Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 293768
Resolución nº. 32/2025, de 16 de abril de 2025, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, relativa a la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca en las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil curso 2023-24 (exp. 1505-2024-000001)
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Considerando que por acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 25.11.2024 (BOIB núm. 161 de 12.12.2024) se aprueba las bases y la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca en las escuelas infantiles para el curso 2023-2024.
Dado que el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 13 de enero de 2025 y se han presentado dieciséis solicitudes.
Dado que una vez revisada la documentación de los solicitantes, se han aplicado los criterios y la puntuación previstos en los puntos 7 y 8 de las bases.
Dado que a la convocatoria se destinaban 200.000 € para las líneas 1, 2 y 3 distribuidos de la siguiente forma:
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PRESUPUESTO |
Cantidad máxima |
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Línea 1 : Ayudas al funcionamiento de las aulas comedor de las escuelas infantiles de primer ciclo. Máximo de 1.200 € por aula |
90.000 € |
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Línea 2. Ayudas a la atención por alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) de las escuelas infantiles de primer ciclo. Máximo de 1.500€ por alumno. |
30.000 € |
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Línea 3. Ayudas a la atención por alumnos gravemente afectados de las escuelas infantiles de primer ciclo. Máximo de 30.000€ alumno. |
80.000 € |
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TOTAL |
200.000 € |
Dado que los centros han presentado un total de 73 aulas de comedores en la línea 1 que han recibido un importe de 1.200€ por aula.
Dado que por la línea 2 se han presentado justificantes de gasto correspondientes a la atención de 14 alumnos con necesidades educativas especiales. De conformidad con las bases se distribuye hasta un máximo de 1.500,00€ por alumno, resultando el total de gasto por esta línea de 14.470,99€.
Dado que para la línea 3 se han presentado justificantes de gasto correspondientes a la atención de 5 alumnos gravemente afectados por valor de 69.124,53 € y se concede el mismo importe.
Dado que se ha reunido a la comisión evaluadora para valorar las solicitudes presentadas.
Dado que la propuesta de resolución se ha fiscalizado favorablemente con fecha 15 de abril de 2025.
Dado que el artículo 33.2 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, atribuye a los consejeros ejecutivos la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones.
Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023)
RESUELVO :
Primero. Conceder a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil para el curso 2023/2024, las siguientes ayudas:
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ESCUELA INFANTIL / TITULAR |
LÍNEA 1 |
LÍNEA 2 |
LÍNEA 3 |
IMPORTE TOTAL |
|---|---|---|---|---|
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ES BUSQUERETS - AJUNTAMENT DE MAÓ |
7.200,00 € |
911,02 € |
20.148,77 € |
28.259,79 € |
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FORT DE L'EAU - AJUNTAMENT DE MAÓ |
8.400,00 € |
1.214,60 € |
0,00 € |
9.614,60 € |
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CAP DE CREUS-AJUNTAMENT DE MAÓ |
7.200,00 € |
910,93 € |
0,00 € |
8.110,93 € |
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SANT CLIMENT- AJUNTAMENT DE MAÓ |
0,00 € |
0,00 € |
14.692,35 € |
14.692,35 € |
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ES PASSERELLS - AJUNTAMENT DE MAÓ |
7.200,00 € |
1.518,21 € |
0,00 € |
8.718,21 € |
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LA SALLE MAÓ - GERMANS DE LES ESCOLES CRISTIANES |
3.600,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
3.600,00 € |
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ARC DE SANT MARTÍ - AJUNTAMENT DES MERCADAL |
4.800,00 € |
0,00 € |
12.740,88 € |
17.540,88 € |
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ES MUSSOL - AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
4.800,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
4.800,00 € |
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JOGUINA - AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
4.800,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
4.800,00 € |
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ES PORIOL - AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
6.000,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
6.000,00 € |
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SA GALERA - AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
7.200,00 € |
1.500,00 € |
0,00 € |
8.700,00 € |
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ROSER GENER – AJUNTAMENT DE CIUTADELLA |
7.200,00 € |
1.500,00 € |
16.088,11 € |
24.788,11 € |
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XIPELL - FUNDACIÓ PIA XIPELL |
6.000,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
6.000,00 € |
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EI ES CASTELL - AJUNTAMENT DES CASTELL |
7.200,00 € |
0,00 € |
0,00 € |
7.200,00 € |
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SES CANALETES - AJUNTAMENT DE SANT LLUÍS |
0,00 € |
4.500,00 € |
0,00 € |
4.500,00 € |
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ES POUET - AJUNTAMENT D'ALAIOR |
6.000,00 € |
2.416,23 € |
5.454,42 € |
13.870,65 € |
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TOTAL |
87.600,00 € |
14.470,99 € |
69.124,53 € |
171.195,52 € |
Segundo. Este acuerdo de resolución de las ayudas se remitirá a la BDNS en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y se publicará por el CIM en el Boletín Oficial de las Illes Balears a efectos de notificación (art. 45.1 b de la LPACAP).
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, en la fecha de la firma electrónica: 22 de abril de 2025
El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)