Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 288338
Resolución consejero de Empresa, Empleo y Energia por la que se revocan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)
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Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable.
3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.
5. El 26 de marzo de 2025 se emitió una propuesta de resolución de revocación del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB núm. 39, de 29 de març de 2025).
6. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
6. El Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.
7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).
8. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm. .137, de 22 de octubre de 2022).
9. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria que también se indica.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2010 3, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 23 de abril de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Vivo Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 14, de 30/01/2025)
ANEXO Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención (NEXTG123)
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Núm. Expediente |
Solicitante |
NIF |
Partida presupuestaria |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
CONCE |
Motivo de revocación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
NEXTG123-11/2021 |
FRUTAS LLITERAS SA |
***1479** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 8.1 kWp con sistema de almacenamiento 9.6kWh |
8.698,26 |
0000015495 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda se realizarán dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso, la instalación se ha registrado en autoconsumo posterior al plazo de justificación. |
|
NEXTG123-49/2021 |
CARLOS RAMIS SL |
***3530** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Incorporación de baterías de Litio con capacidad de almacenamiento de 10 kWh en instalación existente |
4.550,00 |
0000015525 |
De acuerdo con el punto tercero, apartado 1 de la convocatoria el Programa de incentivos 3 es por incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. En este caso, no consta ninguna instalación existente registrada en autoconsumo previa a la solicitud del Programa de incentivos. |
|
NEXTG123-120/2021 |
VIAJES RIO TURS SL |
***1243** |
2022/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 11.88 kWp conectada a red |
2.702,70 |
0000008018 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda se realizarán dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso, la instalación no se ha registrado en autoconsumo dentro del plazo de justificación. |
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NEXTG123-136/2021 |
HUGUET RAJOLES HIDRAULIQUES SL |
***9324** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 8kWp |
4.276,80 |
0000015660 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura F-118 con fecha 24 de septiembre de 2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 14 de octubre de 2021. |
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NEXTG123-199/2021 |
GRUPO ISERN SL |
***2078** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 7.2kWp |
3.418,98 |
0000015699 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, uno de los justificantes de pago es de día 1 de octubre de 2021, siendo lo anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 4 de noviembre de 2021. |
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NEXTG123-200/2021 |
BIOWISE PHARMACEUTICAS SL |
***7342** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 10.4kWp |
2.366,00 |
0000003526 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago deberán ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura 000160 con fecha 20 de octubre de 2021, siendo esto anterior 2021. |
|
NEXTG123-211/2021 |
DOMIZIL DEVELOPTMENT SL |
***0341** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 9.8kWp |
4.580,10 |
0000015763 |
De acuerdo con el punto 1 apartado segundo y el punto metro) del apartado decimotercer de la convocatoria la entidad solicitante no cumple los requisitos de ejercer alguna actividad económica y de estar al corriente con sus obligaciones tributarias. |
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NEXTG123-253/2021 |
JUEGOS AUTOMATICOS PASCUAL SL |
***1201** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 8.025kWp |
3.834,18 |
0000015789 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura 21-9849 con fecha 1 de octubre de 2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 29 de noviembre de 2021. |
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NEXTG123-339/2021 |
SUN PROTECCION MARKETING SL |
***9491** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 3.6kWp |
1.056,51 |
0000005287 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe un justificante de pago de día 26 de enero de 2021 y uno de día 20 de julio por la factura F-1195 de día 31 de diciembre de 2020 y otro justificante de pago de día 11 de octubre de 2021 por la factura F-1266 de día 30 de septiembre de 202 enero de 2022. |
