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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 286918
Información pública del proyecto de construcción de una vivienda con anexo y piscina, a situar en la finca con referencia catastral 07048A032001090000DH, TM de Sant Josep de sa Talaia (Expediente electrónico 1156/2018)

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Texto

Vista la resolución n.º 93/2019 de 11.07.2019 de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (en adelante CMAIB), mediante la cual se formula informe de impacto ambiental, con sujeción al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de construcción de vivienda unifamiliar, anexo y piscina a la finca Ca na Bagota, pol. 32, parc. 109, TM de Sant Josep de sa Talaia (exp. municipal 1156/2018).

Visto que se publicó anuncio de la resolución del presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares por la cual se formula el informe de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción de una vivienda unifamiliar, anexo y piscina en la finca Ca na Bagota, pol. 32, parc. 109, Sant Josep de sa Talaia (189a/2017) (expediente municipal 1156/2018) en el BOIB n.º 123 de 07.09.2019.

Visto que en fecha 19/11/2019 y NRS 2019-S-RE-6401 (recibido 25.11.2019) se remitió informe de los Servicios Técnicos municipales de fecha 18.11.2019, de contestación al oficio de la CMAIB de fecha 25.02.2019 y NRE 2019-E-RC-2243.

Visto que en fecha 23/02/2022 y NRE 2022-E-RC-1910 se recibe acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Ibiza, de estimación del recurso de alzada interpuesto por la Sra. Sarra Hamida Ep Badel contra el acuerdo de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico (en adelante CIOTUPHA) de fecha 07.09.2017, y retroacción de las actuaciones del procedimiento administrativo (exp. 15/16) al momento anterior al acuerdo de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 7 de septiembre de 2017, para que se emitiera, previas las actuaciones administrativas que se estimaran necesarias, el informe previsto en el artículo 36.2 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de Suelo rústico de las Illes Balears.

Visto que en fecha 18.08.2022 y NRE 2022-E-RC-7796 se recibe acuerdo 2022000140 adoptado por la CIOTUPHA, en la sesión 2/2022, celebrada el día 6 de julio de 2022 del Consejo Insular Ibiza, de informe favorable.

Visto que en fecha 05.05.2023 la Junta de Gobierno Local acordó la revocación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22.02.2018, de denegación de licencia de obras n.º 47/2018 solicitada por la Sra. SARRA HAMIDA EP BADEL, con NIE Y4098562E (Exp. tramitación 1156/2018), y continuación de su tramitación.

Visto que en fecha 24/07/2023 y NRE 8566, la entidad ROMANO ARQUITECTOS, SLP actuando en representación de la Sra. SARRA HAMIDA EP BADEL aporta documentación al expediente para su tramitación.

Visto que en fechas 31/08/2023 y 06/09/2023, y NRE 2023-E-RE-10141 y 2023-E-RE-10422 respectivamente el Sr. Marcos Colomar Mayans actuando en representación de la Sra. SARRA HAMIDA EP BADEL aporta documentación al expediente para su tramitación.

Visto que en fecha 05/11/2024 y NRE 2024-E-RC-11564 se recibe por parte de la Dirección General de Armonización urbanística y Evaluación Ambiental, requerimiento de enmienda del proyecto.

Visto que en fecha 05.02.2025 se emite informe por parte de los Servicios Técnicos municipales del tenor literal siguiente:

“Informe 86/2025

INTERESADO: SARRA HAMIDA EP BADEL REPRESENTANTE: MARCOS COLOMAR MAYANS EXPEDIENTE GESTIONA: 1156/2018

INFORME TÉCNICO

Se informa respecto registro 2024-E-RC-11564, registro presentado por la Consejería de vivienda, Territorio y Movilidad del Govern Balear en relación a la evaluación ambiental del proyecto de construcción de una vivienda con anexo y piscina en la parcela catastral 07048A032001090000DH, en Sant Josep de sa Talaia.

ANTECEDENTES

- El 5 de agosto de 2019 el presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares resuelve sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria la construcción de una vivienda con anexo y piscina en la parcela catastral 07048A032001090000DH.

- El 9 de septiembre de 2024, registro de entrada 2024-S-RC-2330, el ayuntamiento remite la siguiente documentación a la Dirección General de Harmonización Urbanística y Evaluación Ambiental del Govern Balear para el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria:

  • Justificante pago tasa

  • Documento ambiental

  • Proyecto técnico

El 31 de octubre de 2024 la Directora General de Harmonización Urbanística y Evaluación Ambiental del Govern Balear emite requerimiento solicitando al órgano sustantivo (ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia) la siguiente documentación:

  • Certificado del trámite de información pública del proyecto y la documentación justificativa de este, con las correspondientes alegaciones que se hayan producido y la respuesta a estas en su caso.

  • Copia de los informes de las diferentes administraciones consultadas.

PROCEDIMIENTO Y LEGISLACIÓN APLICABLE

1.- Según artículo 33 (Trámites y plazos de la evaluación de impacto ambiental ordinaria) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, más concretamente artículo 33.1.b, el órgano sustantivo someterá el proyecto y el estudio de impacto ambiental a información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas.

2.- Según artículo 36.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo (en este caso el ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia) someterá a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental durante un plazo no inferior a treinta días hábiles, previo anuncio en el BOE o diario oficial que corresponda y en su sede electrónica.

3.- Según artículo 21.3 del Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares la información pública se efectuará mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El órgano sustantivo debe hacer publicidad de este anuncio en la página web o a la sede electrónica, y adoptar las medidas necesarias para garantizar la máxima difusión entre el público, sobre todo en los proyectos de más trascendencia.

Asimismo, se publicarán anuncios en el tablón de edictos y, en su caso, en la página web de los ayuntamientos afectados. Transcurrido el plazo de consulta, el ayuntamiento remitirá al órgano sustantivo o, en su caso, al órgano ambiental, un certificado de exposición pública en el que hará constar el lugar y periodo en el que ha sido expuesta la documentación ambiental.

Cuando la normativa sectorial prevea la información pública de los proyectos, se debe procurar que sea simultánea a la información pública del procedimiento ambiental.

4.- Según artículo 37.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, simultáneamente al trámite de información pública, el órgano sustantivo consultará a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas sobre los posibles efectos significativos del proyecto, que incluirán el análisis de los probables efectos adversos significativos sobre el medio ambiente derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes que incidan en el proyecto.

INFORMES PRECEPTIVOS SEGÚN DOCUMENTO DE ALCANCE (BOIB núm. 123, de 07.09.2019)

A. Servicio de Planificación en el Medio Natural de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Govern Balear

B. Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Govern Balear

C. Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Govern Balear

D. Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos del Govern Balear

E. Departamento de Territorio del Consell Insular d'Eivissa

F. Dirección General de Salud Pública del Govern Balear

 

CONCLUSIÓN

Deberá someterse a exposición pública proyecto y documento ambiental de impacto ambiental siguiendo el procedimiento marcado en los puntos 1, 2 y 3 del presente informe. También deberá remitirse proyecto y documento ambiental a los organismos citados en los puntos A, B, C, D, E y F del presente documento. Estos procedimientos deben realizarse de manera simultánea.”--------------

De acuerdo con el establecido en el art. 33 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (en adelante LEA), el órgano sustantivo someterá el proyecto y el estudio de impacto ambiental (en adelante EIA) a información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas.

De acuerdo con lo establecido en el art. 36.1 de la LEA, el órgano sustantivo someterá a información pública el proyecto y el EIA durante un plazo no inferior a 30 días hábiles, previo anuncio en el BOE o diario oficial que corresponda.

De acuerdo con el art. 21.3 del Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, la información pública se efectuará mediante anuncio en el Boletín oficial de las Islas Baleares. El órgano sustantivo dará publicidad de dicho anuncio en su página web y en alguno de los diarios de mayor difusión en lengua catalana y en lengua castellana de la isla o las islas afectadas, si las hay, y adoptará las medidas necesarias para garantizar la máxima difusión entre el público, sobre todo en los proyectos de mayor trascendencia. Así mismo, se publicarán anuncios en el tablón de edictos y, en su caso, en la página web de los ayuntamientos afectados.

De acuerdo con lo establecido en el art. 37.1 de la LEA, simultáneamente al trámite de información pública, el órgano sustantivo consultará a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas sobres los posibles efectos significativos del proyecto.

Lo que se publica para general conocimiento, haciéndose saber que el expediente podrá ser examinado y se pueden presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, en el plazo de 30 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio al Boletín Oficial de las Islas Baleares. El expediente será accesible desde el siguiente localizador:

https://santjosep.sedelectronica.es/board

 

Firmado electrónicamente (23 de abril de 2025)

El alcalde (Vicente Roig Tur)