Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA
Núm. 304146
Resolución del Director Gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca para aprobar las bases, el baremo de méritos y la convocatoria para el provisión definitivo por el sistema de concurso de méritos del puesto de trabajo de personal funcionario de Jefe -a del Servicio administrativo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, con código SIRH F00030003
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Antecedentes
1. El artículo 101 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, prevé la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario que no tenga habilitación de carácter nacional, por el procedimiento de concurso de méritos, en concordancia con el establecido en el artículo 75.1 de Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
2. El artículo 75.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, prevé la convocatoria pública de manera individualizada para puestos de trabajo, en atención a las necesidades del servicio.
3. Visto lo establecido en el punto anterior, este puesto de trabajo se encuentra en la actualidad, sometido a los efectos de la limitación temporal de las comisiones de servicios de la disposición transitoria sexta en relación con el apartado 15 de la Disposición final primera del decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares.
4. El capítulo II del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, regula el concurso de méritos, como procedimiento ordinario de provisión de puestos de trabajo. De aplicación, en este ámbito, en virtud de lo que dispone el artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
5. El puesto de trabajo, vacante y dotado presupuestariamente, se recoge como puesto singularizado dentro de la vigente Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca y el artículo 76 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, establece el concurso es el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y consiste en la comprobación y la valoración de los méritos y, si procde, de las capacidades, los conocimientos o las aptitudes que se determinen a la convocatoria, de acuerdo con el baremo que se establece.
6. La resolución de inicio del director gerente de día 23 de abril de 2025 justifica las necesidades de provisión con carácter definitivo del puesto de trabajo por concurso de méritos de Jefe -a del Servicio administrativo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.
7. El artículo 28.1.e) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB nº. 88, de 7 de julio de 2022) atribuye en el Consejo Ejecutivo la aprobación de las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo y cualquier otra actuación en materia de personal que no esté expresamente atribuida a otro órgano. Mediante el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha de 28 de septiembre de 2022, se delegan determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública en materia de personal (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022), visto el que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en relación con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de los Consejos Insulares.
8. Visto lo establecido al punto anterior y en relación con las funciones establecidas al director gerente en el artículo 19.1d) en concordancia con el artículo 20.2 de los vigentes Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019), el director gerente la Agencia de Defensa del Territorio ejerce las atribuciones genéricas conferidas por la normativa interna del Consejo de Mallorca a los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas.
9.- Consta al expediente el informe jurídico de 29 de abril de 2025, mediante el cual se informa favorablemente la propuesta de resolución del director gerente a la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, correspondiente al expediente de aprobación de las bases, el baremo y la convocatoria para el provisión del puesto de trabajo de personal funcionario de Jefe -a del Servicio administrativo del RLT con código SIRH F00030003 de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.
10.- Consta al expediente el informe económico de 29 de abril de 2025 donde se indica que hay crédito suficiente y adecuado y que cumple con el criterio de estabilidad presupuestaria.
11.- Consta al expediente el informe de fiscalización de conformidad de día 29 de abril de 2025.
Por todo eso, y visto lo que establece el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022), en relación con las atribuciones conferidas en el artículo 19.1 d) de los Estatutos de la Agencia de Defensa de Mallorca,
Resuelvo
1. Aprobar las bases, que se adjuntan como Anexo I, para el provisión definitivo del puesto de trabajo de Jefe -a del Servicio administrativo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, con código SIRH F00030003 para el sistema de concurso méritos y el baremo de méritos, que se adjuntan como Anexo II.
2. Convocar el provisión definitiva del puesto de trabajo de Jefe -a del Servicio administrativo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, con código SIRH F00030003 adjunto como Anexo III, por el sistema de concurso méritos, con el modelo de solicitud para participar adjunto como Anexo IV.
3. Publicar las bases, el baremo de méritos y la convocatoria del provisión definitivo del puesto de trabajo de Jefe -a del Servicio administrativo de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, con código SIRH F00030003 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y a la Sede electrónica la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.
4. Establecer que las solicitudes se tienen que presentar a través del registro electrónico de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca o al enlace:
https://adtm.secimallorca.net/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=12086
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano que ha dictado la resolución en el plazo de UN MES.
Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de DOS MESES, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Una vez transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con el artículo 4.2 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 10 de noviembre de 2008 (última publicación BOIB nº. 41, de 30/03/2019), la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, a la fecha de la firma electrónica (30 de abril de 2025)
El director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) y del artículo 19.1 d) en concordancia con el artículo 20.2 de los vigentes Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019)) Bartomeu Tugores Truyol