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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 294784
Resolución de rectificación de errores de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la convocatoria de bolsas por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de ingeniero-a técnico-a en Telecomunicaciones del 11 de abril de 2025 (BOIB núm. 46, de 15 de abril de 2025)

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Texto

Hechos

En la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del 11 de abril de 2025, (BOIB núm. 46, de 15 de abril de 2025) que aprueba la convocatoria de bolsas por el procedimiento extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de Ingeniero -a Técnico –a en Telecomunicaciones, se ha detectado un error, en el punto 1 del anexo 1 donde aparece de forma errónea la titulación exigida como requisito del puesto de trabajo, que debe subsanarse.

“ANEXO 1 Requisitos del puesto de trabajo de Ingeniero-a técnico-a en Telecomunicaciones

1.Titulaciones: Estar en posesión del título de:

• Ingeniería Técnica en Telecomunicaciones especialidad en telemática o en sistemas de telecomunicación.

• Grado de Ingeniería Telemática o grado que habilite para la profesión regulada de Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones.”

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

2. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022, delega determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública en materia de personal (BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022), dado lo dispuesto en el artículo 9 de 2 de la Ley sector público, en relación con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de los Consells Insulars.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error detectado en el punto 1 del anexo 1 de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función que aprueba la convocatoria de bolsas por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de Ingeniero-a Técnico-a en Telecomunicaciones del 11 de abril de 2025(BOIB núm. 46, de 15 de abril de 2025), de la siguiente forma:

Donde dice:

(...)

Ingeniería Técnica en Telecomunicaciones especialidad en telemática o en sistemas de telecomunicación.

(...)

Debe decir:

(...)

Ingeniería Técnica en Telecomunicaciones.

(...)

2. Disponer que el plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución de rectificación de errores en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

3. Informar que todas aquellas personas que han presentado solicitud dentro del plazo establecido en la anterior convocatoria, no deben volver a presentar la solicitud.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede electrónica del Consell de Mallorca y en el tablón de anuncios.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada puede interponerse el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante, lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, al día de la firma electrónica (24 de abril de 2025)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans