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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 276365
Modificación de la plantilla del Consejo Insular de Mallorca correspondiente al año 2025 (2025.2)

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Texto

El Pleno del Consejo de Mallorca, en fecha 15 de abril de 2025, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“La vigente plantilla del Consejo de Mallorca, fue aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de día 18 de diciembre de 2024, publicada en el BOIB nº. 167, de 21 de diciembre de 2024.

En fecha 19 de febrero de 2025, el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca adoptó acuerdo de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Consejo de Mallorca (exp. 1110736P), publicado en el BOIB nº. 24, de 22 de febrero de 2025 y en fecha 5 de marzo de 2025, el Consejo Ejecutivo adoptó acuerdo de rectificación de errores al acuerdo de fecha 19 de febrero de 2025, publicado en el BOIB nº. 30, de 8 de marzo de 2025.

Derivada de esta modificación de la RPT, se encuentra en trámite una modificación de la plantilla de personal, que fue aprobada inicialmente por acuerdo plenario de fecha 13 de marzo de 2025, y actualmente en plazo de exposición pública previo a su aprobación definitiva (Exp. 1203923Q).

En fecha 31 de marzo de 2025, el secretario técnico del Departamento de Hacienda y Función Pública ha formulado una solicitud de modificación de la plantilla de personal, derivada también de la modificación de la RPT del Consejo de Mallorca aprobada por el Consejo Ejecutivo en fecha 19 de febrero de 2025, que no puede ser aplazada en el ejercicio presupuestario siguiente, vista la necesidad de cobertura efectiva de los puestos de trabajo que se especifican, que afectan al diferentes departamentos del Consejo de Mallorca.

La propuesta formulada por el secretario técnico de Hacienda y Función Pública incluye el siguiente:

DEPARTAMENTO DE CULTURA

Creación de nuevas plazas

-1 plaza de coordinador-a de la Dirección Insular de Cultura (código F00060048), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica (A1).

Reconversión de plazas existentes

-1 plaza de coordinador-a económico-a y de régimen interno de Cultura y Patrimonio (código F00230007), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica (A1), procedente de la conversión del puesto<A[lugar|sitio]> de secretario-aria de coordinación administrativa (C2), de la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> auxiliar.

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES

Creación de nuevas plazas

-1 plaza de jefe -a de servicio de Gestión Económica y Servicios Generales de la Secretaría Técnica (código F00100295), en la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala técnica, clase superior, especialidad economista (A1).

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Creación de nuevas plazas

-Dos plazas de técnico-a jurídico-a del Servicio de Contratación de la Secretaría Técnica (código F00060053, exp. 1 y 2) y una plaza de jefe -a de servicio Jurídico de la Escuela Mallorquina de Administración Pública (EMAP) (Código F00060054), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica (A1).

-Una plaza de administrativo de administración general del Servicio de Contratación de Secretaría Técnica (código F00080124), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> administrativa (C1)

-Una plaza de técnico-a de grado medio de selección en el Área de Selección del Servicio de Selección y Provisión del EMAP (código F00110198) en la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica, clase media, especialidad selección.

DEPARTAMENTO DE TURISMO

Creación de nuevas plazas

- Una plaza de jefe -a de servicio de Control de la Oferta no Registrada de la Dirección Insular de Turismo para la Oferta y la Calidad (código F00060049), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala técnica (A1).

- Una plaza de jefe -a de sección del Servicio de de Ordenación Turística de la Dirección Insular de Turismo para la Oferta y la Calidad (código F00060050), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica (A1).

-Una plaza de jefe -a de sección del Servicio de Sanciones de la Dirección Insular de Turismo para la Oferta y la Calidad (código F00060051), en la escala<A[escalera|escala]> de administración general, subescala técnica (A1).

Reconversión de plazas existentes

-Una plaza de jefe -a de servicio Promoción Turística de la Dirección Insular de Turismo para la Demanda y la Hospitalidad (código F00220039), en la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica, clase superior, especialidad informática (A1), procedente de la conversión del puesto<A[lugar|sitio]> de jefe -a de sección de Promoción Turística de la Dirección Insular de Turismo para la Demanda y la Hospitalidad, de la escala<A[escalera|escala]> de administración especial, subescala<A[subescalera|subescala]> técnica, clase media, sin especialidad.

Resulta necesaria pues, la tramitación de una nueva modificación de la plantilla de personal de acuerdo con la modificación de la RPT aprobada, que no puede ser aplazada en el ejercicio presupuestario siguiente.

Visto aquello que en relación en la plantilla de personal prevé el artículo 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 17.1.w) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.

Dado que el presupuesto vigente cuenta con crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto previsto a la propuesta de modificación puntual de la plantilla, según el informe emitido por la jefe -a<A[cabeza|cabo|jefe]> de administración económica.

Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por<A[por|para]> el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.

Vistos los informes a la propuesta emitidos por la jefe -a<A[cabeza|cabo|jefe]> del Servicio Técnico de Recursos Humanos, por<A[para|por]> el jefe -a<A[cabeza|cabo|jefe]> del Servicio de Administración Económica de la Dirección Insular de Función Pública y con la fiscalización de conformidad del Servicio de Intervención General 

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo, que ya incorpora la modificación de la plantilla aprobada inicialmente por el pleno del Consejo de Mallorca en fecha 13 de marzo de 2025:

Primero. APROBAR inicialmente la modificación de la vigente plantilla del Consejo de Mallorca para el año 2025, con efectos del día siguiente en el de la publicación en el BOIB de este acuerdo, en los términos que se recogen a continuación.

PLANTILLA PRESUPUESTARIA PERSONAL FUNCIONARIO CREACIÓN/RECONVERSIÓN DE PLAZAS

Donde dice:

1-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 A

77

2-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> administrativa Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C1

74

3-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> auxiliar Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C2

172

4-Escala de administración especial Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica Clase superior (A1)

Categoría

Grupo

Total

Economista

A1

27

Informática

A1

6

5-Escala de administración especial Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica Clase media (A2)

Categoría

Grupo

Total

Selección

A2

1

Sin especialidad

A2

53

Debe decir

1-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 A

86

2-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> administrativa Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C1

75

3-Escala de administración general Subescala<A[Subescalera|Subescala]> auxiliar Clase: -

Categoría

Grupo

Total

Sin especialidad

 C2

172

 

​​​​​​​4-Escala de administración especial Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica Clase superior (A1)

Categoría

Grupo

Total

Economista

A1

28

Informática

A1

7

5-Escala de administración especial Subescala<A[Subescalera|Subescala]> técnica ​​​​​​​Clase media (A2)

Categoría

Grupo

Total

Selección

A2

2

Sin especialidad

A2

52

Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contadores del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y también al arte. 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (16 de abril de 2025)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública  (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123, de 7 de septiembre) Rafael Angel Bosch Sans