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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 291118
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 20 de diciembre de 2023, por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024).

2. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

3. En fecha 2 de abril de 2025, el Director Gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Psicología (A1), de la Administración, especial de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2023 del IMAS.

4. En fecha 4 de abril de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Psicología (A1), de la Administración especial, de la Oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio 2023 del IMAS.

5. En fecha 15 de abril de 2025, la Responsable y Jefa del Servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico que establece que la propuesta de resolución cumple con los principios de estabilidad presupuestaria y que las plazas objeto de la convocatoria están dotadas en el presupuesto del ejercicio 2025.

6. En fecha 16 de abril de 2025, desde el Servicio Jurídico del Departamento de Recursos Humanos del IMAS se emitió informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución se adecúa a la normativa vigente.

7. En fecha 23 de abril de 2025, la Intervención general del Consell de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de ocupación deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2023, derivado de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024).

En la Oferta de ocupación pública de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), se aprobaron, entre otras, 4 y 6 plazas, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1.

De estas 10 plazas de la Oferta de ocupación pública del año 2023, hay 8 plazas para el turno libre y 2 plazas que son de promoción interna. Por tanto, en total hay 10 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1, que es procedente convocar.

2. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso a la ocupación pública de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo que prevén este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.

En el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de les Bases del Régimen Local, se dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a lo cuales debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se debe ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

Según se dispone en el artículo 3 del citado Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, de carácter básico según su Disposición Final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escales, subescalas y clases de funcionarios.

En el artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se establecen los principios informadores del acceso a la función pública y en el artículo 49 de la misma norma se establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que se han de publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), y las bases vinculan a la Administración, los órganos de selección y las personas que participan.

Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo esto, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se tendrán que recoger en las bases específicas de cada convocatoria.

3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen del mismo, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013), modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de esos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos.

El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.

Por otra parte, la referida Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y sus organismos dependientes prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual manera, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.

4. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección.

 

Por todo ello, se dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y el temario, que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes para el turno libre y para el turno de promoción interna, de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública del IMAS, correspondiente al ejercicio 2023, que se adjuntan como Anexo I y Anexo II.

2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de ocupación pública del IMAS, correspondiente al ejercicio 2023, por el sistema de concurso oposición, de la especialidad siguiente:

- Clasificación: Escala administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1.

- Número de plazas: 10 plazas, de las cuales 8 son del turno libre y 2 son de promoción interna.

3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4. Establecer que esta convocatoria es rige por las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la oferta de ocupación pública correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, deben cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las bases generales.

A estos efectos, debe accederse al Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).

7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección de l'IMAS, una vez finalizado el período de presentación de instancias.

8. Establecer que, juntamente con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias y el orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección de lIMAS.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de juliol, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de abril de 2025

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre

La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo)

 

 

ANEXO I Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicologia, del subgrupo A1, de la oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023

1. Normas generales

1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 10 plazas de la especialidad Psicología de la Oferta de ocupación pública del IMAS, correspondiente al ejercicio 2023, distribuidas de la forma siguiente:

- Para el turno libre: 8 plazas

- Para al turno de promoción interna vertical: 2 plazas

1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo, subgrupo: A1

Escala: Administración especial

Subescala: Técnica

Clase: Técnico-a superior

Especialidad: Psicología

Sistema de selección: Concurso oposición

Vinculación: Funcionario-funcionaria

1.2. Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso oposición para el turno libre y para el turno de promoción interna vertical.

Para el turno libre, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del proceso selectivo.

Para el turno de promoción interna, la fase de concurso debe representar un 40% y la fase de oposición un 60% de la puntuación global obtenida en el proceso selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en el apartado de la letra a), de la base 10.2.2. del Anexo I de las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas de ocupación pública correspondientes al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio i es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de promoción interna, Anexos A y B de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. A demás de los previstos en las bases generales:

- Estar en posesión del título universitario de grado o licenciatura de Psicología.

- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 € euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la citada Ordenanza.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución debe publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, juntamente con la relación definitiva de persones admitidas y excluidas de les pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, deberá hacerse público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar dicho plazo, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal calificador

El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.

El Tribunal calificador debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.

El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento debe publicarse en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, un vez finalizado el período de presentación de instancias.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorará. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.

En el caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, i así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético, en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no han de ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En el caso de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidas al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En el caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguientes: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna

7.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no han de ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En el caso de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

7.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidas al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En el caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, tendrá que publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

La puntuación final de concurso oposición para el turno libre debe calcularse con la fórmula siguiente:

     Nota del aspirante en la oposición                        Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------- + 30 x ----------------------------------------------------

N         ota máxima de la oposición                                  Puntuación máxima en el concurso

En el caso del turno de promoción interna, la puntuación final de concurso oposición debe calcularse con la fórmula siguiente:

        Nota del aspirante en la oposición                           Méritos del aspirante en el concurso

60 x ------------------------------------------------- + 40 x -----------------------------------------------------

        Nota máxima de la oposición                                    Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora de empleo

9.1. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente para la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

9.2. Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de nombramiento provisional para mejora de empleo

El turno de promoción interna de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá, por orden de puntuación final, a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora de la ocupación que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior, especialidad Psicología, del subgrupo A1, de la Oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: principios generales, estructura y contenido básico. Los derechos y deberes fundamentales. Sistema de garantías y suspensión. La reforma constitucional.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de distribución de competencias.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: contenido básico y principios fundamentales. La reforma del Estatuto de autonomía. El Parlamento de las Islas Baleares: composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa: la elaboración de las leyes.

Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. Tipología de entidades locales. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Tema 6. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.

Tema 7. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Organización y competencias. Régimen de funcionamiento de los órganos del Consell de Mallorca y del IMAS. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tema 8. La potestad reglamentaria y de organización de los consejos insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca: contenido básico.

Tema 9. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles. Los consorcios: régimen de creación y funcionamiento.

Tema 10. La Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de los ciudadanos en las relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.

Tema 11. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Las disposiciones generales del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 12. Tipología del personal al servicio de las entidades locales. La selección y provisión del personal al servicio de las entidades locales.

Tema 13. Los derechos y deberes de los empleados públicos al servicio de las entidades locales. El sistema retributivo. El régimen de incompatibilidades.

Tema 14. Normativa propia del Consell de Mallorca en materia de servicios sociales. La Ley 4/2009, de 11 de mayo, de servicios sociales de las Islas Baleares. Estructuración del sistema de servicios sociales.

Tema 15. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones. Principio de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 16. La Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 17. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Islas Baleares.

Tema 18. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: estructura y contenido básico. Publicidad activa.

Temario específico

Tema 1. La coordinación profesional y el trabajo en red. Niveles de intervención. Dificultades y ventajas.

Tema 2. El trabajo en equipo en el ámbito de la intervención psicosocial.

Tema 3. El rol del psicólogo en los equipos interprofesionales de intervención psicosocial.

Tema 4. La prevención del síndrome de agotamiento profesional (burn-out) y la autocura del personal profesional que trabaja en servicios sociales.

Tema 5. Principios básicos que rigen la igualdad de la mujer y el hombre. Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia.

Tema 6. Concepto de interseccionalidad y sus consecuencias.

Tema 7. La Ley de dependencia. Aplicación de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y la Atención a las personas en situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Tema 8. Las «buenas prácticas» en la atención a las personas mayores. Conceptualización y dimensiones principales para mejorar la calidad asistencial.

Tema 9. Red de recursos asistenciales para las personas mayores de Mallorca. Entidades públicas y privadas. Competencias del IMAS.

Tema 10. Valoración de la dependencia en la tercera edad. Áreas y niveles de valoración. Criterios de valoración psicosocial para asignar los recursos.

Tema 11. Funciones del psicólogo o psicóloga residencial en centros de l'IMAS. Plan de atención individual según el modelo integral de atención centrado en la persona.

Tema 12. Centros de Promoción de la autonomía personal (CPAP) en el IMAS. Reglamento de régimen interno. Características, objetivos y perfiles de usuarios.

Tema 13. Procesos de incapacitación y curatela de personas en situación de dependencia. Marco jurídico básico y implicaciones psicosociales.

Tema 14. Las funciones del psicólogo o psicóloga en los equipos de Fomento para la autonomía de las personas mayores. Atención psicosocial.

Tema 15. Instrumentos de valoración de las necesidades psicosociales en la tercera edad.

Tema 16. Demencias. Tipologías. Características. Problemática familiar. Recursos comunitarios. Toma de decisiones.

Tema 17. La atención integral a domicilio a las personas en situación de dependencia. Modalidades de atención según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Planes de atención individual y abordaje multidisciplinar desde el Modelo integral de atención centrado en la persona.

Tema 18. Programas de intervención psicosocial para familias cuidadoras y cuidadores informales.

Tema 19. Riesgos psicosociales en las personas mayores. Perfiles de vulnerabilidad.  Definición y tipología de situaciones de maltrato a personas mayores. Protocolo de actuación ante las situaciones de maltrato a personas mayores en el IMAS.

Tema 20: Marco Legislativo para la intervención psicosocial en infancia y adolescencia en situación de desprotección. Normativa legal estatal y autonómica. Código civil, Ley 21/1987; Ley Orgánica 1/1996, Ley 17/2006, Ley 54/2007, Decreto 40/2006, Ley 26/2015, Ley Orgánica 8/2015, y Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Características principales.

Tema 21. Las «buenas prácticas» en la protección a la infancia y el trabajo psicosocial con infancia y familia. Conceptualización y dimensiones principales para mejorar la calidad asistencial.

Tema 22. La pirámide de protección infantil. Diferentes niveles de intervención: de la atención social primaria a la atención especializada.

Tema 23. La red asistencial de recursos para menores en situación de riesgo y desprotección en Mallorca. Entidades públicas y privadas. Competencias del IMAS.

Tema 24. El maltrato infantil. Concepto, tipologías y consecuencias o efectos principales. Incidencia en Mallorca.

Tema 25. Detección, notificación y evaluación de las situaciones de desprotección infantil. Protocolos de intervención desde diferentes ámbitos de intervención. Implicaciones prácticas.

Tema 26. Factores de riesgo y factores de protección o resiliencia de las situaciones de desprotección infantil.

Tema 27. Programas de intervención en situaciones de desprotección en un Servicio de Protección de Menores. Implicaciones prácticas.

Tema 28. Diseño del Plan de Caso en las situaciones de desprotección infantil. Implicaciones prácticas.

Tema 29. La evaluación de las habilidades parentales en el marco de la protección infantil. Implicaciones prácticas.

Tema 30. El informe psicológico en el ámbito de protección de menores. Consideraciones generales y diferencias en función del objetivo y el destinatario.

Tema 31. El papel del psicólogo o psicóloga de protección de menores en el ámbito judicial. El acompañamiento judicial del menor. Implicaciones prácticas.

Tema 32. La acogida residencial en protección infantil. Perfiles diferenciales de los menores acogidos.

Tema 33. El papel del psicólogo en los centros de primera acogida y residenciales.

Tema 34. El acogimiento familiar en protección infantil. Perfiles diferenciales de los menores acogidos y tipologías de acogimiento familiar.

Tema 35. La valoración y la formación de familias de acogida. El reto de la coparentalidad. Seguimiento y apoyo al menor y a las familias (de acogida y biológica).

Tema 36. El papel del psicólogo o psicóloga en el acogimiento familiar.

Tema 37. La valoración multiprofesional de la idoneidad de los solicitantes de adopción. Formación de las familias adoptivas.

Tema 38. El papel del psicólogo o psicóloga en la formación, valoración y selección de las familias adoptivas.

Tema 39. El acompañamiento en la búsqueda de orígenes de personas adoptadas. Marco jurídico básico. Implicaciones psicosociales.

Tema 40. Detección, valoración y derivación de casos de menores víctimas de abusos sexuales. Protocolos de actuación desde diferentes ámbitos.

