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AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 304475
Extracto de acuerdo de junta de gobierno local del Ayuntamiento de Santa Eularia des Riu de fecha 24 de abril de 2025, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para asociaciones corales del municipio de Santa Eulària des Riu sin ánimo de lucro para el año 2025
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BDNS (Identif.): 829624
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829624)
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones corales del municipio de Santa Eulària des Riu sin ánimo de lucro y legalmente constituidas, que vayan a realizar las actividades que fundamenta su otorgamiento y reúnan los requisitos siguientes:
Segundo. Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es el de apoyar y fomentar las actividades culturales, sociales y musicales de las asociaciones corales sin ánimo de lucro en el municipio de Santa Eulària des Riu para el año 2025.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del ejercicio 2025, aprobados inicialmente por el pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada en fecha 31 de octubre de 2024 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 157 del 03/12/2024.
Cuarto. Dotación presupuestaria.
1.- Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 10.000,00 €, con cargo a las partidas 3341-48210 de los presupuestos locales de 2025.
El importe máximo de ayuda será de 1.500 euros por solicitante. Si la suma de las solicitudes válidas y que cumplan con los requisitos de la presente convocatoria superaran el importe máximo de la partida presupuestaria mencionada en el párrafo anterior, la comisión evaluadora podrá formular, con el objetivo de atender al máximo de solicitudes presentadas, una propuesta de resolución que incluya el prorrateo proporcional entre todas ellas.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
1.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, ubicado en la página web www.santaeulariadesriu.com , en virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El solicitante deberá presentar su solicitud mediante el Certificado Electrónico de Representante de Persona Jurídica a nombre de la asociación.
Sexto. Solicitud y documentación necesaria
1.- Las solicitudes se formularán mediante la presentación del modelo Anexo 1 debidamente cumplimentado y firmado por medios electrónicos, junto a la siguiente documentación:
2.- El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu podrá requerir en cualquier momento de la tramitación de la solicitud los documentos que considere necesarios a fin de garantizar la correcta adjudicación de la ayuda según los criterios de evaluación establecidos.
Santa Eulària des Riu, firmado digitalmente (30 de abril de 2025)
La alcaldesa (Maria del Carmen Ferrer Torres)