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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 287783
Departamento de selección y provisión de Recursos Humanos. Servicio de Selección. Subsanación errores materiales y de hecho bases específicas concurso oposición por el turno libre para cubrir 3 plazas de oficial de bomberos (tasa específica OPE 2025)

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Texto

La Regidora de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior, p.d. Decreto de alcaldía núm. 8509, de 23 de abril de 2025, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO.- Subsanar el Decreto núm. 6591, de 1 de abril de 2025, por el que se aprueba las bases específicas y la convocatoria de pruebas selectivas por el sistema de concurso oposición, por el turno libre, para cubrir TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes en la plantilla de personal funcionario correspondientes en el sentido de:

Donde dice:

"BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR 3 PLAZAS VACANTES DE OFICAL DE BOMBEROS. OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA TASA ESPECÍFICA DEL AÑO 2025."

Ha de decir:

"BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR 3 PLAZAS VACANTES DE OFICAL DE BOMBEROS. CONCURSO OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA TASA ESPECÍFICA DEL AÑO 2025."

Donde dice:

“El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición turno libre, para la cobertura de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes en la plantilla de funcionarios/arias de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala la Administración Especial, subescala servicios especiales, del servicio contra incendios y salvamento. grupo A, subgrupo A2 de ocupación pública del año 2025, publicada en el BOIB núm. 33 de 15 de marzo de 2025.”

Ha de decir:

PRIMERA.- OBJETO Y NORMAS GENERALES

“El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición turno libre, para la cobertura de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes en la plantilla de funcionarios/arias de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala la Administración Especial, subescala servicios especiales, del servicio contra incendios y salvamento. grupo A, subgrupo A2 de ocupación pública del año 2025, publicada en el BOIB núm. 33 de 15 de marzo de 2025.”

Donde dice:

"En caso de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma, y que la documentación acreditativa de los requisitos y méritos conste en el expediente personal tendrán que hacer remisión a su expediente personal."

Ha de decir:

"En caso de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma, y que la documentación acreditativa de los requisitos y méritos conste en el expediente personal podrán hacer remisión a su expediente personal."

Donde dice:

"Los puntos valorados en el conocimiento de idiomas extranjeros, son acumulables, en caso de que la persona participante disponga de más de un certificado del mismo idioma. Se valorarán los certificados del Marco Común Europeo y únicamente el nivel más alto alcanzado." La puntuación en cada caso será:

a) Nivel de dominio funcional efectivo (C1): 0,75 puntos cada uno.

b) Nivel de dominio (C2): 1,5 puntos.”

Ha de decir:

“Los puntos valorados en el conocimiento de idiomas extranjeros son acumulables.

En caso de que la persona participante disponga de más de un certificado del mismo idioma, se valorarán los certificados del Marco Común Europeo y únicamente el nivel más alto alcanzado.

La puntuación en cada caso será:

a) Nivel de dominio funcional efectivo (C1): 0,75 puntos cada uno.

b) Nivel de dominio (C2): 1,5 puntos.”

Donde dice:

“El informe de valoración final debe remitirse al presidente o presidenta del Tribunal

Calificador del proceso selectivo para que pueda realizar la propuesta de nombramiento definitiva al órgano municipal competente para resolver y efectuar el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera de las tres plazas convocadas. En la propuesta también incluirá el listado de aspirantes que han superado esta fase y son propuesto para formar parte del bolsín.”

Ha de decir:

"El informe de valoración final debe remitirse al presidente o presidenta del Tribunal calificador del proceso selectivo para que pueda hacer la propuesta de nombramiento definitiva al órgano municipal competente para resolver y efectuar el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera de las tres plazas convocadas. En la propuesta también incluirá el listado de aspirantes que han superado esta fase y son propuesto para formar parte del bolsín."

SEGUNDO.- Publicar nuevamente las bases específicas, que se anexan y que regirán este proceso selectivo con las rectificaciones a las que se hacen referencia. Esta publicación NO abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

TERCERO-. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en web y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Palma.

ANEXO BASES ESPECÍFICAS PARA CUBRIR 3 PLAZAS VACANTES DE OFICIAL DE BOMBEROS. CONCURSO OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA TASA ESPECÍFICA DEL AÑO 2025.

PRIMERA.- OBJETO Y NORMAS GENERALES

El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición turno libre, para la cobertura de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE BOMBEROS, vacantes en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de la Administración Especial, subescala servicios especiales, del servicio contra incendios y salvamento, grupo A, subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la tasa específica de la oferta de empleo público del año 2025, publicada en el BOIB núm. 33 de 15 de marzo de 2025.

La presente convocatoria está, además, sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en cuanto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares.

Todo esto pone de manifiesto el compromiso asumido por el Ayuntamiento de Palma en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.

Este procedimiento selectivo se regirá por las prescripciones contenidas en esta convocatoria específica y las bases generales que rigen esta convocatoria, que fueron publicadas en el BOIB núm. 129, de 21 de septiembre de 2019, y en lo no previsto, se aplicará lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP) y en la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de las Islas Baleares (en adelante LFPIB).

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

Para participar en las pruebas selectivas, además de los requisitos previstos en las bases generales, será necesario cumplir con las siguientes condiciones:

1.- Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del TREBEP, en el supuesto de acceso a la función pública para nacionales de otros estados.

En caso de que las personas participantes no tengan nacionalidad española deberán tener los conocimientos de lengua castellana correspondientes al diploma de español (C1) o superior.

2.- Tener 16 años cumplidos y no superar la edad para la jubilación forzosa.

3.- Estar en posesión de la titulación de Arquitecto técnico, Ingeniero técnico, alguno de los títulos de grado incluidos en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura o titulaciones superiores dentro de la misma rama, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, si es el caso, la homologación del título. Este requisito no es aplicable a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas.

4.- Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados establecidos en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013) o por Certificado expedido por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Juventud, que según el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, (BOIB número 19, de 07-02-2012), garantice los conocimientos de catalán exigidos.

5.- Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la categoría B, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable.

6.- Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para ejercer las funciones propias de las plazas convocadas.

7.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso de personal laboral, en que hubiera sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público.

8.- Antes de tomar posesión del puesto de trabajo, la persona interesada deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

9.- Abonar como derecho de examen 26,52 euros dentro del plazo de admisión de instancias, sin que se puedan abonar en ningún otro momento.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de instancias y los aspirantes deberán mantenerlos durante el período en que se desarrolle el procedimiento selectivo.

TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

La solicitud para participar en la oposición se debe rellenar mediante la aplicación del Portal del opositor (https://oposicions.palma.cat), siendo imprescindible la acreditación por alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la pasarela Cl@ve del Gobierno de España: DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve permanente y Cl@ve ocasional (Cl@vePin).

Una vez cumplimentada la solicitud en el portal del opositor, se generará un documento pdf que deberá registrarse, junto con el justificante de abono de la tasa, dentro del plazo de presentación de instancias, por registro electrónico del Ayuntamiento de Palma. Las personas con derecho a reducción o los no sujetos por ser personas con una discapacidad igual o superior al 33% deberán adjuntar justificante de su condición. (https://palma.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13810)

Dado que el formulario de inscripción obtenido en el portal del opositor del Ayuntamiento de Palma contiene una declaración responsable del aspirante de cumplimiento de todos los requisitos exigidos para acceder al puesto de Oficial de bomberos, no se requiere en el momento de inscripción la documentación acreditativa, que será requerida a los aspirantes propuestos por el Tribunal antes de la toma de posesión o en cualquier momento que el Tribunal considere conveniente.

En caso de haberse presentado más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la solicitud con el último número de registro electrónico de entrada.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en la página web del Ayuntamiento de Palma y, si procede, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

La falsedad de los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación aportada como requisitos para participar en la convocatoria, conllevará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

CUARTA.- PAGO DE LA TASA DE LOS DERECHOS DE EXAMEN

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 26,52 euros de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por optar a pruebas de selección de personal, que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% no están sujetas a esta tasa y deberán adjuntar justificante de su discapacidad.

QUINTA.- ADMISIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

Agotado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión, si procede. La relación de las personas admitidas y excluidas se expondrá en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palma y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se concederá un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOIB, para que las personas interesadas presenten las alegaciones o enmiendas que consideren oportunas.

Transcurrido este plazo se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web www.palma.cat, en el apartado de oferta pública de empleo, y en la relación de personas excluidas se hará constar las resoluciones de las reclamaciones presentadas.

En caso de no producirse reclamaciones a la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva sin necesidad de nueva resolución, circunstancia que se hará pública mediante diligencia, en la web del Ayuntamiento.

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR

El tribunal calificador estará formado por un presidente o presidenta, designado por el órgano competente, y seis vocales, que serán designados por la Corporación por sorteo entre personal funcionario en servicio activo, eligiendo un profesional de cada una de las categorías del cuerpo de bomberos de Palma, y el resto entre personal de otros departamentos del Ayuntamiento de Palma, y que reúnan los requisitos exigidos en la normativa vigente. El secretario/a será designado por votación entre los vocales.

Podrán asistir, sin voz ni voto, las personas representantes de las organizaciones sindicales representativas, para efectuar funciones de observar y vigilar el buen desarrollo del proceso selectivo.

En caso de resultar necesario, el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para que lo asesoren en todas o algunas de las pruebas, con voz y sin voto. La abstención y la recusación de los miembros del tribunal se ajustará a lo que prevén los artículos 23 y 24 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesaria la presencia del presidente y del secretario.

Los Tribunales deberán acordar los criterios de corrección de las pruebas selectivas en la sesión de constitución.

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El procedimiento selectivo es por el sistema de concurso oposición por el turno libre.

OCTAVA.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo es el de concurso oposición y consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición.

2. Fase de concurso.

3. Fase formativa.

4. Fase práctica.

La fecha, la hora y el lugar de las pruebas serán determinados por el Tribunal Calificador, con una antelación mínima de 15 días naturales.

El orden de actuación de los opositores será alfabético por su primer apellido comenzando por la letra M de acuerdo con el sorteo realizado por este Ayuntamiento en la Mesa General de negociación del día 25 de marzo de 2025.

Para cada una de las pruebas se realizará una única llamada; quien no comparezca a la llamada del Tribunal Calificador para el desarrollo de las pruebas en el lugar, la fecha y la hora señalados, salvo los casos de fuerza mayor, apreciados por el Tribunal Calificador, será definitivamente excluido del proceso selectivo.

En caso de alguno de los supuestos de fuerza mayor sufridos por algún aspirante, se seguirá el procedimiento previsto en las Bases generales que rigen esta convocatoria y fueron publicadas en el BOIB núm. 129, de 21 de septiembre de 2019.

Durante el proceso selectivo, en caso de realizar varias pruebas el mismo día, y para resolver posibles alegaciones, se permitirá la realización de todas ellas, aunque no se haya superado alguna de las pruebas, de la misma manera que si una prueba tiene varios ejercicios también se permitirá la realización de todos ellos.

FASE DE OPOSICIÓN (70 PUNTOS)

La puntuación máxima de la fase de oposición será de 70 puntos.

La fase de oposición está constituida por las siguientes pruebas:

• Primera prueba: prueba de conocimientos (30 puntos).

 • Segunda prueba: prueba física (15 puntos).

• Tercera prueba: evaluación de competencias profesionales (25 puntos).

• Cuarta prueba: prueba médica (apto/no apto).

1.- PRIMERA PRUEBA: prueba de conocimientos

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba es de 0 a 30 puntos, la puntuación mínima para superarla es de 15 puntos. Pasarán a la siguiente prueba un máximo de 24 aspirantes de acuerdo con la puntuación total de la prueba.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales, para formular las alegaciones que consideren oportunas.

La prueba de conocimientos consiste en la realización de dos ejercicios:

• Ejercicio 1: Cuestionario.

• Ejercicio 2: Teórico-práctico.

1.a) Ejercicio 1, Cuestionario.

De carácter obligatorio y eliminatorio. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar este ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, más 10 preguntas de reserva, que también deben ser respondidas, en previsión de posibles anulaciones, sobre el contenido del temario enumerado en el anexo A (Temario general) y el anexo B (Temario específico). El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos.

Cada respuesta correcta se valorará con 0,150 puntos. Las preguntas no resueltas, tanto si las cuatro opciones están en blanco como si tienen más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta incorrecta serán penalizadas con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. Para efectuar la calificación del ejercicio se aplicará la siguiente fórmula:

          [A-(E/3)] x 15

Q = -----------------------

    P

Q: Resultado de la prueba A: Número de respuestas correctas E: Número de respuestas erróneas P: Número de preguntas del ejercicio

1.b) Ejercicio 2, teórico-práctico.

De carácter obligatorio. El ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos.

Consiste en desarrollar 10 preguntas sobre las materias de la parte específica (Anexo B) del temario de las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de oficial del (grupo A, subgrupo A2) del Servicio Contra Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Palma.

El tribunal calificador fijará el tiempo para realizar este ejercicio, que no podrá ser superior a 2 horas y 30 minutos.

Para su corrección se tendrán en cuenta los conocimientos acreditados y la capacidad y aptitudes para aplicarlos a situaciones de la práctica laboral.

El tribunal calificador no evaluará el segundo ejercicio de las personas participantes que no hayan superado el primer ejercicio del cuestionario de la prueba.

2.- SEGUNDA PRUEBA: prueba física

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba es de 0 a 15 puntos, para superarla es necesario ser apto en al menos 4 de los 5 ejercicios y obtener una puntuación mínima de 6 puntos en el global de la prueba. Pasarán a la siguiente prueba un máximo de 15 aspirantes según la puntuación total de las pruebas realizadas hasta ese momento.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de los resultados provisionales, para formular las alegaciones que consideren oportunas.

2.a) Descripción de la prueba

La prueba física consiste en la realización de los siguientes ejercicios:

• Ejercicio 1:Ejercicio acuático. (3 puntos)

• Ejercicio 2:Presión sobre banco. (3 puntos)

• Ejercicio 3:Carrera lanzadera. (3 puntos)

• Ejercicio 4:Carrera de obstáculos. (3 puntos)

• Ejercicio 5: Flexión de tronco “sit and reach modificada". (3 puntos)

La descripción, las normas y los baremos de valoración de cada ejercicio se describen en el anexo C.

A los efectos de aplicar los baremos por edad, se tendrá en cuenta la edad de la persona participante en el momento de hacer la prueba física.

El orden de realización de los diferentes ejercicios de esta prueba será determinado por la organización de los participantes en los grupos que disponga el tribunal calificador.

Cuando se considere oportuno y de forma aleatoria, el tribunal calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o de grupos farmacológicos prohibidos, estimulantes o de cualquier otro tipo de dopaje destinado a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba según las normas del Consejo Superior de Deportes. El hecho de dar positivo en alguna de estas sustancias o negarse a someterse a estas pruebas conlleva la exclusión automática de la convocatoria.

2.b) Requisitos para la realización:

Será imprescindible entregar al Tribunal el mismo día de los ejercicios físicos un Certificado Médico Oficial expedido como máximo tres meses antes de la realización de los mismos, en el cual se haga constar explícitamente que: “Se reúnen las condiciones físicas necesarias y suficientes para realizar los ejercicios que figuran en el anexo C, de las bases de la convocatoria de acceso a la categoría de oficial de bomberos del Ayuntamiento de Palma”. La no presentación del mencionado certificado o la incorrección del mismo comportará la exclusión automática de la prueba.

El certificado que se deberá rellenar será el de la Organización Médica Colegial de España (OMC).

Para la realización de esta prueba es obligatorio llevar ropa y calzado deportivo, para el ejercicio acuático bañador y gorro de baño. No se podrá probar ningún elemento o material antes de la realización de los ejercicios de esta prueba.

Cualquier incumplimiento de las normas establecidas para cada ejercicio supondrá la consideración de nulo en el ejercicio correspondiente, siendo nulo igual a no apto y, por tanto, la no superación de la prueba.

2.c) Valoración:

Cada ejercicio se puntuará de 0 a 3 puntos, tiene unos baremos mínimos para superarlo y ciertas condiciones que pueden declarar el ejercicio o el intento de ejercicio como nulo. Tanto no alcanzar el baremo mínimo como obtener un nulo en el ejercicio significará declarar dicho ejercicio como no apto. Las puntuaciones y explicaciones de cada ejercicio están establecidas en el anexo C.

La puntuación final de la prueba será el resultado de la suma de la puntuación de todos los ejercicios.

2.d) Organización de la prueba

El orden de realización de los ejercicios será determinado por el Tribunal Calificador. Al finalizar cada uno de los ejercicios, el Tribunal pasará una hoja de firmas para dejar constancia y validar el resultado obtenido.

Estos ejercicios podrán ser evaluados por personal externo, acreditado como tal por las Federaciones Deportivas pertinentes o el Colegio Oficial de Graduados en INEF o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

3.- TERCERA PRUEBA: evaluación de competencias profesionales

De carácter obligatorio y eliminatorio. La puntuación de la prueba es de 0 a 25 puntos, la puntuación mínima para superarla es de 12,5 puntos.

Consiste en una prueba de evaluación situacional para evaluar y determinar la adaptación de los participantes a los requisitos competenciales en relación con el ejercicio de las funciones propias de la categoría.

3.a) Descripción de la prueba

La metodología de evaluación empleada será la de centro de evaluación (Assessment Center) e incluirá la resolución competencial de una batería de ejercicios individuales y/o grupales relacionados con las competencias profesionales asociadas al rol y a la tarea propia de oficial.

Las competencias profesionales susceptibles de evaluación, de acuerdo con la definición del anexo D, son las siguientes:

1. Motivación y comprensión de la organización.

2. Autogestión y desarrollo personal y profesional.

3. Trabajo en equipo.

4. Aceptación de normas y estructura jerárquica.

5. Autocontrol y tolerancia al estrés.

6. Capacidad analítica y toma de decisiones.

7. Visión estratégica.

8. Capacidad de comunicación.

9. Relación interpersonal y gestión de conflictos.

10. Liderazgo y capacidad de influencia.

11. Dirección y desarrollo de personas.

12. Orientación a los resultados.

13. Orientación a la calidad.

14. Planificación y organización.

15. Adaptabilidad y flexibilidad.

El tribunal calificador acordará las competencias que se valorarán, entre las descritas, y se harán públicas mediante la correspondiente publicación, antes de la realización de la prueba.

El orden de realización de los diferentes ejercicios de esta prueba será determinado por la organización de los participantes en los grupos que disponga el tribunal calificador.

En la realización de la prueba estarán presentes al menos un miembro del tribunal calificador y el/los asesor/es psicólogo/s especialista/s en la materia, con voz pero sin voto, que determine el tribunal. El personal asesor hará la propuesta de valoración técnica con el visto bueno del miembro del tribunal calificador presente y esta se trasladará al tribunal calificador para su validación y aprobación de resultados. Para determinar la calificación de la tercera prueba, solo se tendrán en cuenta los resultados de las pruebas realizadas por las personas especializadas designadas por el tribunal calificador y obtenidos en el momento respectivo para la realización de las pruebas de competencias profesionales mencionadas. En consecuencia, no se tendrán en cuenta para la calificación de la tercera prueba los resultados de otras pruebas a las que los participantes se hayan podido someter por iniciativa propia y que aporten de forma previa, simultánea o posterior al momento de realización de las pruebas descritas en esta base.

4.- CUARTA PRUEBA: prueba médica

De carácter obligatorio y eliminatorio, esta prueba no tendrá calificación numérica y su resultado será apto o no apto.

Esta prueba consiste en 2 partes, que deberán superarse de manera separada para aprobarla:

• Primera parte de la prueba: reconocimiento médico general, obligatorio y eliminatorio, realizado por profesionales designados por el Tribunal Calificador, con el fin de acreditar que no padecen ninguna enfermedad ni defecto físico, psíquico o sensorial que les impida ejercer normalmente las funciones del puesto convocado, de acuerdo con las causas de exclusión médica establecidas en el anexo E.

• Segunda parte de la prueba: Ejercicios de fobias, obligatorios y eliminatorios.

Las 2 partes se podrán realizar el mismo día o en días diferentes.

4.a) Reconocimiento médico general.

Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: medición del peso en relación con el índice de masa corporal, valoración de la audición, la vista, el equilibrio, la coordinación muscular, el aparato cardiovascular, el aparato respiratorio y exploración médica general, con el fin de valorar el funcionamiento, las posibles malformaciones y alteraciones en los diferentes aparatos que dificulten o impidan el ejercicio de las funciones de oficial del Cuerpo de Bomberos de Palma.

Se realizarán, como mínimo, las siguientes exploraciones: análisis de orina, análisis de sangre, electrocardiograma, audiometría y, según los resultados de estas pruebas y de la revisión de los parámetros anteriores, se realizarán las exploraciones complementarias específicas que sean necesarias para comprobar que la persona participante no está incluida en ninguna de las causas de exclusión médica establecidas en el anexo E de esta convocatoria. Al inicio del reconocimiento, las personas participantes deberán formalizar un cuestionario médico orientativo con la declaración jurada de enfermedades y tratamientos médicos. El hecho de que una persona participante no formalice este cuestionario, así como la omisión intencionada o la falsedad de los datos solicitados, comportará su exclusión automática del proceso selectivo.

4.b) Ejercicios de fobias.

Se realizarán a las personas participantes unos ejercicios orientados a detectar el vértigo y la claustrofobia en unas instalaciones adecuadas a este efecto. Las personas participantes deberán llevar calzado y ropa deportiva.

En esta parte, se realizarán diferentes ejercicios con el objeto de evaluar las posibles fobias/incompatibilidades que puedan presentar los aspirantes en relación con los entornos de trabajo exigibles a los/las oficiales.

Para obtener una calificación de apto en la prueba, debe superarse como apto cada uno de los siguientes ejercicios:

1.- Fobia a las alturas. Se desplegará totalmente una autoescala, y el aspirante deberá subir hasta el extremo superior y bajar hasta el punto de inicio. Será considerado no apto si no completa el recorrido. En todo momento el aspirante irá asegurado.

2.- Claustrofobia 1: El aspirante deberá entrar en una habitación por la parte derecha de la puerta, y sin perder esta referencia, deberá abandonarla por la parte izquierda. Se le pondrá una máscara que no le permitirá ver nada durante todo el recorrido. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, perder la referencia, quitarse la máscara o desorientarse.

3.- Claustrofobia 2: El aspirante deberá cruzar un tubo a 4 patas, con una máscara que le impedirá cualquier tipo de visión, sin detenerse. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, detenerse o quitarse la máscara.

4.- Control de equilibrio. El aspirante deberá cruzar caminando recto una barra sueca de equilibrio (5m x 0,1m x 0,9m). Deberá subir a la barra desde el suelo, una vez sobre esta, deberá caminar recto hasta el otro extremo, y allí dar la vuelta y volver de la misma manera hasta el inicio. Se tendrán 2 intentos para conseguirlo. En caso de no superar el primero, tendrá un segundo intento. La prueba será declarada no apta si el aspirante no la realiza como se describe anteriormente.

Con el fin de determinar la calificación de la prueba, solo se tendrán en cuenta los resultados de las pruebas realizadas por los servicios médicos o los especialistas designados por el Tribunal Calificador y obtenidos en el momento respectivamente indicado para la realización de la prueba. En consecuencia, no se tendrán en cuenta para la calificación de la prueba los resultados de otras pruebas a las que las personas participantes se hayan podido someter a iniciativa propia y que aporten con carácter previo, simultáneo o posterior al momento de realización de las pruebas descritas en esta base.

La realización del reconocimiento médico general implica el consentimiento de las personas participantes para que los resultados se pongan a disposición del Tribunal Calificador con el fin de que sirvan de base para la evaluación de la prueba.

La calificación de esta prueba es de apto o no apto. Para superarla, es necesario obtener la calificación de apto en el reconocimiento médico general y apto en los ejercicios de fobias.

Una vez finalizadas todas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal Calificador procederá a la obtención de la calificación final de cada participante entre los que hayan superado todas las pruebas.

La calificación final se obtendrá de la suma de la primera, segunda y tercera prueba, siguiendo la siguiente fórmula:

Puntos fase oposición = Puntos 1ª Prueba + Puntos 2ª Prueba + Puntos 3ª Prueba

La puntuación de la fase de oposición será de un máximo de 70 puntos.

FASE DE CONCURSO (30 PUNTOS).

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 30 puntos. Las personas aspirantes deben rellenar en el momento de la solicitud, un formulario de autobaremación de méritos.

Los méritos que se valorarán en la fase de concurso estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, no se deberán presentar hasta que finalice la fase de oposición y sea requerida por parte del órgano competente en el plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición.

La acreditación de requisitos y méritos debe hacerse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Palma, por Registro Electrónico General. Toda la documentación que se presente en lengua extranjera debe ir acompañada de la traducción jurada correspondiente.

Únicamente se valorarán aquellos méritos que estén adecuadamente y claramente acreditados de acuerdo con los baremos de la fase de concurso.

En caso de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma, y que la documentación acreditativa de los requisitos y méritos conste en el expediente personal, podrán hacer remisión a su expediente personal.

1.- EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 20 puntos):

Los servicios prestados se valoran hasta un máximo de 20 puntos.

Para la valoración del mérito establecido en este apartado para los trabajadores del Ayuntamiento de Palma, se consultará de oficio la experiencia que conste en el expediente personal. El personal funcionario del Ayuntamiento de Palma que quiera comprobar los datos que figuran en su expediente puede solicitar un extracto para conocer los requisitos y méritos que figuran y, si corresponde, incluir nueva documentación en su expediente personal mediante uno de los modelos de solicitud que se encuentra en el portal del personal y presentarlo acompañado de la documentación acreditativa de la formación a través de la Sede Electrónica. Es importante tener en cuenta este punto ya que en la versión web no se puede comprobar la caducidad de titulaciones y certificados y puede ser que estén caducados y no sean válidos.

Para los trabajadores externos del Ayuntamiento de Palma, deberán acreditar mediante un certificado de servicios prestados del órgano competente en materia de personal, donde debe constar de manera clara y expresa el cargo del órgano que tiene la competencia para expedir el certificado, o el del órgano en el que delegue. Asimismo, debe constar el régimen jurídico, el vínculo, el cuerpo, la categoría, el periodo concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria y las funciones concretas desarrolladas. La experiencia profesional contará a partir de su nombramiento como funcionario en prácticas.

1.a) Se valorarán los servicios prestados ejerciendo funciones en administraciones públicas, que puedan ser asimiladas totalmente a las categorías del cuerpo de Bomberos de Palma, de acuerdo con el siguiente baremo:

- Bombero/a conductor/a del subgrupo de clasificación profesional C2: 0,06 puntos por mes trabajado.

- Bombero/a conductor/a del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,065 puntos por mes trabajado.

- Cabo del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,07 puntos por mes trabajado.

- Sargento del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,08 puntos por mes trabajado.

- Suboficial del subgrupo de clasificación profesional C1: 0,09 puntos por mes trabajado.

- Oficial del subgrupo de clasificación profesional A2: 0,40 puntos por mes completo trabajado.

1.b) Respecto a los puestos de trabajo de otras administraciones públicas, cuyas funciones puedan ser parcialmente asimilables a las funciones de cualquiera de las categorías del cuerpo de Bomberos de Palma descritas en los apartados anteriores, se otorgará la mitad de la puntuación correspondiente por mes completo de servicios prestados.

1.c) Servicios prestados como Técnico/a de gestión o técnico/a superior en las diferentes administraciones públicas:

- El tiempo prestado en cuerpos, escalas o categorías de puestos de trabajo del grupo A (subgrupo A2 y subgrupo A1) se valora a razón de 0,08 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 5 puntos.

Los/las técnicos/as del Instituto Balear de la Naturaleza, los/las técnicos/as de bomberos/as de los diferentes cuerpos de bomberos de las Islas Baleares, incluso los del propio cuerpo de bomberos de Palma, estarán incluidos en este apartado y no en el 1a y 1b.

2.- TITULACIONES ACADÉMICAS (máximo 5 puntos):

Se valoran en este apartado las titulaciones académicas cuyo carácter oficial o la equivalencia de las cuales tenga reconocido y establecido el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así como los títulos propios de grado establecidos por las universidades españolas en la regulación de los estudios propios, cuando estén directamente relacionadas con las funciones propias de la plaza convocada.

La valoración como mérito de un título implica que no se valora el de nivel inferior o el primer ciclo que sea imprescindible para obtenerlo, excepto en el supuesto del título de doctor o máster oficial en que sí se puede valorar la licenciatura o equivalente.

Se valorarán las titulaciones de nivel igual o superior a las exigidas como requisitos, sin que en ningún caso se pueda valorar la acreditada como requisito. No obstante, se podrá valorar la titulación superior a la presentada como requisito.

- Título de estudios oficiales de doctor, reconocido como nivel MECES 4: 1,5 puntos.

- Título de estudios oficiales de grado más máster o licenciatura, ingeniería o arquitectura reconocidos como nivel MECES 3: 2 puntos.

- Título de estudios oficiales de diplomatura o grado, ingeniería técnica o arquitectura técnica reconocidos como nivel MECES 2: 1,5 puntos.

3.- CARNET DE CONDUCCIÓN (máximo 2 puntos):

Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos los siguientes permisos de conducción o equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable. Los puntos valorados son acumulables.

- Permiso de conducción de vehículos de la categoría C: 0,75 puntos.

- Permiso de conducción de vehículos de la categoría C+E: 0,75 puntos.

- Permiso de conducción de vehículos de la categoría D: 0,5 puntos.

4.- CONOCIMIENTOS DE LA LENGUA CATALANA (máximo 1,5 puntos)

En cuanto a los conocimientos de lengua catalana, solo se valorará el certificado de nivel más alto que se acredite. El certificado de lenguaje administrativo (LA) se puede acumular al C1 o al C2. Se valorarán los certificados expedidos u homologados por la EBAP o la Dirección General de Política Lingüística. La puntuación en cada caso será:

- Nivel de dominio funcional efectivo (certificado C1): 0,5 puntos.

- Nivel de dominio (certificado C2): 1 punto.

- Conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA): 0,5 puntos.

5.- CONOCIMIENTOS DE IDIOMAS EXTRANJEROS (máximo 1,5 puntos)

Los puntos valorados en el conocimiento de idiomas extranjeros son acumulables.

En caso de que la persona participante disponga de más de un certificado del mismo idioma, se valorarán los certificados del Marco Común Europeo y únicamente el nivel más alto alcanzado.

La puntuación en cada caso será:

- Nivel de dominio funcional efectivo (C1): 0,75 puntos cada uno.

- Nivel de dominio (C2): 1,5 puntos.

Una vez el Tribunal Calificador publique la valoración provisional de la fase de concurso, las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

Una vez estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas, el Tribunal Calificador hará pública la valoración definitiva de los méritos que hayan acreditado las personas participantes en la fase de concurso. Junto a ello, se publicará la lista de personas participantes ordenadas de mayor a menor según la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

FASE FORMATIVA Y FASE DE PRÁCTICAS

Durante la realización del curso selectivo y la fase de prácticas, las personas participantes tendrán la consideración de funcionario/a en prácticas en virtud de un nombramiento específico, que producirá efectos hasta la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento como funcionario/a de carrera, funcionario interino o finalización de la fase formativa.

