Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA
Núm. 276648
Bases que regirán la convocatoria para la creación de una bolsa viva de trabajo de monitores/as de tiempo libre para la escuela de verano 2025
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De acuerdo con las disposiciones vigentes, se hace público que en la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
Bases que regirán la convocatoria para la creación de una bolsa viva de trabajo de monitores/as de tiempo libre para la escuela de verano 2025
Primero. Objeto de la convocatoria
1. Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la constitución de una bolsa de trabajo de monitores/as de tiempo libre para el año 2025, condicionando la contratación del número de monitores/as al número de niños y niñas matriculados en la Escuela de Verano u otros fines que requieran monitor/a, por el procedimiento de concurso.
Las contrataciones se llevarían a cabo, dentro del ámbito de la Escola d'Estiu, con los condicionantes temporales desde el 18 de Junio de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, prorrogables como máximo hasta el 10 de septiembre de 2025, en función del número de niños y niñas matriculados.
2. Serán funciones de los monitores y monitoras de tiempo libre la participación en la programación, el desarrollo y ejecución de las actividades de la Escola d'Estiu, así como las propias de información y atención a los padres, madres o tutores.
4. La convocatoria de la bolsa de trabajo y el proceso selectivo de concurso se regirá por las presentes bases y se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la página web municipal (www.ajsantaeugenia.net), donde también se publicarán periódicamente todas las fases del proceso selectivo.
Segundo. Requisitos generales y específicos de las personas aspirantes
1. Tener 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
2. Estar en posesión de las titulaciones establecidas en el Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el que se establecen los principios generales que rigen las actividades de tiempo libre infantil y juvenil que se desarrollen en el ámbito territorial de las Illes Balears.
3. No tener ningún tipo de enfermedad, ni ninguna limitación física o psíquica que impida el ejercicio de las funciones correspondientes y que deberá acreditarse mediante la certificación médica adecuada.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio en el Estado, en las Comunidades Autónomas o en las Entidades públicas, ni encontrarse en una situación de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas.
5. Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel del certificado B2. Este conocimiento debe acreditarse mediante la aportación de un certificado oficial expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por el órgano competente en materia de política lingüística.
6. Acreditación de los méritos: deben presentarse las titulaciones y/o certificaciones efectivamente presentadas en forma de original o fotocopia compulsada de los méritos a valorar.
7. Satisfacer la tasa de servicios de selección de personal de 25 €.
Tercero.- Presentación de solicitudes
1. Las personas interesadas en participar en el concurso deben presentar una solicitud para la bolsa convocada mediante las presentes bases, según el modelo del anexo I.
2. Las solicitudes deben presentarse en el registro del Ayuntamiento de Santa Eugenia o en la forma que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Si el último día de presentaciones fuese sábado o domingo o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el siguiente día hábil. Se publicará también en el tablón municipal de anuncios de la página web municipal (www.ajsantaeugenia.net).
4. Junto con la solicitud cumplimentada adecuadamente, las personas interesadas deben adjuntar:
a. Declaración jurada de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado segundo, Anexo II.
b. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad.
c. Original o fotocopia compulsada de los requisitos exigidos en la Bases Segunda de las presentes, salvo el certificado médico que se pedirá a las personas seleccionadas antes de la contratación, así como el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
d. Resguardo justificativo de haber ingresado la tasa por importe de 25,00 € en la cuenta bancaria ES47 2100 6295 2613 0006 2894.
Cuarto. Órgano de selección
1. El tribunal calificador estará formado por los siguientes miembros:
2. Los miembros del tribunal tendrán voz y voto, con excepción del secretario, que sólo tendrá voz, pero no voto.
3. El tribunal no puede constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Asimismo podrá designar asesores cuando lo considere conveniente. Los asesores que se nombren tendrán voz, pero no voto.
4. 4. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y lo notificarán a la autoridad convocante, cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a las plazas de las que se trata durante los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes pueden recusar a los miembros del tribunal cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el párrafo anterior.
5. El tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptarse necesarias, de acuerdo con las bases de la convocatoria y de la legislación vigente actualmente, por el buen orden del proceso selectivo, en todos aquellos asuntos que no se determinen en las presentes bases.
Quinto. Admisión de aspirantes
1. En el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Santa Eugènia, la resolución por la que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con la indicación de las causas.
2. En todo caso, con el fin de evitar errores y, si se producen, posibilitar su enmienda en tiempo y forma, los aspirantes deben comprobar no sólo que no figuran en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la lista de admitidos pertinente.
3. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de TRES (3) DÍAS hábiles, a contar desde el día siguiente de dicha publicación, para subsanar el defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo, advirtiéndoles que se tendrá por no presentada la solicitud si no se cumple el requerimiento.
