Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 280016
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos y Planes de Igualdad de las Illes Balears del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector del comercio de les Illes Balears y su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (código de convenio 07000195011981)
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Antecedentes
1. El 10 de marzo de 2025, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector del comercio de las Illes Balears acordó las tablas salariales para el año 2025 y suscribió la correspondiente acta de la reunión.
2. El 24 de marzo de 2025, Antonio Font Mas, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Inscribir y depositar el acta del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector del comercio de las Illes Balears de 10 de marzo de 2025, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos y Planes de Igualdad de las Illes Balears.
2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.
4. Publicar el Acta en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, firmado electrónicamente (4 de abril de 2025)
La secretaria autonómica de Trabajo, Ocupación y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Ocupación i Energía y por suplencia de la directora general de Trabajo y Salud Laboral (BOIB 14 de 30 de enero de 2025)
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE COMERCIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS.
ASISTENTES:
Por AFEDECO:
Joana M. Manresa Pastor
DNI 4*****22N
Pedro Miró Fuster
DNI 4*****51K
Antonio Vilella Paredes
DNI 4*****98V
Antonio Font Mas
DNI 4*****27F
Por FeSMC-UGT-Baleares
José García Relucio
DNI.42977361K
Bladimiro García Fernández
DNI.1*****86Q
Mª Belén Cordoba Dorsch
DNI 4*****31V
Por Federación de Servicios de USO:
Francesc E. Vila Prunera
DNI 4*****34L
Por Federación de Servicios de CC.OO. de las Islas Baleares:
Carmen M. Carmona Burguillos
DNI 4*****24X
Por PIMEF:
Javier Serra Ferrer
DNI 2*****08T
Por PIMECO
Carolina Domingo Asensio
DNI.4*****21X
Agustín Linares Juan de Setmenat
DNI 4*****12P
Por ASCOME- PIME MENORCA
Jordi Bosch Morlá
DNI 41740015Y
En Palma de Mallorca, a 10 de marzo de 2025, a las horas, se reúnen las personas que al margen se relacionan en el despacho profesional de BUFETE ANTONIO FONT, sito en la Rambla nº 17 de Palma de Mallorca, DP 07003, al objeto de constituir la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE COMERCIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS.
El objeto de la reunión es la revisión y aprobación de las nuevas tablas salariales que entraran en vigor a partir de día 1 de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.
Antes de abrir la sesión se toma el acuerdo de nombrar presidente de la Comisión a D. Bladimiro García Fernández y secretario de Actas al Letrado D. Antonio Font Mas.
A continuación, se abre la sesión y el Presidente va dando la palabra a las distintas partes intervinientes y después de deliberar ampliamente se toman los siguientes ACUERDOS:
1º.-Se procede a la aprobación de las tablas salariales aplicables a partir de día 1 de abril de 2025 hasta el día 31 de marzo de 2026, que suponen un incremento del 3% y que se adjuntan como ANEXO I.
2º.-Facultar y autorizar al Secretario de Actas el Letrado Antonio Font Mas, para que pueda realizar todos los trámites, acciones, escritos y gestiones que conforme a derecho sean necesarios, con el objeto de proceder a la solicitud en el registro del presente acuerdo normativo, por la vía correspondiente, inclusive la telemática o la que, en su caso, se le pueda indicar y para su posterior solicitud de publicación en el BOIB a los efectos generales oportunos y todo ello con la finalidad de desplegar las consecuencias jurídicas que se deriven. Facultad y autorización, que, en este acto, el indicado Letrado acepta en los propios términos.
Y, para que así conste y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las horas, en el lugar y fecha “ut supra”.