Accederán a la fase formativa un número de personas igual al de plazas convocadas en esta convocatoria.

No obstante, en caso de que existan plazas vacantes con posibilidades de ser ocupadas por personal interino, podrán pasar a esta fase un número de aspirantes igual al número de plazas que se encuentren con esta posibilidad. Una vez finalizada y superada esta fase, la persona aspirante quedará en una bolsa, ordenada por orden de puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso, en espera de ser llamada.

1. FASE FORMATIVA (Curso selectivo)

Una vez finalizada la fase de oposición y la fase de concurso, se publicará la siguiente información:

- La lista de personas convocadas a la fase formativa, ordenada de mayor a menor puntuación según la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

- La lista de personas con exención total o parcial del curso selectivo de la fase formativa. La fase formativa tiene carácter obligatorio y eliminatorio, y se valorará como apto o no apto, sin embargo, el curso formativo se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos en el curso.

La fase formativa consiste en la realización de un curso de capacitación específica para la plaza convocada de una duración máxima de 700h lectivas, que realizará el propio cuerpo de bomberos de Palma directamente o a través de la EMF (Escuela Municipal de Formación) o la EBAP (Escuela Balear de Administración Pública). El contenido del curso, de carácter obligatorio y eliminatorio, versará sobre las materias y las competencias profesionales, personales y sociales relacionadas con las funciones propias de la categoría de oficial del Cuerpo de Bomberos de Palma.

Durante el curso puede haber la presencia de uno o más psicólogos que velarán por el logro de las competencias establecidas en el anexo D. De la misma manera, el Tribunal Calificador podrá designar uno o más responsables que velarán por el correcto funcionamiento del curso. En ambos casos, si se detecta alguna anomalía, será elevada al Tribunal Calificador, que podrá declarar como no apto al aspirante. Asimismo, cualquier miembro de la corporación local que detecte un comportamiento inapropiado que vaya en contra de los principios establecidos por la corporación también podrá elevarlo al Tribunal Calificador, que deberá hacer una valoración y determinar la continuidad en el proceso. En caso de que un participante sea declarado no apto por alguno de los motivos indicados, se deberá motivar por escrito por parte del Tribunal Calificador.

La evaluación del curso o de los módulos de capacitación tiene por objetivo verificar la consecución de las competencias profesionales y las capacidades clave, personales y sociales necesarias para el ejercicio de las funciones de oficial.

Las actividades evaluadoras constatan que el alumnado tiene tanto los conocimientos como las habilidades y las actitudes necesarias para desarrollarse en su contexto profesional con eficacia, calidad y de acuerdo con los principios institucionales.

Durante la fase formativa o una vez finalizada, las personas participantes pueden ser sometidas a todas las pruebas médicas necesarias para comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicas del anexo E de la convocatoria. Si de las pruebas realizadas se deduce la existencia de alguna causa de exclusión, corresponderá al Tribunal Calificador proponer la exclusión del proceso selectivo de la persona participante al órgano convocante.

1.a) Exención del curso selectivo

El Tribunal Calificador resolverá las exenciones totales o parciales de las personas participantes que hayan superado un curso o un/s módulo/s de características similares. Para ello, podrá consultar la EMF o la EBAP.

Los aspirantes que hayan realizado un curso de capacitación, en cualquier administración, similar al de acceso a cualquiera de las categorías profesionales del Cuerpo de Bomberos de Palma, podrán solicitar la exención total o parcial.

Algunos de los módulos del curso de capacitación para la plaza de oficial podrán coincidir con otros cursos de capacitación de las diferentes categorías del Cuerpo de Bomberos de Palma.

Con la publicación de la lista de aspirantes convocados a la fase formativa, se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación acreditativa para solicitar la exención total o parcial del curso, junto con la solicitud se entregará la documentación acreditativa y el contenido del curso realizado.

En caso de que la exención no sea total, el Tribunal Calificador determinará de oficio el programa formativo adecuado a cada situación, para que los convoque a su realización, de la misma manera que el curso, la parte a realizar se valorará entre 0 y 10 puntos y será necesario obtener una puntuación igual o superior a 5 para superar la fase formativa.

El Tribunal Calificador publicará la relación de personas con la exención total o parcial del curso selectivo. Las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación provisional mencionada, para presentar las alegaciones que consideren pertinentes.

Las personas aspirantes que estén exentas totalmente de realizar la fase formativa serán nombradas funcionarios en prácticas solo para la fase práctica.

Las personas aspirantes que estén exentas parcialmente de realizar la fase formativa podrán ser nombradas funcionarios en prácticas solo por el tiempo que se impartan los módulos para los cuales no se ha declarado exento.

1.b) Pérdida de la condición de alumno

Quedarán excluidas del proceso selectivo las personas participantes que durante esta fase pierdan la condición de alumno, de acuerdo con la normativa de la Escuela Municipal de Formación (EMF) o de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP). La propuesta de exclusión del curso al órgano convocante corresponderá al Tribunal Calificador del proceso selectivo a propuesta motivada de la EMF o la EBAP.

1.c) Retribuciones

Durante la fase formativa, las personas participantes percibirán las retribuciones básicas correspondientes al grupo A, subgrupo A2, y estarán en alta en el régimen general de la Seguridad Social.

En todo caso, al inicio de esta fase, las personas aspirantes que ya estén prestando servicios remunerados como funcionarios de carrera, interinos o personal laboral en esta Administración o en otra (siempre que esta lo autorice) podrán optar por seguir percibiendo las retribuciones de su puesto de origen o las correspondientes a esta fase formativa, de acuerdo con el RD 456/1986, de 10 de febrero, por el cual se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.

2.- FASE DE PRÁCTICAS

Esta fase será de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de 1000 horas de prácticas de servicio efectivo en instalaciones del Servicio Contra Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con la planificación y programación aprobada por el Tribunal Calificador a propuesta de la dirección SCIS (Servicio Contra Incendios y Salvamento)

Accederán a la fase de prácticas las personas participantes que hayan superado el curso selectivo o hayan sido declaradas exentas total o parcialmente.

Estos informes de evaluación y la documentación adjunta, si fuera necesario, formarán el expediente de evaluación de prácticas de la persona participante, y deberá ser remitido al Tribunal Calificador para que establezca la calificación de apto o no apto, en función de los criterios de evaluación previamente aprobados. La calificación de no apto deberá ir acompañada del correspondiente informe motivado.

Durante esta fase de prácticas o una vez finalizada, las personas participantes pueden ser sometidas a todas las pruebas médicas necesarias para comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicas del anexo E de la convocatoria. Si de las pruebas realizadas se deduce la existencia de alguna causa de exclusión, corresponderá al Tribunal Calificador proponer la exclusión del proceso selectivo de la persona participante al órgano convocante.

Las personas participantes que ya hayan prestado servicio en puestos de trabajo asimilados a la plaza convocada, dentro del Cuerpo de Bomberos de Palma estarán exentas de realizar esta fase de prácticas.

2.a) Retribuciones

Durante la fase de prácticas, las personas participantes percibirán las retribuciones básicas y las complementarias establecidas para los/las oficiales (grupo A, subgrupo A2) del SCIS, y estarán dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

 

NOVENA.- ACREDITACIÓN DE REQUISITOS PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS

Para poder efectuar el nombramiento de persona funcionaria en prácticas, será necesario que, antes del inicio del curso selectivo y dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha en que se hagan públicas las relaciones de personas propuestas para la fase formativa, los/las aspirantes deben presentar en el Registro General de este Ayuntamiento la siguiente documentación:

a) Copia de la documentación que acredite estar en posesión de la titulación exigida en estas bases y acreditación de los conocimientos de lengua catalana.

b) Declaración jurada de no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública. Las personas participantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar, mediante documentación expedida por las autoridades competentes de su país, que no están inhabilitadas o en situación equivalente ni han sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.

c) Declaración jurada de que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, debe declararlo en el plazo de diez días a partir de la fecha de inicio de sus servicios, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

d) Copia de la documentación que acredite estar en posesión del permiso de conducción de vehículos de la categoría B, en vigor, o permisos equivalentes según la normativa aplicable.

Toda la documentación que se presente en lengua extranjera debe ir acompañada de la traducción jurada correspondiente. Las personas participantes propuestas por el Tribunal Calificador que no presenten la documentación requerida dentro del plazo de los veinte días hábiles, que serán debidamente comprobados por el órgano convocante, y las que no cumplan los requisitos necesarios, no podrán ser nombradas funcionarias en prácticas, serán declaradas excluidas del proceso selectivo y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en caso de falsedad. Si alguna de las personas propuestas para la realización del curso selectivo es declarada excluida o renuncia al proceso selectivo, el Tribunal Calificador podrá proponer a la siguiente persona participante según el orden de puntuación final obtenido en el concurso-oposición.

DÉCIMA.- ASIGNACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS

Una vez verificado que las personas participantes han presentado la documentación indicada y reúnen los requisitos y las condiciones requeridas, se procederá al nombramiento como personal funcionario en prácticas de las 3 plazas convocadas en la convocatoria.

En caso de que existan plazas vacantes con posibilidades de ser ocupadas por personal interino, si la dirección del SCIS lo considera, podrán ser nombrados funcionarios en prácticas un número de aspirantes igual al número de plazas que se encuentren con esta posibilidad. Una vez finalizada y superada la fase que motivó el nombramiento de funcionario en prácticas, la persona aspirante cesará y quedará dentro de una bolsa, ordenada por la puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso, en espera de ser llamada.

El Tribunal Calificador elevará la propuesta de personas participantes para ser nombradas funcionarias en prácticas al Departamento de RRHH del Ayuntamiento de Palma para que emita la resolución correspondiente.

UNDÉCIMA.- FINALIZACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO DE CARRERA

El proceso selectivo finaliza al haber superado la fase de prácticas.

Una vez finalizada la fase de prácticas, las personas funcionarias encargadas de los aspirantes, junto con el jefe o los jefes de las unidades orgánicas donde la persona participante haya realizado el periodo de prácticas, deben emitir un informe de evaluación de las prácticas de cada persona participante.

El informe de valoración final debe remitirse al presidente o presidenta del Tribunal Calificador del proceso selectivo para que pueda hacer la propuesta de nombramiento definitivo al órgano municipal competente para resolver y efectuar el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera de las tres plazas convocadas. En la propuesta también se incluirá el listado de aspirantes que han superado esta fase y que son propuestos para formar parte de la bolsa.

DUODÉCIMA.- BOLSAS DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO

La presente convocatoria generará dos bolsas de personal interino. El orden de la bolsa se determinará por el orden de puntuación de la fase de oposición y la fase de concurso.

La primera bolsa se constituirá por las personas aspirantes que han superado las dos primeras fases del proceso selectivo (fase de oposición, fase de concurso) y que no hayan accedido a la realización de la fase formativa. Las personas de esta bolsa podrán ser llamadas para ocupar de forma interina puestos de TAE medio (Técnico de la Administración Especial) dentro del SCIS.

La segunda bolsa se constituirá por las personas aspirantes que hayan superado las tres primeras fases (fase de oposición, fase de concurso y fase formativa) y que no hayan sido nombradas como funcionarios de carrera. Las personas de esta bolsa podrán ser nombradas para ocupar interinamente puestos de la categoría de oficial del SCIS.

Estas bolsas sustituyen la bolsa anterior.

 

ANEXO A Temario de conocimientos generales

Tema 1. La Constitución española de 1978: Concepto. El poder constituyente. Principios constitucionales. La reforma constitucional. Derechos fundamentales.

Tema 2. La Corona. Atribuciones según la Constitución.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. Creación, estructura y competencias. Los estatutos de autonomía: especial referencia al de las Islas Baleares: Disposiciones generales. Competencias.

Tema 4. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal: La población. El empadronamiento. Organización municipal: Competencias municipales. Régimen de organización de los municipios de gran población.

Tema 5. El personal al servicio de las entidades locales: Clases y régimen jurídico. La función pública local: Clases de funcionarios locales. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Procedimiento sancionador.

Tema 6. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 7. Contratación administrativa: Concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Especialidades de los diversos tipos de contratos. El recurso especial en materia de contratación. Gestión directa de los servicios públicos: Gestión indirecta de los servicios públicos: concepto y naturaleza. Especial referencia a la concesión.

Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia: notificación y publicación. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación e instrucción. El silencio administrativo. Finalización del procedimiento. Los recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 10. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales. Régimen jurídico y sus ámbitos. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 11. Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público. Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares, medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Islas Baleares.

Tema 12. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Transparencia y acceso a la información. La gestión por procesos. La gestión por competencias y por objetivos. Principios de buen gobierno.

 

ANEXO B Temario de conocimientos específicos

Tema 1. Conceptos elementales de química: fórmula química, composición centesimal, masa atómica, masa molecular y concepto de mol. Reacciones químicas. Ajuste de reacciones químicas. Cálculos estequiométricos. Formulación y nomenclatura de compuestos inorgánicos. Partículas subatómicas: electrón, protón y neutrón. Isótopos.

Tema 2. Estados de agregación de la materia: estado gaseoso. Principio de Avogadro, Ley de Boyle-Mariotte y Ley de Dalton o de las presiones parciales. Estado líquido. Disoluciones. Molaridad. Fuerzas intermoleculares. Relación entre tipo de enlace y propiedades. Enlace químico: enlace iónico. Propiedades de los compuestos iónicos. Enlace covalente. Enlace metálico.

Tema 3. Reacciones de transferencia de protones. Fuerza relativa de ácidos y bases. Constantes de disociación ácida y básica. Introducción al concepto de ácidos y bases fuertes y débiles. Concepto de pH. Hidrólisis de sales. Neutralizaciones de ácidos o bases monopróticos fuertes. Reacciones de transferencia de electrones: conceptos de oxidación y reducción. Agentes oxidantes y reductores. Pares redox. Reacción de reducción-oxidación o reacción redox.

Tema 4. Introducción a la química orgánica. Características de los enlaces del carbono: enlaces simples, dobles y triples. Tipos de cadenas carbonadas. Formulación y nomenclatura de compuestos orgánicos sencillos. Productos petrolíferos. Distribución, transporte y almacenamiento de productos petrolíferos.

Tema 5. La utilización industrial de los procesos químicos. Funcionamiento de los reactores industriales. La destilación de gases. Las columnas de refrigeración. El transporte de los materiales en las industrias. Elementos y sistemas de seguridad en los procesos industriales.

Tema 6. Termodinámica química: conceptos de entalpía, entropía y energía de enlace. Reacciones exotérmicas y endotérmicas. Transmisión de calor en los materiales: formas de transmisión y parámetros principales en cada caso. Punto de fusión, punto de ebullición, presión de vapor, temperatura de ignición, temperatura de autoignición. Efectos del calor sobre la elasticidad y resistencia de los materiales.

Tema 7. Reacción de combustión. Combustión de sólidos, plásticos, fibras y otros polímeros sintéticos, metales, no metales, polvos combustibles. Los gases resultantes de la combustión. Características, toxicidad: medida de concentración en el aire y medidas de protección. Concepto de dosis. Límites: IDLH, IPVS, TLV, LC50, DL50, VLA, VLB.

Tema 8. Dispersión de los gases. El cloro. El amoníaco. El dióxido de carbono. Elementos de análisis y detección de elementos químicos. La vulnerabilidad: concepto y aplicaciones en la planificación.

Tema 9. Consideraciones generales de los líquidos. La combustión de los líquidos. Clasificación de los líquidos inflamables y combustibles. Propiedades y tipos de gases: clasificación de los gases. Límites de inflamabilidad y explosividad de gases y vapores.

Tema 10. Naturaleza del fuego. Las explosiones. Reacciones de inhibición con radicales libres o extinción química. Clases de fuego, métodos y agentes extintores.

Tema 11. Consideraciones generales sobre magnitudes: magnitudes físicas. Sistema internacional de unidades. La medida en física: órdenes de magnitud y estimación de errores. Magnitudes escalares y vectoriales. Operaciones con vectores. Lenguaje técnico.

Tema 12. Dinámica: velocidad y aceleración. Fuerza. Composición de fuerzas. Fuerzas en la naturaleza: interacciones fundamentales. Leyes de Newton. Cantidad de movimiento. Fuerzas elásticas y de fricción.

Tema 13. Conceptos y leyes fundamentales de la mecánica. Equivalencia entre los sistemas de fuerzas que actúan sobre un sólido rígido. Reducción del sistema de fuerzas. Definición de equilibrio estático. Fuerzas exteriores, aplicadas y de enlace. Diagrama del sólido libre. Equilibrio estático e hiperestático. Condiciones de equilibrio de los sistemas rígidos. Celosías y marcos.

Tema 14. Deformación y tensión. Ley de Hooke y Principio de superposición. Diagramas de fuerzas cortantes y momentos flectores de vigas apoyadas e inclinadas. Geometría de masas, centroides y momentos de inercia. Ejes principales de inercia. Cables, funicular, catenaria y cables parabólicos.

Tema 15. Trabajo, potencia y energía. Energía cinética. Energía potencial. Conservación de la energía mecánica. Máquinas simples: palancas y poleas (tipos y aplicaciones), tornos y planos inclinados (cálculos básicos).

Tema 16. Instalaciones de gas y redes de distribución. Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos. Redes e instalaciones de distribución de combustibles gaseosos. Definiciones y características fundamentales. Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos. Escombreras. Conjuntos de regulación y contadores. Aparatos de gas. Canalizaciones de distribución según presión máxima de operación. Estaciones de regulación de presión y de medición. Densidad relativa. Odorante.

Tema 17. Magnitudes eléctricas. Conceptos básicos de electricidad: intensidad, voltaje, resistencia y potencia. La ley de Ohm, ley de Coulomb y el efecto Joule. Circuitos eléctricos. Corriente continúa y alterna. Corriente trifásica. Electricidad estática. Riesgo eléctrico y medidas preventivas. Medidas de seguridad con riesgo eléctrico. Contacto eléctrico directo e indirecto. Efectos de la electricidad sobre el organismo. Intensidad. Resistencia al cuerpo. Tensión de seguridad. Frecuencia y forma de la corriente.

Tema 18. Instalaciones interiores domésticas. Los conductores y normas de instalación. Cuadros de mando. Los motores eléctricos y generadores de corriente. Aparatos de medición de magnitudes eléctricas. Dispositivos de protección en instalaciones de baja tensión. Acometidas. Instalaciones de enlace. Redes de distribución en baja tensión. Estaciones de transformación. Red eléctrica de alta tensión.

Tema 19. Electrostática: Ley de Coulomb. Circuito eléctrico. Ley de Ohm. Efecto Joule. Fuerza electromotriz: potencia de un generador eléctrico.

Tema 20. El campo magnético: definición, medida y propiedades. Las ondas electromagnéticas: tipología y características. Redes de radio: generalidades.

Tema 21. Las radiaciones ionizantes. Protección. El concepto de contaminación y radiación. Simbología de seguridad. Sistemas de protección. Clasificación de las instalaciones radiactivas y aplicaciones más habituales.

Tema 22. Presión. Principio de Pascal. Unidades de presión. Presión estática y presión dinámica. Hidrostática. Ecuación fundamental de la hidrostática. Principio de Arquímedes. Hidrodinámica. Ecuación de continuidad. Ecuación de Bernoulli. Teorema de Torricelli.

Tema 23. Ecuación general de la hidrostática. Concepto de presión. Dinámica de fluidos. Ecuación fundamental de la hidrodinámica. Ecuación de Bernoulli. Flujo laminar. Flujo turbulento. Pérdidas de carga. Descripción del fenómeno físico del golpe de ariete.

Tema 24. Tipos de bombas. Bombas centrífugas. Bombas de alta y baja presión. Curva característica de las bombas. Potencia y rendimiento. Aspiración. Mecanismos de cebado. El fenómeno de la cavitación. El efecto Venturi.

Tema 25. El Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE). El Documento básico de seguridad en caso de incendio y sus anexos.

Tema 26. El Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales y sus anexos.

Tema 27. Comportamiento al fuego de los elementos constructivos y de los materiales. Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia al fuego. La resistencia al fuego de los elementos estructurales, obra de fábrica, hormigón armado, acero, madera, etc. Los Eurocódigos. Daños por fuego y temperatura.

Tema 28. Las instalaciones de protección contra incendios. El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Tema 29. Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Tema 30. El riesgo en el transporte de mercancías peligrosas: reglamentación (ADR). Identificación y clasificación de los productos, número ONU y número de peligro. Etiquetado y embalaje. Incompatibilidades de carga. Documentación obligatoria y obligaciones del transportista y el expedidor. Reconocimiento de cisternas de transporte por carretera de mercancías peligrosas.

Tema 31. El Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Generalidades de las instalaciones eléctricas en la edificación. Distribución eléctrica.

Tema 32. Ley 2/1998 de 13 de marzo, de ordenación de emergencias en las Islas Baleares. Desarrollo de esta ley hecho por el 08/2004, de 23 de enero.

Tema 33. Ley 3/2006 de gestión de las emergencias de las Islas Baleares de 22 de marzo de la CAIB y Ley 5/2014 que la modifica.

Tema 34. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Tema 35. Cartografía: Accidentes del terreno. Lectura e interpretación de mapas. Uso, funcionamiento y cálculo de las escalas. Simbología y toponimia. Las curvas de nivel. Proyecciones y coordenadas. Concepto de DATUM. Triangulación y cálculo de distancias. Los sistemas de información geográfica. Sistemas GPS.

Tema 36. Meteorología. Interpretación de modelos meteorológicos. Precipitación: tipos, variables, periodo de retorno. Temperaturas. La presión atmosférica y el viento. Los riesgos naturales: sísmico, inundaciones y avenidas, nevadas, ventiscas; sus efectos y escalas de medida.

Tema 37. La vegetación forestal en Baleares. Variables claves, construcción y dinámica de modelos. Tipos y modelos de combustible. Disponibilidad y carga. Los bosques en el arco mediterráneo. Los índices de riesgo de incendio forestal. Los patrones de comportamiento de los incendios forestales (fuegos topográficos, fuegos conducidos por viento e incendios convectivos). Fases del incendio forestal.

Tema 38. El procedimiento PAS ante una víctima. Valoración del paciente. Soporte vital básico. Lesiones en la columna vertebral. Sintomatología. Procedimiento de actuación. Técnicas de inmovilización. Técnicas de movilización.

Tema 39. Las hemorragias: tipos y forma de tratamiento. El shock: fisiopatología. Shock hipovolémico. Shock distributivo. TCE: definición. Lesión primaria. Lesión secundaria. Valoración básica del TCE. Criterios de tratamiento a partir de su valoración y traslado en nuestro entorno.

Tema 40. Los procedimientos administrativos en la edificación (Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación). Los diferentes actores. Funciones. Responsabilidades. Documentación y permisos.

Tema 41. Análisis e interpretación de proyectos: la memoria técnica, los planos de estructura y cimientos, de cerramientos, de cubiertas e instalaciones. Sistemas de representación gráfica. Reconocimiento de elementos constructivos e interpretación de planos.

Tema 42. Los materiales de construcción y sus particularidades. Materiales cerámicos, materiales vítreos, materiales pétreos, materiales metálicos, materiales de cemento, materiales de madera y otros materiales complementarios, bituminosos, plásticos y pinturas. Características fisicoquímicas. Comportamiento ante solicitaciones. Usos y aplicaciones más frecuentes.

Tema 43. El suelo: origen y clasificación del suelo. El agua en el suelo. Compresibilidad del suelo, teoría de la consolidación. Parámetros del suelo en el comportamiento elástico y plástico. Técnicas y medios para el reconocimiento del suelo. El suelo como material de cimentación: tipos, características, clasificación. Obtención de valores del suelo, el estudio geotécnico. La empuje del suelo, principios, tipos, variables influyentes, valores orientativos, correcciones.

Tema 44. Cimientos: los cimientos como transmisores de cargas. Cimientos superficiales: tipos y características principales. Cimientos profundos: tipos y características principales. Cálculos básicos de cimentaciones.

Tema 45. Elementos estructurales: tipologías estructurales. Estructuras portantes de fábrica: cerámica, bloques, piedra y otros. Estructuras de hormigón: elementos, armaduras, encofrados, disposiciones constructivas y uniones. Estructuras metálicas: perfiles, uniones, disposiciones constructivas. Estructuras de madera: tipos y características de las maderas, elementos, uniones, disposiciones constructivas. Elementos singulares: arcos, bóvedas y cúpulas. Cálculos básicos de elementos estructurales.

Tema 46. Concepto general de estructura. Tipos de estructuras según los elementos y los materiales que la componen: muros de carga, barras, perfiles laminados, espaciales y compuestos. Efectos de las cargas sobre las barras estructurales: tipos de cargas y formas de aplicación. Reacciones según el tipo de soporte. Tipos de esfuerzos.

Tema 47. Patologías de la edificación. Lesiones en edificios por deformaciones, asentamientos, movimientos del terreno u otros. Definición y causas más comunes. Efectos producidos y variaciones según el tipo de estructura. Interpretación de grietas. Estabilización de elementos constructivos: generalidades. Cálculo y tipos de actuación.

Tema 48. Estructura y partes de los vehículos. Sistema de seguridad de los vehículos. Tipos y funcionamiento de motores, combustión externa, combustión interna, elementos y componentes. Circuitos eléctricos, sistema de iluminación, batería, carga, arranque y encendido. Sistemas de alimentación, distribución, lubricación, refrigeración, transmisión y frenado. Suspensión. Los neumáticos. Vehículos con nuevas generaciones de combustibles alternativos. Vehículos híbridos, micro-híbridos, eléctricos y eléctricos de autonomía extendida. Vehículos a gas, Vehículos de hidrógeno.

 

ANEXO C ​​​​​​​Ejercicios prueba física

Ejercicio 1: Ejercicio acuático. ​​​​​​​Objetivo: ​​​​​​​Medir el desarrollo y la resistencia natatoria de los participantes en el medio acuático.

Descripción del ejercicio:

La prueba se podrá realizar en una piscina de 25 o 50 metros. La salida se hará desde arriba del trampolín, en caso de no haberlo, se hará saliendo de pie desde el borde, y se deberá nadar a estilo libre los 100 metros que marca la prueba en el menor tiempo posible. Este ejercicio se regirá según el reglamento de natación en vigor de la Federación Española de Natación.

Habrá un único intento. En caso de salida nula (salir antes de la señal) por uno o más aspirantes, no se detendrá la prueba, para no perjudicar a los demás y por la dificultad de comunicar esta situación a los aspirantes. Solo se permite un nulo por aspirante. Los aspirantes que hayan hecho nulo tendrán un segundo intento una vez que todos los aspirantes hayan terminado la prueba.

 Habrá al menos dos cronómetros por aspirante, y se hará la media de los tiempos registrados.

Valoración del ejercicio acuático (tiempo máximo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≤ 1'45''00

≤ 1'55''00

De 35 a 39 años

≤ 1'50''00

≤ 2'00''00

De 40 a 44 años

≤ 1'55''00

≤ 2'05''00

De 45 a 49 años

≤ 2'00''00

≤ 2'10''00

De 50 a 54 años

≤ 2'05''00

≤ 2'15''00

55 años o más

≤ 2'10''00

≤ 2'20''00

Por cada tramo de 4 segundos completos de reducción, por debajo del tiempo máximo para superar la prueba, se sumará 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 2: Presión sobre banco. ​​​​​​​Objetivo: ​​​​​​​Medir la fuerza y resistencia de los músculos pectoral y tríceps braquial.

Descripción del ejercicio:

Posición inicial: El participante se colocará en decúbito supino sobre el banco de presión con los pies apoyados en el suelo; se considerará válido si se mantienen las puntas de los pies en contacto con el suelo. Ejecución: Al señal del controlador, se pondrá en marcha el cronómetro y el participante iniciará el ejercicio desde la posición de brazos extendidos.

Deberá levantar el peso el máximo número de repeticiones posibles en un tiempo máximo de un minuto. El levantamiento se efectuará con ambas manos, con una separación ligeramente superior a la de los hombros en una acción de flexión-extensión de los codos en su proyección vertical. Fin del ejercicio: El ejercicio terminará una vez transcurrido el tiempo máximo de un minuto o bien por voluntad del participante.

Normas:

a) El participante solo podrá realizar el ejercicio una vez.

b) La repetición no será válida si no se extienden completamente los codos o si no toca la barra en el pecho al flexionar los codos. No está permitido hacer rebotes con la barra sobre el tórax.

c) El participante deberá mantener los glúteos en contacto constante con el banco durante la ejecución de la prueba.

d) Las repeticiones se contarán en voz alta, utilizando el mismo número de la repetición anterior en caso de una repetición no válida.

e) No se podrán usar guantes, magnesio ni ninguna otra sustancia ni elemento que mejore la adherencia (como correas, lazos, guantes…). La mano desnuda debe tener contacto directo con la barra. Tampoco se pueden utilizar elementos que mejoren la estabilidad de la muñeca (como muñequeras o férulas).

f) El peso a levantar será diferente para hombres y mujeres. El peso para los hombres será de 35 kg, y 25 kg para las mujeres.

Valoración:

Se anotará el número total de repeticiones válidas realizadas durante un tiempo máximo de un minuto.

Valoración del ejercicio de presión sobre banco (Repeticiones mínimas para superar la prueba)

Edad

Hombres 35Kg

Mujeres 25kg

Inferior a 35 años

≥ 33

≥ 33

De 35 a 39 años

≥ 29

≥ 29

De 40 a 44 años

≥ 25

≥ 25

De 45 a 49 años

≥ 21

≥ 21

De 50 a 54 años

≥ 17

≥ 17

55 años o más

≥ 13

≥ 13

Por cada repetición, por encima de las repeticiones mínimas fijadas para superar la prueba, se añadirá 0,15 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 3: Carrera lanzadora. Objetivo: ​​​​​​​Medir la resistencia aeróbica (potencia aeróbica máxima) del participante.

Descripción:

El participante se situará detrás de una línea para comenzar una carrera hasta llegar a pisar la línea situada en la banda contraria (a 20 m) y esperar a escuchar una señal sonora para continuar la carrera. Esta situación se repetirá durante todo el test. El test finalizará cuando el participante no sea capaz de llegar a pisar la línea antes de escuchar la señal sonora. En ese momento, deberá retirarse por su calle hacia la línea desde donde inició el ejercicio y entregará su tarjeta o dorsal al testador.

Normas:

-Se pisarán las líneas de cada tramo (distanciadas a 20 m).

-Se debe pisar la línea antes de oír la señal sonora y salir después de la señal.

-En el cambio de sentido, no se pueden realizar giros circulares, se debe pivotar.

Valoración:

Se realizará un único intento. Se registrará el número del último minuto (periodo o palier) anunciado antes de que la persona participante pierda el ritmo de la señal sonora.

Si por causas organizativas o técnicas se interrumpe la realización del ejercicio de carrera de lanzadera, no podrá repetirse hasta que hayan transcurrido 2 horas desde el momento en que se produzca la interrupción.

Valoraciones de la carrera lanzadera (Palier mínimo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≥ 8

≥ 6,6

De 35 a 39 años

≥ 7,5

≥ 6

De 40 a 44 años

≥ 7

≥ 5,5

De 45 a 49 años

≥ 6,5

≥ 5

De 50 a 54 años

≥ 6

≥ 4,5

55 años o más

≥ 5,5

≥ 4

Por cada medio palier completado, por encima del palier mínimo, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 4: Carrera de obstáculos.

Objetivo:

Medir la agilidad de movimientos de los aspirantes.

 

Descripción:

Material: Dos palos verticales y dos vallas, a una altura de 0'72 m, una de ellas (valla de salida) estará prolongada verticalmente por dos varas flexibles unidas a sus extremos laterales.

Recorrido: Área antideslizante de madera, cemento o asfalto con el material anteriormente mencionado y ubicado en la disposición precisa que se expone en el gráfico.

Posición inicial: Detrás de la línea de salida, preparado para correr en posición de salida de pie. El lugar de salida será a la derecha de la valla haciendo el circuito tal y como indica la imagen o comenzando por la izquierda de la valla haciendo el circuito de manera simétrica a la indicada en la imagen. Durante el ejercicio se deberán pasar 3 vallas, la primera se pasará por la parte inferior y el resto por encima, tal como se indica en la imagen con línea discontinua.

Ejecución: El juez ordenará: Preparado/listo/ya, y al escuchar la señal, correr a la mayor velocidad posible para completar el recorrido de la forma indicada en el gráfico.

Habrá al menos dos cronómetros midiendo, y se hará la media de los tiempos registrados.

Reglas y valoración:

a) El recorrido se realizará de la forma indicada en el gráfico.

b) Se valorará el tiempo invertido, en segundos y centésimas de segundo, contado desde la señal de “Ya”, dada por el juez de la prueba, hasta que el candidato toque el suelo con uno o ambos pies, después de la última valla.

c) El participante solo dispondrá de dos intentos, no consecutivos, y se considerará válido el mejor tiempo (en segundos y centésimas de segundo) de ambos. Si ambos intentos son nulos, no habrá posibilidad de un tercer intento y el ejercicio será también nulo.

Será nulo todo intento en el que el aspirante:

- Modifique el recorrido que indica el gráfico.

- Haga caer o agarre para evitar su caída alguno de los palos verticales.

- Apoye la mano en la valla o en la vara lateral situada sobre ella al dar la vuelta o al superarla (valla de salida).

- Pase una pierna fuera de la valla de llegada al franquearla para finalizar el recorrido.

 

Valoración de la carrera de obstáculos (tiempo máximo para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≤ 12''00

≤ 13''00

De 35 a 39 años

≤ 12''40

≤ 13''40

De 40 a 44 años

≤ 12''80

≤ 13''80

De 45 a 49 años

≤ 13''20

≤ 14''20

De 50 a 54 años

≤ 13”60

≤ 14”60

55 años o más

≤ 14''00

≤ 15''00

Por cada rebaja de 3 décimas de segundos, por debajo del tiempo máximo para superar la prueba, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Ejercicio 5. Flexión de tronco (sit and reach modificada).

Descripción

Posición inicial:

El aspirante, descalzo y con pantalones cortos, se sentará frente a la caja con los pies apoyados en la caja y las piernas completamente estiradas.

Desarrollo:

Con una mano encima de la otra y las piernas completamente estiradas, procederá a extender los brazos sobre la caja realizando una flexión de tronco y estirando las manos lo más lejos posible con un movimiento lento y sin rebotes. En el momento en que se llegue a la posición máxima, deberá permanecer inmóvil durante 3 segundos para que se pueda registrar el resultado conseguido en centímetros.

Material:

Un cajón de 35 x 45 x 32 con una placa superior adosada de 55 x 45 que sobresale 15 cm de uno de los extremos de la caja. En la placa superior existe una cinta métrica de 50 cm con precisión de centímetros, con el 0 en el extremo sobresaliente del cajón.

Valoración del ejercicio de flexión de tronco (distancia mínima para declarar el ejercicio como apto)

Edad

Hombres

Mujeres

Inferior a 35 años

≥ 10

≥ 14

De 35 a 39 años

≥ 9

≥ 13

De 40 a 44 años

≥ 8

≥ 12

De 45 a 49 años

≥ 7

≥ 11

De 50 a 54 años

≥ 6

≥ 10

55 años o más

≥ 5

≥ 9

Por cada incremento de 2 centímetros, por encima de la distancia mínima para superar la prueba, se añadirá 0,25 puntos a la puntuación del ejercicio hasta un máximo de 3 puntos.

Baremos para los diferentes ejercicios a modo de ejemplo para un aspirante hombre de 34 años

Ejercicio 1. Ejercicio acuático

Valoración del ejercicio acuático por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

>1'45''00

No apto

≤1'21''00

1,5

≤1'45''00

0

≤1'17''00

1,75

≤1'41''00

0,25

≤1'13''00

2

≤1'37''00

0,5

≤1'09''00

2,25

≤1'33''00

0,75

≤1'05''00

2,5

≤1'29''00

1

≤1'01''00

2,75

≤1'25''00

1,25

≤0'57”00

3

Ejercicio 2. Presión sobre banco

Valoración del ejercicio de presión sobre banco por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<33

No apto

≥ 44

1,65

≥ 34

0,15

≥ 45

1,8

≥ 35

0,3

≥ 46

1,95

≥ 36

0,45

≥ 47

2,1

≥ 37

0,6

≥ 48

2,25

≥ 38

0,75

≥ 49

2,4

≥ 39

0,9

≥ 50

2,55

≥ 40

1,05

≥ 51

2,7

≥ 41

1,2

≥ 52

2,85

≥ 42

1,35

≥ 53

3

≥ 43

1,5

 

 

Ejercicio 3. Carrera lanzadera

Valoración del ejercicio de la carrera lanzadera por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<8

No apto

<11

1,5

≥ 8

0

≥ 11,5

1,75

≥ 8,5

0,25

≥ 12

2

≥ 9

0,5

≥ 12,5

2,25

≥ 9,5

0,75

≥ 13

2,5

≥ 10

1

≥ 13,5

2,75

≥ 10,5

1,25

≥ 14

3

Ejercicio 4. Carrera de obstáculos

Valoración del ejercicio de la carrera de obstáculos por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

>12”00

No apto

≤10”20

1,5

≤12”00

0

≤09”90

1,75

≤11”70

0,25

≤09”60

2

≤11”40

0,5

≤09”30

2,25

≤11”10

0,75

≤09”00

2,5

≤10”80

1

≤08”70

2,75

≤10”50

1,25

≤08”40

3

Ejercicio 5. Flexión de tronco

Valoración del ejercicio de flexión de tronco por un hombre de 34 años

Marca

Puntos

Marca

Puntos

<10 cm

No apto

≥ 22 cm

1,5

≥ 10 cm

0

≥ 24 cm

1,75

≥ 12 cm

0,25

≥ 26 cm

2

≥ 14 cm

0,5

≥ 28 cm

2,25

≥ 16 cm

0,75

≥ 30 cm

2,5

≥ 18 cm

1

≥ 32 cm

2,75

≥ 20 cm

1,25

≥ 34 cm

3

 

 

​​​​​​​ANEXO D ​​​​​​​Definición de las competencias

1. Motivación y comprensión de la organización: interés y voluntad por trabajar como servidor público formando parte del cuerpo de Bomberos. Comprende la estructura, la misión y la estrategia de la organización.

2. Autogestión y desarrollo personal y profesional: capacidad para afrontar las situaciones de forma adaptativa, con seguridad y estabilidad emocional. Capacidad de autocrítica y de crecimiento personal y profesional, identifica sus fortalezas y trabaja para desarrollar sus áreas de mejora.

3. Trabajo en equipo: capacidad para colaborar y participar en grupos de trabajo para lograr objetivos comunes. Habilidad para desarrollar y establecer relaciones laborales positivas y una actitud facilitadora de las dinámicas de grupo. Contribuye con su trabajo a la cohesión del equipo, a su buen desarrollo y a la consecución de las metas comunes.

4. Aceptación de normas y estructura jerárquica: ejecuta sus funciones respetando la estructura jerárquica del cuerpo de Bomberos. Trabaja cumpliendo con el rol asignado y actúa siguiendo las órdenes recibidas.

5. Autocontrol y tolerancia al estrés: capacidad para continuar trabajando con eficacia en situaciones de presión ambiental, hostilidad o estrés, generados en la propia intervención o en la relación con el resto de profesionales. Implica la capacidad de autocontrol de reacciones emocionales y conductuales, evitando respuestas impulsivas o precipitadas, así como una buena tolerancia a la frustración que se produce a menudo en contextos complejos.

6. Capacidad analítica y toma de decisiones: actúa para solucionar una situación/problema, explora las posibles causas y elige la alternativa más adecuada teniendo en cuenta las posibilidades de implementación, las consecuencias que de ello se deriven y los riesgos asociados.

7. Visión estratégica: capacidad para visualizar hacia dónde debe orientarse la organización. Tener una visión a medio/largo plazo, de modo que se identifiquen oportunidades y se implementen y reajusten acciones para dirigir la organización hacia los objetivos estratégicos.

8. Capacidad de comunicación: capacidad para dar y recibir información de forma eficaz, con claridad y ajustándose a las necesidades del entorno y a los interlocutores presentes en la situación comunicativa.

9. Relación interpersonal y gestión de conflictos: se relaciona de forma asertiva y se adapta a las diferentes situaciones e interlocutores. Identifica y aborda las situaciones conflictivas, acercando posturas y utilizando las habilidades interpersonales.

10. Liderazgo y capacidad de influencia: capacidad para actuar como modelo de referencia y lograr que las aportaciones de los equipos contribuyan a la consecución de los resultados de la organización. Capacidad para actuar de forma asertiva, con convicción y capacidad negociadora.

11. Dirección y desarrollo de personas: capacidad para dirigir equipos de trabajo, desarrollando las capacidades de sus miembros y logrando que las aportaciones de estos contribuyan a la consecución de los resultados de la organización.

12. Orientación a los resultados: capacidad para orientar el trabajo hacia el logro de los objetivos de manera eficaz.

13. Orientación a la calidad: capacidad para orientar el trabajo hacia el logro de los objetivos con la máxima calidad y el mínimo gasto de recursos posibles, de manera eficiente.

14. Planificación y organización: capacidad para planificar tareas, acciones y proyectos, en el tiempo y la forma establecidos, para alcanzar los objetivos establecidos por la organización.

15. Adaptabilidad y flexibilidad: capacidad para comprender y dar respuesta a necesidades cambiantes, reajustando prioridades y funciones. Disposición a aceptar nuevos enfoques y cambios, evolucionando de acuerdo con las exigencias o demandas del entorno.​​​​​​​

 

ANEXO E ​​​​​​​Exclusiones médicas

Principios Generales:

Serán criterios de exclusión generales:

a. Anomalías que incapaciten para vestir el uniforme y que impidan llevar o transportar una parte esencial del equipo.

b. Incapacidad para el servicio por falta de eficiencia psicofísica, debido a enfermedades, lesiones o anomalías de carácter permanente.

 c. Contagiosidad o peligrosidad para la comunidad.

d. Enfermedades graves de evolución irreversible.

 e. Lesiones, anomalías o enfermedades que, aunque no sean graves en el momento, necesiten un tratamiento permanente y costoso.

f. Detección del consumo de sustancias estupefacientes, siempre que no sea debido a un tratamiento médico; en este caso, será necesario el informe del facultativo que lo receta.

Enfermedades Generales:

a. Enfermedades o anomalías heredoconsitucionales que incapaciten para el servicio de forma permanente.

b. Enfermedades endocrinometabólicas, crónicas o irreversibles, que produzcan alteraciones morfológicas y funcionales.

c. Enfermedad de Basedow bien caracterizada.

 d. Enfermedades de carencia que hayan producido alteraciones morfológicas y funcionales irreversibles.

 e. Enfermedades de la sangre y órganos hematopoyéticos crónicas o con evolución irreversible incompatibles con el servicio.

f. Anemias aplásicas y panmieloptisis.

g. Anemia hemolítica constitucional.

h. Hemofilia.

i. Enfermedades infecciosas y parasitarias crónicas graves y resistentes a cualquier tratamiento o de carácter crónico contagioso y permanente.

j. Neoplasias malignas de cualquier localización.

k. Tuberculosis activa de cualquier localización con lesiones importantes cuya curación no se prevea en el plazo de las revisiones.

l. Intoxicaciones crónicas que hayan determinado trastornos anatómicos y funcionales graves y resistentes a cualquier tratamiento.

m. Obesidad que exceda el 35 % del peso teórico.

Enfermedades de la Piel y el Tejido Subcutáneo:

a. Dermatosis externas y generalizadas de la piel y el cuero cabelludo, de tendencia crónica o recidivante resistentes a cualquier tratamiento.

b. Cicatrices que, por su extensión y adherencia a los planos adyacentes, comprometan gravemente los movimientos.

c. Afecciones sistematizadas graves del tejido conjuntivo.

Enfermedades del Sistema Nervioso Central y sus Coberteras, y el Sistema Nervioso Periférico:

a. Enfermedades crónicas sistematizadas difusas o en focos, anomalías o lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico o de las meninges que originen trastornos motores o sensitivos permanentes.

b. Anomalías congénitas o secuelas traumáticas del cráneo y de la columna vertebral que produzcan alteraciones o trastornos funcionales incompatibles con el servicio.

c. Epilepsia en todas sus formas con crisis convulsivas o equivalentes psicomotores, ausencias, etc.

d. Movimientos anormales de carácter permanente que, por su intensidad, incapaciten para el servicio.

e. Neurosis obsesiva grave, otras psiconeurosis graves que incapaciten para el servicio.

f. Oligofrenia de cualquier etiología, con un nivel inferior a doce años, determinado por la escala de Binet-Simon (o la correspondiente en otra escala).

g. Oligofrenia con una edad mental comprendida entre los doce años de la escala Binet-Simon y la correspondiente al adulto medio, con alteraciones de carácter y conducta que incapaciten para el servicio.

h. Esquizofrenia defectual bien caracterizada.

i. Otras psicosis endógenas con alteraciones de la personalidad y la conducta, periódicas o permanentes, incompatibles con el servicio.

j. Psicosis y demencias de tipo orgánico de cualquier etiología, incluso por traumatismos accidentales o quirúrgicos, cuando alcancen un grado de profundidad y permanencia incompatible con el servicio.

 

​​​​​​​Enfermedades del Aparato Digestivo:

a) Enfermedades del aparato digestivo que puedan producir incompatibilidades con el servicio.

Enfermedades del Aparato Respiratorio:

a. Afecciones ulcerosas de las fosas nasales. Ozena bien caracterizada.

b. Infecciones crónicas de laringe, tráquea, bronquitis, pulmones, pleura y caja torácica (excepto tuberculosis) resistentes a cualquier tratamiento o afecciones congénitas o adquiridas de los mismos órganos que produzcan insuficiencia respiratoria en grado incompatible con el servicio.

d. Asma bronquial persistente y resistente a cualquier tratamiento. Enfisema pulmonar que produzca repercusión funcional incompatible con el servicio.

Enfermedades del Aparato Circulatorio:

a. Afecciones orgánicas de corazón, pericardio o grandes vasos, congénitas o adquiridas que produzcan alteraciones funcionales permanentes, incompatibles con el servicio.

b. Valvulopatías residuales compensadas.

c. Arteriopatías periféricas que produzcan trastornos funcionales permanentes incompatibles con el servicio.

d. Hipertensión arterial crónica y persistente con repercusión funcional que incapacite para el servicio.

e. Aneurismas de grandes vasos y fístulas arteriovenosas importantes.

f. Flebitis antiguas de más de un año, varices luminosas, linfangiectasias con edema crónico y trastornos tróficos (eczema, úlceras, etc.).

Enfermedades del Aparato Locomotor:

a. Enfermedades, lesiones o anomalías graves de los huesos, articulaciones y músculos de carácter permanente que incapaciten para el servicio.

b. Deformidades monstruosas del esqueleto incompatibles con el servicio.

c. Cifosis, escoliosis o lordosis de grado notable que produzcan incapacidad funcional y que impidan el servicio.

d. Pseudoartrosis de los huesos del brazo, el antebrazo, el muslo y la pierna.

e. Pérdida anatómica o atrofia permanente, congénita o adquirida, de miembro superior que suponga, como mínimo, la ausencia total funcional de un brazo, antebrazo, mano o de los cinco dedos de una mano.

f. Pérdida de los movimientos de supinación y pronación del antebrazo dominante.

g. Pérdida anatómica de un pulgar. Pérdida de los tres últimos dedos de la mano dominante. Pérdida de los cuatro últimos dedos de la mano no dominante. Flexión o extensión permanente de tres dedos de la mano dominante.

h. Pérdida anatómica o atrofia permanente congénita o adquirida, del miembro inferior que produzca importantes trastornos de la deambulación o pérdida funcional de un muslo, una pierna o un pie.

i. Acortamiento del miembro inferior que exceda tres centímetros.

j. Mal perforante plantar.

k. Luxación congénita de la cadera.

l. Desviaciones de las articulaciones de la cadera o de la rodilla (coxavara, genuvaro, etc.), con lesiones artropáticas importantes y marcha difícil.

m. Pérdida del primer dedo metatarsiano.

n. Pie plano bien caracterizado, con trastornos funcionales importantes que incapaciten para el servicio. o. Pérdida del quinto dedo y su metatarso.

p. Ausencia o pérdida de un dedo gordo o de los cuatro últimos dedos de un pie con deficiencia funcional marcada para la marcha.

Enfermedades del Aparato de la Visión:

a. Reducción permanente de la agudeza visual, cuando la del ojo mejor sea inferior a 1/2, después de corrección, si se ha producido.

b. Disminución binocular del campo visual, aunque se conserve la visión central por encima de los límites establecidos en el apartado a) cuando la disminución llegue a los 15º en el lado mejor.

c. Miopía igual o superior a cuatro dioptrías en el ojo mejor.

d. Afáquia bilateral.

e. Hemianopsias y escotomas simétricos y extensos por lesiones de vías o centro ópticos. f. Hemeralopia permanente esencial congénita.

g. Afecciones congénitas adquiridas por cualquier etiología del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lacrimales, sistema motor ocular y órbita que incapaciten de forma permanente para el servicio.

h. Desprendimiento de retina uni o bilateral, incluso curado.

i. Glaucoma uni o bilateral en todas sus formas.

j. Enfermedad de Eales y sus secuelas.

k. Pérdida completa y permanente de la visión de un ojo.

l. Defectos de la visión cromática que incapaciten para el servicio.

Enfermedades de los Aparatos Auditivos y de la Fonación:

a. Sordomudez que impide el servicio.

b. Sordera completa de ambos oídos o incompleta permanente que produzca una disminución de la agudeza auditiva superior a 35 decibelios, en el oído mejor, en la zona tonal media (zona de la palabra hablada) o que la percepción de la voz normal no pueda verificarse a una distancia de 1,5 metros del oído mejor.

c. Parálisis laríngea de los constrictores y dilatadores, afonía total permanente.

 d. Otitis crónica supurativa con perforación marginal alta o posterior, o con secreción que revele la existencia de focos de osteítis.

e. Cavidades operativas residuales del hueso temporal con fístulas y supuración persistente.

f. Trastornos acusados del equilibrio, crónicos y resistentes a cualquier tratamiento.

Enfermedades del Aparato Urogenital:

a. Afecciones crónicas bilaterales congénitas o adquiridas de riñón, con trastornos funcionales que incapaciten para el servicio.

b. Infecciones crónicas unilaterales o bilaterales, resistentes al tratamiento, de riñón, pelvis renal o uréter.

 c. Afecciones crónicas congénitas o adquiridas de vejiga urinaria que incapaciten para el servicio.

 d. Hidrocele o varicocele voluminosos con trastornos funcionales importantes, dolor o dificultad para la marcha (hombres).

e. Incontinencia o retención permanente de orina o enuresis nocturnas relacionadas con lesiones crónicas irreparables del aparato urinario o centros nerviosos resistentes a cualquier tratamiento.

f. Epispadias penopúbicas, hipospadias perineales, falta o pérdida total del pene y fístulas uretrales con importante pérdida de sustancia (hombres).

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOIB.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (24 de abril de 2025)

La jefa del Servicio de Selección p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Catalina Rosa Pons Taberner