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NEXTG123-364/2021 |
INVERSIONES ANSOMA SL |
***5473** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 13.2 kWp con sistema de almacenamiento de 19.32 kWh |
10.483,20 |
0000015848 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existen dos justificantes de pago, uno de día 12 de noviembre de 2021 y uno de día 21 de diciembre de 2021, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 18 de enero de 2022. |
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NEXTG123-379/2021 |
FERRETERIA I BRICOLATGE SANT MIQUEL SL |
***8111** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 16.2 kWp |
5.159,70 |
0000015857 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, la fecha de la factura Nº185 es de día 25 de enero de 2022 y tiene un justificante de pago de día 16 de diciembre de 2021 y un justificante de día 29 de diciembre de 2021, siendo lo anterior a la fecha de registro de la solicitud, de día 26 de enero de 2022. |
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NEXTG123-528/2021 |
POSESSIO SA TORRE DE SANTA EUGENIA SL |
***7785** |
2024/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 29.12 kWp con reto demográfico |
10.599,68 |
0000006923 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago deberán ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe un justificante de pago de día 10 de marzo de 2022 por la factura proforma ECO3 2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 18 de marzo de 2022. |
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NEXTG123-569/2021 |
AUBELLONS SLU |
***6183** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 28.8 kWp con reto demográfico |
10.842,40 |
0000015665 |
De acuerdo con el artículo 4 apartado a) de la convocatoria, las actuaciones objeto de ayuda se realizarán dentro del período desde la fecha de registro de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En este caso, en el registro de autoconsumo, el Certificado de la instalación está firmado en fecha 4 de julio de 2024 y la fecha de puesta en servicio en la UDIT es 4 de julio de 2024. Siendo esto posterior al plazo de 18 meses que fija la resolución para realizar las actuaciones. |
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NEXTG123-662/2021 |
EIDENAI SL |
***5253** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 22.89 kWp |
7.290,47 |
0000009942 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, la fecha de la factura Nº2022-010 es de día 22 de marzo de 2022 y tiene un justificante de pago de día 22 de marzo de 2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 29 de abril de 2022. |
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NEXTG123-806/2021 |
SOLUCIONES CORPORATIVAS IP SL |
***3336** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación FV 47.25 kWp |
10.749,38 |
0000000398 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe una factura FV22001242 con fecha 25 de marzo de 2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 7 de julio de 2022. |
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NEXTG123-816/2021 |
PUIG DEL PARE SL |
***6034** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica 10.01kWp con sistema de almacenamiento de 9.84kWh |
6.287,79 |
0000000439 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe un justificante de pago con fecha 25 de mayo de 2022 por la factura F92-A22 de día 21 de mayo de 2022, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 11 de julio de 2022. |
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NEXTG123-828/2021 |
BISUART FERRERIES SL |
***8578** |
2024/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica 7.49kWp con reto demográfico |
3.893,02 |
0000007135 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe un justificante de pago de día 7 de julio de 2022 por la factura F-025-22 con fecha 14 de junio 2022, siendo esto anterior a la fecha de registro de la solicitud de día 14 de julio de 2022. |
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NEXTG123-841/2021 |
GOMILA GOST SA POBLA SL |
***6396** |
2023/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica 30.24kWp |
9.631,44 |
0000000464 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, uno de los justificantes de pago es de día 22 de junio de 2022 por la factura proforma PM0044/22, siendo esto anterior a fecha de registro de la solicitud, de día 22 de julio de 2022. |
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NEXTG123-846/2021 |
Antonio Nadal Verdera |
***2533** |
2024/G 731A01/77000/00/19701/MR021 |
Instalación fotovoltaica de 12.45kWp |
3.965,33 |
0000007136 |
De acuerdo con el artículo 16 apartado segundo de la convocatoria se expone que las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago tendrán que ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud. En este caso, existe un justificante de pago de día 30 de abril de 2022 por la factura F-197 con fecha 20 de abril de 2022, un segundo justificante de pago de día 18 de junio de 2022 por la factura F-257 con fecha 20 de mayo de 2022 y un tercer justificante de pago de la fecha 2 fecha 20 de mayo de 2022, siendo esto anterior a la fecha de registro de la solicitud de día 26 de julio de 2022. |