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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 300665
Resolución del teniente de alcalde delegado de Vías y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Calvià para la selección de una entidad de custodia del territorio para establecer un convenio de colaboración para la gestión agroambiental de la finca pública de Galatzó

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Texto

El Teniente de Alcalde delegado de Vías y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Calvià ha dictado, el día 29 de abril de 2025, la Resolución 2561/2025, adoptando lo siguiente:

<< El Ayuntamiento de Calvià gestiona la Finca Pública Galatzó como un modelo de buenas prácticas para garantizar su conservación y mantenimiento como una posesión tradicional de montaña. La finca cuenta con un Plan Director aprobado (BOIB núm. 72 de 30 de mayo de 2019), que establece como una de las líneas prioritarias la gestión agroambiental de los terrenos agrícolas de secano mediante un modelo sostenible.

El Teniente de alcalde delegado de Vías y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Calvià, considera adecuado recurrir a la participación de entidades especializadas en la gestión y conservación del medio natural de la Finca Galatzó para la protección de los valores ambientales, paisajísticos, agrícolas y culturales de la finca. Por ello, resulta oportuno la figura de Custodia del Territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Según informe técnico del Servicio de Medio Ambiente y Transición Ecológica, el uso de la custodia del territorio permite garantizar la continuidad y el desarrollo adecuado de la explotación agrícola de la finca según los criterios de sostenibilidad y conservación del patrimonio natural. Además, favorece la promoción del desarrollo rural del municipio; la preservación del paisaje rural y la biodiversidad de la zona, mediante el mantenimiento del espacio agrícola de secano en la finca pública de Galatzó; la promoción de prácticas agrícolas y ganaderas sostenibles, que aseguren la viabilidad agroambiental de la finca a largo plazo y el fomento de la actividad cultural vinculada al sector primario local.

En consecuencia y teniendo en cuenta que:

  • La gestión agroambiental de la finca es una prioridad para la conservación de los valores naturales y culturales del municipio.
  • La selección de la entidad de custodia debe realizarse con garantías de objetividad, transparencia y concurrencia competitiva.

Visto lo anterior, considerando adecuado y conforme el citado informe técnico y vista la necesidad que presenta el municipio, y en virtud de las competencias atribuidas por la normativa vigente, quien suscribe, en su calidad de Teniente de Alcalde delegado de Vías y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente, por delegación de Alcaldía de fecha 21 de noviembre de 2023, adopta la siguiente:

RESOLUCIÓN

1.- APROBAR las bases reguladoras para la selección de una entidad de custodia del territorio que asumirá la gestión agroambiental de la Finca Pública Galatzó.

2.- PUBLICAR las bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la página web municipal.

3.- INICIAR el procedimiento de selección de la entidad de custodia de acuerdo con lo que establecen las bases aprobadas.

4.- CONCERTAR un convenio de colaboración con la entidad seleccionada, estableciendo los términos y las condiciones de la custodia del territorio.>>

 

Calvià, 29 de abril de 2025

El teniente de alcalde delegado de Vias y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente Juan Thomás Quetglas

 

BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN DE LA ENTIDAD DE CUSTODIA DEL TERRITORIO PARA LA GESTIÓN AGROAMBIENTAL DE LA FINCA PÚBLICA DE GALATZÓ

1. ANTECEDENTES

El Ayuntamiento de Calvià tiene como objetivo general gestionar la finca pública Galatzó como un modelo de buenas prácticas que permita garantizar su conservación y mantenimiento como una posesión tradicional de montaña, así como asegurar su disfrute público compatibilizando los distintos usos (agrario-ganadero, forestal, socioeducativo, turístico, deportivo, de ocio y tiempo libre) junto con la prioridad de protección y conservación del medio natural, paisajístico y patrimonial de la finca.

Como posesión de montaña, la finalidad es favorecer, en el marco del Plan Director de la Finca Pública Galatzó, un sistema integral de producción agropecuaria y forestal sostenible que integre la conservación del entorno rural, cultural y el respeto al medio ambiente, mediante el fomento de las actividades tradicionales, contribuyendo así a los objetivos de la declaración de Patrimonio de la Humanidad de la Serra de Tramuntana por la UNESCO.

Mantener la razón de ser de una finca agrícola de montaña, como es la Finca Galatzó, requiere del mantenimiento y conservación de las infraestructuras básicas y su entorno, aspectos fundamentales para facilitar el uso y disfrute de la finca por parte de la ciudadanía de Calvià, sus visitantes y turistas.

Para llevar a cabo la gestión de este espacio, el Ayuntamiento de Calvià considera oportuno utilizar la figura de la Custodia del Territorio recogida en el artículo 76 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establece lo siguiente:

  1. Las administraciones públicas fomentarán la custodia del territorio mediante acuerdos entre entidades de custodia y propietarios de fincas privadas o públicas que tengan por objetivo principal la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
  2. La Administración General del Estado, cuando sea titular de terrenos situados en espacios naturales, podrá desarrollar acuerdos de cesión de su gestión, total o parcial, a entidades de custodia del territorio. La selección de estas entidades se llevará a cabo de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva. Los acuerdos para la cesión de la gestión tendrán una duración limitada en función de sus características, y no darán lugar a renovación automática, no implicando, una vez extinguidos, ningún tipo de ventaja para el anterior cesionario ni para personas que estén vinculadas. Estos acuerdos de cesión de la gestión se establecerán por escrito, en forma de convenio administrativo plurianual que preverá el sistema de financiación para su desarrollo, bien mediante aportaciones económicas, edificaciones, equipamientos, maquinaria, vehículos o cualquier otro bien o servicio, así como las directrices mínimas de gestión, fijadas en un plan de gestión previo.

Para gestionar la explotación agrícola de frutos secos, tierras de cultivo y pastos de la finca pública de Galatzó, el Ayuntamiento de Calvià recurre a la figura de la custodia del territorio, haciendo posible que representantes de la sociedad puedan participar en la gestión del espacio.

El objetivo es conseguir un paisaje agrícola de secano bien cuidado, siguiendo las directrices de la agricultura ecológica, redundando en una mejor conservación de los recursos naturales de la finca, y manteniendo el carácter agrario de una posesión tradicional de montaña mallorquina.

2. OBJETO DE LAS BASES

Las presentes bases tienen por objeto establecer los criterios y el procedimiento para la selección de una entidad de custodia del territorio que asuma la gestión agroambiental de la finca pública Galatzó, propiedad del Ayuntamiento de Calvià, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

3. RÉGIMEN JURÍDICO

Estas bases se rigen por lo dispuesto en:

  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
  • Legislación sectorial en materia ambiental, agraria y de custodia del territorio.
  • Plan Director de la finca pública Galatzó (BOIB núm. 72 de 30 de mayo de 2019).

4. FINALIDAD DE LA CUSTODIA DEL TERRITORIO

El acuerdo de custodia del territorio tendrá como finalidad principal la protección y mejora de los valores ambientales, paisajísticos, agrícolas y culturales de la finca Galatzó. En concreto:

  1. Promoción del desarrollo rural del municipio. En un municipio eminentemente turístico, el fomento del mundo rural de Calvià es primordial para diversificar la oferta turística (turismo rural), mantener el paisaje tradicional de la Serra y aumentar su biodiversidad.
  2. Fomento de prácticas agrícolas sostenibles y de la ganadería extensiva en el municipio.
  3. Protección de la biodiversidad y del paisaje agrario local.
  4. Promoción de la actividad cultural ligada al sector primario.
  5. Impulsar la participación comunitaria en la gestión de la finca.

5. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Solo podrán presentarse a la convocatoria aquellas entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que incluyan en sus estatutos la realización de acuerdos de custodia del territorio para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.

6. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las entidades interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

  1.  Solicitud de participación.
  2.  Copia de los estatutos de la entidad.
  3.  Propuesta-Memoria del plan de actuación para la finca Galatzó, concretando las tareas a desarrollar conforme al Plan de Actuación agroambiental (anexo I).
  4.  Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos.

Las solicitudes, junto con la documentación que le acompañe, deberán presentarse a través del registro electrónico según el artículo 14.2 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, que obliga a una serie de sujetos (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, entre otros) a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación será de 20 días naturales desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de les Illes Balears..

7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las propuestas de gestión agroambiental presentadas por las entidades interesadas se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios (hasta 100 puntos):

a) Adecuación de la propuesta formulada a los objetivos definidos y al contenido del Plan de gestión: hasta 60 puntos.

  • Tipo de explotación ganadera propuesta: hasta 30 puntos.
  • Uso de razas autóctonas: hasta 10 puntos.
  • Prácticas agrícolas sostenibles: hasta 10 puntos.
  • Recuperación de bancales mediante limpieza y reparación de desprendimientos: hasta 10 puntos.

b) Experiencia previa de la entidad en la gestión agrícola y ganadera, y medios materiales y humanos para el desarrollo de las tareas: hasta 15 puntos.

  • Experiencia previa de la entidad en custodia agraria: hasta 5 puntos.
  • Equipo técnico multidisciplinar con formación acreditada en gestión ambiental, agronomía o biología: hasta 5 puntos.
  • Disponibilidad de recursos materiales propios: hasta 5 puntos.

c) Propuestas de dinamización comunitaria y educación ambiental (jornadas de voluntariado, cursos, talleres para escolares, visitas guiadas, etc.): hasta 15 puntos.

d) Redacción del proyecto, contextualización, realismo y nivel técnico: hasta 10 puntos.

8. COMISIÓN DE VALORACIÓN

Se constituirá una comisión de valoración que deberá deliberar y proponer la resolución de esta convocatoria pública en función de la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios establecidos en la base séptima. Estará integrada por los siguientes miembros:

  • Jefe del Servicio de Medio Ambiente y Transición Ecológica o persona en quien delegue.
  • Jefe de Sección de la finca Galatzó y Bienestar Animal o persona en quien delegue.
  • Técnico de Medio Ambiente.

La comisión deberá elaborar un informe motivado de selección, que será aprobado por el Teniente de Alcalde delegado en Vías y Obras, Transición Energética y Medio Ambiente.

En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de propuestas, se publicará en la web del Ayuntamiento de Calvià el informe de selección, que será notificado a los participantes en el proceso.

9. OBLIGACIONES DE LAS PARTES Y FIRMA DEL CONVENIO

El Ayuntamiento de Calvià y la entidad de custodia del territorio seleccionada firmarán un convenio administrativo que recogerá, entre otros aspectos, las obligaciones de ambas partes para el desarrollo de la cesión de la gestión del espacio agrícola de secano definido en el Plan de Actuación Agroambiental de la finca Galatzó (Anexo I).

La entidad seleccionada deberá registrarse en la Plataforma de Custodia del Territorio gestionada por la Fundación Biodiversidad, fundación pública del Gobierno de España, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El Ayuntamiento pondrá a disposición de la entidad seleccionada los terrenos indicados en este acuerdo para que, conforme a las directrices del plan de gestión, lleve a cabo las siguientes acciones:

  1.  Ejecutar el plan de gestión agroambiental presentado.
  2.  Presentar informes anuales de evaluación de las actuaciones realizadas.
  3.  Garantizar la conservación de los valores naturales y culturales de la finca.
  4.  Cumplir con la normativa aplicable en materia ambiental y agraria.
  5.  Facilitar la supervisión y seguimiento de las actuaciones por parte del Ayuntamiento de Calvià.

En el convenio de colaboración, el Ayuntamiento de Calvià recogerá como compromisos:

  1. Facilitar a la entidad la realización de las actividades necesarias para cumplir con el objeto del acuerdo, detalladas en el Plan de Actuación del Anexo I.
  2. Facilitar el acceso a puntos de agua para el mantenimiento del ganado.
  3. Asumir los gastos derivados del mantenimiento e instalación de infraestructuras fijas de la finca que permiten el desarrollo de la actividad agrícola y ganadera (bebederos, cercados, caminos, protectores de árboles, tutores, barreras y similares). Se trata de infraestructuras fijas que permanecerán siempre en la finca.
  4. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente relativa a la obligatoriedad de llevar los perros atados, para el correcto desarrollo de la actividad ganadera.
  5. Comprometerse a cerrar con reja ganadera todos los recintos incluidos en el acuerdo que puedan destinarse a aprovechamiento ganadero.
  6. Habilitar un espacio para la entidad donde almacenar forraje, grano, herramientas, productos fitosanitarios, utensilios y frutos recolectados, protegidos de la lluvia y de posibles robos.
  7. Permitir el uso de un tractor municipal con sus herramientas de cultivo.

Durante el desarrollo de las acciones, el personal de la entidad de custodia del territorio velará por la seguridad y salud tanto de los trabajadores y voluntarios de la entidad como de los asistentes a las actividades.

El convenio administrativo tendrá una duración inicial de UN AÑO, pudiendo prorrogarse anualmente hasta un máximo de 4 años, si ambas partes, el mes anterior a su finalización, expresan su voluntad de hacerlo.

El convenio no podrá ser objeto de modificación una vez formalizado, salvo en los supuestos en que la normativa aplicable lo permita expresamente y siempre dentro de los límites establecidos por la misma.

 

ANEXO I PLAN DE ACTUACIÓN AGROAMBIENTAL FINCA GALATZÓ

1. Finalidad y objetivos

Desde la adquisición de la finca por parte del Ayuntamiento de Calvià, se han llevado a cabo diversos modelos de gestión para lograr la explotación agrícola de la misma, pero su gestión representa un desafío de cierta complejidad, dado que el municipio lo afronta con recursos propios.

