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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 287382
Extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a las asociaciones municipales que realizan actividades que fomentan la participación ciudadana para el año 2025 (código: sub10)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Código BDNS 828429.

1.- Objeto

El objeto de estas bases es regular y establecer los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Felanitx en régimen de concurrencia destinadas a financiar los proyectos que tienen como objetivo llevar a cabo actividades en el campo de la participación ciudadana.

Las subvenciones reguladas por estas reglas son un procedimiento de colaboración entre el Ayuntamiento y las entidades para la realización de actividades de utilidad pública o interés social, son de naturaleza voluntaria y eventual, y están abiertas a la participación de todas las entidades de Felanitx que cumplen con los requisitos establecidos en la base 4.

2.- Finalidad de las subvenciones

De acuerdo con las previsiones del plan estratégico de subvenciones para este año, estas subvenciones deben promover proyectos/actividades de interés público o social que tengan por finalidad:

Promover actividades sociales como cursos, talleres, proyectos, eventos que llevan a cabo las asociaciones del municipio de Felanitx con el objetivo de promover la participación ciudadana y dinamizar la vida social del municipio. El objetivo debe ser mejorar la calidad de vida, las relaciones humanas y potenciar el desarrollo de las personas y de los diferentes núcleos de población del término municipal.

3.- Período de ejecución

Las subvenciones otorgadas bajo estas reglas deben destinarse a financiar proyectos o actividades desarrolladas durante el período del 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025.

4.- Requisitos de los beneficiarios / as y forma de acreditarlos

1. Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas jurídicas que hayan de llevar a cabo la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el arte. 13 de la ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones (en adelante LGS), y que cumplan con los requisitos que se detallan a continuación:

  • Entidades privadas sin ánimo de lucro registradas en el registro de entidades de la ciudad de Felanitx.

2. Las entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones de justificación de subvenciones de años anteriores con el Ayuntamiento de Felanitx no pueden obtener la condición de beneficiarias.

La concurrencia de esta circunstancia será verificada directamente por el Ayuntamiento de Felanitx en la fase de instrucción del procedimiento de concesión.

5.- Documentación a aportar

Para participar en la convocatoria abierta, se deberá presentar la siguiente documentación, según los modelos estandarizados anexados:

De acuerdo con los términos previstos en la normativa de régimen jurídico de las administraciones públicas, las partes interesadas no tendrán que aportar los documentos que ya están en poder de este Ayuntamiento. En este sentido, para las entidades registradas en el Registro de entidades municipales, los documentos de identificación y la representación de la entidad se reemplazan por una declaración jurada de la vigencia de la documentación contenida en dicho registro, de lo contrario, con la solicitud de subvención, se debe adjuntar la siguiente documentación:

1) Fotocopia del DNI del representante legal.

2) Fotocopia del número de identificación fiscal de la entidad peticionaria.

3) Escritura de constitución y estatutos.

4) Poderes de representación y/o certificado emitidos por el Secretario de la Entidad que acredite la representación legal del/de la solicitante.

̶  Anexo 2: memoria descriptiva del proyecto/actividad por el cual se solicita la subvención.

̶  Anexo 3: Presupuesto de ingresos y gastos previstos por el proyecto/actividad por el que se solicita la subvención.

̶  Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.

̶​​​​​​​  Otra documentación específica exigida en la convocatoria.

6.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan, pero no presupone la concesión automática de la subvención, que se resolverá una vez estudiada la propuesta de actividad y valorada en función de los criterios generales de estas normas.

Plazo:

Las entidades solicitantes pueden presentar las solicitudes en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Forma:

A través del siguiente trámite, disponible en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx:

Sede de electrónica: https: //ajfelanitx.ead administración.cat/

Trámite: SUB10 - Subvencions Participació Ciutadana

 

(Firmado electrónicamente: 23 de abril de 2025

La alcaldesa Catalina Soler Torres)