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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 316338
Notificación de Resolución de denegación a los interesados de la ayuda, de fecha 6 de mayo de 2025, en el amparo de la convocatoria de las subvenciones de ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, para el año 2024

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizaran a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé la ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 5 de mayo de 2025, firmó la siguiente,

“RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN Plan estratégico de la PAC 2023-2027 PEPAC INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.: Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas Convocatoria 2024 Documento: Propuesta de Resolución Código SIA: 2987434 Emisor (DIR3): A04026954 Código BDNS: 741239

Antecedentes

1. Con fecha 30 de enero de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 15, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

2. Con fecha 18 de febrero de 2025 se publicó, en el BOIB núm. 22, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de febrero de 2024, por la que se incrementa el crédito de la Resolución del presidente del FOGAIBA de 25 de enero de 2024 del párrafo anterior.

3. De conformidad con el apartado sexto de la resolución anterior, modificada por Resolución del presidente del FOGAIBA de 2 de julio de 2024 y publicada en el BOIB núm. 88 de 4 de julio, de determinadas ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC) para el año 2024, el plazo de presentación de solicitudes de determinadas intervenciones en el Desarrollo Rural se modificó. Este nuevo plazo de presentación terminó el día 15 de junio de 2024 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1298 solicitudes de ayuda de Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Illes Balears.

4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5. Con fecha 10 de abril de 2025 se notificó, mediante la publicación en el BOIB núm. 44, el informe desfavorable y la propuesta provisional de denegación de las ayudas, emitida por Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural a los interesados del Anexo I, donde se concedió a los interesados un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones oportunas. Esta propuesta de resolución provenía de un requerimiento de documentación anterior publicado en el BOIB núm. 26 el 27 de febrero de 2025.

6. Los interesados del Anexo I no han aportado la documentación requerida, se ha vuelto constatar que no cumplen el punto 7 del apartado Tercero de la convocatoria, estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, ATIB y/o con la Seguridad Social.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB núm. 15 de día 30 de enero de 2024.

2. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

3. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 6 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

4. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

5. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El resto de normativa de desarrollo y aplicación.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Denegar las solicitudes presentadas por los interesados relacionados en el Anexo I adjunto, de la línea de ayuda pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024, por no cumplir el/los requisito/s antes mencionados.

2. Declarar concluido el procedimiento y archivar los expedientes detallados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a los interesados del Anexo I mediante su publicación en el BOIB.

4. Informar a los interesados de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas de Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº4 de Palma).

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 16 de marzo, de régimen jurídico de la Administración 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such”

 

ANEXO I

NÚM. EXP.

NIF/CIF

NOMBRE Y APELLIDOS/RAZÓN SOCIAL

DEUDAS AEAT

DEUDAS ATIB

DEUDAS SEG.SOC.

4002881

***2067**

ANTONI MAS ADROVER

 

 

X

4004822

E07707102

BINIFAELL VELL SRM

 

X

 

4004886

B57941593

CAN SIPERA SL

X

X

 

4004845

V57999039

ES REBOST SAT

X

 

 

4003801

J67196261

FONT SANTA SRM

X

 

 

4001078

***4271**

FRANCISCA ROSSELLO BONET

X

 

X

4004152

***2572**

GUILLERMO TOUS PUIGROS

X

 

 

4001668

***5316**

JAIME OLIVER MOYA

 

 

X

4002991

***2562** 

JOSE MARTORELL TOMAS

 

X

 

4004170

***2387**

JOSEP TORELLO RIERA

X

 

X

4002072

***3975** 

JUAN ANTONIO SERVERA GUARDIOLA

X

 

X

4002279

***1890**

JUAN MIGUEL ALZAMORA OLIVA

X

 

X

4004582

***3964**

MANUELA SOLA

X

 

 

4003660

***0101**

MARGARITA BIBILONI JUAN

X

 

X

4002542

***1729**

MARIA MAIMO HERNANDEZ

X

 

 

4003385

***2880**

MARIA TERESA ALOMAR SITJAR

 

 

X

4004313

B07700602

NA CORDELLA SL

X

 

 

4002890

***4186**

PEDRO CALDENTEY VICENS

 

 

X

4004064

***6706**

PEDRO JUAN OLIVER BALAGUER

 

 

X

4004593

***2477**

RAFEL REAL FONT

X

 

X

4004995

E07823339

SON SALVADOR SRM

 

X

 

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de mayo de 2025)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni