y “Pago compensatorio en zonas de montaña”, para el año 2024

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizaran a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé la ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 6 de mayo de 2025, firmó la siguiente,

RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)

INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.: Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas

INTERVENCIÓN 6613_02 SIGC.: Pago compensatorio en zonas de montaña

Convocatoria 2024

Documento: Resolución

Código SIA: 2987434/2987430

Emisor (DIR3): A04026954

Código BDNS: 741239/741228

Antecedentes

1. Con fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 15, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

2. Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó, en el BOIB núm. 22, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2024, por la que se incrementa el crédito de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 25 de enero de 2024 del párrafo anterior.

3. Con fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 15, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio en zonas de montaña en las Islas Baleares.

4. De conformidad con el apartado sexto de las resoluciones anteriores, modificadas por Resolución del presidente del FOGAIBA de 2 de julio de 2024 y publicada en el BOIB núm. 88 de 4 de julio, de determinadas ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC) para el año 2024, el plazo de presentación de solicitudes de determinadas intervenciones en el desarrollo rural se modificó. Este nuevo plazo de presentación terminó el día 15 de junio de 2024 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1298 solicitudes de ayuda de pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas y un total de 252 solicitudes de ayuda de pago compensatorio en zonas de montaña en las Islas Baleares.

5. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6. Con fecha 29 de marzo de 2025 se notificó, mediante la publicación en el BOIB núm. 39, el informe desfavorable y la propuesta provisional de denegación de las ayudas, emitida por el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural a los interesados del Anexo I, donde se concedió a los interesados un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones oportunas. Esta propuesta de resolución provenía de un requerimiento de documentación anterior publicado en el BOIB núm. 20 el 13 de febrero de 2025.

7. Los interesados del Anexo I no han aportado la documentación requerida, y se ha constatado que no cumplen el punto 7 del apartado Tercero de la convocatoria, estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de la Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB núm.

2. Resolución de la Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio en zonas de montaña, publicada en el BOIB núm. 3. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

4. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 6 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

5. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

6. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El resto de normativa de desarrollo y aplicación.

Por todo esto dicto la siguiente

Informe y Propuesta de resolución de denegación

Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Denegar las solicitudes a los interesados del Anexo I adjunto, por incumplimiento del requisito indicado.

2. Declarar concluido el procedimiento y archivar los expedientes detallados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a los interesados del Anexo I, mediante la publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I

NÚM. EXP.

NIF/CIF

NOMBRE Y APELLIDOS/RAZÓN SOCIAL

DEUDAS AEAT  

4003333

***0532**

JOAN MARC FIOL SASTRE

X

4004490

B16531261

JUAN LEONARDO CORCOLES PAREDES SL

X

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (9 de mayo de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni