Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 298939
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a las convocatorias de subvenciones de artes escénicas, artes visuales, música, literatura e investigación para el año 2025
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Hechos
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 26, de 27 de febrero de 2025, se publicaron las siguientes resoluciones:
a) Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2025.
b) Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar la proyección exterior de las artes visuales de las Illes Balears para el año 2025.
c) La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2025.
d) Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de la música de las Illes Balears para el año 2025.
e) Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar proyectos de investigación de humanidades y de la cultura vinculados con las Illes Balears para el año 2025.
2. El día 28 de abril se produjo un apagón eléctrico generalizado que afectó los sistemas eléctricos e informáticos del Estado. Uno de los servicios afectados ha sido el de validación de los certificados digitales emitidos por la FNMT-RCM, que deben usar las personas interesadas para presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de la CAIB.
3. El día 30 de abril de 2025 es el último día del plazo para presentar las solicitudes de subvención de las convocatorias mencionadas. Los servicios de validación de los certificados digitales emitidos por la FNMT-RCM no se encuentran completamente restablecidos.
4. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite acordar de oficio, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de estos, cuando las circunstancias lo aconsejen y no se perjudiquen derechos de terceros.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. La Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1 de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes correspondiente a las cinco convocatorias de subvenciones mencionadas en los hechos, hasta el día 8 de mayo de 2025, incluido.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contador desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 30 de abril de 2025)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol