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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 319449
Resolución del presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears por la que se constituye una bolsa temporal de personal funcionario interino del cuerpo técnico de Inspección i Gestión Tributaria (escala de gestión tributaria) para la isla de Eivissa de la ATIB, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 22 de desembre de 2022 (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre)

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Texto

Hechos

1. En fecha 27 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB núm. 168 la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 22 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

2. En fecha 7 de marzo de 2024, se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprobó la lista definitiva de méritos alegados, la lista de aprobados de la fase de oposición, la lista informativa del orden de los aspirantes i la lista de personas requeridas a presentar documentación del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del subgrupo A2, Cuerpo Técnico de Inspección i Gestión Tributaria (escala de Gestión tributaria) para la isla de Eivissa de la ATIB.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado Público.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por la que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en particular los siguientes preceptos: 

- El apartado 10 del artículo 3, el cual dispone lo siguiente:  

"10. Agotada la posibilidad del apartado anterior, antes de aplicar el procedimiento extraordinario y sólo hasta la constitución definitiva de la bolsa de trabajo que tendrá lugar cuando acabe el proceso selectivo de personal funcionario de un determinado cuerpo, escala o especialidad, puede utilizarse, para nombrar personal funcionario interino de este mismo cuerpo, escala o especialidad, la relación de las personas aspirantes que hayan aprobado alguna de las pruebas o ejercicios realizados hasta ese momento, de acuerdo con la orden de prelación recogido en el artículo 3.4 de este Decreto. Las personas funcionarias interinas que empiecen a prestar servicios como consecuencia de este supuesto, estarán en la situación de no disponible en la bolsa que se constituya al finalizar dicho proceso selectivo. En el momento del cese se incorporan automáticamente a la bolsa ordinaria constituida, en el orden de prelación que les corresponda de acuerdo con el apartado 3 de este artículo."

- El punto 3 del artículo 3, en cuanto a la integración en bolsas de una isla de personas que opten a las plazas de una isla diferente, siempre que en la solicitud hayan hecho constar su disponibilidad a prestar servicios como personal interino en una de estas islas. Estas personas deben integrarse en la lista a continuación de las personas que hayan aprobado al menos un ejercicio de la oposición en el proceso selectivo correspondiente a la isla para la que haya plazas, en su caso.

- El punto 5 del artículo 3, que establece los criterios de desempate.

- El artículo 9 sobre selección de personal funcionario interino con discapacidad.

4. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 22 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

5. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación de la Resolución de 22 de diciembre de 2022 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 7 de marzo de 2024).

6. El Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears

7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por Decreto 16/2023, de 20 de julio y Decreto 17/2023, de 23 de agosto).

8. La Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo temporal del personal funcionario interino del subgrupo A2, Cuerpo Técnico de Inspección y Gestión Tributaria (escala de Gestión tributaria) de l'ATIB, integrada por los aspirantes que han participado en les pruebas selectivas convocadas mediante Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 22 de diciembre  de 2022 (BOIB núm. 168, de 17 de desembre) Y que constaban en la lista de aprobados de la fase de oposición que se publicó en la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 7 de marzo de 2024.

La composición de la bolsa de trabajo, con el orden de prelación final, se adjunta como anexo de esta Resolución.

La comprobación de los requisitos se realizará antes del nombramiento como funcionario interino.

La no presentación ante la Administración competente de la documentación que, en su caso, se requiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, determina la imposibilidad de tomar posesión del puesto y la exclusión de la bolsa.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica (www.atib.es).   

Interposición de recursos 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. 

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (7 de mayo de 2025)

El presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Balears Antoni Costa Costa

 

 

ANEXO Bolsa temporal de personal funcionario interino del cuerpo técnico  de Inspección y Gestión Tributaria (escala de gestión tributaria) para la isla de Eivissa.

CONCURSO OPOSICIÓN CUERPO TÉCNICO DE INSPECCIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA (ESCALA DE GESTIÓN TRIBUTARIA) EIVISSA

D.N.I.

APELLIDOS, NOMBRE

PUNTOS

POSICIÓN

***3839*

VIVO SASTRE, JOAQUIN

46,800

1

***5072*

TORRES MORÁN, AGUSTINA

43,200

2

***2482*

BLESA LÓPEZ, MARIA DESAMPARADOS

40,200

3

***3154*

SOLORZANO RAMIREZ, MILENA ROSARIO

37,800

4

***4081*

BOSCH BARBER, SARA

36,600

5

***5174*

SERRANO RODADO, MARTINA

34,800

6

***5157*

GONZALEZ CARRILLO, EVA MARIA

22,800

7