Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 272638
Servicio de Igualdad. Extracto de las bases de subvenciones para la realización de proyectos i actividades de prevención de las violencias machistas y lgtbifobicas y promoción de la igualdad de trato
Versión PDF
Extracto de les bases reguladoras de la convocatoria pública per a la concesió de subvencions para la realización de proyectes y actividades de prevención de las violencias machistas y Lgtbifobicas y promoción de la Igualdad de trato 2025/2026.
BDNS: 825574
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones: www.pap.hacienda.gob.es y en la página web del Ayuntamiento de Palma:
https://www.palma.cat/portal/PALMA/contenedor1.jsp?seccion=s_ldoc_d10_v3.jsp&codbusqueda=2420&language=ca&codResi=1&codMenuPN=1813&codMenu=1999&layout=contenedor1.jsp&layout=contenedor1.jsp
1. Entidades beneficiarias
Tendrán la consideración de entidad beneficiaria aquellas entidades que deban realizar la actividad, y que se encuentren en la situación que legitima la concesión de la subvención, y concretamente:
Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:
2. Objeto
Constituye el objeto de la presente convocatoria pública la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos y actividades enmarcadas en el ámbito de las competencias municipales y en el Plan Estratégico de Subvenciones de Igualdad, del Área de Servicios Sociales, Educación, Participación Ciudadana, Juventud e Igualdad de Oportunidades correspondiente al ejercicio objeto de esta convocatoria.
Podrán ser objeto de esta de subvenciones las solicitudes dirigidas a la realización de actividades y proyectos sociales de interés general dirigidas a la prevención de las violencias machistas y lgtbifóbicas y la promoción de la igualdad de trato.
Para tener la consideración de actividad subvencionable debe desarrollarse en el término municipal de Palma y tener como destinatarias finales a las personas residentes en Palma.
3. Bases reguladoras
La Ordenanza Municipal de Subvenciones (BOIB nº 165 de 20 de diciembre de 2022).
̶ Las Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Palma correspondiente a los ejercicios de 2025 y, si procede, de 2026.
̶ La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
̶ El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
̶ El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
̶ La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
̶ La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad entre mujeres y hombres de las Islas Baleares
̶ La Ley 8/2016, de 30 de mayo para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la lgtbifóbicas.
̶ La Ley 3/2018, de 29 de mayo, del Tercer Sector de Acción Social de las Islas Baleares.
4. Cuantía
La cuantía global de la convocatoria asciende a 60.000,00 € (sesenta mil euros), que se financiará, siempre que haya crédito pertinente, adecuado y suficiente, según la siguiente distribución por anualidades y con cargo a la aplicación presupuestaria 20.23123.48102 IGUALTAT. SUBVENCIONS A PROJECTES I ACTIVITATS IGUALITÀRIES del Presupuesto municipal del Área de Servicios Sociales, Educación, Participación Ciudadana, Juventud, e Igualdad de Oportunidades correspondiente a los ejercicios 2025y 2026, que se indican a continuación
Se prevé una asignación económica singularizada para cada línea de actuación de acuerdo con las siguientes cuantías:
Línia 1, un máximo de treinta mil euros (30.000,00€).
Línia 2, un máximo de treinta mil euros (30.000,00€).
Una vez resueltas las solicitudes presentadas para cada modalidad, si en una de éstas (línea 1 o línea 2) se produce un remanente presupuestario y en la otra falta presupuesto, se puede destinar el remanente a cubrir esta carencia
5. Periodo de presentación de solicitudes
El período de presentación de solicitudes es de 30 días naturales a contar des de el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
6. Aprobación de las bases y recursos
Las bases reguladoras de esta convocatoria de subvenciones se han aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de Palma de 02/04/2025 punto 9 SEFYCU 3889135.
Contra esta convocatoria pública de subvenciones del Área de Serveis Socials, Educació, Participació Ciutadana, Joventut e Igualtat d'Oportunitats para la realización de proyectos y actividades de prevención de las violencias machistas y Lgtbifòbiques y promoción de la Igualdad de trato 2025/2026, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de de acuerdo con el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, en cuyo caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición puede presentarse en la misma forma que la solicitud.
Se considerará desestimado si no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso-administrativa.
Si no se utiliza el recurso de reposición se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo mencionado anteriormente y los 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a que se reciba esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, 24 de abril de 2025
El jefe de servicio de Igualtat, Joventut i Drets Cívics P.D. Decreto de Alcaldía nº. 3000, de 26.02.2014 Publicado en el BOIB nº. 30, de 04.03.2014 José Llop Sureda