Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 274063
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se modifica la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears empadronados en la isla de Mallorca que cursan estudios universitarios en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025
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Hechos
1. En fecha 8 de febrero de 2025 se publicó, en el BOIB n.º 18, la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears, empadronados en la isla de Mallorca, que cursan estudios universitarios en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025.
2. En el punto 3 del anexo 1 de esta convocatoria queda establecido que la partida presupuestaria destinada es de un máximo de 2.265.766,00 euros, con la siguiente distribución:
3. En fecha 20 de marzo de 2025, el director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores ha emitido una memoria justificativa en relación con la necesidad de modificar la distribución del crédito destinado inicialmente a la convocatoria con una mayor aportación con cargo al factor de insularidad 2024, sin que esto suponga un aumento del gasto destinado a la convocatoria. A esta convocatoria se propone destinar un máximo de 2.265.766,00 euros de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el 2024, prorrogados para el año 2025, con el siguiente desglose:
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 19 de diciembre de 2024 por la cual se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears empadronados en Mallorca que cursan estudios universitarios en la Unión Europea (UE -27) durante el año académico 2024-2025, para modificar la distribución del crédito máximo que se destina:
Se modifica el punto tercero del anexo 1, que pasa a tener la redacción siguiente:
Tercero
Partida presupuestaria
Esta convocatoria tiene una tramitación anticipada de expediente de gasto, en conformidad con el artículo 43 y los siguientes del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con lo cual queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto para el 2025.
A esta convocatoria, se destina un máximo de 2.265.766,00 euros con la siguiente distribución:
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En la fecha de la firma electrónica (Palma, 15 de abril de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany