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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 321505
Notificación:Informe/Propuesta/Resolución de revocación parcial. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. Medida: 19.2 Estrategias LEADER (Apoyo a la implementación en las operaciones incluidas los EDLP)1/32

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Texto

Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 02/05/2025, firmó la siguiente resolución

«INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020,

con cargo al FEADER

Medida 19.2- Implementación operaciones incluidas en las EDLP

Convocatoria: EDLNP32022_1

Código SIA: 28877247

Expediente: EDLNP32022_1/032

Antecedentes

1. En fecha 7 de mayo de 2022, se publicó en el BOIB nº60 el acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en2 Mallorca. 2. El vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor de los interesados ​​que figuran en el Anexo I con las fechas e importes que figuran en el citado Anexo.

3. Dada la citada Resolución de concesión de la ayuda, y de acuerdo con lo que establece el apartado décimo de la convocatoria antes mencionada, el beneficiario se obliga, entre otros, a realizar las actuaciones auxiliadas dentro del plazo establecido ya justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en la forma y plazos determinados en la convocatoria.

4. En fecha 20 de diciembre de 2023, se informa FAVORABLEMENTE de la subvencionabilidad del proyecto "Aplicación para controlar la trazabilidad de las semillas de variedades locales", promovido por Asociación para el fomento de la conservación y producción de vegetales autóctonas y tradicionales de las Islas Baleares, con NIF G57272123 con un presupuesto máximo 8.5.

5. El día 25 de noviembre de 2024, con registro de entrada núm. 57 (GAL-Mallorca Rural), dentro del plazo legalmente establecido para la justificación de las inversiones aprobadas, el interesado presentó una solicitud de pago final así como la documentación exigida, pero, revisada ésta, se comprueba que la inversión admisible es inferior a la aprobada ya la solicitada, tal y como se detalla en el Anexo I. En concreto, los importes admisibles de las nóminas de julio y agosto de 2024, quedan sujetos a la limitación establecida en el punto 3. c del apartado cuarto de las Bases de la convocatoria de ayudas Leader en Mallorca para el año 2022. Resultando un importe admisible para la nómina de julio de 2024 de 231,99 €, para la nómina de agosto de 2024 de 240,94 €, un importe admisible Seguridad Social julio 2024 de 77,21 € y un importe admisible Seguridad Social agosto 2024 de 7 7,21 €.

En resumen, el importe de ayuda auxiliable en esta solicitud asciende a 5.234,68€ con un importe no justificado de 2.291,15€

6. De acuerdo con el apartado undécimo de la Resolución de convocatoria arriba mencionada, en los casos en que se produzcan desviaciones entre la inversión realizada y la aprobada, se ajustará la ayuda total concedida al importe de la inversión realizada, siempre que se alcance de forma significativa los objetivos previstos. Este ajuste se hará aplicando el porcentaje de subvención que corresponda a la inversión total admisible.

7. El día 7 de abril de 2025, se emite el informe de moderación de costes, en el que, se indica que los importes de las inversiones se encuentran dentro del rango de la estimación por referencia.

Fundamentos de derecho

1. Convenio de colaboración entre el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears como Organismo Pagador, el adjunto a la Gerencia del FOGAIBA como Autoridad de Gestión y la Asociación Mallorca Rural por lo que se establecen las condiciones para la aplicación de la medida 19 del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears20.

2. Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2020, ayudas al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

3. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005

4. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, CE 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm.

5. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglament (UE) núm. 1306/2013 del Parlament Europeu i del Consell, pel que fa al sistema integrat de gestió i control i a les condicions sobre la denegació o retirada dels pagaments i sobre les sancions administratives aplicables als pagaments directes, a l'ajuda al desenvolupament rural i a la condicionalitat.

6. Reglamento delegado (UE) núm. 807/2014 de la comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) Nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), e introduce disposiciones transitorias.

7. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modificado por el Reglamento de ejecución (UE) nº 2016/669, de la Comisión, de 28 de abril.

8. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

9. Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

10. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, del viñedo.

11. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Propuesta de resolución de revocación parcial

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Proceder a la revocación parcial de las resoluciones de ayuda concedidas a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que son un total de 1 expediente y que comienza y termina con ASOCIACIÓN FOMENTO CONSERVACIÓN Y PRODUCCIÓN VEGETALES AUTÓCTONOS Y TRADICIONALES I. BALEARES I. BALEARES la línea de ayuda “Implementación operaciones incluidas en las EDL”, puesto que la justificación del gasto ha sido inferior a la aprobada. El importe total de la ayuda finalmente concedida deberá ascender a 5.234,68 euros.

2. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oicial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de las Comunidades Autónomas y de la Administración de 122, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La jefa de la Sección I

María Angeles Pérez Ribas

 

Visto bueno

 

La jefa de servicio de Ayudas al desarrollo rural

Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

 

El vicepresidente del FOGAIBA en materia agraria

Fernando Fernadez Such»

 

ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS

Medida 19.2- Implementación operaciones incluidas en las EDLP

LÍNEA FEADER: 080301021942104

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Ayuda concedida

Importe solicitado

gastos no admissibles

Importe admisible

Ayuda final

Ayuda a revocar

80,00%

6,00%

14,00%

ASSOCIACIÓ FOMENT CONSERVACIÓ I PRODUCCIÓ VEGETALS AUTÒCTONS I TRADICIONALS I. BALEARS

G57272122

EDLNP32022_1/032

7.067,60 €

8.419,42 €

2.503,43 €

6.543,35 €

5.234,68 €

1.832,92 €

1.466,34 €

109,98 €

256,61 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUMATORIO EXPEDIENTES

1

7.067,60 €

 

 

 

 

1.832,92 €

1.466,34 €

109,98 €

256,61 €

 

 

Nº BENEFICIARIOS

TOTAL AYUDA

 

 

 

TOTAL AYUDA

 

TOTAL FEADER

TOTAL AGE

TOTAL CAIB

DETALLE DE GASTOS NO ADMISIBLES POR BENEFICIARIO

CONCEPTO

FECHA FACTURA

FECHA PAGO

IMPORTE CON IVA

IMPORTE SOLICITADO

OBSERVACIONES

Nòmina Juliol 2024 Coordinació projecte

30/04/23

26/07/24

1.546,63 €

1.082,64 €

El importe solicitado supera al importe admisible por el hecho de que queda sujeta a la limitación establecida en el punto 3. c del apartado cuarto de las Bases de la convocatoria de ayudas Leader en Mallorca para el año 2022 resultante 231,99 €

Nòmina Agosto 2024 Coordinación proyecto

31/05/23

28/08/24

1.606,25 €

803,13 €

El importe solicitado supera al importe admisible por el hecho de que queda sujeta a la limitación establecida en el punto 3. c del apartado cuarto de las Bases de la convocatoria de ayudas Leader en Mallorca para el año 2022 resultante 240,94 €

SS Julio 2024 Coordinación proyecto

06/06/23

30/08/24

514,71 €

360,30 €

El importe solicitado supera al importe admisible por el hecho de que queda sujeta a la limitación establecida en el punto 3. c del apartado cuarto de las Bases de la convocatoria de ayudas Leader en Mallorca para el año 2022 resultante 77,21 €

SS Agosto 2024 Coordinación proyecto

16/05/23

30/09/24

514,71 €

257,36 €

El importe solicitado supera al importe admisible por el hecho de que queda sujeta a la limitación establecida en el punto 3. c del apartado cuarto de las Bases de la convocatoria de ayudas Leader en Mallorca para el año 2022 resultante 77,21 €

    TOTAL 4.182,30 € 2.503,43 €  

 

Palma, a fecha de firma electrónica (9 de mayo de 2025)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni