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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 291965
Secretaria de la Junta de Gobierno. Acuerdo de modificación de la delegación de competencias resolutivas de la Junta de Gobierno de Palma a la coordinadora general de Alcaldía, en el ámbito de Alcaldía

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Texto

La Junta de Gobierno, en sesión ordinaria de 9 de abril de 2025 ha aprobado el siguiente acuerdo:

1. Delegar, en el ámbito de Alcaldía y en materia de contratación:

a. La contratación menor, en los términos previstos en el apartado 2.1. del acuerdo de la Junta de Gobierno de 05/07/2023 (BOIB núm. 95, de 11/07/2023), de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en las concejalías de las áreas y áreas delegadas.

b. La suscripción de las propuestas de acuerdo de inicio de los expedientes de contratación no menor que se eleven a la Junta de Gobierno para la adopción del acuerdo.

c. Los contratos que no tengan la consideración de menores, en los términos previstos en el apartado 2.2.1 del acuerdo de la Junta de Gobierno de 05/07/2023 (BOIB núm. 95, de 11/07/2023), de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en las concejalías de las áreas y las áreas delegadas.

2. Delegar, en el ámbito de Alcaldía y en materia de los gastos y desarrollo de la gestión económica:

a. En materia de contratación, la autorización y disposición de los gastos, así como el reconocimiento y liquidación de las obligaciones que se deriven de la aprobación y adjudicación de los expedientes de contratos menores.

b. En materia de contratación, la propuesta de autorización y disposición de los gastos que se deriven de la suscripción de las propuestas de acuerdo de inicio de los expedientes de contratación no menor.

c. En materia de contratación, el reconocimiento y liquidación de las obligaciones que se deriven de expedientes de contratos que no tengan la consideración de menores, con los límites previstos en el apartado 2.2.1 del acuerdo de la Junta de Gobierno de 05/07/2023 (BOIB núm. 95, de 11/07/2023), las competencias contratación.

3. Esta delegación incluye la facultad de dictar resoluciones mediante actos administrativos que afecten a terceros en el marco determinado en los apartados primero y segundo.

4. Supletoriamente, en los ámbitos indicados, se aplicarán las disposiciones adoptadas por la Junta de Gobierno al acuerdo de delegación de competencias en las concejalías de las áreas y áreas delegadas vigente.

5. Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, a la data de la signatura electrònica (24 de abril de 2025)

El secretario adjunto y director de la Secretaria de la Junta de Gobierno Antoni del Olmo Alòs