A nivel municipal, se aprobó el Plan Director de la Finca Pública de Galatzó por el pleno de la corporación en la sesión del 29 de noviembre de 2018 (BOIB núm. 72 de 30 de mayo de 2019), con el objetivo de definir tanto el modelo de gestión del uso público, social, educativo y turístico, como las directrices para la gestión agrícola y ganadera, y para la protección y conservación del medio natural, paisajístico y patrimonial, de acuerdo con todas las normativas aplicables a este espacio.

El eje estratégico del plan agroambiental de la finca persigue conservar la Finca Galatzó como una finca tradicional de la Serra de Tramuntana, favoreciendo un sistema integral de producción agropecuaria y forestal sostenible que integre la conservación del entorno rural, cultural y el respeto por el medio ambiente, fomentando las actividades tradicionales.

Mantener la razón de ser de una finca agrícola de montaña como lo es la Finca Galatzó, a través de una explotación agropecuaria y forestal adecuada, permite conservar las infraestructuras básicas y su entorno, cuestiones fundamentales para facilitar el uso y disfrute de la finca por parte de la ciudadanía de Calvià, sus visitantes y turistas.

Garantizar el mantenimiento de la explotación agrícola, ganadera y forestal de la finca es la base fundamental que da sentido a la finca pública, al contribuir a la conservación del territorio, el paisaje y el medio natural, y servir de marco para el resto de actividades y/o programas complementarios que pueda albergar la finca.

Es necesario establecer un plan urgente de rehabilitación, mantenimiento y conservación de la finca, que permita llevar a cabo las actividades y trabajos previstos. Se debe velar por el mantenimiento, consolidación, mejora y recuperación de los distintos espacios, tanto del patrimonio cultural como natural, con actuaciones destinadas a preservar y poner en valor su gran riqueza natural, paisajística e histórica.

Para alcanzar estos objetivos, se planifican las siguientes líneas de actuación:

  • Programa de recuperación y mantenimiento de la agricultura de secano.
  • Programa de manejo extensivo del ganado.
  • Recuperación y mantenimiento de las zonas agrícolas de olivar de montaña.

2. Contexto de la Finca Pública Galatzó

La explotación agrícola de la Finca Galatzó está constituida por unas 40 hectáreas de superficie agraria útil, distribuidas en distintos usos y zonas (Figura 1):

  1. Zona de frutos secos (almendros y algarrobos) con pasto asociado al arbolado.
  2. Zonas de pasto para el cultivo de cereales y leguminosas.
  3. Zonas de olivar de montaña (Es Tramuntanal), algunas aún pendientes de recuperar.
  4. Márgenes para la explotación de frutales de regadío (principalmente naranjos).

Figura 1.- Distribución de las tipologías de cultivo en la finca pública

3. Ámbito de actuación del Plan de Actuación Agroambiental

El ámbito agrario de actuación del Plan de Actuación serán los recintos de la finca pública con usos agrarios (frutos secos, tierras arables y pastos) de secano, además de las zonas marginales de pasto arbustivo o forestal que el Ayuntamiento considere prioritarias, ya sea porque son recintos recuperados recientemente (antiguos olivares centenarios de montaña), zonas de interés paisajístico con bancales, o bien porque el Plan de Gestión Forestal de Galatzó así lo considere adecuado para reducir el riesgo de incendios.

Quedan expresamente excluidos de este plan de acción los recintos de regadío, correspondientes al huerto de los naranjos, la viña y el huerto, así como los recintos de usos no agrarios, como la posesión, el jardín mediterráneo, el jardín clásico y los caminos.

En la figura 2 se refleja la relación de recintos de uso agrario de secano (marcados en azul) que entran dentro del ámbito de aplicación del presente Plan de Actuación. También se podrá actuar en recintos de pasto arbustivo o forestales que el Ayuntamiento considere de interés para el control de incendios o la recuperación de antiguas zonas de cultivo. En rojo se indican las zonas de regadío y de usos no agrarios que quedan excluidas del presente Plan.

Figura 2. Recinto ámbito del Plan de Actuación

4. Directrices del Plan de Actuación Agroambiental

4.1 Consideraciones generales sobre el mantenimiento, recuperación y mejora del espacio agrícola y ganadero de la finca Galatzó

El objetivo es realizar tareas agrícolas que fomenten el paisaje agrario y conduzcan a la producción de productos agroalimentarios tradicionales que forman parte de la cultura y gastronomía de la Serra de Tramuntana.

La explotación agrícola y ganadera se lleva a cabo sobre la base de criterios de agricultura ecológica establecidos en el Reglamento CEE 834/2007 y su reglamento de aplicación CEE 889/2008 (la finca está inscrita en el Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica con el número 1279P desde el 12 de abril de 2017).

El sistema agropecuario debe fundamentarse en los criterios técnicos establecidos en el Plan Director de la Finca, basado en poner en valor los cultivos típicos de una posesión de la Serra de Tramuntana, en criterios de agricultura y ganadería ecológica, sostenibilidad y compatibilidad con el resto de usos de la finca pública de Galatzó.

De este modo, la producción se basará, entre otros aspectos, en el mantenimiento y mejora de la vida y la fertilidad natural del suelo, la estabilidad y biodiversidad del suelo, la prevención y lucha contra la compactación y erosión del mismo, y la nutrición vegetal con nutrientes procedentes principalmente del ecosistema edáfico. La producción vegetal se someterá a las siguientes premisas:

1. Se recurrirá a prácticas de cultivo que mantengan o incrementen la materia orgánica del suelo, refuercen la estabilidad y biodiversidad edáficas y prevengan la compactación y erosión.

2. La fertilidad y actividad biológica del suelo se mantendrán o aumentarán mediante la rotación plurianual de cultivos que incluya leguminosas y otros cultivos de abono verde, así como la aplicación de estiércol de origen animal o materia orgánica, preferentemente de producción ecológica.

3. En su caso, se podrán utilizar preparados biodinámicos.

4. Solo se utilizarán fertilizantes y acondicionadores del suelo autorizados para su uso en producción ecológica.

5. No se utilizarán fertilizantes minerales nitrogenados no autorizados por agricultura ecológica.

6. Todas las técnicas de producción utilizadas deberán prevenir o minimizar cualquier contribución a la contaminación ambiental.

7. La prevención de daños por plagas, enfermedades y malas hierbas se basará fundamentalmente en la protección de enemigos naturales, la elección de especies y variedades, la rotación y las técnicas de cultivo.

8. En caso de amenaza para la cosecha, sólo se utilizarán productos fitosanitarios autorizados para la producción ecológica.

9. Solo se utilizarán productos de limpieza y desinfección en producción vegetal si están autorizados para su uso en agricultura ecológica.

Cuando las plantas no puedan protegerse adecuadamente mediante las medidas anteriores, se utilizarán los productos incluidos en el Anexo II del Reglamento 889/2008.

La finca Galatzó dispone de una serie de infraestructuras necesarias para las labores agrícolas y ganaderas. Actualmente pueden utilizarse para tales fines el pozo, el aljibe, la caseta de herramientas y utensilios, y los establos.

4.2 Actuaciones a desarrollar

Para alcanzar los objetivos y finalidades definidos en este Plan, se requiere personal con experiencia en la gestión de cultivos de secano y manejo de explotaciones ganaderas, así como una correcta gestión de los pastos, de los tiempos y zonas de pastoreo, del mantenimiento de cerramientos, etc.

Para la correcta gestión de la explotación agrícola y ganadera de la finca, dentro del presente Plan de Actuación se establecen las siguientes actuaciones:

  1. Mantenimiento de las infraestructuras en buen estado: barreras, rejas, cercados, etc.
  2. Control de la cobertura vegetal y de la matorralización de los recintos agrícolas, mediante laboreo, desbroce, triturado o pastoreo, con el fin de reducir el riesgo de incendios y evitar la pérdida de superficie agraria útil.
  3. Mantenimiento de árboles sanos y productivos: poda, recolección, caída de ramas y brotes; en el caso de árboles jóvenes, riego, entutorado y protección frente a herbívoros.
  4. Eliminación de almendros muertos y sustitución por algarrobos u olivos, más adaptados a la sequía.
  5. Eliminación de piedras en los recintos del ámbito de actuación.
  6. Siembra de abono verde con especies melíferas (veza, mostaza…), para fomentar polinizadores y fauna auxiliar, y mejorar la materia orgánica del suelo. Este abono verde podrá incorporarse al suelo mediante pastoreo o laboreo.
  7. Establecimiento de una ganadería ecológica, introduciendo una ganadería sostenible en la finca pública.
  8. Mantener los bebederos siempre con agua, y los animales en buen estado físico y sanitario.
  9. Triturado de restos de poda en los propios bancales. Si se opta por la quema, sólo se autorizará durante los meses de invierno o si la biotrituradora municipal no está disponible.
  10. Recogida de restos de leña, especialmente en los alrededores de caminos, por el riesgo de incendio que podrían suponer por parte de visitantes.
  11. Seguir las directrices de la agricultura ecológica y someterse a los controles pertinentes del CBPAE.