Tema 41. La entrevista de valoración con niños y jóvenes víctimas de abusos y agresiones sexuales. Pautas de actuación. La valoración del testimonio.

Tema 42. Intervención psicoterapéutica en menores víctimas de abuso sexual infantil intra y extrafamiliar. Implicaciones prácticas.

Tema 43. Intervención psicoterapéutica en menores víctimas de maltrato y negligencia. Implicaciones prácticas.

Tema 44. Valoración y diagnóstico de los menores con graves dificultades para regular las emociones y comportamientos. Cómo se deben tratar.

Tema 45. Valoración, diagnóstico y tratamiento de menores agresores sexuales.

Tema 46. Tratamiento psicoterapéutico grupal en un servicio de infancia y familia dirigido a menores desprotegidos. Implicaciones prácticas.

Tema 47. Programas de capacitación parental en un servicio de protección de menores. Implicaciones prácticas.

Tema 48. Evaluación e intervención en crisis en familias vulnerables con riesgo de desprotección de los niños. Implicaciones prácticas.

Tema 49. La promoción de la alianza terapéutica en el trabajo con padres en tratamientos coactivos. Implicaciones prácticas.

Tema 50. Los problemas de violencia familiar. La violencia filio-parental. Abordaje psicosocial. El papel del psicólogo o psicóloga.

Tema 51. La violencia filio-parental. Abordaje psicosocial. El papel del psicólogo o psicóloga.

Tema 52. Familias multiproblemáticas. Definición, características, valoración y intervención psicosocial con la red de servicios en casos de riesgo y maltrato infantil.

Tema 53. La resiliencia infantil en el marco de la protección infantil. Factores que la promueven. Implicaciones psicosociales.

Tema 54. El apego infantil. Concepto, evolución, tipologías. Implicaciones en el trabajo con casos de desprotección.

Tema 55. I Plan de la atención y los derechos de la infancia y de la Adolescencia de Mallorca 2023-2028. Principios básicos y fases.

Tema 56. La prevención y la atención comunitaria en los municipios de la parte foránea de Mallorca. Competencias del IMAS.

Tema 57. Planes de prevención comunitaria a nivel local. Impulso y desarrollo.

Tema 58. Programas de prevención comunitaria. Diseño, implementación y evaluación.

Tema 59. La red asistencial de recursos para personas en situación o riesgo de exclusión social en Mallorca. Entidades públicas y privadas. Funciones del IMAS.

Tema 60. Factores de exclusión social. Factores de protección social. Implicaciones prácticas.

Tema 61. Personas sin techo y enfermedad mental. Abordaje biopsicosocial.

Tema 62. Modelos de intervención en situaciones de exclusión social grave. Diferentes modelos de abordaje.

Tema 63. El diagnóstico individual de exclusión social. Indicadores. Itinerario de inserción en exclusión social grave. Plan individual de intervención y seguimiento.

Tema 64. La red de atención a las adicciones de las Islas Baleares. Entidades públicas y privadas. Dispositivos del IMAS.

Tema 65. El abordaje psicológico y multidisciplinar de las conductas adictivas. Valoración, diagnóstico y tratamiento.

Tema 66. El papel del psicólogo o psicóloga en la intervención de las conductas adictivas en una UCA.

Tema 67. Las adicciones comportamentales. Valoración y tratamiento.

Tema 68. Psicopatología de las adicciones. Clasificación y abordaje diferencial.

Tema 69. Marco legislativo para la intervención psicosocial con personas con discapacidad, física, psíquica y sensorial en Mallorca.

Tema 70. Concepto de discapacidad. Tipologías, características diferenciales.

Tema 71. La red asistencial de recursos -diurnos y residenciales- para personas con discapacidad física, psíquica y sensorial en Mallorca. Entidades públicas y privadas. Competencias del IMAS. Criterios de valoración para la asignación de los recursos.

Tema 72. Riesgos psicosociales en la discapacidad. Maltratos y abusos a las personas con discapacidad.