4. Terminado el plazo al que hace referencia el párrafo anterior y subsanadas, en su caso, las solicitudes, el Alcalde-Presidente de la Corporación dictará resolución, que aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta resolución se hará pública en los mismos sitios indicados.
Sexto. Valoración de méritos
Se valorarán los méritos y las condiciones personales que se relacionan a continuación, que se hayan documentado y justificado en la fecha de finalización del plazo de admisión de aspirantes:
a) Experiencia profesional: se valorará la siguiente experiencia:
b) Formación, se valorará la formación hasta un máximo de 30 puntos:
Los cursos sólo se valorarán cuando estén relacionados directamente con las funciones de monitor de tiempo libre o del mundo de la educación.
c) Nivel de conocimiento de lengua catalana.
En caso de que el aspirante acredite posesión de más de un certificado, tan sólo se otorgará puntuación por aquel certificado que acredite mayor puntuación.
e) Entrevista personal:
Se realizará una entrevista personal (presencial o telemática) con los candidatos relacionada con las características del puesto a cubrir, que tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. Sólo habrá una convocatoria de mañana y una de tarde, no se podrán cambiar días.
Séptimo. Orden de prelación y desempates
El orden de prelación en cada bolsa será determinado por la calificación obtenida en la valoración de los méritos.
En caso de que se produzcan empates, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
a) Acreditar más tiempo como demandante en la oficina del SOIB.
b) Acreditar más tiempo en situación de desempleo.
c) Tener más cargas familiares.
Si finalmente persiste el empate, se realizará un sorteo.
Octavo.- Constitución bolsa viva.
La Constitución de la bolsa vía implica la apertura anual de un plazo para su actualización.
Por eso, una vez constituida ésta bolsa para el año 2025, en los próximos años sólo se tendrán que hacer actualizaciones de documentación por parte de los aspirantes ya apuntados.
Aquellos aspirantes que quieran acceder por primera vez a la bolsa viva deberán presentar toda la documentación solicitada durante el período de actualizaciones.
El período para actualizar la bolsa viva, será de diez días hábiles a contar desde la publicación de estas bases.
Santa Eugenia, en la fecha de la firma electrónica (16 de abril de 2025)
El alcalde José Luis Urraca Martín
ANEXO I Solicitud de admisión para tomar parte en el proceso selectivo de una bolsa viva de trabajo de monitores de tiempo libre para la escuela de verano 2025, por el sistema de concurso de méritos del Ayuntamiento de Santa Eugenia
Sr./Sra. ___________________________________________ mayor de edad, con DNI/otros núm. _____________ , domicilio a efectos de
notificaciones y comunicaciones en la calle _____________________________ de ________________, código postal ______, teléfono
núm. _____________, y correo electrónico________________________________.
EXPONGO:
PRIMERO. Que he tenido conocimiento de la convocatoria para la creación de una bolsa viva de trabajo de monitores/as de tiempo libre para la escuela de verano 2025, por el sistema de concurso de méritos, del Ayuntamiento de Santa Eugènia.
SEGUNDO. Que cumplo todas las condiciones exigidas en las referidas bases a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y conozco y acepto las bases de la convocatoria.
TERCERO. Que, mediante originales o fotocopias compulsadas, adjunto la siguiente documentación:
□ Fotocopia del DNI o, en caso de no ser español, fotocopia del NIE, pasaporte o tarjeta residencia.
□ Fotocopia compulsada del certificado nivel B2 de conocimientos de catalán.
□ Resguardo justificativo de haber ingresado la tasa por importe de 25,00 € en la cuenta bancaria ES47 2100 6295 2613 0006 2894.
□ Declaración responsable relativa a que reúne las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría profesional a la que corresponde la bolsa específica a la que opta (Anexo II).
Por todo ello,
SOLICITO: Que se admita mi solicitud para formar parte del proceso selectivo de esta convocatoria.
________________________, a _____ de ____________ de 2025
Firma
ANEXO II Declaración responsable
Sr./Sra. ___________________________________________ mayor de edad, con DNI/otros núm. _____________ , domicilio a efectos de
notificaciones y comunicaciones en la calle _____________________________ de ________________, código postal ______, teléfono
núm. _____________, y correo electrónico________________________________.
DECLARO:
□ Que cumplo todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria para poder formar parte del proceso selectivo.
□ Que son ciertos los datos que se consignan en la solicitud, y conozco las responsabilidades jurídicas derivadas de la falsedad en documentación pública.
□ Que reúno las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría profesional a la que corresponde el bolsín de esta convocatoria.
________________________, a _____ de ____________ de 2025
Firma